FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Resolución Nº 12.646/2011
Bs. As., 6/12/2011
VISTO el Expte. Nº 165/09, el Decreto Nº 2098/08, la Resolución S.G.P.
Nº 39/10, la Decisión Administrativa Nº 118/10 y la Resolución FNA Nº
12.393/11, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Decisión Administrativa 118/10 se exceptuó al FONDO
NACIONAL DE LAS ARTES de la prohibición contenida en el artículo 7 de
la Ley Nº 26.198 a los efectos de posibilitar la cobertura de un cargo
vacante de Responsable Técnico Administrativo de Comisión Temática -
Disciplina Letras, en la Gerencia de Planeamiento y Servicios
Culturales - Nivel C Grado 0 —SINEP—, Agrupamiento General, de este
Organismo.
Que por Decreto Nº 2098/08 y Resolución S.G.P. Nº 39/10, se
reglamentaron las normas relativas al procedimiento de selección de
personal para la cobertura de vacantes de Sistema Nacional de Empleo
Público.
Que por Dictamen S.G. Nº 3063/11 la Oficina Nacional de Empleo Público
autorizó a FONDO NACIONAL DE LAS ARTES a efectuar la convocatoria, con
carácter de excepción de acuerdo a lo previsto en el último párrafo del
artículo 45 del SINEP, para cubrir vacantes que resulten
imprescindibles para el mantenimiento de servicios esenciales para la
población o para la Administración Pública.
Que por Resolución FNA Nº 12.393/11 el Directorio del FNA autorizó el
llamado a concurso por el sistema de selección general para la
cobertura del cargo en cuestión y designó a los miembros del Organo de
Selección.
Que el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el Decreto Ley de Creación del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES Nº
1224/58.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Ratifíquese, en todos sus términos, la Resolución FNA Nº
12.393 de fecha 13 de septiembre de 2011, por la cual se resolvió
llamar a concurso por el sistema de selección general para la cobertura
del cargo de referencia y se designó a los miembros del Organo de
Selección, de acuerdo a la siguiente nómina:
• a.1) Expertos
- Silvia Inés HOPENHAYN, DNI Nº 17.677.937
- Alejandro SAMEK, DNI Nº 4.292.509
• A.2) Representante de la ex Secretaría de la Gestión Pública
- Titular: Susana RUIZ, DNI Nº 5.325.166
- Alterno: Víctor SCIANNAMEA, DNI Nº 8.432.232
• a.3) Representantes del Titular de la Jurisdicción
- Jorge Alberto LANDABURU, DNI Nº 8.479.968
- Luis Víctor CHITARRONI, DNI Nº 12.792.638
ARTICULO 2º — Apruébanse las Bases del Concurso del cargo de
Responsable Técnico Administrativo de Comisión Temática - Disciplina
Letras - en la Gerencia de Planeamiento y Servicios Culturales - Nivel
C Grado 0 - SINEP, Agrupamiento General, de la Planta Permanente del
Organismo, conforme Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese y archívese. — HECTOR W. VALLE,
Presidente. — MIRTHA PRESAS, Directora. — RICARDO D. ISRAEL WULICHSZER,
Director.
BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S. DECRETO Nº 2098/08 - SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL ESTADO SELECCIONA
FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y por el
Sistema de Selección General en el cual podrán participar el personal
Permanente y no Permanente comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO para cubrir el siguiente cargo:
1. Descripción del puesto y del perfil requerido:
Identificación del puesto: Responsable Técnico Administrativo de Comisión Temática - Disciplina Letras.
Código Identificatorio: 2011-000706-FONART-G-SI-X-C
Cantidad de Cargos: 1 |
Dedicación horaria semanal: 40 hs. |
|
Agrupamiento: General |
Tramo: General |
Nivel: C |
Remuneración: $ 4452.43 (al 01/12/2011) Adicionales: Suplemento por Capacitación Terciaria
Lugar de trabajo: Alsina 673 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2. Sistema de Selección: General. Podrán participar únicamente el personal Permanente y no
Permanente comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público,
Personal Transitorio y Contratado bajo sistema aprobado por el artículo
9 del anexo a la Ley 25.164.
3. Escala jerárquica del puesto:
Subgerente de Promoción, Extensión y Servicios Culturales - Gerente de
Planeamiento y Servicios Culturales - Presidente del FNA.
4. Objetivo del puesto:
Asegurar la operatoria técnica y administrativa de las actividades
correspondientes a la Comisión Temática de la disciplina Letras.
5. Tareas que se realizan desde el puesto:
a) Asistir en la elaboración, análisis y evaluación de proyectos y
programas referidos a las actividades de promoción, extensión y
servicios culturales referidas al área de las Letras y demás
disciplinas artísticas afines.
b) Diligenciar los trámites técnico-administrativos correspondientes a:
Préstamos, Subsidios, Auspicios, Becas, Concursos, Premios, Préstamos
de bienes culturales y Contrataciones artísticas especializadas.
c) Entender en la preparación de informes y realizar propuestas para
fomentar e incrementar la actividad literaria, periodística y
comunicacional en el ámbito de nuestro país.
d) Suministrar al público la información referida a las operatorias mencionadas y a los programas anuales.
e) Coordinar la asistencia a los Directores/as de la Comisión de Letras del FNA.
6. Responsabilidad del puesto:
Por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados
encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos,
profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la
iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas
establecidas.
7. Atributos personales para desempeñarse en el puesto:
Requisitos excluyentes:
a) Edad límite de ingreso:
remitirse a Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional
Nº 25.164, art. 5, inc. f, que dice “el que tenga la edad prevista
en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación”.
b) Nacionalidad: argentino/a
nativo/a, naturalizado/a o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros
podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante
fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4 de la Ley
Nº 25.164).
c) Título: de carreras terciaras de al menos 2 años de duración, afines a las letras, la comunicación y otras disciplinas artísticas.
d) Experiencia laboral en tareas afines no menor a tres (3) años después de la titulación, o, de seis (6) en total.
Requisitos deseables:
a) Idioma: Lectura comprensiva de inglés y/o francés.
b) Utilitarios informáticos: manejo de utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculo, correo electrónico e Internet).
c) Experiencia laboral en gestión de actividades de promoción, extensión y servicios culturales.
d) Estudios que fomenten aptitudes para la expresión oral y escrita y
aporten conocimientos teórico-prácticos dirigidos a la redacción y a la
comprensión de textos y proyectos literarios, periodísticos y
comunicacionales.
e) Conocimiento de la literatura nacional: obras, escritores, géneros
literarios, talleres, publicaciones y circulación de la literatura.
8. Competencias técnicas:
Se deberá demostrar conocimientos de la normativa que se indica a continuación:
a) Decreto Ley Nº 1224/58 Ley de Creación del Fondo Nacional de las Artes.
b) Reglamentos de las operatorias del FNA que se encuentran en la página web del organismo (www.fnartes.gov.ar)
c) Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y Decreto Reglamentario 1759/72.
d) Etica en el ejercicio de la Función Pública. Ley 25.188, Decreto Nº 862/01 y modificatorios.
e) Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y Decreto Reglamentario Nº 1421/02.
f) C.C.T.S. para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, Decreto Nº 2098/08.
g) Decreto Nº 333/85.
9. Competencias institucionales o generales:
a) Trabajo en equipo y cooperación:
trabaja como parte de un equipo y no en forma individual Expresa
expectativas positivas del equipo. Contribuye a los esfuerzos del
equipo y coopera para los objetivos comunes.
b) Proactividad: reporta
dificultades y actúa para resolver los problemas que se presentan en su
trabajo. Esta comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
c) Compromiso con el aprendizaje:
progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su
competencia. Genera acciones de cambio personal a partir del
conocimiento de sus fortalezas y debilidades. Aprovecha la oferta de
cursos y la red de trabajo de la organización para el aprendizaje
continuo.
Competencia de Gestión:
a) Construcción de relaciones: enriquece su trabajo a través del contacto con colegas de otras disciplinas, unidades y/o programas.
10. Proceso de Selección:
Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales,
Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral y Evaluación
del Perfil Psicológico.
Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.
1. Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales:
Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y
Laborales pertinentes específicamente al cargo, de acuerdo con los
requisitos exigidos. Puntaje: CIEN (100), que se distribuirán de la
siguiente forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de
Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales.
Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA
(60) puntos.
2. Evaluación Técnica: Se
realizará UNA (1) prueba de evaluación escrita que consta de dos
partes: una práctica y otra teórica, en la que se valorarán los
conocimientos del temario de examen en función del perfil establecido.
La misma será efectuada bajo seudónimo elegido por el/la postulante,
debiendo utilizarse papel normalizado y una clave convencional de
identificación personal que sólo permita individualizar a cada
postulante después de su calificación. El/la postulante que se
identificara en la prueba escrita será excluido/a del proceso de
selección. Puntaje: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente
forma: CINCUENTA (50) puntos para la Evaluación de Aplicación Práctica
y CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de conocimientos.
Calificada las pruebas, el Comité de Selección celebrará una reunión a
la que deberá invitarse a los/las postulantes que la hubieran rendido,
en la que se procederá a la apertura de los sobres sellados conteniendo
la identificación de cada persona. A este efecto se labrará Acta
invitando a suscribirla a los/las postulantes presentes. Accederán a la
siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
3. Evaluación Laboral mediante Entrevista:
Consiste en la realización de UNA (1) entrevista mediante una Guía de
Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes
Curriculares y Laborales como para las demás competencias laborales
exigidas para el mejor desempeño del cargo. La etapa se desarrollará en
DOS (2) momentos.
El primero estará destinado a obtener información que complete la
apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales. Del resultado
de este momento el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje
asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA
POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que
adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100).
4. Evaluación del Perfil Psicológico:
Consistirá en una evaluación del perfil psicológico para ponderar la
adecuación de las características de personalidad vinculadas con el
mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo.
Será efectuada por profesional matriculado/a y las ponderaciones de la
presente evaluación son: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada”
(Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).
11. Factores de Ponderación, Calificación de los Postulantes y Orden de Mérito:
Solamente integrarán el orden de mérito los/las aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%,
• Evaluación Técnica: 60%
• Evaluación Laboral: 10%
El puntaje obtenido se multiplicará por el Coeficiente de la
ponderación de la Evaluación del Perfil Psicológico. De tal modo que el
mayor puntaje a obtener es 110 puntos y el menor puntaje a conseguir
para integrar el Orden de Mérito es de 60 puntos.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los
resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.
En síntesis, para elaborar el Orden de Mérito, se sumarán los puntajes
ponderados obtenidos en cada una de las primeras TRES (3) etapas. A
dicha suma se le multiplicará un coeficiente según el resultado
obtenido en la cuarta etapa. El orden de mérito resultará del puntaje
final obtenido por cada postulante.
El Comité de Selección elevará al Directorio del FNA el orden de mérito
en el expediente que se constituya a tal efecto. El Directorio del FNA
resolverá el orden de mérito, el que será notificado a los
interesados/as.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo
podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por
Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991).
12. Integrantes del Comité de Selección:
El Comité de Selección está integrado por CINCO (5) miembros titulares designados por el
Directorio del FNA. A saber:
- Silvia Inés HOPENHAYN DNI Nº 17.677.937
- Alejando Alberto SAMEK DNI Nº 4.292.509
- Susana Elena RUIZ DNI Nº 5.325.166
- Jorge Alberto LANDABURU DNI Nº 8.479.968
- Luis Víctor CHITARRONI DNI Nº 12.792.638
El Currículum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página web del F.N.A.
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las
causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación, respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el/la aspirante en el momento de
su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección,
en oportunidad del conocimiento de la lista
definitiva de los/las inscriptos/as.
Si la causal fuere sobreviviente o conocida con posterioridad, las
recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el
referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA
Art. 17. — Serán causales legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo
de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados/as.
2) Tener el/la juez/a o sus consanguíneos o afines dentro del grado
expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro
semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los/las litigantes,
procuradores/as o abogados/as, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el/la juez/a pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el/la juez/a, acreedor/a, deudor/a o fiador/a de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el/la juez/a autor/a de denuncia o querella contra
el/la recusante, o denunciado/a o querellado/a por éste con
anterioridad a la iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el/la juez/a denunciado/a por el/la recusante en
los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados/as, siempre que
la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el/la juez/a defensor/a de alguno/a de los/las litigantes
o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito,
antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el/la juez/a beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el/la juez/a con alguno de los/las litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el/la recusante enemistad, odio o resentimiento que se
manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación
por ataques u ofensa inferidas al juez/a después que hubiere comenzado
a conocer el asunto.
EXCUSACION
Art. 30. — Todo juez/a que se hallare comprendido en alguna de las
causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse.
Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan
abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de
decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros/as funcionarios/as que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
13. Cronograma Tentativo:
La publicación será realizada conforme lo establece la normativa (art. 16 - Resolución 39/10), el día _03/04/2012_,
en el Boletín Oficial por al menos UN (1) día y en la página web y
cartelera del FNA y en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público.
La apertura de la inscripción se realizará desde _16/04/2012_ al _10/05/2012_ en la sede del Fondo Nacional de las Artes, Alsina 673, 5 piso, en el horario de 11 a 16 horas.
La lista de Admitidos/as y No Admitidos/as estará disponible a partir del día _18/05/2012_ en la cartelera del Fondo Nacional de las Artes y en la página web del Organismo.
La Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales estará disponible en cartelera y página web a partir del _24/05/2012_.
La Evaluación Técnica se realizara el día _06/06/2012_.
La Evaluación Laboral mediante entrevista se realizara el día _18/06/2012_.
La Evaluación del Perfil Psicológico sería efectuada hasta el _29/06/2012_.
El Orden de Mérito estaría disponible en cartelera y página web (www.fnartes.gov.ar) a partir del _12/07/2012_.
14. Informes:
Subgerencia de Administración —Recursos Humanos— Alsina 673, Teléfonos
43431590 al 99 ints. 112 y 114. Horario de consulta de Bases del
Concurso de lunes a viernes de 11 a 16 hs,
consultasconcursos@fnartes.gov.ar
Para participar de los Concursos los/las postulantes deberán completar
la siguiente información, mediante los formularios de inscripción que
estarán disponibles en la página web del Fondo Nacional de las Artes o,
para aquellos que tengan dificultad de acceso al sitio web, en la sede
del Fondo Nacional de las Artes, Alsina 673.
a) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”
debidamente completado y cuyos datos volcados por el/la postulante
presentan carácter de declaración jurada. El Formulario debe ser
firmado en todas sus hojas junto con UN (1) currículum vítae
actualizado. El/la postulante deberá declarar y certificar los
antecedentes de formación y laborales que guarden relación con el
perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se
postule.
b) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4º y 5º del Anexo de la Ley Nº 25.164
y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL,
homologado por Decreto Nº 214/06, así como aquellos previstos para
el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
c) Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que
regula los procesos de selección en general, las condiciones
específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección
de la página web en la que se divulgarán las informaciones, los
resultados respectivos y las Bases del Concurso.
d) Fotocopia de los certificados de
estudios formales y de la documentación que respalde toda otra
información volcada en el Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.
Los/las interesados deberán concurrir con la documentación original
para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La
ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación
original llevará a no considerar el antecedente declarado.
• Inscripción: desde el _16/04/2012_ hasta el _10/05/2012_ en el horario de 11 a 16 hs. en Alsina 673 - 5º piso.
Si reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción,
podrá hacerla por correo postal para lo cual deberá adjuntarse
certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la
fecha de franqueo.
Recuerde que:
Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán
carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe
dará lugar a la exclusión del postulante.
• Una vez entregada la Solicitud y ficha de Inscripción, el/la
interesado/a no podrá añadir información o documentación adicional, ni
modificar los datos consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del
postulante en cada hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de
Inscripción” y de la Declaración Jurada obrante como Anexo II.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el/la
postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios en
el momento de su presentación a la primera prueba.
• El Fondo Nacional de las Artes realizará las notificaciones a través
de su página web y por correo electrónico, para lo cual se deberá
comunicar una dirección de correo electrónico, que en caso de no
disponerse se genera gratuitamente de Internet.
• Quedará excluido/a del proceso de selección sin más trámite quien no
concurriera a las actividades previstas para la realización de las
etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica,
Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil
Psicológico).
• Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como
consecuencia de los presentes procesos de selección se realizarán en la
Sede Central del FNA, Alsina 673 (1087), C.A.B.A. Los gastos de pasaje,
traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los
aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.