ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Resolución Nº 112/2011
Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera San Rafael. Aduana de San Rafael.
Bs. As., 29/11/2011
VISTO, la ACTUACION SIGEA 12417-198-2011 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Convenio celebrado el 24 de Octubre de 2010 entre la
Municipalidad de San Rafael y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS - Dirección General de Aduanas, del que participaron el Centro
de desarrollo del Sur de Mendoza y la Cámara de Comercio, Industria y
Agropecuaria de San Rafael, se acordó llevar adelante las obras
necesarias para la puesta en marcha de una Zona Primaria Aduanera en el
predio del Parque Industrial de San Rafael, sito en Distrito Cuadro
Nacional, departamento de San Rafael, Provincia de Mendoza, detallado
en la Ordenanza Nº 9792, y su modificatoria Nº 10186/2010 del Honorable
Consejo Deliberante de San Rafael.
Que, en virtud del grado de avance de las obras comprometidas en la
cláusula tercera del citado Convenio, el Municipio de San Rafael en
forma conjunta con la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de
San Rafael solicitan la habilitación provisoria del predio como Zona
Operativa Aduanera, a fin de facilitar el desarrollo de las operaciones
de comercio exterior en la región.
Que la Aduana de San Rafael se expide en forma favorable, destacando la
culminación de las obras correspondientes a la plataforma de
verificación e indicando que el predio cuenta con las condiciones de
infraestructura necesarias para ejercer el control aduanero.
Que la Dirección Regional Aduanera Mendoza, comparte lo expuesto
precedentemente y destaca la necesidad de contar con un lugar operativo
apto para atender el incremento del movimiento de las operaciones de
comercio exterior en dicha jurisdicción, atento encontrarse próxima la
temporada estival.
Que en función de los informes obrantes en autos, corresponden
autorizar las operaciones que se desarrollen en el citado lugar
operativo, en forma provisoria y por el término de TRESCIENTOS SESENTA
(360) días.
Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de San
Rafael, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Subdirección
General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
Convenio firmado el 24 de octubre de 2011, y el Artículo 9º, apartado
2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello;
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Habilítese precariamente y por el plazo de TRESCIENTOS
SESENTA (360) días, como lugar para la realización de operaciones
aduaneras, el predio del Parque Industrial de San Rafael, sito en
Distrito Cuadro Nacional, departamento de San Rafael, Provincia de
Mendoza, detallado en la Ordenanza Nº 9792, y su modificatoria Nº
10.186/2010 del Honorable Consejo Deliberante de San Rafael.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución Nº 16/2020 de la Dirección General de Aduanas B.O. 12/11/2020 se prorroga la habilitación provisoria de la Zona
Operativa Aduanera SAN RAFAEL, ubicada en el predio del Parque
Industrial de dicha localidad, Provincia de MENDOZA, delimitado por las
calles Acceso Principal, La Intendencia, Alberto Perret y Vicente
Zavatieri, e identificado como parcela C del plano de mensura N°
17-69291, por el término de trescientos sesenta (360) días a contar
desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución N° 35/2019
(DGA) con igual carácter e idéntico alcance. Prórrogas anteriores: art. 1° de la Resolución N° 35/2019 de la Dirección General de Aduanas B.O. 07/11/2019; Resolución N° 19/2018
de la Dirección General de Aduanas B.O. 30/10/2018; Resolución N° 98/2017
de la Dirección General de Aduanas B.O. 29/11/2017; Resolución N° 33/2016
de la Dirección General de Aduanas B.O. 15/11/20156; Resolución N° 23/2015
de la Dirección General de Aduanas B.O. 19/11/2015; Resolución N° 32/2014 de la Dirección General de Aduanas B.O. 9/12/2014; Resolución N° 22/2013 de la Dirección General de Aduanas B.O. 29/11/2013; Resolución N° 41/2012
de la Dirección General de Aduanas B.O. 07/12/2012)
ARTICULO 2º — La Aduana de jurisdicción dictará el reglamento de funcionamiento.
ARTICULO 3º — La presente tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese
el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección
General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional
Aduanera Mendoza. — Lic. MARIA S. AYERAN, Directora General, Dirección
General de Aduanas.
e. 05/12/2011 N° 161428/11 v. 05/12/2011