Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
y
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios
SUBSIDIOS
Resolución Conjunta 693/2011 y 1900/2011
Créase el Grupo de Trabajo para el análisis y estudio de la incidencia en los distintos sectores de los subsidios.
Bs. As., 2/11/2011
VISTO el Expediente S01:441937/2011 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº
1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº 2025 de fecha 25
de noviembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las políticas y programas instrumentados por el
gobierno nacional desde el año 2003 para afrontar la situación
socioeconómica del país, resultó necesario llevar adelante distintas
medidas encaminadas a subsidiar distintos sectores de la economía
nacional a fin de garantizar la universalización de los servicios
públicos esenciales.
Que en dicho marco, las políticas energéticas que ha llevado a cabo el
GOBIERNO NACIONAL desde el año 2003 a la fecha se ha obtenido como
resultado un crecimiento permanente del país tanto en materia de
generación, distribución y transporte de energía eléctrica, como en el
transporte y distribución de gas.
Que de esta forma se ha garantizado llevar a cabo un proceso de
reactivación industrial promoviendo políticas activas que permitieron
el desarrollo y el crecimiento económico del país, la generación de
nuevos puestos de trabajo y la mejor y más justa distribución del
ingreso.
Que en igual sentido en el área de Transporte se ha logrado el
mantenimiento y desarrollo del mismo y la nacionalización de AEROLINEAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR
SOCIEDAD ANONIMA.
Que, el mismo temperamento se adoptará respecto de la prestación del
servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales a cargo de
AGUAS Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA).
Que resulta obligación del ESTADO NACIONAL viabilizar los derechos
constitucionales protegiendo a los sectores más vulnerables de la
sociedad, es decir, los trabajadores, los jubilados, los pensionados,
los usuarios y los consumidores, velar por la búsqueda de las
herramientas técnicas y económicas que garanticen de manera eficiente y
efectiva la consecución de los objetivos fijados por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que la actual crisis económica internacional, impone al Gobierno
Nacional instrumentar las políticas adecuadas para garantizar la
competitividad, el proceso de industrialización y el acceso universal a
los servicios públicos, asegurándose el mantenimiento del desarrollo
económico de todos los argentinos.
Que visto las políticas instrumentadas a la fecha, se hace necesario
analizar la evolución de las mismas y su impacto en los subsidios
oportunamente instaurados, a efectos de adecuarlos a los principios
liminares de la política económica y social diseñada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL y a los parámetros de equidad social, competitividad
y pleno empleo.
Que a tal efecto la Señora Presidenta ha instruido a los señores
Ministros a cargo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a la
creación de una comisión abocada al estudio integral de los subsidios
actualmente vigentes sobre la base de los parámetros expuestos.
Que en dicho marco es necesario la conformación de un Grupo de Trabajo
entre ambos Ministerios, el que estará presidido por la SUBSECRETARIA
DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS y por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE
GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS que en forma permanente mantenga informado a los señores
Ministros, con el fin de proponer y dictar las normas que resulten
necesarias parta llevar adelante la revisión y adecuación de los
subsidios.
Que el grupo de trabajo deberá interactuar con la colaboración de los
distintos Ministerios y Organismos con el fin de compatibilizar su
actuación con la decisión oportunamente instrumentada y que buscan
seguir garantizando el crecimiento sostenido de nuestro país.
Que el Grupo de Trabajo conformado por la presente trabajará
mancomunadamente con los Organismos Públicos Nacionales, Provinciales y
Municipales, vinculados a la regulación, control y seguimiento de la
prestación de estos servicios y al Sector privado, involucrando a las
Cámaras de los distintos sectores de la Economía, Asociaciones
representativas de los mismos, con el fin de compatibilizar
indicadores, parámetros y toda información necesaria y suficiente para
una completa revisión y adecuación de los subsidios.
Que en el marco del proceso de revisión el Grupo de Trabajo analizará
en especial la estructura de costos de cada uno de los servicios
subsidiados, la que será auditada por la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION (SIGEN), órgano de control interno del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que les
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº
2025 de fecha 25 de noviembre de 2008.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Y
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVEN:
Artículo 1º — Créase el Grupo
de Trabajo para el análisis y estudio de la incidencia en los distintos
sectores de los subsidios establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Art. 2º — El Grupo de Trabajo
estará presidido por el Titular de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de
la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS y por el Titular de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL
DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS y trabajará mancomunadamente con los distintos Ministerios,
Organismos, y todas aquellas Cámaras de los distintos sectores de la
Economía, Entes Reguladores y Asociaciones que representen a los
distintos sectores.
Art. 3º — Establécese que el
Grupo de Trabajo confeccionará informes que servirán de base para la
revisión o adecuación del régimen de subsidios, que serán elevados
periódicamente a los Ministros y podrá dictar la reglamentación
necesaria para su funcionamiento.
Art. 4º — Requerir a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN), en su carácter de órgano de
control interno del PODER EJECUTIVO NACIONAL y bajo la modalidad que se
defina al efecto, que audite la estructura de costos de cada uno de los
servicios subsidiados que ha sido analizada por el Grupo de Trabajo.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou. — Julio M. De Vido.