MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición Nº 3369/2011
Bs. As., 15/12/2011
VISTO el Expediente Nº S02:0018817/2011 del registro de la DIRECCION
NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 25.871, la Disposición
DNM Nº 1949 del 30 de septiembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, habida cuenta del incremento en la cantidad de trámites que se ha
verificado en los últimos meses, resulta conveniente gestionar la
apertura de una oficina migratoria que permita hacer frente a las
demandas de regularización migratoria en los Municipios de la Costa, de
Pinamar, de Villa Gesell, de General Lavalle, de General Madariaga, de
General Guido, de Maipú, de Dolores y de Tordillo.
Que, de esta manera, se busca descomprimir la gran afluencia de
migrantes que —con domicilio en dicha Jurisdicción— deben movilizarse
hasta la Delegación Mar del Plata a fin de obtener su radicación en el
país.
Que, conforme los términos de la Ley Nº 25.871, es tarea de la
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES evaluar las necesidades del público,
de manera de poder mejorar el servicio que se brinda tanto en Sede
Central como en el interior del país, facilitando el acceso a la
regularización migratoria que establece la normativa vigente.
Que en virtud de lo expuesto, se ha celebrado un Convenio Marco de
Cooperación entre el MUNICIPIO DE VILLA GESELL y la DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES, suscripto el pasado 14 de octubre de 2011, por medio
del cual se confiere en comodato a esta última el uso y goce de un
inmueble para ser afectado como sede de una delegación, la que será
designada bajo el nombre de DELEGACION VILLA GESELL.
Que esta oficina migratoria se limitaría, en un principio, a la resolución de trámites de admisión de extranjeros.
Que el artículo 107 de la Ley Nº 25.871 faculta a esta Dirección
Nacional, como órgano de aplicación de la misma, a establecer nuevas
delegaciones con el objeto de desarrollar las competencias asignadas.
Que la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 107 de la Ley Nº 25.871, el artículo 29 de
la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1410 de fecha 3 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTICULO 1º — Habilítase en la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES una Oficina Migratoria bajo la denominación
“DELEGACION VILLA GESELL”, la que dependerá administrativamente de
esta Sede Central y cuya jurisdicción comprenderá los distritos
detallados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º — La DELEGACION VILLA GESELL tendrá las atribuciones
previstas en el Título I de la Disposición DNM Nº 1949/10 y demás
normativa modificatoria y complementaria.
ARTICULO 3º — Gírense las actuaciones a la DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION, a la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, a la
DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, a la DIRECCION DE DELEGACIONES y a la
DIRECCION DE SISTEMAS a fin de implementar las medidas necesarias que
se requieran a efectos de dar cumplimiento con la presente medida.
ARTICULO 4º — Por intermedio de la DIRECCION DE GESTION, deberán
promoverse las actuaciones necesarias para la incorporación de la
DELEGACION VILLA GESELL a la estructura organizativa de esta Dirección
Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 4º de la
Decisión Administrativa Nº 250/08.
ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN A. ARIAS DUVAL,
Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.