Secretaría de Gabinete
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 140/2011
Deróganse cargos del Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Bs. As., 9/11/2011
VISTO el Expediente Nº E-91370/2011 del registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP); el Decreto Nº 196 de fecha 24 de febrero de 2011; y el Decreto
Nº 1182 de fecha 5 de agosto de 2011 y la Resolución MDS Nº 2730 de
fecha 2 de septiembre de 2011; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1182/11 se procedió a incorporar la DIRECCION DE
SERVICIOS DIGITALES INFORMATICOS Y DE TELECOMUNICACIONES en el ámbito
de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por Resolución Nº 2730/11 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se
produjeron varias modificaciones en la estructura organizativa de la
mencionada SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL.
Que en virtud de las modificaciones introducidas en misma, se hace
necesario proceder a la derogación de varios cargos con nivel de
Función Ejecutiva que ya no conforman la estructura organizativa de la
Jurisdicción.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 2/10, en los
términos del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1/11 y por el
artículo 5º del Decreto Nº 196/11.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GABINETE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Deróganse del
Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I
que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Silvina E. Zabala.
ANEXO I
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEROGACIONES