Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 1663/2011

Restablécense pedidos de recompensa destinadas a quienes brinden datos que resulten determinantes para las detenciones de diversas personas.

Bs. As., 10/11/2011

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución ex MJSyDH Nº 1720 de fecha 27 de junio de 2008, el Decreto Nº 1472 de fecha 15 de septiembre de 2008, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.375 de fecha 21 de mayo de 2008 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigno y/o fehaciente, que resulten determinantes para la detención de personas que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el artículo 6 de la Ley Nº 26.375 permite restablecer el ofrecimiento de recompensas que hubieren sido dispuestas por resolución.

Que en ejercicio de la habilitación legal mencionada, y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de DELGADO, Fernando Federico; VILDOZA, Jorge Raúl; ALVAREZ, Aldo Mario; GONZALEZ, Roberto Oscar; SALVIA, Pedro Osvaldo; SANCHEZ, Gonzalo; LINAREZ, Juan Carlos; VAZQUEZ SARMIENTO, Juan Carlos; SCHWAB, Héctor Mario; BARALDINI, Luis Enrique; MOLINA Ricardo Joaquín; DI PAOLA, Francisco Armando; y MAZZAFERRI, José Darío, deviene procedente restablecer por el plazo, de DOCE (12) meses a partir de la fecha del dictado de la presente la vigencia de las Resoluciones ex MJSyDH Nº 2727/2008; Nº 2729/2008; Nº 2747/2008; Nº 2937/2008; Nº 3129/2008; Nº 3370/2008; Nº 3369/2008; Nº 3371/2008; Nº 1167/2009; Nº 1876/2009; Nº 534/2009; Nº 1354/2009; y Nº 1532/2009, por intermedio de las cuales se dispusieran las respectivas recompensas.

Que, por otra parte, el artículo 6 precitado permite prorrogar las recompensas cuyo ofrecimiento se encontrara vigente.

Que, en ejercicio de la habilitación legal mencionada, y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de DOMATO, Horacio Rafael; VON KYAW, Ricardo Luis; AMIGO, Miguel Angel; GAUTO, Teodoro Aníbal; ESCANDE LOBOS, Faustino Sergio; y GRIMALDOS, Ana María; resulta procedente prorrogar por el término de DOCE (12) meses a partir de la fecha de su respectivo vencimiento, las recompensas que fueran establecidas, respecto de los nombrados y en ese orden, por las Resoluciones ex MJSyDH Nº 1820/2010; Nº 1822/2010; Nº 1826/2010; Nº 1823/2010; Nº 904/2010; y Nº 938/2010.

Que el Decreto Nº 1472/2008 asigna los recursos para el financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta cartera ministerial.

Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto en la Ley Nº 26.375 y la Ley de Ministerios.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1º — Restablécense por el término de DOCE (12) meses a partir del dictado de la presente Resolución las recompensas previstas, respectivamente, en la Resolución ex MJSyDH Nº 2727 de fecha 24 de septiembre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 2729 de fecha 24 de septiembre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 2747 de fecha 26 de septiembre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 2937 de fecha 14 de octubre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 3129 de fecha 28 de octubre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 3369 de fecha 14 de noviembre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 3370 de fecha 14 de noviembre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 3371 de fecha 14 de noviembre de 2008; la Resolución ex MJSyDH Nº 1167 de fecha 23 de abril de 2009; la Resolución ex MJSyDH Nº 1876 de fecha 10 de junio de 2009; la Resolución ex MJSyDH Nº 534 de fecha 21 de setiembre de 2009; la Resolución ex MJSyDH Nº 1354 de fecha 1º de diciembre de 2909; y la Resolución ex MJSyDH Nº 1532 de fecha 29 de diciembre de 2009 en los mismos términos, condiciones y alcances allí previstos.

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 2536/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 27/11/2012 se prorrogan por el término de DOCE (12) meses a partir de las fechas de sus respectivos vencimientos, las recompensas restablecidas o prorrogadas en su vigencia a través de la Resolución MJyDH Nº 1663 del 10 de noviembre de 2011, que corresponden a las siguientes Resoluciones ex MJSyDH Nros. 2747 del 23 de septiembre de 2008, 2727 del 19 de septiembre de 2008, 1823 del 15 de julio de 2010, 2937 del 8 de octubre de 2008, 3369 del 11 de noviembre de 2008, 534 del 16 de septiembre de 2009, 3129 del 23 de octubre de 2008, 1167 del 17 de abril de 2009, 3371 del 11 de noviembre de 2008, 2729 del 19 de septiembre de 2008 y 1822 del 15 de julio de 2010.)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1534/2012 del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 15/8/2012 se deja sin efecto la presente Resolución en la que se ofrecía como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Luis Enrique BARALDINI)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1533/2012 del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 15/8/2012 se deja sin efecto el restablecimiento de la Resolución N° 1354/2009 dispuesto en el presente artículo)

(
Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1246/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 18/07/2012 se deja sin efecto el restablecimiento de la Resolución N° 1532/2009 dispuesto en el presente artículo)

Art. 2º — Prorróganse por el término de DOCE (12) meses a partir de la fecha de su respectivo vencimiento, las recompensas que fueran establecidas en la Resolución ex MJSyDH Nº 1820 de fecha 15 de julio de 2010; la Resolución ex MJSyDH Nº 1822 de fecha 15 de julio de 2010; la Resolución ex MJSyDH Nº 1826 de fecha 15 de julio de 2010; la Resolución ex MJSyDH Nº 1823 de fecha 15 de julio de 2010; la Resolución ex MJSyDH Nº 904 de fecha 23 de abril de 2010; y la Resolución ex MJSyDH Nº 938 de fecha 26 de abril de 2010, en los mismos términos, condiciones y alcances, allí previstos.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 2253/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 02/11/2012 se deja sin efecto la prórroga de la Resolución N° 904/2010 dispuesta por el presente artículo)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 2255/2012 del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 02/11/2012 se deja sin efecto la prórroga de la Resolución N° 1820/2010 dispuesta por el presente artículo)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1535/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 15/8/2012 se deja sin efecto la prórroga de la Resolución N° 1826/2010 dispuesta por el presente artículo)

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.