MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 623/2011
Registro N° 1442/2011
Bs. As., 6/10/2011
VISTO el Expediente Nº 1.463.372/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 12 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL
BUENOS AIRES y la FUNDACION PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES
NEUROLOGICAS DE LA INFANCIA (FLENI), conforme con lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que en el mismo, las partes convienen, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 122/75, un pago extraordinario por única vez,
no remunerativo, equivalente a un DIEZ POR CIENTO (10%) del básico de
la categoría respectiva, a abonarse el 23 de agosto de 2011, en los
términos del texto pactado.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que no obstante ello, se procederá al registro como acuerdo marco de
derecho colectivo sin perjuicio del resguardo de los derechos
individuales de los trabajadores involucrados.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Declárase registrado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES
y la FUNDACION PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES NEUROLOGICAS DE LA
INFANCIA (FLENI), que luce a foja 12 del Expediente Nº 1.463.372/11,
conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a
foja 12 del Expediente Nº 1.463.372/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 122/75.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.463.372/11
Buenos Aires, 12 de Octubre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 623/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 12 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1442/11. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Entre la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina Buenos
Aires (A.T.S.A Bs. As.) con domicilio en Saavedra 166 C.A.B.A.
representada en este acto por el Sr. Javier Pokoik en su carácter de
Secretario Gremial y de Organización, juntamente con los integrantes de
la Comisión Interna Sres. Diego Amores con DNI 25.424.453, Daniel
Klausek con DNI 20.700.036, Andrés González con DNI 23.836.212, Norma
Gaite con DNI 14.942.635, en adelante la Representación Sindical por
una parte y Fundación Para la Lucha Contra las Enfermedades
Neurológicas de la Infancia (FLENI) con domicilio en Montañeses 2325 de
CABA representada en este acto por el Sra. Silvia López Fernández con
DNI 14.923.596 en su carácter de Apoderada, en adelante la Empresa, por
la otra parte, convienen en celebrar el presente acuerdo en los
siguiente términos:
Primero: En atención a que el acuerdo salarial vigente en el marco del
CCT 122/75 tiene fecha de vencimiento el 31 de Julio del corriente año
atento la petición y gestiones realizadas por la comisión interna de
delegados juntamente con el Sindicato y existiendo por parte de la
empresa la posibilidad de acceder a lo peticionado, las partes acuerdan
un pago extraordinario por única vez no remunerativo, equivalente a un
10% del básico de la categoría respectiva (de acuerdo con el detalle
del anexo I del presente acuerdo), el que será abonado a todos los
trabajadores el día 23 de agosto de 2011.
Segundo: Las partes acuerdan realizar el mayor esfuerzo para mantener
la paz social priorizando el diálogo y la tolerancia, comprometiéndose
a no realizar acciones que sean perjudiciales a tal efecto.
Tercero: La organización gremial reconoce el esfuerzo realizado por el
sector empresario, con el convencimiento pleno que a través del diálogo
y la negociación podrá resolverse cualquier diferendo y que tal
circunstancia habrá de redundar en beneficio tanto para los
trabajadores como para esa Fundación.
Cuarto: Cualquiera de las partes podrá presentar este acuerdo por ante
la Autoridad de Aplicación a fin que el mismo sea homologado en los
términos de la Ley 14.250 comprometiéndose las partes a concurrir a las
audiencias que se designen a los fines de su ratificación.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 10 días del mes de agosto
de 2011 se suscriben cinco ejemplares de igual tenor y a un mismo
efecto. Conste.