MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1303/2011
Registro Nº 1395/2011
Bs. As., 3/10/2011
VISTO el Expediente Nº 1.450.476/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el
SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD y la empresa THE NIELSEN COMPANY SOUTH
AMERICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, obrante a fojas 2/3 de
autos, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traído a estudio se
celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la entidad empresaria signataria y la
representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando si
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre el
SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD y la empresa THE NIELSEN COMPANY SOUTH
AMERICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, obrante a fojas 2/3 del
Expediente Nº 1.450.476/11, conforme con lo dispuesto en la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrantes a
fojas 2/3 del Expediente Nº 1.450.476/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme con lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.450.476/11
Buenos Aires, 6 de octubre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1303/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1395/11. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación – D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de mayo de 2011,
entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD, representado en este acto
por los Sres. Vicente ALVAREZ, Secretario General, Juan Carlos
MONTENEGRO, Secretario Gremial, Roberto BRULLO, Secretario de Prensa,
Carlos CASELLA, Secretario de Acción Social, Blanca CASTRONUOVO, Vocal,
Marcos E. AREVALO, Vocal, y la Comisión Interna de Delegados de
Personal de THE NIELSEN COMPANY SOUTH AMERICA S.R.L., Ricardo
RODRIGUEZ, Daniel SCHIAVONE y Héctor ROJAS (en adelante S.U.P.) con
patrocinio letrado del Dr. Jorge BARANDIARAN, por una parte y THE
NIELSEN COMPANY SOUTH AMERICA S.R.L. (en adelante The Nielsen Company),
representada en este acto por los Sres. Roberto CAPPELLETTI y Alberto
NEGRO en su carácter de apoderados por la otra, (ambas en adelante
Partes) expresan que han arribado a un acuerdo en los siguientes
términos:
PRIMERO: Que las Partes han retomado la negociación paritaria a fines de definir los salarios para la totalidad del año 2011.
SEGUNDO: En tal sentido las Partes acuerdan un aumento salarial del 8%
sobre los salarios básicos de convenio para el mes de junio de 2011 que
se suma al 10% otorgado en el mes de abril de 2011: a partir de
septiembre de 2011 los salarios básicos de cada categoría se
incrementarán en un 9% que se sumará al 10% otorgado en abril y al 8%
otorgado en junio; con lo cual el aumento de los salarios básicos a
dicho mes de septiembre se incrementarán en un 27%; tomando como base
los salarios vigentes a enero de 2011.
Consecuentemente, a partir del 1º de junio de 2011 y el 1º de
septiembre de 2011 las escalas de salarios básicos de convenio del
personal comprendido en el acuerdo colectivo de empresa bajo el marco
del Convenio Colectivo de Trabajo 107/90 dependiente de The Nielsen
Company serán las que se detallan en el cuadro Anexo al presente.
TERCERO: Las Partes se comprometen a ratificar el presente acuerdo ante
el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y a
solicitar al mismo su homologación en los términos de la Ley 14.250 en
la audiencia que se designe al efecto.
En el lugar y fecha antes indicados, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Salarios Básicos para: The Nielsen Company Categorías Laborales según Convenio Colectivo de Trabajo Nro. 107/90 | ENERO 2011 | ABRIL 2011 (10%) | JUNIO 2011 (8%) | SETIEMBRE 2011 (9%) |
AREA DISEÑO Y ANALISIS |
DIRECTOR | 4.473 | 4.920 | 5.278 | 5681 |
ENCARGADO DE PROYECTOS | 3.984 | 4.382 | 4.701 | 5.060 |
AUXILIAR INVESTIGACION | 3.616 | 3.978 | 4.267 | 4593 |
AREA SISTEMA DE DATOS |
JEFE | 3.984 | 4.382 | 4.701 | 5.060 |
SUPERVISOR | 3.616 | 3.978 | 4.267 | 4.593 |
AUXILIAR 1 | 3.434 | 3.777 | 4.052 | 4.361 |
AUXILIAR 2 | 3.149 | 3.464 | 3.716 | 3.999 |
AUXILIAR 3 | 2.905 | 3.196 | 3.428 | 3.690 |
DIBUJANTE | 3.099 | 3.409 | 3.657 | 3.936 |
AREA TRABAJO DE CAMPO |
JEFE | 3.984 | 4.382 | 4.701 | 5.060 |
COORDIN. ENCUESTAS | 3.616 | 3.978 | 4.267 | 4.593 |
AUXILIAR 1 | 3.434 | 3.777 | 4.052 | 4.361 |
AUXILIAR 2 | 3.149 | 3.464 | 3.716 | 3.999 |
AUXILIAR 3 | 2.905 | 3.196 | 3.428 | 3.690 |
AREA PROCES. DE DATOS |
|
|
|
|
PROGRAMADOR | 3.984 | 4.382 | 4.701 | 5.060 |
OPERADOR CTRO. COMPUTOS | 3.616 | 3.978 | 4.267 | 4.593 |
OPERADOR MESA DE CONTROL | 3.278 | 3.606 | 3.868 | 4.163 |
GRABO VERIFICADOR | 3.099 | 3.409 | 3.657 | 3.936 |
AREA ADMINISTRACION |
JEFE DE CONTADURIA | 3.984 | 4.382 | 4.701 | 5.060 |
SECRET. GCIA. GRAL. | 3.616 | 3.978 | 4.267 | 4.593 |
AUXILIAR 1 | 3.434 | 3.777 | 4.052 | 4.361 |
AUXILIAR 2 | 3.149 | 3.464 | 3.716 | 3.999 |
AUXILIAR 3 | 2.905 | 3.196 | 3.428 | 3.690 |
GESTOR | 2.905 | 3.196 | 3.428 | 3.690 |
CADETE 18 A 21 AÑOS | 2.682 | 2.950 | 3.165 | 3.406 |
CADETE MENOS 18 AÑOS | 2.656 | 2.922 | 3.135 | 3.374 |