ARRENDAMIENTOS Y APARCERIAS RURALES

Decreto N° 54

Bs. As., 22/10/73

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 20.543, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

PERON.

José B. Gelbard.

Benito P. Llambí.

Antonio J. Benítez.