MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 599/2011
Registro Nº 1257/2011
Bs. As., 7/9/2011
VISTO el Expediente Nº 1.461.305/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/5 del Expediente Nº 256.106/11 (agregado al de referencia
como fojas 5), obra el Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1005/08 “E”, entre el SINDICATO GRAN
BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, y el ENTE NACIONAL DE
OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, cuya homologación las partes solicitan
conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que cabe indicar que a través del mentado Acuerdo las partes pactan un
incremento salarial para los trabajadores de la empleadora,
comprendidos en el citado Convenio Colectivo de Empresa, con vigencia a
partir del 1 de junio de 2011, conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito territorial y personal del instrumento cuya homologación
se pretende, se corresponde con la actividad principal de la empleadora
signataria, como así con los ámbitos de representación personal y
actuación territorial de la Entidad Sindical firmante, emergentes de su
Personería Gremial.
Que asimismo la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que en el mismo sentido, a fojas 6 del referido Expediente Nº
256.106/11 (agregado al principal como fojas 5) obra el Dictamen
emitido por la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR
PUBLICO en el que ninguna observación se formula respecto a las
cláusulas acordadas.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada con documentación oportunamente acompañada ante esta Cartera de Estado.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto, corresponde la remisión de las
actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los
fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base
Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, de acuerdo a lo
previsto en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
454/10.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, y el
ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, obrante a fojas 2/5 del
Expediente Nº 256.106/11 (agregado al principal como fojas 5), conforme
lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento de Coordinación registre el instrumento obrante a fojas
2/5 del Expediente Nº 256.106/11 (agregado al principal como fojas 5).
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
remítase las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculo
de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme
lo impuesto por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº
20.744 (t.o. 2004)
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector
Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empelo y
Seguridad Social.
Expediente Nº 1.461.305/11
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 599/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/5 del expediente Nº
256.106/11, agregado como fojas 5 al expediente de referencia, quedando
registrado bajo el número 1257/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de
Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de mayo de
2011, se reúne con la presencia por parte del ENTE NACIONAL DE OBRAS
HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), de los miembros designados, Ing.
Lucio TAMBURO, Dr. Julio Torres, Ing. Alejandro Marcelo HOC; en
representación del SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS (SGBATOS) el Sr. Manuel FERNANDEZ, Dr. Horacio NUÑEZ, Ctdor.
Carlos URTASUN.
Abierto el acto, las partes reunidas con el objeto de instrumentar la
pauta de incremento salarial del 10%, el 10% y el 4% definido para la
Administración Publica Nacional, deciden acordar el incremento de las
retribuciones mensuales, regulares y permanentes del personal del Ente
Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento —ENOHSA— comprendidas en el
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1005/08 “E”, a partir del 1º de junio
de 2011, 1º de agosto de 2011 y del 1 de diciembre de 2011 de acuerdo
al detalle que se establece en los Anexos I, II y III.
Las partes firmantes del acuerdo se comprometen a presentar el mismo
ante las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social para solicitar su homologación.
ANEXO I
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 1005/08 E
ESCALA DE RETRIBUCION SALARIAL
INCREMENTO SALARIAL A PARTIR DEL 01/06/2011
ANEXO II
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 1005/08 E
ESCALA DE RETRIBUCION SALARIAL
INCREMENTO SALARIAL A PARTIR DEL 01/08/2011
ANEXO III
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 1005/08 E
ESCALA DE RETRIBUCION SALARIAL
INCREMENTO SALARIAL A PARTIR DEL 01/12/2011