MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 623/2011

Registro N° 1442/2011

Bs. As., 6/10/2011

VISTO el Expediente Nº 1.463.372/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 12 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES y la FUNDACION PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES NEUROLOGICAS DE LA INFANCIA (FLENI), conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que en el mismo, las partes convienen, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75, un pago extraordinario por única vez, no remunerativo, equivalente a un DIEZ POR CIENTO (10%) del básico de la categoría respectiva, a abonarse el 23 de agosto de 2011, en los términos del texto pactado.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante ello, se procederá al registro como acuerdo marco de derecho colectivo sin perjuicio del resguardo de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase registrado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES y la FUNDACION PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES NEUROLOGICAS DE LA INFANCIA (FLENI), que luce a foja 12 del Expediente Nº 1.463.372/11, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 12 del Expediente Nº 1.463.372/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.463.372/11

Buenos Aires, 12 de Octubre de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 623/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 12 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1442/11. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Entre la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina Buenos Aires (A.T.S.A Bs. As.) con domicilio en Saavedra 166 C.A.B.A. representada en este acto por el Sr. Javier Pokoik en su carácter de Secretario Gremial y de Organización, juntamente con los integrantes de la Comisión Interna Sres. Diego Amores con DNI 25.424.453, Daniel Klausek con DNI 20.700.036, Andrés González con DNI 23.836.212, Norma Gaite con DNI 14.942.635, en adelante la Representación Sindical por una parte y Fundación Para la Lucha Contra las Enfermedades Neurológicas de la Infancia (FLENI) con domicilio en Montañeses 2325 de CABA representada en este acto por el Sra. Silvia López Fernández con DNI 14.923.596 en su carácter de Apoderada, en adelante la Empresa, por la otra parte, convienen en celebrar el presente acuerdo en los siguiente términos:

Primero: En atención a que el acuerdo salarial vigente en el marco del CCT 122/75 tiene fecha de vencimiento el 31 de Julio del corriente año atento la petición y gestiones realizadas por la comisión interna de delegados juntamente con el Sindicato y existiendo por parte de la empresa la posibilidad de acceder a lo peticionado, las partes acuerdan un pago extraordinario por única vez no remunerativo, equivalente a un 10% del básico de la categoría respectiva (de acuerdo con el detalle del anexo I del presente acuerdo), el que será abonado a todos los trabajadores el día 23 de agosto de 2011.

Segundo: Las partes acuerdan realizar el mayor esfuerzo para mantener la paz social priorizando el diálogo y la tolerancia, comprometiéndose a no realizar acciones que sean perjudiciales a tal efecto.

Tercero: La organización gremial reconoce el esfuerzo realizado por el sector empresario, con el convencimiento pleno que a través del diálogo y la negociación podrá resolverse cualquier diferendo y que tal circunstancia habrá de redundar en beneficio tanto para los trabajadores como para esa Fundación.

Cuarto: Cualquiera de las partes podrá presentar este acuerdo por ante la Autoridad de Aplicación a fin que el mismo sea homologado en los términos de la Ley 14.250 comprometiéndose las partes a concurrir a las audiencias que se designen a los fines de su ratificación.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 10 días del mes de agosto de 2011 se suscriben cinco ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto. Conste.