MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 559/2011
Tope Nº 416/2011
Bs. As., 8/8/2011
VISTO el Expediente Nº 1.308.743/08 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 267 del 21 de marzo de
2011, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/8 del Expediente Nº 1.426.725/11 agregado como foja 192
al expediente principal, obran las escalas salariales pactadas entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la
empresa CASINO PUERTO SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del
Convenio Colectivo de Empresa Nº 1093/10 “E”, conforme con lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la
Disposición D.N.R.T. Nº 267/11 y registrado bajo el Nº 342/11, conforme
surge de fojas 198/200 y 203, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las
remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la
indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de
extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
que se fija por la presente se determinó triplicando el importe
promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus
respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 210/213, obra el informe técnico elaborado por la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta secretaría,
por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios
adoptados para el cálculo de a base promedio mensual y del tope
indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en
esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en
el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº
20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002,
modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de
2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el
tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la
Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 267
del 21 de marzo de 2011 y registrado bajo el Nº 342/11 suscripto entre
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la
empresa CASINO PUERTO SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA, conforme con el
detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese
al Departamento Coordinación de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las
remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente, procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 1.308.743/08