MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 1856/2011

Aclárase que la designación del Interventor del Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo dispuesta por el Decreto Nº 756/11 es de carácter Ad Honorem.

Bs. As., 14/11/2011

VISTO el Expediente Nº S04:0049005/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 220 del 28 de febrero de 2011 y 756 del 10 de junio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 220/2011 se designó al señor Pedro Marcelo MOURATIAN como Coordinador de Investigación y Capacitación de Políticas contra la Discriminación del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que mediante el Decreto Nº 756/2011 se declaró intervenido, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y se designó Interventor del mismo al mencionado funcionario.

Que el señor MOURATIAN se desempeñará como Interventor del INADI, sin perjuicio de continuar ejerciendo las funciones inherentes al cargo de Coordinador de Investigación y Capacitación de Políticas contra la Discriminación del referido Ministerio.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Aclárase que la designación del señor Pedro Marcelo MOURATIAN (D.N.I. Nº 17.346.882) como Interventor del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por un período de CIENTO OCHENTA (180) días, dispuesta por el Decreto Nº 756/2011, tendrá carácter “Ad Honorem” y ejercerá dichas funciones sin perjuicio de continuar ejerciendo las inherentes al cargo de Coordinador de Investigación y Capacitación de Políticas contra la Discriminación del citado Ministerio, en el que fuera designado mediante el Decreto Nº 220/2011.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.