MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 1809/2011

Extiéndese la jurisdicción de la Gendarmería Nacional al ámbito de un predio perteneciente al Estado Nacional.

Bs. As., 8/11/2011

VISTO el Expediente Nº 15.220/11 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes de Misiones, Funciones y Jurisdicciones de las Fuerzas de Seguridad y Policiales Federales Nº 18.711, y de GENDARMERIA NACIONAL Nº 19.349, lo solicitado por la Unidad Ejecutora del Bicentenario, los estudios realizados por la DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA, y lo propuesto por el MINISTERIO DE SEGURIDAD, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 278 del 18 de febrero de 2008, se ha declarado “Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo” al año 2010, en conmemoración del Segundo Centenario de la Revolución de Mayo de 1810.

Que por el Decreto Nº 1358 del 30 de setiembre de 2009, se ha creado la UNIDAD EJECUTORA BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO 1810 - 2010, como unidad desconcentrada dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de administrar los recursos asignados a la CONMEMORACION DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO 1810 - 2010 y efectuar la coordinación del diseño, planificación y la ejecución de los programas de actividades y actos conmemorativos a desarrollarse con motivo del Bicentenario de la Revolución de Mayo en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que por Decreto Nº 2110 del 29 de diciembre de 2010, se han prorrogado los Festejos Conmemorativos del Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810 hasta el total cumplimiento del Plan Integral de Festejos; habiéndose aprobado el Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE, parque temático interactivo, en el ámbito de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, cuya misión principal será la organización de eventos, la promoción, difusión, desarrollo e innovación de la ciencia, arte y tecnología, con carácter permanente.

Que dicha norma declaró de Interés Nacional el Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE, parque temático interactivo, como hito del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810, muestra de contribución y apoyo al conocimiento.

Que además, fue asignado el predio perteneciente al ESTADO NACIONAL que limita al norte con calle Zufriategui entre Avenida de los Constituyentes y D. French; al este con la Parcela BB; al sur con la calle colectora San Juan B de Lasalle, con la superficie destinada al Arroyo Medrano canalizado y la Parcela DD y al oeste con la Avenida de los Constituyentes entre Maipú y Rivadavia de la localidad de Villa Martelli, Partido de VICENTE LOPEZ lindante con el Partido de GENERAL SAN MARTIN, Provincia de BUENOS AIRES, para el desarrollo del Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE, quedando a cargo de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS las obras que le sean requeridas en el marco de la Ley Nº 13.064 y sus modificaciones, que fueran necesarias para el cumplimiento de sus objetivos, como asimismo la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y demás elementos necesarios para su funcionamiento.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD remitió a la GENDARMERIA NACIONAL, la solicitud originada por el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del Bicentenario, a fin de brindar la protección en toda la extensión del predio del parque temático interactivo TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE, en razón de la vasta extensión del terreno.

Que en virtud de lo especificado en el artículo 5º inciso c), de la Ley Nº 19.349, y acorde lo disponga el PODER EJECUTIVO NACIONAL, la citada Fuerza podrá actuar en cualquier lugar del país; lo cual es concordante con lo prescripto en el artículo 4º, inciso c) de la Ley Nº 18.711.

Que en consecuencia resulta necesario extender la jurisdicción de GENDARMERIA NACIONAL al citado predio en la localidad de VILLA MARTELLI, Partido de VICENTE LOPEZ, lindante con el Partido de GENERAL SAN MARTIN, ambos en la Provincia de Buenos Aires, en donde se desarrolle el Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE.

Que han tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la GENDARMERIA NACIONAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL actúa en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 99, inciso 1º, de la CONSTITUCION NACIONAL y en el artículo 5º, inciso c), de la Ley Nº 19.349 y sus modificaciones.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Extiéndese la jurisdicción de GENDARMERIA NACIONAL al ámbito territorial perteneciente al ESTADO NACIONAL que limita al norte con calle Zufriategui entre Avenida de los Constituyentes y D. French; al este con la Parcela BB; al sur con la calle colectora San Juan B de Lasalle, con la superficie destinada al Arroyo Medrano canalizado y la Parcela DD y al oeste con la Avenida de los Constituyentes entre Maipú y Rivadavia de la localidad de Villa Martelli, Partido de VICENTE LOPEZ lindante con el Partido de GENERAL SAN MARTIN, Provincia de BUENOS AIRES, para el desarrollo del Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE.

Art. 2º — La jurisdicción mencionada incluirá las edificaciones existentes en el predio perteneciente al MINISTERIO DE DEFENSA y las construidas y/o a construirse con motivo del Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE.

Art. 3º — Dentro de la jurisdicción expresada, GENDARMERIA NACIONAL ejercerá la totalidad de las funciones que le asigna la Ley Nº 19.349, asumiendo la protección del objetivo en forma permanente.

Art. 4º — Por el MINISTERIO DE SEGURIDAD, se instrumentarán las medidas referidas a la organización de la citada Fuerza de Seguridad, para atender las necesidades emergentes de la misión y funciones en el referido objetivo.

Art. 5º — Los gastos en concepto de equipamiento, medios y recursos tecnológicos necesarios para la protección del objetivo, serán atendidos con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Nilda Garré.