JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº 906/2011
Bs. As., 20/10/2011
VISTO el expediente Nº CUDAP:EXP-JGM: 0033636/2011 y el Acta
Constitutiva de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales
suscripta el 27 de noviembre de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las Primeras Jornadas Nacionales de Responsables de
Contrataciones Públicas realizadas en la Provincia de Santa Fe los días
26 y 27 de noviembre de 2009, se suscribió el Acta Constitutiva de la
Red Federal de Contrataciones Gubernamentales entre los representantes
de las instituciones gubernamentales de QUINCE (15) jurisdicciones
provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Estado
Nacional a fin de crear un espacio federal de concertación y
cooperación en el área de las contrataciones administrativas.
Que conforme se desprende del Acta Constitutiva, la Red Federal de
Contrataciones Gubernamentales estará integrada por las instituciones
gubernamentales de nivel provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y de nivel nacional que tengan la máxima responsabilidad en la
regulación, gestión y modernización de las contrataciones
gubernamentales.
Que entre los objetivos de la Red Federal de Contrataciones
Gubernamentales se encuentran el de contribuir al fortalecimiento de
los sistemas de contrataciones; promover y difundir las buenas
prácticas que permitan mejorar los niveles de eficiencia, eficacia,
economicidad y transparencia de las contrataciones gubernamentales;
promover y mantener espacios de reflexión y conocimiento mutuo;
establecer y perfeccionar mecanismos de cooperación recíproca y de
intercambio de información entre las instituciones que integran la Red;
articular esfuerzos y soluciones comunes; generar acciones que
favorezcan una armonización normativa; desarrollar actividades de
investigación y capacitación e impulsar acciones tendientes a mejorar
los mecanismos de vinculación entre los miembros de la Red, y de éstos
con otros organismos e instituciones con competencia en la materia.
Que el Acta Constitutiva de la Red Federal de Contrataciones
Gubernamentales fue suscripta por el Gobierno Nacional, por el Director
Nacional de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA
DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Decreto Nº
1023/2001, el Organo Rector del Sistema de Contrataciones de la
Administración Nacional es la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la
SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que tiene por función proponer
políticas de contrataciones y de organización del sistema, proyectar
normas legales y reglamentarias, dictar normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias, elaborar el pliego único de bases y
condiciones generales, diseñar e implementar un sistema de información,
ejercer la supervisión y la evaluación del diseño y operatividad del
sistema de contrataciones y aplicar las sanciones previstas en el
Régimen de Contrataciones aprobado por el mencionado Decreto.
Que por su parte el Decreto Nº 624/2003 y sus modificaciones establece
que la responsabilidad primaria de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES es la de proponer las políticas, normas, sistemas y
procedimientos relativos a las compras y a las contrataciones de bienes
y servicios del Sector Público Nacional.
Que el alcance de la competencia de un órgano o ente estatal se debe
determinar sobre el texto expreso de la norma que la regule, sobre el
contenido razonablemente implícito inferible de ese texto expreso y de
los poderes inherentes derivables de la naturaleza o esencia del órgano
o ente de que se trate, interpretados los dos últimos elementos a la
luz del principio de la especialidad.
Que en tal sentido si bien la facultad de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES para integrar la Red Federal de Contrataciones
Gubernamentales no surge del texto expreso de las normas que regulan su
competencia, debe entenderse como una facultad razonablemente implícita
y también inherente a su carácter de Organo Rector en materia de
contrataciones públicas.
Que ello es así por cuanto la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES tiene
responsabilidad en la regulación, gestión y modernización de las
contrataciones gubernamentales.
Que en consecuencia resulta conveniente y necesario determinar que la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES es la institución gubernamental de
nivel nacional que integrará la Red Federal de Contrataciones
Gubernamentales.
Que, en tal sentido, resulta necesario establecer que, en el marco de
la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales, la OFICINA NACIONAL
DE CONTRATACIONES será representada por su Director Nacional para
llevar a cabo las acciones requeridas para cumplir con los objetivos
establecidos en el Acta Constitutiva de la aludida Red.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente resolución se dicta en virtud de los artículos 103 de
la Constitución Nacional y 8º del Decreto Nº 977 del 6 de julio de 1995.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Establécese que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de
la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS es la institución gubernamental
de nivel nacional que integrará la Red Federal de Contrataciones
Gubernamentales.
ARTICULO 2º — Establécese que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de
la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS será representada por su
Director Nacional, para llevar a cabo las acciones requeridas para
cumplir con los objetivos establecidos en el Acta Constitutiva de la
Red Federal de Contrataciones Gubernamentales.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ANIBAL DOMINGO FERNANDEZ, Jefe de
Gabinete de Ministros.
e. 26/10/2011 N° 138179/11 v. 26/10/2011