ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Resolución Nº 111/2011
Habilitación Ocasional Paso Fronterizo LUMABIA-SALITRE. Aduana de Neuquén
Bs. As., 29/11/2011
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12237-15-2011 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la habilitación ocasional, con
fines culturales, deportivos y sociales, del Paso Fronterizo
Internacional LUMABIA-SALITRE, para el período comprendido entre el 6
de diciembre de 2011 y el 22 de marzo de 2012.
Que el Paso Fronterizo Internacional LUMABIA-SALITRE se encuentra
ubicado en la Provincia de Neuquén, jurisdicción de la Aduana del mismo
nombre.
Que la solicitud de habilitación ocasional tiene su origen en la
presentación efectuada por el Intendente del Municipio de Las Ovejas,
para la realización de las actividades referenciadas en el párrafo
primero de la presente.
Que dadas las características geográficas del lugar y a las necesidades
operativas de la Aduana de Neuquén como consecuencia del incremento de
la actividad exportadora en el mencionado período, se considera
conveniente delegar el control en el Escuadrón 30 “Chos Malal” de
Gendarmería Nacional Argentina.
Que la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
prestó conformidad al pedido formulado, por encontrarse enmarcado en lo
establecido por el Artículo 3º del “Acuerdo Complementario entre el
Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República
Argentina del Acuerdo sobre Coordinación de Apertura y Cierre de Pasos
Fronterizos”.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 9º, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de
1997.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Habilítese con carácter ocasional para el período
comprendido entre el 6 de Diciembre de 2011 y el 22 de Marzo de 2012,
ambas fechas inclusive, el Paso Fronterizo LUMABIA-SALITRE, en
jurisdicción de la Aduana de Neuquén, al solo efecto de realizar las
actividades culturales, deportivas y sociales mencionadas en los
considerandos.
ARTICULO 2º — Deléguese el control del Paso Fronterizo Internacional
LUMABIA-SALITRE en el Escuadrón Nº 30 “Chos Malal” de Gendarmería
Nacional.
ARTICULO 3º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección
General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior. Hecho, pase a la Dirección de
Asuntos Internacionales a fin de que por la misma se comunique la
presente a la Dirección de Asuntos Técnicos de Frontera de la
Secretaría del Interior del Ministerio del Interior. Cumplido,
archívese. — Lic. MARIA S. AYERAN, Directora General, Dirección General
de Aduanas.
e. 05/12/2011 N° 161422/11 v. 05/12/2011