MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1320/2011
Registro Nº 1427/2011
Bs.
As., 6/10/2011
VISTO
el Expediente Nº 276.982/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL,
CONSIDERANDO:
Que se
solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO
Que
corresponde asimismo proceder a la homologación del acta complementaria y acta
de ratificación citadas en el párrafo precedente.
Que
mediante el acuerdo cuya homologación se solicita sus celebrantes incrementan
las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal
comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) 17/75 “E” —escalafón
correspondiente a la entidad sindical signataria—, quedando así conformada la
escala salarial pertinente.
Que el
plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre las mismas
partes individualizadas en el primer párrafo del presente.
Que
asimismo cabe señalar que pueden citarse diversos antecedentes negociales entre
las partes los que han sido recientemente homologados a través de Resolución
Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 1046, de fecha 30 de agosto de 2011, Resolución
Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 1743, de fecha 9 de noviembre de 2010 y
Disposición Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo (D.N.R.T.) Nº 310 de
fecha 11 de junio de 2010.
Que de
acuerdo con lo señalado las partes se encuentran conjuntamente legitimadas,
para alcanzar el acuerdo cuya homologación se pretende.
Que
Que en
relación con el ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo y su
acta complementaria se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo
(C.C.T.) Nº 17/75 “E” respecto del escalafón correspondiente a la entidad
sindical celebrante.
Que en
definitiva dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la
estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes
celebrantes.
Que
respecto de su ámbito temporal se fija su vigencia a partir del día 1 de junio
de 2011, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.
Que
Que se
encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos
por
Que por
lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad
con los antecedentes mencionados.
Que una
vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en
consideración las nuevas escalas salariales, deberán remitirse las presentes
actuaciones a
Que las
facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen
de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por
ello,
RESUELVE:
ARTICULO
1º — Declárese homologado el acuerdo, acta complementaria y su ratificación
celebradas entre el SINDICATO
ARTICULO
2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de
ARTICULO
3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO
4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a
ARTICULO
5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo, acta
complementaria y acta de ratificación homologadas y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5 de
ARTICULO
6º — Comuníquese, publíquese, dése a
Expediente Nº 276.982/11
Buenos Aires, 12 de octubre de 2011
De
conformidad con lo ordenado en
ACTA AGPSE Nº 112
En
Declarado abierto el acto y
concedida la palabra, las partes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: En el marco del proceso
de Negociación Colectiva de esta Administración General de Puertos y con el
objeto de instrumentar el incremento salarial que surge de las pautas y
metodología dispuestas para
a) DIEZ POR CIENTO (10%) a partir
del 1º de junio de 2011 aplicable sobre las remuneraciones aprobadas vigentes
al 31/05/2011.
b) DIEZ POR CIENTO (10%) a partir
del 1º de agosto de 2011 aplicable sobre las remuneraciones aprobadas vigentes
al 31/05/2011.
c) CUATRO POR CIENTO (4%) a
partir del 1º de diciembre de 2011 aplicable sobre las remuneraciones aprobadas
vigentes al 31/05/2011.
SEGUNDO: Los comparecientes
solicitan la oportuna homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social, previa intervención de
En prueba de conformidad se
firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tener, en el lugar y fecha indicados.
ANEXO I
Vigencia a partir 1-6-11
Vigencia a partir 1-8-11
Vigencia a partir 01-12-11
ESCALA SALARIAL
(TOPES
INDEMNIZATORIOS)
JUNIO 2011
AGOSTO 2011
DICIEMBRE 2011
EXPTE. Nº 276.982/11
En
Abierto
el acto por el funcionario Actuante, ambas partes y de mutuo acuerdo,
MANIFIESTAN:
Que
vienen ante esta Autoridad Administrativa del Trabajo a los efectos de
ratificar en todas sus partes el Acta Acuerdo que luce agregada a fojas 2 y su
Anexo de fojas 3, solicitando su homologación.
Que a
fojas 4 obra fotocopia de la escala salarial anterior. Asimismo en este acto
adjuntan escala salarial a los fines de ser tenida en cuenta para la fijación
del Promedio Mensual y Tope lndemnizatorio, también ratificándola en todas sus
partes. Que es cuanto tienen que manifestar.
Acto
seguido el Actuante, y en atención a lo manifestado y solicitado por las
partes, les hace saber que las actuaciones serán elevadas a consideración de
No
habiendo para más, y previa lectura y ratificación de lo manifestado por parte
de los comparecientes, se dio por finalizado el acto, firmando los mismos de
conformidad y para constancia por ante mí, que CERTIFICO.