Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Resolución 293/2011
Ejecútase el cobro en concepto de comisión de compromiso por no
utilización de cupos de créditos adjudicados y no colocados en el plazo
establecido por la Resolución Nº 85/10.
Bs. As., 28/10/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0270418/2011 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus respectivas
reglamentaciones, los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000,
871 de fecha 6 de octubre de 2003, 159 de fecha 24 de febrero de 2005,
919 de fecha 28 de junio de 2010, 964 de fecha 1 de julio de 2010 y 967
de fecha 1 de julio de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que con el dictado del Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010 fue
sustituida la denominación del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO por
las de MINISTERIO DE INDUSTRIA y MINISTERIO DE TURISMO, con las
competencias respectivas, allí asignadas.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010
se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional
Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia para entender en
la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de
las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en
consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de
fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y
parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de
2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005 con el objeto de mejorar las
condiciones de acceso al crédito de dicho sector.
Que mediante la Resolución Nº 85 de fecha 20 de octubre de 2010 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA fue efectuada la convocatoria a Entidades
Financieras debidamente autorizadas por el BANCO CENTRAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, a participar de la licitación de cupos de crédito
con tasa bonificada en el marco del Régimen de Bonificación de Tasa.
Que mediante la Resolución Nº 104 de fecha 16 de noviembre de 2010 de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA fue oportunamente adjudicado el cupo licitado
mediante la resolución citada en el considerando precedente.
Que el Artículo 10 de la Resolución Nº 85/10 de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL estableció que las
Entidades Financieras adjudicatarias deberían desembolsar los préstamos
dentro de un plazo máximo de CINCO (5) meses, contado a partir de la
fecha de adjudicación, transcurrido el mismo debería abonarse una
comisión de compromiso del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la tasa
establecida en el Artículo 1º de la mencionada resolución, sobre el
cupo asignado y no colocado.
Que asimismo, en el Artículo 11 de la referida resolución se establece
que la comisión de compromiso no procederá si la Entidad Financiera
hubiere otorgado créditos por un monto equivalente al NOVENTA Y CINCO
POR CIENTO (95%) del monto adjudicado durante el período de colocación
establecido.
Que habiendo transcurrido el plazo estipulado mediante el Artículo 10
antes mencionado corresponde a la Autoridad de Aplicación arbitrar los
medios necesarios a efectos de efectuar los cobros correspondientes.
Que en razón de lo expuesto en párrafos precedentes resulta apropiado
instruir el débito del importe en concepto de comisión de compromiso
mediante la utilización de la cuenta corriente que la Entidad
Financiera posee en el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00,
871/03, 159/05, 919/10, 964/10 y 967 de fecha 1 de julio de 2010.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Ejecútase el cobro en concepto de comisión de compromiso
por no utilización de cupos de créditos oportunamente adjudicados y no
colocados en el plazo establecido mediante el Artículo 10 de la
Resolución Nº 85 de fecha 20 de octubre de 2010 de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, de conformidad con lo establecido en el Anexo que, con UNA
(1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — Pónese en conocimiento del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA la presente medida, a fin de que arbitre los medios
necesarios para debitar de la cuenta corriente que la Entidad
Financiera posee en dicha Entidad, el importe en concepto de pago de
comisión de compromiso por no utilización de cupos de crédito
oportunamente adjudicados y no colocados en los plazos legales
establecidos, conforme lo establecido en el detalle que consta en el
Anexo que, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente
medida.
Art. 3º — El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA deberá acreditar
los fondos debitados a la Entidad Financiera en la cuenta del Tesoro
Nacional Nº 330/00, Operaciones a Imputar al BANCO DE LA NACION
ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, conforme se detalla en el Anexo mencionado en el
artículo precedente.
Art. 4º — Dase intervención a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 5º — Apruébase el Anexo que, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 6º — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.
ANEXO
COMISION DE COMPROMISO
IMPORTE A DEBITAR
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Entidad Financiera | Monto a debitar | Resolución de adjudicación |
BANCO DE LA NACION ARGENTINA | $ 21.057,51 | 104/2010 |
MONTO TOTAL A DEBITAR | $ 21.057,51 |
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