PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1236/2011
Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto - Ministerio de Defensa. Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2011.
Bs. As., 21/11/2011
VISTO el Expediente MD Nº 15.672/11 del Registro del MINISTERIO DE
DEFENSA, la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada en los términos del Decreto
Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº
2054 de fecha 22 de diciembre de 2010, y la Decisión Administrativa Nº
1 del 7 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 37 de la Ley Nº 24.156, modificado por el artículo 1º
de la Ley Nº 26.124, faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS para
realizar reestructuraciones presupuestarias dentro del total aprobado
por cada ley de presupuesto, quedando comprendidas las modificaciones
que involucren a gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones
financieras y distribución de finalidades.
Que la Subjurisdicción 45.21 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO,
transfiere créditos a la Subjurisdicción 45.20 - MINISTERIO DE DEFENSA,
Programa 17 - DESARROLLO TECNOLOGICO PARA LA DEFENSA, con el objeto de
financiar las tareas encomendadas al INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA, vinculadas con la ejecución de
ensayos y evaluaciones de munición.
Que asimismo se transfieren créditos de la Subjurisdicción 45.21 -
ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO al MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con el fin de reintegrar los
gastos ocasionados por el uso del Correo Diplomático (CODIP).
Que resulta necesario proceder a la incorporación de mayores recursos
de afectación específica de la SUBJURISDICCION 45.24 - ESTADO MAYOR
CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS para el presente año, como consecuencia
de la existencia de recursos remanentes del período fiscal 2010.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo
37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 modificado por el Artículo 1º de
la Ley Nº 26.124 y el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Modifícase el
PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio
2011, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente
artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Arturo A. Puricelli. — Amado Boudou.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar