JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
Resolución Nº 121/2011
Bs. As., 2/11/2011
VISTO el Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, la Decisión
Administrativa Nº 393 de fecha 21 de octubre de 2009, la Decisión
Administrativa Nº 48 de fecha 12 de febrero de 2010, y la Resolución
JGM Nº 614 de fecha 5 de agosto de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º del Decreto citado en el Visto se declaró de
interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía.
Que asimismo se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA DE USO RACIONAL
Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PROUREE), instruyendo a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS a implementar el mencionado Programa en edificios
públicos de todos los Organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en el marco de los lineamientos vinculados con las acciones a
desarrollar en el corto, mediano y largo plazo en relación con el
Programa en cuestión, determinadas en el ANEXO II del citado Decreto,
se establece que cada Organismo de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
será responsable del cumplimiento e implementación del Programa en los
Edificios Públicos en su jurisdicción y de crear, según requerimiento
del numeral 2.2 del Decreto aludido, la figura del Administrador
Energético y la de los Ayudantes del Administrador Energético.
Que a los efectos de unificar la información, y según lo normado en el
numeral 2.5 del Anexo II, del Decreto citado en el visto, se deberá
confeccionar un inventario detallado y actualizado de todas las
instalaciones de energía eléctrica, gas, equipos de acondicionamiento
de aire, sanitarios y agua potable de todos los edificios públicos
dependientes de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.
Que por la Decisión Administrativa Nº 393/2009 modificada por su
similar Nº 48/2010 se creó la UNIDAD DE EJECUCION Y GESTION para el USO
RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (UNIRAE), cuya función será realizar
las acciones que permitan asegurar la implementación del PROGRAMA DE
USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PROUREE) en los edificios
públicos de los organismos del Poder Ejecutivo Nacional.
Que dicha implementación se hará con la coordinación técnica y
asistencia de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que le brindará todo el apoyo
técnico que resulte necesario para el cumplimiento de sus funciones, a
los fines de brindar mayor operatividad y simplificar el accionar de
quien desarrollará las acciones tendientes a implementar las facultades
encomendadas a la Jefatura de Gabinete de Ministros por Decreto Nº
140/07, en aras de concientizar y optimizar el uso de la energía en los
edificios públicos de la Administración Pública Nacional.
Que dicha norma resulta aplicable en todos los edificios públicos
dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, quedando alcanzados los
Ministerios, Secretarías, Organismos Descentralizados y/o Autárquicos y
todas aquellas reparticiones que integran la Administración Pública
Nacional.
Que mediante la Resolución JGM Nº 614/11 se han designado las
autoridades de la UNIRAE; un Responsable Ejecutivo quien ejercerá la
conducción, supervisión y coordinación de las acciones encomendadas a
la UNIDAD, como así también a dos Coordinadores Adjuntos, uno designado
por la Secretaría de Coordinación Administrativa y Evaluación
Presupuestaria de la Jefatura de Gabinete de Ministros y otro por la
Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente se dicta conforme a las facultades establecidas en el
Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 393/2009, su modificatoria
Nº 48/2010 y Resolución JGM Nº 614/2011.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el formulario “Registro de Empadronamiento de
Administradores Energéticos” como Anexo 1, que forma parte del presente
Acto Administrativo.
ARTICULO 2º — Los Administradores Energéticos, Ayudantes del
Administrador Energético y edificios alcanzados por el Decreto Nº
140/2007 están obligados a empadronarse mediante el formulario que se
aprueba por el artículo primero.
ARTICULO 3º — El formulario “Registro de Empadronamiento de
Administradores Energéticos” tendrá carácter de declaración jurada.
Cualquier modificación en los datos que allí se consignan deberán ser
comunicados a la UNIRAE en un plazo de cinco (5) días hábiles.
ARTICULO 4º — El formulario “Registro de Empadronamiento de
Administradores Energéticos” deberá ser confeccionado y remitido
electrónicamente por el Administrador Energético, debiendo asimismo
presentarlo en formato impreso y rubricado por el responsable del
Servicio Administrativo Financiero de la jurisdicción y el
Administrador Energético, por ante la UNIRAE.
ARTICULO 5º — Se establece el plazo de 20 días corridos, a partir de la
publicación de la presente, para el debido cumplimiento de su
empadronamiento por parte de los Administradores Energéticos, ayudantes
y edificios públicos dependientes del Poder Ejecutivo Nacional,
quedando alcanzados los Ministerios, Secretarías, Organismos
Descentralizados y/o Autárquicos y todas aquellas reparticiones que
integran la Administración Pública Nacional, en la forma y para los
fines aquí estipulados.
ARTICULO 6º — Apruébase el “Manual para el Empadronamiento de
Administradores Energéticos —Programa PROUREE— Decreto PEN 140/2007”
que bajo Anexo 2 forma parte de la presente.
ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Cdor. JOSE LUCAS GAINCERAIN, Secretario
de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria.
ANEXO 1
ANEXO 2
Contenido de esta guía:
1. Objetivos perseguidos
2. Datos requeridos para el Empadronamiento
3. Secuencia del Registro
4. Normas generales
5. Documentación a adjuntar para el empadronamiento
6. Secuencia de empadronamiento en imágenes
1. Objetivos perseguidos
Mediante Decreto PEN Nº 140 del 21 de diciembre de 2007 se declaró de
interés y prioridad nacional el USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA,
instruyéndose a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a implementar el
“PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PROUREE)” en
edificios públicos de todos los Organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL
y a disponer acciones en materia de eficiencia energética en
coordinación y con el apoyo técnico de la SECRETARIA DE ENERGIA
dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS.
En este sentido, mediante Disposición Administrativa JGM Nº 393/2009 y
su modificatoria Nº 48/2010 se creó, en el ámbito de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la UNIDAD DE EJECUCION Y GESTION para el USO
RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (UNIRAE) cuya función será realizar
las acciones que permitan asegurar la implementación del PROUREE en los
edificios públicos de los organismos del PEN a través de la
coordinación y asistencia de la SECRETARIA DE ENERGIA del MPFIPyS, que
le brindará todo el apoyo técnico que resulte necesario para el
cumplimiento de sus funciones.
A los efectos de llevar a cabo el citado programa PROUREE, la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION (JGM) firmó un Convenio con la
Universidad Tecnológica Nacional (UTN) para el desarrollo de un sistema
informático que permita el relevamiento de cada uno de los edificios de
su dependencia.
El SISTEMA INFORMATICO PARA LA OPTIMIZACION DE LOS RECURSOS ENERGETICOS
(SAORE) desarrollado permitirá confeccionar un inventario detallado y
actualizado de todas las instalaciones de energía eléctrica, gas,
equipos de acondicionamiento de aire, sanitarios y agua potable de
todos los Edificios Públicos dependientes de la ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL, con el fin de realizar los cambios necesarios para la
optimización de los recursos de La Nación, el mejor cuidado del medio
ambiente, e introducción de criterios de eficiencia energética para la
adquisición de bienes y servicios. Todo ello sin desmedro de mantener o
aun aumentar el bienestar y confort de los trabajadores y usuarios de
los edificios.
Entendiendo que los ADMINISTRADORES ENERGETICOS y sus AYUDANTES,
creados en cada organismo por el Decreto 140/2007, son los que por la
naturaleza de sus funciones están capacitados para el relevamiento
necesario, se ha dispuesto que sean ellos quienes tengan la
responsabilidad de cargar en el SAORE los datos e información que
releven.
A tal efecto los ADMINISTRADORES ENERGETICOS y sus AYUDANTES deberán
empadronarse siguiendo los lineamientos de este manual, contando cuando
ello sea necesario, con el apoyo de los Administradores del SAORE.
El presente Manual de Empadronamiento podrá ser descargado en su
versión actualizada desde la página WEB de la UNIRAE
(http://unirae.jgm.gob.ar)
2. Datos requeridos para el empadronamiento
IMPORTANTE: Se aconseja que el Administrador Energético disponga de
estos datos previamente a la realización del empadronamiento. Los
requisitos indicados con (*) son obligatorios. Las fotos digitales en
formato jpg o bmp no deberán superar los 500 kb.
1) Clave de Acceso
• Será brindada por la UNIRAE a cada Ministerio (*)
2) Datos de los Administradores Energéticos y de sus Ayudantes
• Nombre y apellido (*)
• CUIL/CUIT (*)
• DNI (*)
• Domicilio Laboral (*) (sólo para el Administrador Energético)
• Teléfono Laboral (*), celular, nextel ID
• E-mail (*)
• Cargo que ocupa actualmente (*)
• Nº del Acto administrativo por el cual está asignado como AE o
Ayudante (*)
• Fotografías del Administrador Energético y de sus Ayudantes (*)
• Ministerio al cual pertenece el Administrador Energético (*)
En Información general del Ayudante del administrador Energético
(*) Datos del edificio:
• Se podrá utilizar la opción “Buscar” para seleccionar un edificio
correspondiente al ministerio.
• Se aclarará la institución a la que pertenece el edificio. Por
ejemplo, si se trata de un Cuartel, la Institución será el Ejército o,
si se trata del Complejo Hospitalario Churruca Visca, la Institución
será la Policía Federal. En caso de que dependan directamente de un
Ministerio se dejará en blanco.
• En la pantalla de búsqueda se podrá utilizar el botón Buscar para
acotar la búsqueda.
• Si el casillero de filtro se deja en blanco, el botón Buscar traerá
todos los edificios del ministerio.
• Una vez seleccionado un edificio, será responsabilidad del usuario
separar la ubicación del edificio en calle y altura en los campos
correspondientes en pantalla, así como determinar la provincia, partido
y localidad.
• Para determinar el CPA se incluye un link en pantalla para acceder a
la búsqueda de dicho código en la web del Correo Argentino. El usuario
copiará en la web de registración el código CPA obtenido.
• En caso de no figurar el Edificio a cargo dentro del resultado de la
búsqueda (botón “Buscar”), se podrán cargar los datos correspondientes
del mismo en forma manual.
• Deberá tildarse si se trata de un edificio dependiente de un
Organismo Descentralizado.
• Se deberá aclarar la “Situación Dominial” del edificio.
4. Normas generales:
•
Código de área, entre paréntesis |
(011) |
•
Prefijo y sufijo separados por guión |
5240-5489 |
o Correo electrónico: sólo se permite el ingreso de una única dirección
de correo, la cual será utilizada por el sistema para enviar el reporte
final de empadronamiento.
o Ubicar en mapa: el sistema intentará ubicar el domicilio ingresado en
el mapa. Para ello utilizará: Calle, Altura, Provincia, Partido y
Localidad. De no ser correcta la geocodificación, el usuario podrá
utilizar las opciones de zoom para colocar sobre el mapa donde
corresponda el globo indicador del edificio.
o Todas las fotos deben estar en formato jpg o bmp con un tamaño máximo
de 500 kb.
5. Documentación a adjuntar para el empadronamiento
La siguiente Documentación deberá ser entregada juntamente con el
informe de empadronamiento, el que se deberá imprimir, firmar y enviar
a la UNIRAE.
• Una factura actual de cada uno de los suministros de agua, Gas y
Energía Eléctrica en papel. Deberán enviarse también en formato digital
pdf o jpg.
• Un plano de cada uno de los pisos del edificio. Deberán enviarse
también en formato digital AUTOCAD.
• Los documentos señalados se deberán enviar a la siguiente dirección:
unirae@jgm.gov.ar
6. Secuencia de empadronamiento en imágenes
e. 08/11/2011 N° 145900/11 v. 08/11/2011