Ministerio de Educación
EDUCACION
Resolución 2084/2011
Procedimiento para otorgar validez
nacional a títulos y certificados correspondientes a estudios de
formación docente de todos los niveles y modalidades del sistema
formador.
Bs. As., 17/11/2011
VISTO el Expediente Nº 9365/08 del registro de este MINISTERIO, la Ley
de Educación Nacional Nº 26.206, el Decreto PEN Nº 144/08, las
Resoluciones del MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION Nº 2170/08,
757/09, 1373/10 y las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Nº
24/07, 73/08, 74/08 y 83/09;
CONSIDERANDO:
Que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION estableció mediante Resolución Nº
24/07 los nuevos “Lineamientos Curriculares Nacionales para la
Formación Docente Inicial”.
Que posteriormente el Decreto PEN Nº 144/08 estableció nuevas
condiciones y requisitos para otorgar validez nacional a los títulos y
certificaciones de Formación Docente, a partir de la cohorte 2008.
Que en cumplimiento de lo establecido por el citado Decreto, este
MINISTERIO DE EDUCACION dispuso mediante Resolución Ministerial Nº
2170/08 los requisitos y el procedimiento exigido a las jurisdicciones
para tramitar y obtener dicha validez nacional.
Que en razón de la implementación de los nuevos diseños curriculares en
los subsistemas formadores, todas las jurisdicciones del país se
encuentran atravesando una etapa de transición y evaluación de sus
ofertas.
Que ello fue materia de regulación por el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION
mediante Resolución CFE Nº 73/08 y las Resoluciones de este MINISTERIO
DE EDUCACION Nº 2170/08, 757/09 y 1373/10, considerando plazos y
condiciones particulares.
Que para asegurar el cumplimiento de las nuevas condiciones exigidas se
advierte la necesidad de modificar la Resolución Ministerial Nº 1373/10
extendiendo el período de transición y los plazos límite para la
presentación de las solicitudes de validez nacional de títulos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas
por la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Establecer que a
partir de la cohorte 2014 en adelante, el inicio del trámite para
solicitar la validez nacional de los títulos y certificados que emitan
las instituciones de gestión estatal creadas y de gestión privada
reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y
de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a los estudios
presenciales de Formación Docente para todos los niveles y modalidades
previstos por la Ley Nº 26.206, deberá efectuarse ante la DIRECCION DE
VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS antes del 31 de julio del año
inmediato anterior al inicio de la cohorte cuya validez nacional de
títulos y certificaciones se pretenda.
Art. 2º — Extender el plazo
establecido en el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 1373/10
para la cohorte 2013, hasta el 31 de diciembre de 2012.
Art. 3º — Aplicar a la cohorte
2012 las “Recomendaciones para la adecuación de ofertas y títulos de
Formación Docente Inicial a la Resolución CFE Nº 24/07” formuladas por
Resolución CFE Nº 73/08 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION.
Art. 4º — Establecer que los títulos y certificados que se emitan no requieren mención de la presente norma.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto E. Sileoni.