Ministerio de Educación

EDUCACION

Resolución 2084/2011

Procedimiento para otorgar validez nacional a títulos y certificados correspondientes a estudios de formación docente de todos los niveles y modalidades del sistema formador.

Bs. As., 17/11/2011

VISTO el Expediente Nº 9365/08 del registro de este MINISTERIO, la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, el Decreto PEN Nº 144/08, las Resoluciones del MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION Nº 2170/08, 757/09, 1373/10 y las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Nº 24/07, 73/08, 74/08 y 83/09;

CONSIDERANDO:

Que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION estableció mediante Resolución Nº 24/07 los nuevos “Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial”.

Que posteriormente el Decreto PEN Nº 144/08 estableció nuevas condiciones y requisitos para otorgar validez nacional a los títulos y certificaciones de Formación Docente, a partir de la cohorte 2008.

Que en cumplimiento de lo establecido por el citado Decreto, este MINISTERIO DE EDUCACION dispuso mediante Resolución Ministerial Nº 2170/08 los requisitos y el procedimiento exigido a las jurisdicciones para tramitar y obtener dicha validez nacional.

Que en razón de la implementación de los nuevos diseños curriculares en los subsistemas formadores, todas las jurisdicciones del país se encuentran atravesando una etapa de transición y evaluación de sus ofertas.

Que ello fue materia de regulación por el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION mediante Resolución CFE Nº 73/08 y las Resoluciones de este MINISTERIO DE EDUCACION Nº 2170/08, 757/09 y 1373/10, considerando plazos y condiciones particulares.

Que para asegurar el cumplimiento de las nuevas condiciones exigidas se advierte la necesidad de modificar la Resolución Ministerial Nº 1373/10 extendiendo el período de transición y los plazos límite para la presentación de las solicitudes de validez nacional de títulos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer que a partir de la cohorte 2014 en adelante, el inicio del trámite para solicitar la validez nacional de los títulos y certificados que emitan las instituciones de gestión estatal creadas y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a los estudios presenciales de Formación Docente para todos los niveles y modalidades previstos por la Ley Nº 26.206, deberá efectuarse ante la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS antes del 31 de julio del año inmediato anterior al inicio de la cohorte cuya validez nacional de títulos y certificaciones se pretenda.

Art. 2º — Extender el plazo establecido en el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 1373/10 para la cohorte 2013, hasta el 31 de diciembre de 2012.

Art. 3º — Aplicar a la cohorte 2012 las “Recomendaciones para la adecuación de ofertas y títulos de Formación Docente Inicial a la Resolución CFE Nº 24/07” formuladas por Resolución CFE Nº 73/08 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION.

Art. 4º — Establecer que los títulos y certificados que se emitan no requieren mención de la presente norma.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto E. Sileoni.