MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

DIRECCION DE FRANQUICIAS

Disposición Nº 262/2011

Bs. As., 31/10/2011

VISTO el Expediente Nº 57.727/2011 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el Decreto Nº 235 de fecha 7 de febrero de 2008, la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, modificada por el Decreto Nº 878 de fecha 29 de mayo de 2008 y la Resolución Nº 492 de fecha 7 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 235/08 establece que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO debe realizar un reempadronamiento de todos los automotores introducidos con franquicia diplomática, en coordinación con la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de otorgar nuevas Chapas Patente con las mismas medidas de seguridad que las otorgadas por el mencionado Registro e identificaciones similares a la “cédula verde”.

Que la Resolución Nº 492/11 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO dispone el reempadronamiento de los automotores importados bajo el régimen del Decreto Nº 25/70 y para los adquiridos bajo el régimen de la Ley Nº 19.486, y las Chapas Patente de Cortesía, destinados al uso oficial de las Representaciones y de sus Funcionarios.

Que el Artículo 11 de la Resolución Nº 492/11 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO establece que la Dirección de Franquicias de este Ministerio dispondrá la normativa complementaria y determinará los procedimientos, información, documentación, formularios y todo tipo de trámites relacionados dicha resolución incluyendo el reempadronamiento.

Que se hace necesario aprobar los formularios de solicitud de reempadronamiento a presentar por ante la Dirección de Franquicias de este Ministerio.

Que para su accesibilidad es conveniente que dichos formularios estén disponibles en el sitio WEB del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Decisión Administrativa Nº 10/02.

Por ello,

EL DIRECTOR DE FRANQUICIAS
DISPONE:

ARTICULO 1º — Apruébanse los formularios para la solicitud de reempadronamiento de los automotores importados bajo el régimen del Decreto Nº 25/70 y para los adquiridos bajo el régimen de la Ley Nº 19.486, y las Chapas Patente de Cortesía, destinados al uso oficial de las Representaciones y de sus Funcionarios, que como ANEXOS I y II, en 2 (DOS) fojas forman parte de la presente.

ARTICULO 2º — Apruébase el “INSTRUCTIVO Y CRONOGRAMA DE REEMPADRONAMIENTO” que como ANEXO III en 5 (CINCO) fojas forma parte de la presente.

ARTICULO 3º — Los referidos formularios estarán disponibles para su utilización en el sitio WEB del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a partir de la fecha.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RICARDO F. FERNANDEZ, Ministro, Director de Franquicias, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

ANEXO I

REEMPADRONAMIENTO AUTOMOTOR

AUTOMOTOR DE USO OFICIAL DE LA REPRESENTACION

N° Nota de la Representación: ………………………………………… Fecha: ....…/….…. /…...…

Nombre de la Representación: …………………………………………………………………………..

DATOS DEL AUTOMOTOR

Marca: ………….……………………….. Tipo (ej. Sedán, moto, etc.): ……………………………….

Modelo (ej. GTX, TDR …): ……………………………………….. Año: ……………

Tipo y N° de chapa patente actual: ………………………. N° de oblea actual: ……………………

¿Es este el automotor oficial del Jefe de Misión SI / NO (*)

(*) Las Representaciones Diplomáticas podrán asignar a uno (solamente uno) de los automotores de Uso Oficial como automotor oficial del Jefe de Misión.

DATOS DE LOS AUTORIZADOS A CONDUCIR

Nombres: …………………………………………………………………………………………..………

Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….

Fecha de nacimiento: …../…./….. N° de Registro de Conducir: ……………………………………

Cargo en la Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..

Nombres: ………………………………………………………………………………………………….

Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….

Fecha de nacimiento: …../…./….. N° de Registro de Conducir: ……………………………………

Cargo en la Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..

Nombres: ………………………………………………………………………………………………….

Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….

Fecha de nacimiento: …../…./….. N° de Registro de Conducir: ……………………………………

Cargo en la Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..

Nombres: ………………………………………………………………………………………………….

Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….

Fecha de nacimiento: …../…./…. N° de Registro de Conducir: ……………………………………

Cargo en la Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..

Nombres: ………………………………………………………………………………………………….

Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….

Fecha de nacimiento: …../…./…. N° de Registro de Conducir: ……………………………………

Cargo en la Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..

Firma…………………………………………………
Jefe de Misión o Subgerente Legal


Aclaración…………………………………………………..


Cargo…………………………………………………..

ANEXO II

REEMPADRONAMIENTO AUTOMOTOR

AUTOMOTOR DE UN FUNCIONARIO DE LA REPRESENTACION

N° Nota de la Representación: …………………........................ Fecha:……../………./……………

Nombre de la Representación:……………………………………………………………………………

BENEFICIARIO

Nombres: …………………………………………………………………………………………………

Apellidos: …………………………………………………………………………………………………

N° Carnet D.N.C.: ………………………………. N° de Registro de Conducir:………………………

Por la presente manifiesto con carácter de Declaración Jurada no poseer la Nacionalidad Argentina ni ser Residente en el territorio de la República Argentina. Sirva la presente Declaración Jurada a los efectos del trámite de Recambio de Chapa Patente.

DATOS DEL AUTOMOTOR

Marca: …………………………….. Tipo (ej. Sedán, moto...) : ………………………………………

Modelo (ej. GTX, TDR …) …………………………………………. Año: ………………………………

Tipo y N° de chapa patente actual: ………………………. N° de oblea actual: ……………………

DATOS DE LOS AUTORIZADOS A CONDUCIR

Nombres: ………………………………………………………………………………………………….

Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….

Fecha de nacimiento: …../……/... N° de registro de Conducir: …………………………………….

Vínculo con el titular: ……………………………………… Habita en la casa del titular: SI / NO

Nombres: ………………………………………………………………………………………………….

Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….

Fecha de nacimiento: …../……/.. N° de registro de Conducir: …………………………………….

Vínculo con el titular: ……………………………………… Habita en la casa del titular: SI / NO
Firma………………………………………...............
Jefe de Misión o subrogante Legal
………………………………..
Beneficiario



Aclaración………………………………………..………………………………..



Cargo……………………………………….………………………………...


ANEXO III

PROCEDIMIENTO PARA EL REEMPADRONAMIENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR DE LAS REPRESENTACIONES Y DE SUS FUNCIONARIOS

A partir del 1 de diciembre de 2011 y hasta el 27 de enero de 2012 se procederá al recambio de las Chapas Patente del parque automotor para el uso de las Misiones Diplomáticas, Consulares, Misiones Especiales y Organismos Internacionales con sede permanente en la República Argentina y al cambio de la ficha de registro del automotor (ficha amarilla con los autorizados a conducir) por Cédulas de Identificación (conocidas localmente como “Cédula Verde” y “Cédula Azul”).

El mismo abarcará a la totalidad de los automotores, tanto de uso oficial de la Representación como de uso de sus Funcionarios.

Para motocicletas sólo se reemplazarán las fichas por Cédulas.

El Reempadronamiento incluye, asimismo, la actualización de las personas autorizadas a conducir.

A)- Automotores que deben ser reempadronados.

1.- Los automotores declarados en el Censo Automotor finalizado el primero de abril de 2009.

2.- Los automotores incorporados al uso oficial de las Representaciones o de sus Funcionarios con posterioridad al referido Censo Automotor.

Las Chapas Patentes actuales, con excepción de las motocicletas, perderán su vigencia el 29 de enero de 2012.

A partir del 30 de enero de 2012, ningún automotor podrá circular sin las nuevas patentes y documentación complementaria.

B)- Condiciones para que los automotores puedan ser reempadronados

1.- Deben poseer Chapa Patente y documentación complementaria otorgada a la fecha y cumplir con las condiciones necesarias para poder ser reempadronados.

2.- Los automotores importados bajo el amparo del artículo Nº 15 del Decreto Nº 25/70 introducidos a plaza hace más de 3 y menos de 6 años, que no hubieren solicitado la correspondiente prórroga. Como condición deberán solicitar la prórroga previamente al reempadronamiento.

(Si ya ha transcurrido el plazo máximo posible de 6 años contados a partir del despacho a plaza, el automotor deberá ser reexportado y no podrá ser reempadronado).

C)- Presentación previa de la solicitud de reempadronamiento

Con el objeto de facilitar de un modo más ágil el cumplimiento de este procedimiento, todas las Representaciones podrán presentar la solicitud de reempadronamiento entre el 1º y el 30 de noviembre venideros, debiéndose adjuntar la siguiente documentación:

1.- Nota de solicitud de reempadronamiento, con la documentación adjunta requerida. Debe estar firmada por el Jefe de Misión o Subrogante Legal, con aclaración de nombre, apellido y cargo en la Representación.

2.- Formulario de “Reempadronamiento automotor”, según corresponda:

- Formulario de “Reempadronamiento automotor - Automotor de uso oficial de la Representación”; o

- Formulario de “Reempadronamiento automotor - Automotor de uso de un Funcionario de la Representación”

3.- Verificación Vehicular del número de chasis y motor (Formulario 12), original.

4.- COPIAS SIMPLES de los Registros de Conducir del Funcionario propietario del automotor (si es un automotor de uso particular) y de los autorizados a conducir, expedido por autoridad nacional competente.

5.- Comprobante de la cobertura anual del seguro obligatorio según la Ley 24.449, expedido por compañías de seguro con sede en el territorio de la República Argentina.

OBSERVACIONES A TENER EN CUENTA

1.- No deberá presentarse la Verificación Vehicular descripta en el punto 3.- en los siguientes supuestos:

- Automotores que ya la hubieran presentado en un trámite anterior ante la Dirección de Franquicias.

- Automotores de fabricación nacional (número de chasis que comienza con “8A” hasta “8E’), ya sea adquiridos en el marco de la Ley Nº19.486 o inscriptos en el Registro Nacional Automotor con chapas de cortesía.

2.- Se podrán solicitar hasta una cantidad de 5 (cinco) autorizaciones a conducir para los automotores de uso oficial y hasta una cantidad de 3 (tres), incluyendo al propietario, para el automotor de un Funcionario.

3.- Los autorizados a conducir deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Estar registrados ante la Dirección Nacional de Ceremonial. Por este motivo, es de suma importancia que se verifique en la Dirección Nacional de Ceremonial que se encuentren debidamente acreditados, registrados o inscriptos, según corresponda.

- Poseer Registro de Conducir vigente y ser expedido por el Organismo Nacional o Provincial pertinente.

4.- Todas las Representaciones Diplomáticas podrán asignar a uno de sus automotores de uso oficial para ser destinado al Jefe de Misión, al que se le otorgará una Chapa Patente al efecto.

D)- Reempadronamiento

Entre 1 de diciembre de 2011 al 27 de enero de 2012 se llevará a cabo el reempadronamiento.

En la fecha establecida para cada Representación y la persona autorizada podrá retirar las Chapas Patente de los automotores de la Representación y en una fecha posterior, de sus Funcionarios. (Ver Cronograma para el Reempadronamiento en el punto E).

Para ello deberá concurrir con:

- Chapa patente anterior.

- Ficha de Identificación de Conductores (fichas amarillas) anteriores.

- Oblea anterior.

En caso de no disponer de alguno de los elementos mencionados, la denuncia policial de pérdida, robo o circunstancia que corresponda.

E)- Cronograma para el Reempadronamiento
1/12 – 7/12ORGANISMOS INTERNACIONALES
JUEVES 01BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, BANCO MUNDIAL.
VIERNES 02CENTRO DE INFORMACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA ARGENTINA Y URUGUAY, CORPORACION FINANCIERA INTERNACIONAL, FONDO MONETARIO INTERNACIONAL, PROGRAMA COMUN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE VIH/SIDA, PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO, FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA.
LUNES 05ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS, COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY.
MARTES 06CORPORACION ANDINA DE FOMENTO, COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA, COMITE INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA DELEGACION REGIONAL BUENOS AIRES, ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION, INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA, ORGANIZACION INTERNACIONAL DE POLICIA CRIMINAL, AGENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL JAPON, REPRESENTACION DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA OEA EN ARGENTINA, ORGANIZACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA.
MIERCOLES 07ORGANIZACION INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES, ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL, ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD, COMISION MIXTA ARGENTINO-PARAGUAYA DEL RIO PARANA, ENTIDAD BINACIONAL YACIRETA, FUNDACION KONRAD ADENAUER, FUNDACION HANNS SEIDEL, FUNDACION FRIEDRICH NAUMANN, FUNDACION FRIEDRICH EBERT.
12/12 - 29/12EMBAJADAS - AUTOMOTORES OFICIALES
LUNES 12REPUBLICA DE ALBANIA, REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, REPUBLICA DE ANGOLA, REINO DE ARABIA SAUDITA, REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR, REPUBLICA DE ARMENIA.
MARTES 13AUSTRALIA, REPUBLICA DE AUSTRIA, REPUBLICA DE AZERBAIYAN, REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.
MIERCOLES 14REPUBLICA DE BELARUS, REINO DE BELGICA, ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, REPUBLICA DE BULGARIA, CANADA, REPUBLICA CHECA, REPUBLICA DE CHILE, REPUBLICA POPULAR DE CHINA.
JUEVES 15REPUBLICA DE COLOMBIA, REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO, REPUBLICA DE COREA, REPUBLICA DE COSTA RICA, REPUBLICA DE CROACIA, REPUBLICA DE CUBA, REINO DE DINAMARCA, REPUBLICA DOMINICANA, REPUBLICA DEL ECUADOR, REPUBLICA ARABE DE EGIPTO, REPUBLICA DE EL SALVADOR, EMIRATOS ARABES UNIDOS, REPUBLICA ESLOVACA, REPUBLICA DE ESLOVENIA.
VIERNES 16ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
LUNES 19ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
MARTES 20ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
MIERCOLES 21REPUBLICA FRANCESA, REINO DE ESPAÑA.
JUEVES 22REPUBLICA DE FILIPINAS, REPUBLICA DE FINLANDIA, REPUBLICA HELENICA, REPUBLICA DE GUATEMALA, REPUBLICA DE HAITI, REPUBLICA DE HONDURAS, REPUBLICA DE HUNGRIA, REPUBLICA DE LA INDIA, REPUBLICA DE INDONESIA, REPUBLICA ISLAMICA DE IRAN, IRLANDA, ESTADO DE ISRAEL.
VIERNES 23REPUBLICA ITALIANA, JAPON, ESTADO DE KUWAIT, REPUBLICA LIBANESA, GRAN YAMAHIRIA ARABE LIBIA POPULAR Y SOCIALISTA.
LUNES 26LIGA DE LOS ESTADOS ARABES, REPUBLICA DE LITUANIA, MALASIA, SOBERANA ORDEN MILITAR DE MALTA, REINO DE MARRUECOS, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, REPUBLICA DE NICARAGUA, REPUBLICA FEDERAL DE NIGERIA, REINO DE NORUEGA, NUEVA ZELANDA, REINO DE LOS PAISES BAJOS.
MARTES 27REPUBLICA ISLAMICA DE PAKISTAN, AUTORIDAD PALESTINA, REPUBLICA DE PANAMA, REPUBLICA DEL PARAGUAY, REPUBLICA DEL PERU, REPUBLICA DE POLONIA, REPUBLICA PORTUGUESA, REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, REPUBLICA DE RUMANIA, SANTA SEDE, REPUBLICA DE SERBIA, REPUBLICA ARABE DE SIRIA.
MIERCOLES 28FEDERACION DE RUSIA, REPUBLICA DE SUDAFRICA, REINO DE SUECIA, CONFEDERACION SUIZA.
JUEVES 29REINO DE TAILANDIA, REPUBLICA TUNECINA, REPUBLICA DE TURQUIA, REPUBLICA DE UCRANIA, UNION EUROPEA, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM.
30/12 - 27701EMBAJADAS - AUTOMOTORES DE FUNCIONARIOS
VIERNES 30REPUBLICA DE ALBANIA, REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA.
LUNES 02REPUBLICA DE ANGOLA, REINO DE ARABIA SAUDITA, REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR, REPUBLICA DE ARMENIA, AUSTRALIA, REPUBLICA DE AUSTRIA, REPUBLICA DE AZERBAIYAN, REPUBLICA DE BELARUS, REINO DE BELGICA, ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
MARTES 03REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.
MIERCOLES 04REPUBLICA POPULAR DE CHINA.
JUEVES 05REPUBLICA DE BULGARIA, CANADA, REPUBLICA CHECA, REPUBLICA DE CHILE, REPUBLICA DE COLOMBIA, REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO, REPUBLICA DE COSTA RICA, REPUBLICA DE CROACIA
VIERNES 06REPUBLICA DE CUBA, REPUBLICA DE COREA.
LUNES 09ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
MARTES 10ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
MIERCOLES 11REINO DE ESPAÑA.
JUEVES 12REPUBLICA FRANCESA.
VIERNES 13REINO DE DINAMARCA, REPUBLICA DOMINICANA, REPUBLICA DEL ECUADOR, REPUBLICA ARABE DE EGIPTO, REPUBLICA DE EL SALVADOR, EMIRATOS ARABES UNIDOS, REPUBLICA ESLOVACA, REPUBLICA DE ESLOVENIA, REPUBLICA DE FILIPINAS, REPUBLICA DE FINLANDIA, REPUBLICA HELENICA, REPUBLICA DE GUATEMALA, REPUBLICA DE HAITI, REPUBLICA DE HONDURAS, REPUBLICA DE HUNGRIA, REPUBLICA DE LA INDIA, REPUBLICA DE INDONESIA, REPUBLICA ISLAMICA DE IRAN, IRLANDA.
LUNES 16REPUBLICA ITALIANA.
MARTES 17REPUBLICA ITALIANA.
MIERCOLES 18REPUBLICA ITALIANA
JUEVES 19ESTADO DE ISRAEL, JAPON, ESTADO DE KUWAIT, REPUBLICA LIBANESA, GRAN YAMAHIRIA ARABE LIBIA POPULAR Y SOCIALISTA, LIGA DE LOS ESTADOS ARABES, REPUBLICA DE LITUANIA, MALASIA, SOBERANA ORDEN MILITAR DE MALTA, REINO DE MARRUECOS.
VIERNES 20ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, REPUBLICA DE NICARAGUA, REPUBLICA FEDERAL DE NIGERIA, REINO DE NORUEGA, NUEVA ZELANDA, REINO DE LOS PAISES BAJOS, REPUBLICA ISLAMICA DE PAKISTAN, AUTORIDAD PALESTINA, REPUBLICA DE PANAMA, REPUBLICA DEL PARAGUAY.
LUNES 23REPUBLICA DEL PERU, REPUBLICA DE POLONIA, REPUBLICA PORTUGUESA, REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, REPUBLICA DE RUMANIA.
MARTES 24FEDERACION DE RUSIA.
MIERCOLES 25REPUBLICA DE SERBIA, SANTA SEDE, REPUBLICA ARABE DE SIRIA, REPUBLICA DE SUDAFRICA, REINO DE SUECIA, CONFEDERACION SUIZA, REINO DE TAILANDIA, REPUBLICA TUNECINA, REPUBLICA DE TURQUIA, REPUBLICA DE UCRANIA, UNION EUROPEA.
JUEVES 26REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.
VIERNES 27REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM.
e. 14/11/2011 N° 148866/11 v. 14/11/2011