MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE
TRABAJO
Resolución Nº
1428/2011
Registro Nº
1488/2011
Bs. As., 19/10/2011
VISTO el Expediente Nº 286.398/11 del Registro del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
y
Considerando:
Que a foja 2 del Expediente Nº 286.398/11 obra el Acuerdo
celebrado entre
Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores
convienen una nueva escala salarial para el Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa Nº 1152/10 “E”, del cual son las mismas partes signatarias, conforme
surge de los términos y contenido del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se
corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de la personería
gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos
por
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge
contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con
la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que, por último, una vez dictado el presente acto
administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de
Que las facultades de la suscripta para resolver en las
presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado
entre
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el
Departamento Despacho dependiente de
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al
Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias.
Cumplido, pase a
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución 5 las partes deberán
proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º de
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a
Expediente Nº 286.398/11
Buenos Aires, 24 de octubre de 2011
De conformidad con lo ordenado en
ACTA ACUERDO
En
PRIMERO. Modificar la escala de Sueldos Básicos Mensuales (SBM) establecida en el “Art. 24 Sueldo básico mensual” del CCT 1152/10 “E” vigente, incrementando a partir del primero de diciembre de 2010 los Sueldos Básicos Mensuales de las categorías según el siguiente detalle:
CATEGORIA |
SBM al 01/11/2010 |
SBM a partir del 01/12/2010 |
U-VI |
$ 6.610 |
$ 8.791,30 |
U-V |
$ 5.900 |
$ 7.847,00 |
U-IV |
$ 5.130 |
$ 6.822,90 |
U-III |
$ 4.350 |
$ 5.785,50 |
U-II |
$ 3.480 |
$ 4.628,40 |
U-I |
$ 2.900 |
$ 3.857,00 |
SEGUNDO: Ambas partes quedan autorizadas recíprocamente a
solicitar la homologación del presente acuerdo, ante el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de
Leída y ratificada la presente en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados, tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.