MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1602/2011

Registro Nº 1556/2011

Bs. As., 3/11/2011

VISTO el Expediente Nº 1.439.619/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7 y 22/23 del Expediente Nº 1.439.619/11 obran el Acuerdo y la escala salarial celebrados entre la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CAMINOS DEL PARANA SOCIEDAD ANONIMA, ratificada la escala a foja 28, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo los agentes negociadores convienen incorporar a los básicos correspondientes al 31 de marzo de 2011, la suma de OCHOCIENTOS PESOS ($ 800.-), conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.

Que el Acuerdo y la escala salarial de marras han sido acordados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 297/97.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo y la escala salarial se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo y la escala salarial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo y la escala salarial de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárense homologados el Acuerdo y la escala salarial celebrados entre la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CAMINOS DEL PARANA SOCIEDAD ANONIMA, que lucen a fojas 7 y 22/23 del Expediente Nº 1.439.619/11, ratificada la escala a foja 28, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y la escala salarial obrantes a fojas 7 y 22/23 del Expediente Nº 1.439.619/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 297/97.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo, de la escala salarial y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.439.619/11

Buenos Aires, 7 de noviembre de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1602/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7 y 22/23 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1556/11. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.439.619/11

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de abril de 2011, siendo las 16 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, por ante, el Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación, del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, los señores Juan Carlos ALI, Jorge SANDE, y Jorge PEREYRA, en representación de la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES, juntamente con el Sr. Julio PALACIOS como delegado del personal, por una parte y por la otra el Sr. Diego Claudio LATTANZIO, en su carácter de Apoderado de la firma CAMINOS DEL PARANA S.A.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, y cedida la palabra a la parte empresaria, manifiesta: Que por este acto, hace saber que se aviene a lo solicitado a fojas 6, por la parte sindical, es decir, incorporar a los básicos de convenio, al 31 de marzo de 2011, la suma de $ 800, libre de aportes.

Cedida la palabra a la parte sindical, manifiesta: Que presta conformidad a lo manifestado por la parte empresaria.

Cedida la palabra a ambas partes, las mismas manifiestan: Que en virtud del acuerdo alcanzado, se solicita su agregación al Expediente Nº 1.391.207/10 y su respectiva homologación.

Con lo que se dio por terminado el acto firmando de conformidad por ante mí para constancia.

Sres.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Dirección de Negociación Colectiva (D.N.R.T.)
S________/_________D.

De mi consideración:

Ref. Expte. Nº 1.391.207/10

CAMINOS DEL PARANA S.A.

DIEGO LATTANZIO, en representación de CAMINOS DEL PARANA S.A., con el patrocinio letrado del Dr. EDGARDO LUIS ISOLA, abogado, C.P.A.C.F., To. 79, Fo. 38, constituyendo domicilio en Suipacha 268, piso 12º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Sr. Director respetuosamente digo:

En cumplimiento de la intimación dispuesta en el expediente de la referencia detallo a continuación las escalas salariales según Acuerdo Nº 611/11, vigentes al 30 de abril de 2011, donde constan las categorías y salarios correspondientes a cada una de ellas, los aumentos otorgados y adicionales a aplicarse.
mar-11
CATEGORIASueldo BásicoPresentismoAdicionalSueldo Bruto
CAJERO2428,00242,80
2670,80
AY. BALANZA2623,00262,30
2885,30
ENCG. BALANZA2777,00277,70200,003254,70
MAESTRANZA1983,00198,30
2181,30
TESORERO2743,00274,30120,003137,30
MANT. GRAL.2598,00259,80350,003207,80
SEG. VIAL2465,00246,5075,002786,50
abr-11
CATEGORIASueldo BásicoPresentismoAdicionalSueldo Bruto
CAJERO3416,00341,60
3757,60
AY. BALANZA3611,00361,10
3972,10
ENCG. BALANZA3765,00376,50200,004341,50
MAESTRANZA2971,00297,10
3268,10
TESORERO3731,00373,10120,004224,10
MANT. GRAL.3586,00358,60350,004294,60
SEG. VIAL3453,00345,3075,003873,30

En función de lo anterior, es que solicito al Sr. Director tenga por cumplida la intimación cursada y presente lo expuesto, a sus efectos.