MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 1088/2011

Bs. As., 3/11/2011

VISTO el Expediente MS Nº 17397/2011, las Leyes Nros. 24.059 y 22.520 y los Decretos Nros. 1273 de fecha 21 de julio de 1992, 1993 de fecha 14 de diciembre de 2010 y 2009 del 15 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6º de la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 establece que el sistema de seguridad interior tiene como finalidad determinar las políticas de seguridad así como planificar, coordinar, dirigir, controlar y apoyar el esfuerzo nacional de policía dirigido al cumplimiento de esas políticas.

Que el artículo 8º de dicho texto legal regla que el MINISTERIO DE SEGURIDAD, por delegación del Presidente de la Nación, además de las competencias que le son otorgadas en la Ley de Ministerios, ejercerá la conducción política del esfuerzo nacional de policía, con las modalidades allí previstas.

Que además conforme lo dispuesto en dicha norma el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad del Estado Nacional, y respecto de estas últimas, dicha facultad queda limitada a los fines derivados de la seguridad interior.

Que la facultades vinculadas con la dirección superior de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad implica, entre otras, la atribución para entender en la determinación de la organización, doctrina, despliegue, y distribución de los recursos humanos de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA; como así también la de intervenir en dichos aspectos con relación a GENDARMERIA NACIONAL y PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que el artículo 5º del Decreto Nº 1273 de fecha 21 de julio de 1992 dispone que en las facultades que son asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD por el artículo 8º incisos 1, 2, 3 y 4 de la Ley Nº 24.059, la conducción política del esfuerzo nacional de policía consiste, entre otras, en la facultad de impartir órdenes o directivas de carácter general a las Fuerzas de Seguridad y Policiales del Estado Nacional, inherentes al ámbito de la seguridad interior.

Que por su parte el MINISTERIO DE SEGURIDAD entiende en la organización, doctrina, despliegue, capacitación y equipamiento de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, a través de la emisión de órdenes y directivas al respecto, así como del control del cumplimiento de las mismas, y respecto de PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y GENDARMERIA NACIONAL, la intervención aludida precedentemente habrá de materializarse a través de la emisión de órdenes y directivas dirigidas a las propias fuerzas.

Que el ANEXO A del Decreto Nº 1273/92 define a la facultad de dirección como la prerrogativa de conducir integralmente una actividad en una rama o sector determinado y la de entender como la prerrogativa de ocuparse directamente de un asunto con responsabilidad primaria.

Que el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), dispone que compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático y, en particular, entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y la dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridad nacionales (POLICIA FEDERAL ARGENTINA, GENDARMERIA NACIONAL, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA) y provinciales.

Que asimismo compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en la organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales, e intervenir en la distribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el logro de los objetivos en función de lo prescripto por la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059.

Que por el artículo 6º del Decreto Nº 1993/2010 se transfirieron la GENDARMERIA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA del ámbito del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la incorporación del MINISTERIO DE SEGURIDAD al organigrama estatal tuvo por objeto perfeccionar el uso de los recursos públicos, incrementando la calidad de acción estatal, además de concretar las metas políticas diagramadas, y de racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública, orientada claramente hacia dicho sector.

Que el Decreto Nº 2009/2010 asignó a la SUBSECRETARIA DE GESTION Y BIENESTAR DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, entre otras, las funciones de supervisar la gestión de los recursos humanos e intervenir en las políticas de asignación de destinos del personal de las fuerzas policiales y de seguridad.

Que resulta necesario formalizar el trámite de asignación de los destinos correspondientes al personal superior de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, previendo un mecanismo ágil que permita la intervención previa del MINISTERIO DE SEGURIDAD en aquellos proyectos de acto que dispongan la asignación de destinos de tales funcionarios. Así como contar con información precisa y actualizada de las designaciones del resto del personal de las cuatro Instituciones mencionadas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la debida intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades contenidas en los artículos 6º y 8º de la Ley Nº 24.059, el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), los artículos 2º y 5º del Decreto Nº 1273/92 y el artículo 6º del Decreto Nº 1993/2010.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Instrúyese al Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, al Director Nacional de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, al Prefecto Nacional de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y al Director Nacional de GENDARMERIA NACIONAL a efectos que, para disponer la designación, nombramiento, pase, traslado, pase en comisión, así como cualquier asignación u ocupación de cargo, se cumpla con el procedimiento establecido en el Anexo I de la presente.

ARTICULO 2º — La SUBSECRETARIA DE GESTION Y BIENESTAR DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD será la encargada de dar intervención a las áreas del MINISTERIO DE SEGURIDAD que tuvieren competencia en los asuntos y materias relacionados a dichas designaciones.

ARTICULO 3º — Facúltase a la SUBSECRETARIA DE GESTION Y BIENESTAR DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD a dictar las normas complementarias que fueran necesarias, así como a modificar el ANEXO I y/o solicitar la información que estime pertinente a los efectos de la ejecución de lo dispuesto en la presente medida.
ARTICULO 4º — Regístrese, publíquese y dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. NILDA GARRE, Ministra de Seguridad.

ANEXO I

1- Deberán remitirse, en forma previa al dictado del acto, los proyectos correspondientes a las designaciones, nombramientos, pases, traslados, pases en comisión, así como cualquier asignación u ocupación de cargos del personal superior, de los siguientes grados o que ocupe las siguientes funciones:

1. POLICIA FEDERAL ARGENTINA

• COMISARIO GENERAL

• COMISARIO MAYOR

• COMISARIO INSPECTOR

• COMISARIO

2. POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

• COMISIONADO GENERAL

• COMISIONADO MAYOR

• DIRECTORES GENERALES

• DIRECTORES DEPENDIENTES DIRECTAMENTE DE LA DIRECCION NACIONAL

• DIRECTOR DEL CEAC

• JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS Y UNIDADES DEPENDIENTES DIRECTAMENTE DEL CEAC

• JEFES DE UNIDADES REGIONALES

3. GENDARMERIA NACIONAL

• COMANDANTE GENERAL

• COMANDANTE MAYOR

• COMANDANTE PRINCIPAL

• COMANDANTE

4. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

• PREFECTO GENERAL

• PREFECTO MAYOR

• PREFECTO PRINCIPAL

• PREFECTO

Deberán indicarse en cada caso las causas que motiven la designación.

La información deberá remitirse a la SUBSECRETARIA DE GESTION Y BIENESTAR DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD.

2- Las designaciones, nombramientos, pases, traslados, pases en comisión, así como cualquier asignación u ocupación de cargos del resto del personal, deberán comunicarse a la SUBSECRETARIA DE GESTION Y BIENESTAR DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, con la frecuencia y en la forma que ésta indique. Asimismo dicha subsecretaría queda facultada para solicitar que, en los casos específicos que lo crea procedente, se siga el procedimiento establecido en el parágrafo 1 del presente.

e. 11/11/2011 Nº 148049/11 v. 11/11/2011