ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 2083/2011
Modifícase el Decreto Nº 357/02 en el apartado XIX correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social.
Bs. As., 7/12/2011
VISTO el Expediente Nº E-119353-2011 del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones y Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada
hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de la Unidades
Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 20/07, se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el
ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de optimizar
la administración de los recursos del Estado aplicados a la política
social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en
equipo.
Que se considera a la Responsabilidad Social como una forma de gestión
definida por la relación ética y transparente relacionada con el
establecimiento de metas compatibles con el desarrollo sustentable de
la sociedad, preservando recursos ambientales y culturales para las
futuras generaciones, respetando la diversidad y promoviendo la
reducción de las desigualdades sociales.
Que es necesaria la articulación de sinergias y lenguajes entre los
sectores de la Sociedad Civil, el empresariado y el gobierno, generando
entendimientos y procesos de desarrollo, para la sostenibilidad de la
sociedad, en el marco de la Responsabilidad Social.
Que resulta menester incorporar esa práctica de valores éticos y
morales en la definición de lineamientos y ejes centrales de políticas
públicas con el fin de canalizarlos de manera tal que pueda encararse
su instalación concreta en la vida social y obtener resultados
beneficiosos para la comunidad.
Que la participación en debates, la generación de compromisos, el
nacimiento concomitante de derechos y la producción de resultados
comunitarios beneficiosos conllevan a la creación efectiva de una
ciudadanía responsable que aporta sustentabilidad a las estructuras
comunitarias.
Que a raíz de las distintas políticas adoptadas por el ESTADO NACIONAL
desde el año 2003, se ha mejorado progresivamente la situación social
en términos generales, y como consecuencia de ello resulta propicio
adecuar las políticas sociales en base a los nuevos desafíos que la
realidad impone.
Que a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos con
miras a la producción de resultados que sean colectivamente compartidos
y socialmente valorados, resulta conveniente crear la SUBSECRETARIA DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y
MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que ese reordenamiento requiere asimismo la aprobación de la estructura
organizativa de primer nivel operativo, en el ámbito de la
SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL a fin de posibilitar el
cumplimiento adecuado de sus objetivos.
Que la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357
del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de
aplicación de la Administración Pública Nacional— el Apartado XIX
correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará
conformado de acuerdo al detalle obrante que, como anexo al presente
artículo, forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º — Incorpórase al Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 del
21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, la parte
correspondiente a los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD
SOCIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el
detalle obrante que, como anexo al presente artículo, forma parte
integrante del presente Decreto.
Art. 3º — Sustitúyese el Anexo lb al artículo 3º del Decreto Nº 20 del
10 de diciembre de 2007 y modificatorios, por el que, con idéntica
denominación, forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 4º — Incorpóranse al Anexo II al artículo 3º del Decreto Nº 20 del
10 de diciembre de 2007 y modificatorios la parte correspondiente a la
Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCION NACIONAL DE
PROMOCION DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL y la DIRECCION NACIONAL DE
ACREDITACION DE ORGANIZACIONES dependientes de la SUBSECRETARIA DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO
INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo con el
detalle que, como planilla anexa al presente artículo, forma parte
integrante del presente decreto.
Art. 5º — Sustitúyese la Responsabilidad Primaria y Acciones de la
DIRECCION NACIONAL DE FOMENTO DEL MONOTRIBUTO SOCIAL de la
SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL dependiente de
la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, aprobada por el Decreto Nº 1164 del 1º de
septiembre de 2009, de conformidad con el detalle obrante que, como
planilla anexa al presente artículo, forma parte integrante del
presente Decreto.
Art. 6º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas
afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas
estructurales existentes con nivel inferior a las que por el presente
se aprueban, las que transitoriamente mantendrán las acciones y
dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de
revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente.
Art. 7º — El gasto que demande la presente medida será atendido con las
partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.
Fernández. — Alicia M. Kirchner.
ANEXO AL ARTICULO 1º
XIX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
- SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
- SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
- SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL
- SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
- SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
- SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL
- SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
- SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL
- SECRETARIA DE DEPORTE
- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA
- SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS
ANEXO AL ARTICULO 2º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
OBJETIVOS:
1. Asistir a la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL en
el diseño de las políticas de Responsabilidad Social que resulten
adecuadas para el ámbito de interés de la Jurisdicción.
2. Crear instancias de sensibilización para la permanente actualización
del debate sobre la selección y adopción de las prácticas de
responsabilidad social deseables en el marco de la escala de valores y
principios de cada comunidad.
3. Entender en la coordinación con los actores jurisdiccionales, y
aquellos que desde la comunidad se relacionan con la Jurisdicción en el
cumplimiento de sus funciones, para posibilitar la orientación hacia
una implementación paulatina y sostenida de esquemas de estímulo y
seguimiento en la adopción de prácticas sociales y empresariales
responsables.
4. Entender en el establecimiento de metas compatibles con el
desarrollo sustentable de la sociedad, preservando recursos ambientales
y culturales para las futuras generaciones y respetando la diversidad.
5. Articular sinergias y lenguajes entre los sectores de la Sociedad
Civil, Empresarial y Gubernamental, buscando generar entendimientos y
procesos de desarrollo sostenible.
6. Entender en el monitoreo de los avances que se produzcan en relación
a la adopción de opciones estratégicas de Responsabilidad Empresarial y
Social, dirigiendo su difusión, análisis y elaborando propuestas para
su continuo afianzamiento en el accionar jurisdiccional.
7. Promover y articular la difusión de las estrategias referidas a la
temática de Responsabilidad Social, procurando que las ventajas de su
adopción a nivel institucional, empresarial y/o individual sean
conocidas y comprendidas y que, las iniciativas gubernamentales para su
fomento resulten ampliamente accesibles para los que quieran sumarse a
ellas.
8. Establecer vínculos y canales de interacción con las organizaciones
de la sociedad civil que estén promoviendo acciones de responsabilidad
social y de monitoreo de acciones responsables.
ANEXO Ib
Planilla Anexa al Artículo 4º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
Dirección Nacional de Promoción de la Responsabilidad Social
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Aportar al fortalecimiento de las estrategias institucionales de
creación de ciudadanía, a través de la promoción de los derechos y
obligaciones que supone la adopción del paradigma de Responsabilidad
Social, tanto en los diferentes niveles colectivos como para cada
individuo en particular.
ACCIONES:
1. Diseñar programas de difusión sobre las ventajas de la adopción de
Prácticas Socialmente Responsables, que prioricen la producción y
utilización de contenidos propios en concordancia con los valores y
necesidades locales.
2. Apoyar la realización de estudios que permitan conocer, de acuerdo a
las particularidades territoriales, aquellos posibles emprendimientos
individuales, comunitarios y/o empresariales que resulten factibles de
ser enmarcados en acciones de estímulo a la adopción del concepto de
Prácticas Socialmente Responsables en la gestión diaria.
3. Promover la activa participación en la definición e implementación
de planes de adopción de Responsabilidad Social de las acciones para la
inclusión de las cooperativas de trabajo especialmente protegidas y
otros titulares de derecho, individuales o colectivos, que se
relacionen con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en el cumplimiento de
sus objetivos.
4. Promover, entre las empresas y asociaciones de empresas, en
diferentes niveles de organización, la creación de instancias de
sensibilización y debate sobre las prácticas de Responsabilidad Social
deseables en el marco de los valores y principios de nuestra sociedad.
5. Promover la activa participación de las empresas y organizaciones en
las estrategias de desarrollo social, estimulando la adopción de
acciones concretas favorables al desarrollo del concepto de
Responsabilidad Social.
6. Favorecer la generación de mecanismos sinérgicos de cooperación,
alianzas estratégicas y trabajo conjunto que posibiliten un mayor
aprovechamiento de las experiencias que se implementen, potenciando sus
resultados y anticipando las eventuales dificultades que pudieran
presentarse.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
Dirección Nacional de Acreditación de Organizaciones
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL en el diseño y
fortalecimiento de las estrategias tendientes a la adopción del
paradigma de Responsabilidad Social, propiciando el crecimiento de la
base de experiencias y conocimientos, estimulando el desarrollo del
Registro de Organizaciones Administradoras y posibilitando a través de
éste el mayor intercambio entre los actores en el marco de redes de
interés común.
ACCIONES:
1. Fortalecer las acciones planificadas tendientes a la adopción del
paradigma de Responsabilidad Social a través de la creación y
consolidación de redes de intercambio, monitoreo de iniciativas y
divulgación de resultados.
2. Dirigir las acciones necesarias para mantener un registro
actualizado de empresas, entidades y organizaciones administradoras que
mantienen relación de trabajo con la jurisdicción.
3. Orientar las acciones tendientes a brindar adecuado soporte al
seguimiento de las acciones de sensibilización, adopción de prácticas
de Responsabilidad Empresarial y Social y de los resultados obtenidos.
4. Contribuir a la creación y fortalecimiento de una red
interinstitucional de servicios con la participación del sector público
y las organizaciones de la sociedad civil promoviendo mejorar la
inserción y adaptabilidad social de los beneficiarios.
Planilla Anexa al Artículo 5º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL en
el fomento de la adopción de la estrategia del Monotributo Social y sus
herramientas por parte de aquellas personas, grupos u organizaciones
que estén realizando actividades económicas de producción, servicios o
comercialización y vean dificultada su inserción en la economía formal
por encontrarse en situación de vulnerabilidad social.
ACCIONES:
1. Promover a través de estudios, informes y acciones el fomento y la
adopción del uso del Monotributo Social como estrategia superadora
frente a las dificultades de inserción que puedan observar quienes
realizan actividades de producción de bienes, servicios y/o
comercialización de los mismos en situación de vulnerabilidad social.
2. Asegurar la rapidez, equidad y eficiencia de los procesos y
parámetros de selección para la inclusión de aspirantes a los Registros
de Efectores, con el fin de proteger la utilidad social de dichas
herramientas.
3. Planificar y supervisar las acciones del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
4. Establecer las condiciones de pertinencia de la aplicación del
monotributo social, de acuerdo a los indicadores sociales que se
establezcan.
5. Evaluar, monitorear y mantener actualizados, a través de la
propuesta, análisis y aplicación de las medidas correctivas que se
consideren adecuadas, los procesos de acreditación de efectores.
6. Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
para suministrar al Registro de Información, a través del Sistema de
Georreferenciamiento.