JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución Nº 906/2011

Bs. As., 20/10/2011

VISTO el expediente Nº CUDAP:EXP-JGM: 0033636/2011 y el Acta Constitutiva de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales suscripta el 27 de noviembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las Primeras Jornadas Nacionales de Responsables de Contrataciones Públicas realizadas en la Provincia de Santa Fe los días 26 y 27 de noviembre de 2009, se suscribió el Acta Constitutiva de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales entre los representantes de las instituciones gubernamentales de QUINCE (15) jurisdicciones provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Estado Nacional a fin de crear un espacio federal de concertación y cooperación en el área de las contrataciones administrativas.

Que conforme se desprende del Acta Constitutiva, la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales estará integrada por las instituciones gubernamentales de nivel provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de nivel nacional que tengan la máxima responsabilidad en la regulación, gestión y modernización de las contrataciones gubernamentales.

Que entre los objetivos de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales se encuentran el de contribuir al fortalecimiento de los sistemas de contrataciones; promover y difundir las buenas prácticas que permitan mejorar los niveles de eficiencia, eficacia, economicidad y transparencia de las contrataciones gubernamentales; promover y mantener espacios de reflexión y conocimiento mutuo; establecer y perfeccionar mecanismos de cooperación recíproca y de intercambio de información entre las instituciones que integran la Red; articular esfuerzos y soluciones comunes; generar acciones que favorezcan una armonización normativa; desarrollar actividades de investigación y capacitación e impulsar acciones tendientes a mejorar los mecanismos de vinculación entre los miembros de la Red, y de éstos con otros organismos e instituciones con competencia en la materia.

Que el Acta Constitutiva de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales fue suscripta por el Gobierno Nacional, por el Director Nacional de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Decreto Nº 1023/2001, el Organo Rector del Sistema de Contrataciones de la Administración Nacional es la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que tiene por función proponer políticas de contrataciones y de organización del sistema, proyectar normas legales y reglamentarias, dictar normas aclaratorias, interpretativas y complementarias, elaborar el pliego único de bases y condiciones generales, diseñar e implementar un sistema de información, ejercer la supervisión y la evaluación del diseño y operatividad del sistema de contrataciones y aplicar las sanciones previstas en el Régimen de Contrataciones aprobado por el mencionado Decreto.

Que por su parte el Decreto Nº 624/2003 y sus modificaciones establece que la responsabilidad primaria de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES es la de proponer las políticas, normas, sistemas y procedimientos relativos a las compras y a las contrataciones de bienes y servicios del Sector Público Nacional.

Que el alcance de la competencia de un órgano o ente estatal se debe determinar sobre el texto expreso de la norma que la regule, sobre el contenido razonablemente implícito inferible de ese texto expreso y de los poderes inherentes derivables de la naturaleza o esencia del órgano o ente de que se trate, interpretados los dos últimos elementos a la luz del principio de la especialidad.

Que en tal sentido si bien la facultad de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES para integrar la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales no surge del texto expreso de las normas que regulan su competencia, debe entenderse como una facultad razonablemente implícita y también inherente a su carácter de Organo Rector en materia de contrataciones públicas.

Que ello es así por cuanto la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES tiene responsabilidad en la regulación, gestión y modernización de las contrataciones gubernamentales.

Que en consecuencia resulta conveniente y necesario determinar que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES es la institución gubernamental de nivel nacional que integrará la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales.

Que, en tal sentido, resulta necesario establecer que, en el marco de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES será representada por su Director Nacional para llevar a cabo las acciones requeridas para cumplir con los objetivos establecidos en el Acta Constitutiva de la aludida Red.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente resolución se dicta en virtud de los artículos 103 de la Constitución Nacional y 8º del Decreto Nº 977 del 6 de julio de 1995.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Establécese que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS es la institución gubernamental de nivel nacional que integrará la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales.

ARTICULO 2º — Establécese que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS será representada por su Director Nacional, para llevar a cabo las acciones requeridas para cumplir con los objetivos establecidos en el Acta Constitutiva de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ANIBAL DOMINGO FERNANDEZ, Jefe de Gabinete de Ministros.

e. 26/10/2011 N° 138179/11 v. 26/10/2011