Comisión Nacional de Regulación del Transporte
TASAS
Resolución 1066/2011
Establécese el pago de la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte.
Bs. As., 19/12/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0511762/2011 del Registro de la COMISION
NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución C.N.R.T. (I) Nº 659/10 se procedió a determinar
los vencimientos y los valores a percibir correspondientes a la TASA
NACIONAL DE FISCALIZACION DEL TRANSPORTE durante el año 2011.
Que el vencimiento de la primera cuota de la Tasa para el período 2012 ocurrirá con fecha 21 de febrero.
Que a la fecha no se ha dispuesto la actualización del importe del boleto mínimo para el año 2012.
Que la C.N.R.T. necesita disponer de fondos para el mes de enero a fin
de cumplir con las erogaciones presupuestarias imprescindibles como el
pago de remuneraciones y sus cargas sociales.
Que ello ha llevado a considerar conveniente la decisión de disponer un
anticipo de la cuota 1 (uno) de la TASA NACIONAL DE FISCALIZACION DEL
TRANSPORTE con los valores establecidos en la resolución mencionada
como pago a cuenta de la futura normativa.
Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo
descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha efectuado y
elevará la propuesta de anticipo pertinente a la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS de conformidad con las facultades y competencias aprobadas en
el Artículo 1° del Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Que hasta tanto se expida la SECRETARIA DE TRANSPORTE corresponde
determinar el anticipo en concepto de TASA NACIONAL DE FISCALIZACION
DEL TRANSPORTE por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE,
dado que la misma esta facultada para ello, en orden a lo dispuesto por
la Ley Nº 17.233, sus modificatorias y las atribuciones conferidas por
el Decreto Nº 1388 del 29 de noviembre de 1996.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la COMISION NACIONAL DE
REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Ley Nº 17.233 modificada por las Leyes Nros. 21.398, 22.139 y
24.378 brinda al suscripto atribución suficiente para emitir el
presente pronunciamiento.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1º — Fíjase para el 16
de enero de 2012 la fecha de pago del anticipo de la primera cuota de
la TASA NACIONAL DE FISCALIZACION DEL TRANSPORTE. previsto por el
Artículo 9 de la Resolución C.N.R.T. (I) Nº 659 del 21 de diciembre de
2010, como pago a cuenta de lo que establezca la normativa para el año
2012.
Art. 2º — Comuníquese a la
SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a las entidades representativas del
transporte de pasajeros por automotor.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio E. Sicaro.