MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1481/2011

Registro Nº 1531/2011

Bs. As., 27/10/2011

VISTO el Expediente Nº 1.439.616/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa FERRERO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 de autos, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traído a estudio se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 839/07 “E”.

Que a fojas 9 de autos la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION ratifica el acuerdo de marras.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con el alcance de representación de la entidad empresaria signataria, y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa FERRERO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.439.616/11 y ratificado a fojas 9 del sub examine por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION, conforme con lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo y el Acta de Complementaria, obrantes a fojas 2 y 9 del Expediente Nº 1.439.616/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.439.616/11

Buenos Aires, 28 de octubre de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1481/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 9 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1531/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de marzo de 2011, el Sindicato Trabajadores de Industrias de la Alimentación de la Provincia de Buenos Aires, representados en este acto por el Sr. Víctor Burgos, secretario tesorero, el Sr. Daniel Antonio Leo, secretario de organización y Miroglio Mario, en su carácter de directivo, cuyas personerías también se encuentran debidamente acreditadas y por Velazquez Julio, Tufro Alejandro, Parrelli Ruth, Esquivel Leonardo, Nores Alexis y Reca Silvina, en su carácter de Comisión Interna por un lado, y Ferrero Argentina S.A. —Planta Cardales—, representada en este acto por el Dr. Anselmo Riva, asesor y Nessi Nicolás Alejandro, Jefe de Recursos Humanos Industrial, han llegado al siguiente acuerdo:

1) Las partes acuerdan que a partir del 1ro. de marzo de 2011 y hasta la culminación de la negociación de paritarias que se están realizando con referencia al convenio nacional de la Industria de la Alimentación (Nro. 244/94), la empresa Ferrero Argentina S.A. —Planta Cardales—, abonará la suma no remunerativa mensual de $ 500 (pesos quinientos) a todos los trabajadores convencionados de cada categoría. Este valor es a cuenta de la suma mensual que en definitiva resulte de la negociación referida.

2) Dicha suma será abonada con los haberes de cada mes y bajo la denominación: “a cuenta futuros aumentos no remunerativo”.

3) La empresa realizará los aportes correspondientes al Art. 15 bis del CCT 839/07 “E”, por un valor total y final de $ 45 (pesos cuarenta y cinco) por cada trabajador convencionado y durante la vigencia de lo acordado en el punto Nº 1.

4) Este acuerdo será presentado ante la autoridad de aplicación a los efectos de su correspondiente homologación.

En este acto las partes se comprometen a mantener la paz social y acuerdan retomar las negociaciones una vez que el acuerdo del convenio nacional de la Industria de la Alimentación se haya celebrado.

En el lugar y fecha arriba indicados, se firman 3 ejemplares del mismo tenor y efecto.

EXPTE. Nº 1.439.616/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de Abril del año dos mil once, siendo las 15:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA, por ante mí, Rafael Omar SANCHEZ, Secretario de conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el señor Luis Bernabé MORÁN, quien lo hace en su doble carácter de Secretario General de la FEDERACION TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y del SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y los señores Víctor Hugo BURGOS, Secretario Tesorero y Daniel Antonio LEO, Secretario de Organización, y las señoritas Silvina RECA (MI. Nº 23.678.057) y Ruth PARRELLI (M.I. Nº 25.879.071), los señores Julio VELAZQUEZ (M.I. Nº 25.782.977); Alexis NORES (M.I. Nº 32.816.340) y Alejandro TUFRÓ (M.I. Nº 24.990.799), como Delegados de Personal.

Abierto el acto por el Funcionario Actuante, y concedida que le fuera la palabra a las REPRESENTACIONES SINDICALES, MANIFIESTAN: Que vienen ante esta Autoridad Administrativa del Trabajo a fin de ratificar en todas sus partes el Acta Acuerdo que luce agregada a fojas 2, solicitando su homologación. Que es cuanto tienen que manifestar.

No habiendo para más, y previa lectura y ratificación de lo manifestado por parte de los comparecientes, se dio por finalizado el acto, firmando los mismos de conformidad y para constancia por ante mí que CERTIFICO.