MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 1808/2011
Bs. As., 17/11/2011
VISTO el Expediente S04:0050856/2011 del registro de este Ministerio y
los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y
complementarios y 1486 del 23 de setiembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1486/11, se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que por la citada norma se aprobó, entre otras, la DIRECCION DE
DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio.
Que corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las
dispuestas por la norma citada precedentemente.
Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los
lineamientos fijados por el Decreto N° 1545/94, sus normas
complementarias y modificatorias, como así también la Resolución N° 422
del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE
INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al
suscripto por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse las aperturas estructurales inferiores
correspondientes a los niveles de Departamento de la DIRECCION DE
DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, de conformidad con el
organigrama, acciones y dotación, que como ANEXOS I, II y III
respectivamente, forman parte integrante de esta resolución.
ARTICULO 2° — Derógase la Resolución ex M.J. N° 48 del 14 de enero de
1998.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia
y Derechos Humanos.
ANEXO I
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO
DEPARTAMENTO DESPACHO
ACCIONES:
1. Efectuar el registro y protocolización de las resoluciones del
Ministro, de los Secretarios y disposiciones de los Subsecretarios y
Directores.
2. Realizar la elevación al Ministro de los actos administrativos que
se encuentren analizados desde el punto de vista técnico-legal.
3. Efectuar el control de los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas, resoluciones y disposiciones atendiendo al aspecto
formal y formular las observaciones pertinentes que puedan corresponder.
4. Numerar y expedir copia autenticada de todas las resoluciones y
disposiciones dictadas por el Ministro, Secretarios, Subsecretarios y
Directores.
5. Llevar el registro de los convenios firmados por el Ministro,
Secretarios, Subsecretarios y Directores.
6. Efectuar las comunicaciones y notificaciones de los actos
administrativos protocolizados en el área y de otras jurisdicciones
originados en este Ministerio.
7. Digitalizar los actos administrativos protocolizados para su
adecuado resguardo y puesta en línea a través de la red interna
informática.
8. Relevar la nómina de funcionarios de la Justicia Argentina para la
actualización de la Guía Judicial.
DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO
DEPARTAMENTO BIBLIOTECA Y CENTRO DE DOCUMENTACION
ACCIONES:
1. Suministrar información documental a las distintas dependencias del
Ministerio en lo concerniente a referencias legislativas, doctrinarias,
jurisprudenciales y bibliográficas del área jurídica, así como
antecedentes y demás fuentes para la mejor ilustración de los casos
motivo de consultas.
2. Ejecutar las tareas de catalogación y clasificación de libros,
revistas, boletines y otras publicaciones periódicas que ingresan al
departamento y sean de interés acorde a su especialización en las áreas
jurídicas.
3. Efectuar un correcto registro y control de todos los préstamos
bibliográficos y documentales o interbibliotecarios, haciendo cumplir
las reglamentaciones vigentes.
4. Mantener e incrementar los contenidos de la página web
www.biblioteca.jus.gov.ar.
DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO
DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO
ACCIONES:
1. Coordinar y efectuar el giro de la documentación a las distintas
unidades conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de
ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
2. Efectuar el registro y guarda de los expedientes y realizar su
seguimiento.
3. Controlar los plazos de reserva y ordenar el archivo de la
documentación y sus antecedentes.
4. Intervenir en el cotejo y certificación de las firmas de los
funcionarios.
5. Brindar información al público sobre el estado de tramitación de las
actuaciones administrativas que obran en la órbita del Ministerio,
poniéndolos en conocimiento de los circuitos administrativos y de las
competencias de las distintas dependencias de la Jurisdicción.
6. Realizar el seguimiento de los expedientes y proyectos salidos de la
Jurisdicción, elaborar información sobre los mismos y sobre su estado
de trámite en otros Organismos.
7. Atender las solicitudes de otorgamiento de vistas de actuaciones,
verificando que no hubieren restricciones para ello, en virtud de la
normativa vigente.
8. Proponer el otorgamiento de la carta poder en los términos del
artículo 33 del decreto N° 1759/72 modificado por el Decreto N°
1883/91, consignando los datos requeridos en la citada norma.
9. Preparar y diligenciar la correspondencia y telegramas del Organismo
a través de los prestadores postales habilitados.
10. Asistir en el diligenciamiento de los requerimientos que se
efectúan en el marco del Decreto N° 1172/03 de Acceso a la Información.
ANEXO III
e. 25/11/2011 N° 1566034/11 v.
25/11/2011