MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 1205/2011
Dase por aprobada la Licitación Pública Nº 45/2011 para la adquisición de una vacuna pediátrica. Adjudicación.
Bs. As., 10/11/2011
VISTO el Expediente Nº 2002-9.660/11-0 del MINISTERIO DE SALUD, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 502 de fecha 3 de
mayo de 2011 se incorporó al PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE
ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES, con carácter gratuito y obligatorio, la
inmunización con la vacuna conjugada para neumococo a todos los niños y
niñas hasta el año de edad, integrándose la misma al CALENDARIO
NACIONAL DE INMUNIZACIONES.
Que mediante Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 1210 de fecha 12 de
agosto de 2011, se autorizó el llamado a Licitación Pública para la
adquisición de la mencionada vacuna y se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares que como Anexo forma parte integrante de la
citada Resolución.
Que con fecha 16 de agosto de 2011 el Departamento de Compras del MINISTERIO DE SALUD emitió la Circular Modificatoria Nº 1.
Que con fecha 20 de septiembre de 2011, se procedió al acto de apertura
de la única oferta presentada en la referida Licitación Pública Nº
45/2011 por las firmas PFIZER S.R.L., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. y A.
y WYETH S.A.
Que analizada la oferta y producidos los informes técnicos pertinentes,
la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD emitió el Acta de
Evaluación Nº 1 de fecha 5 de octubre de 2011, recomendando la
adjudicación a la única firma oferente por ajustarse a lo solicitado
según informes técnicos.
Que no se efectuaron impugnaciones a la citada Acta de Evaluación.
Que mediante nota SIGEN Nº 4229/2011 la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION, informó sobre la imposibilidad de suministrar un precio testigo
en cualquiera de las modalidades establecidas en la Resolución SIGEN Nº
122/10.
Que las firmas mencionadas formalizaron el Consorcio de Cooperación
PFIZER —ELEA— CONSORCIO DE COOPERACION de acuerdo al compromiso
presentado oportunamente en su oferta.
Que en orden a lo antes expuesto resulta procedente aprobar lo actuado
y adjudicar la Licitación Pública Nº 45/2011 a las firmas LABORATORIO
PFIZER S.R.L., ELEA S.A.C.I.F. y A. y WYETH S.A., que conforman PFIZER
—ELEA— CONSORCIO DE COOPERACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el
artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo
35 inciso c) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado
por el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y el Anexo al referido
artículo 35.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Apruébase lo
actuado en la Licitación Pública Nº 45/2011 del MINISTERIO DE SALUD
llevada a cabo para la adquisición de la vacuna pediátrica
antineumocócica conjugada, en jeringa prellenada y/o vial monodosis y/o
multidosis con jeringa correspondiente.
Art. 2º — Adjudícase la
Licitación Pública Nº 45/2011 del MINISTERIO DE SALUD a las firmas
PFIZER S.R.L., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. y A. y WYETH S.A., que
conforman PFIZER —ELEA— CONSORCIO DE COOPERACION por un total de DIEZ
MILLONES OCHOCIENTAS CINCUENTA MIL (10.850.000) dosis, equivalente a
PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL ($
672.700.000), extendiéndose la vigencia del contrato hasta agotar dicha
cantidad máxima o cumplidos CINCO (5) años contados a partir de
notificada la Orden de Compra, lo que suceda primero.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo al
Presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Servicio
Administrativo Financiero 310, Programa 20, IPP 252, de los ejercicios
económicos financieros correspondientes a los años 2011, 2012, 2013,
2014 y 2015.
Art. 4º — Autorízase a la
Dirección de Compras, Patrimonio, Suministros y Servicios del
MINISTERIO DE SALUD a emitir la respectiva Orden de Compra.
Art. 5º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Juan L. Manzur.