JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Disposición Nº 960/2011

Bs. As., 28/12/2011

VISTO las Disposiciones DN INAP Nº 32 de fecha 6 de noviembre de 2002 y Disposición DN INAP Nº 10 de fecha 26 de marzo de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DN INAP Nº 32/2002 se creó el Registro de Prestadores del Sistema Nacional de Capacitación, conforme a lo dispuesto en e  ARTICULO 23 del Anexo de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 2/2002

Que, conforme al ARTICULO 8º del Reglamento Integral de Funcionamiento del REGISTRO DE PRESTADORES DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION aprobado por dicha Disposición, para ser inscripto de manera definitiva los prestadores individuales deben acreditar las competencias técnico docentes ante una Comisión de Evaluación constituida ad hoc en el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA o aprobar el curso de Formación de Formadores, o sus equivalentes, a cargo de dicho Instituto.

Que mediante la Disposición DN INAP Nº 10/2009 se creó la Comisión de Evaluación de Competencias Técnico-Docentes del Registro de Prestadores del Sistema Nacional de Capacitación, se estableció su objeto, composición y funciones, así como los de su Secretaria Permanente, y se designó a sus integrantes.

Que, conforme al ARTICULO 4º de dicha norma, la Comisión de Evaluación de Competencias Técnico-Docentes del Registro de Prestadores del Sistema Nacional de Capacitación elevó al Director del Sistema Nacional de Capacitación una propuesta de reglamento de funcionamiento y criterios de evaluación.

Que corresponde aprobar dicha propuesta con el fin de mantener permanentemente actualizado el REGISTRO DE PRESTADORES DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 37/2003.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

DISPONE:

ARTICULO 1º — Apruébase el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE EVALUACION DE COMPETENCIAS TECNICO-DOCENTES DEL REGISTRO DE PRESTADORES DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION conforme a lo establecido por la Disposición DN Nº 10/2009 que corre como ANEXO I de la presente.

ARTICULO 2º — Apruébanse los formularios: Planilla de Evaluación de Antecedentes de los Postulantes al Registro de Prestadores, Dictamen de la Comisión, Guía para la Elaboración de Diseños de Actividades de Capacitación y Plan de Clases, que corren como Anexos II, III, IV y V, respectivamente,
de la presente Disposición.

ARTICULO 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. JOSÉ A. BONIFACIO, Director, Sistema Nacional de Capacitación.

ANEXO I

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE EVALUACION DE COMPETENCIAS TECNICO-DOCENTES DEL REGISTRO DE PRESTADORES DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

ARTICULO 1º.- La Comisión de Evaluación de Competencias Técnico-Docentes del REGISTRO DE PRESTADORES DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION tendrá como objeto certificar que los prestadores individuales, inscriptos en los términos del Artículo 2º del Anexo de la Disposición INAP
Nº 32/02, que participen de las actividades que integran el Sistema Nacional de Capacitación, reúnan las competencias técnico-docentes en niveles adecuados para asegurar la calidad de las prestaciones.

ARTICULO 2º.- La Comisión de Evaluación de Competencias Técnico-Docentes del REGISTRO DE PRESTADORES DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION se reunirá periódicamente con el objeto de evaluar las solicitudes ingresadas al Registro.

ARTICULO 3º.- La Comisión aplicará la Planilla de Evaluación de Antecedentes de los Postulantes al Registro de Prestadores (ANEXO II) con el objeto de preseleccionar a los candidatos que serán evaluados por dicha Comisión.

ARTICULO 4º.- La Planilla de Evaluación de Antecedentes de los Postulantes se adjuntará al Formulario B de Solicitud de Inscripción al Registro de Prestadores cuando ésta corresponda ser elevada a la Comisión de Evaluación.

ARTICULO 5º.- Sólo se elevarán a la Comisión de Evaluación aquellas Solicitudes de Inscripción al Registro de Prestadores (Formulario B) que obtengan y/o superen el 75% del puntaje (sobre el 100% del puntaje total estipulado) mediante la aplicación de la Planilla de Evaluación de Antecedentes.

ARTICULO 6º.- La Comisión analizará la documentación presentada por la Secretaría Técnica (Formulario B y Planilla de Evaluación de Antecedentes) y organizará un cronograma de entrevistas personales con los postulantes.

ARTICULO 7º.- La Comisión consignará la evaluación final del entrevistado en el Dictamen (ANEXO III), que deberá ser firmado y aclarado por los integrantes de la mesa evaluadora antes de ser elevado a la Secretaría Técnica.

ARTICULO 8º.- La mesa evaluadora de la Comisión podrá dictaminar de la siguiente manera:

a) Evaluación Satisfactoria: pase del postulante a la condición de ALTA DEFINITIVA.

b) Evaluación No Satisfactoria: el postulante permanece en condición ALTA PROVISORIA por el término de 6 (SEIS) meses a partir de la fecha de evaluación por la Comisión, período durante el cual deberá realizar y aprobar el Curso Formación de Formadores o equivalentes a cargo del INSTITUTO
NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA. Transcurrido dicho lapso sin haber satisfecho la condición establecida, será dado de baja del Registro de Prestadores.

ARTICULO 9º.- La Secretaría Técnica citará en forma fehaciente a los postulantes preseleccionados. Aquellos postulantes que no concurran a la entrevista programada sin previo aviso no serán nuevamente convocados por la Comisión de Evaluación Técnico-Docente y podrán ser dados de
baja del Registro de Prestadores.

ARTICULO 10º.- Los postulantes convocados a la entrevista deberán presentar la siguiente documentación:

a) 1 (UN) Diseño de una Actividad de Capacitación desarrollado de acuerdo las pautas establecidas en la Guía para la Elaboración de Diseños de Actividades de Capacitación (ANEXO IV).

b) El Plan de Clases correspondiente al Diseño de la Actividad de Capacitación presentada por el postulante, desarrollado de acuerdo a las pautas establecidas en el ANEXO V.

c) Los postulantes deberán concurrir a la entrevista personal con la documentación antes mencionada de manera impresa.

ARTICULO 11.- Las entrevistas con los postulantes tendrán una duración máxima de 40 (CUARENTA) minutos, tiempo que deberá ser utilizado para explicar/exponer la propuesta de Diseño de la Actividad de Capacitación presentada a la Comisión y responder a los interrogantes planteados por los integrantes de la mesa evaluadora.

ARTICULO 12.- La mesa evaluadora utilizará los siguientes criterios para evaluar la calidad del Diseño de la Actividad de Capacitación y del Plan de Clases:

a) Consistencia interna del Diseño de la Actividad de Capacitación presentado en todos sus componentes.

b) Coherencia interna del desarrollo del Plan de Clases.

c) Secuencia didáctica de los aprendizajes planteados.

d) Bibliografía y material didáctico utilizados.

ARTICULO 13.- La mesa evaluadora considerará los siguientes aspectos en cuanto a las competencias docentes del postulante:

a) Capacidad de Comunicación mediante códigos verbales y no verbales.

b) Capacidad de Argumentación.

ARTICULO 14.- La Secretaría Técnica de la Comisión de Evaluación de Competencias Técnico- Docentes, además de desempeñar las tareas establecidas por el Artículo 6º de la Disposición DNINAP Nº 20/03, deberá:

a) Archivar el Dictamen de las entrevistas realizadas por la Comisión de Evaluación.

b) Resguardar la documentación presentada por los postulantes a la Comisión de Evaluación.

c) Comunicar por los medios institucionales disponibles el ALTA DEFINITIVA de los postulantes evaluados.

d) Comunicar en forma fehaciente las Evaluaciones No Satisfactorias de la Comisión.

ARTICULO 15.- La Comisión de Evaluación y la Secretaría Técnica del Registro de Prestadores verificarán periódicamente las Altas Provisorias otorgadas a los postulantes, con el objeto de controlar los plazos de vencimiento para dar curso a las bajas correspondientes, transcurridos los 365
(TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO) días establecidos por el ARTICULO 8º de la Disposición DN INAP Nº 32/2002.

ARTICULO 16.- Aquellos prestadores con ALTA PROVISORIA que fueron dados de baja por vencimiento del plazo estipulado por la normativa vigente podrán solicitar por única vez una reinscripción mediante una nueva presentación del Formulario B, cuyos requisitos para el ALTA DEFINITIVA deberán ser cumplimentados en un lapso de 6 (SEIS) meses a partir de la fecha de la reinscripción.

ANEXO


ANEXO III


ANEXO IV


GUIA PARA LA ELABORACION DE DISEÑOS DE ACTIVIDADES DE CAPACITACION

CONSIDERACIONES GENERALES:

Se espera que los diseños presentados contengan características generales tales como:

• Orientación hacia el quehacer del sector público, a la gestión y organización estatales.

• Orientación hacia las tareas que realizan los participantes.

• Orientación hacia el ciudadano al que sirve el organismo.

• Orientación hacia los resultados de la gestión.

• Orientación a la articulación intra e interinstitucional.

• Orientación hacia la generación de competencias laborales.

ELEMENTOS DEL DISEÑO/PROGRAMA:

1. Nombre de la actividad:

2. Fundamentación

Explicitación de los requerimientos o necesidades por las que se diseña la actividad de capacitación, haciendo referencia a:

• las demandas de la organización y de los destinatarios

• los elementos del diagnóstico o del proceso de detección del que surge la necesidad

• los proyectos o áreas impactadas por la actividad que se presenta

• la relación que mantiene con la planificación global de la capacitación

• las asociaciones, convenios o acuerdos de los que es objeto para su realización.

3. Contribución esperada

Formulación de lo que se espera obtener de la actividad de capacitación sobre los resultados en las personas, los procesos, los productos y las áreas a los que concierne, en términos de mejora, adaptación, cambio, simplificación, articulación, coordinación, delegación, etc.

Colaboración que se espera que la capacitación brinde sobre la misión y los objetivos institucionales, estratégicos y/o operativos de la organización.

Identificación de las condiciones organizacionales necesarias para el logro de los resultados de la actividad de capacitación.

4. Perfil del participante

Descripción del perfil de los sujetos a los que se dirige la actividad de acuerdo con:

• los roles y tareas que desempeñan o desempeñarán los sujetos destinatarios de la actividad de capacitación,

• la experiencia en la organización,

• los conocimientos previos en relación con los temas del curso y

• el nivel de instrucción alcanzado.

5. Objetivos

Definición de las intenciones de la actividad formativa, formuladas en términos de:

• los aprendizajes esperados de los cursantes,

• el alcance de los contenidos propuestos (objetivos inclusivos y exhaustivos),

• las dimensiones de las personas como participantes (hacer, pensar, decir, sentir),

• la relación que guarda la actividad con el plan de capacitación y/o necesidades justificadas en el punto 1 y

• la construcción de competencias requeridas a la que se orienta la acción.

6. Contenidos

Enumeración y organización de los contenidos que desarrolla el temario, con explicitación de:

• los lineamientos conceptuales, ejes centrales y/o enfoque teórico que justifican la selección propuesta,

• la/s lógica/s con la que se secuencia el desarrollo de contenidos:

• lógica del tema;

• lógica del aprendizaje de los participantes;

• lógica del proceso productivo al que alude,

• lógica histórica del proceso social o política al que refiere,

• otras

• la relación que mantiene la secuencia y el conjunto de contenidos con los objetivos generales y la organización en la que se desarrolla la capacitación (plan de capacitación).

7. Estrategias metodológicas y recursos didácticos

Descripción de la variedad de estrategias de presentación y abordaje de los temas, así como los recursos y soportes tecnológicos requeridos, indicando:

• la adecuación, validez y/o utilidad del tipo de tratamiento metodológico en función del perfil de los destinatarios, de los objetivos, de las competencias a construir y de los contenidos a trabajar,

• la contribución de las estrategias y recursos didácticos a la transferencia/aplicación de los aprendizajes al espacio laboral. Su potencialidad y

• la viabilidad en función de la cultura organizacional, de las disponibilidades de infraestructura.

Sus alcances.

8. Descripción de la modalidad

• Indicar la modalidad: presencial, semipresencial, a distancia. En estos dos últimos casos, indicar los espacios de tutoría si existieran, y las formas de acceso a las tutorías.

• Indicar las actividades no presenciales que deberán realizar los participantes y la estimación de horas de trabajo requeridas.

9. Bibliografía

Selección de un máximo de diez títulos y/o sitios relevantes, con indicación de:

• autores, títulos, editorial, edición y año de publicación de las lecturas obligatorias y optativas.

• sitios especializados, en caso de referir a búsquedas en internet.

• normativa: tipo de norma (ley, decreto, resolución, etc.), año de emisión y fuentes donde pueden consultarse.

• documentos elaborados por organismos especializados, equipos técnicos, etc.: fuente y lugar donde pueden consultarse.

Atendiendo a:

• nivel de actualidad: incluir al menos dos títulos cuya publicación no sea anterior a los cinco años de la fecha de diseño del curso y

• nivel de pertinencia: guardar relación con los contenidos y con las características de los destinatarios.

10. Evaluación de los aprendizajes

Definición de las instancias de evaluación de participantes, en función del momento y objeto de análisis:

• evaluación de proceso: indicar las estrategias para la evaluación de proceso y

• evaluación de producto: indicar las actividades y productos a desarrollar por los participantes para aprobar la actividad y los criterios para la corrección de estas producciones.

11. Instrumentos para la evaluación

Indicación de:

• instrumentos empleados para la evaluación y seguimiento de los aprendizajes (pruebas de autoevaluación, observación en clase, en caso de usar plataforma virtual, informes de la plataforma sobre las actividades de los participantes,

• instrumentos para relevar la opinión de los participantes respecto de la actividad,

• instrumentos para relevar la opinión de los docentes y

• en caso de existir, acuerdos, compromisos, responsables e instrumentos para el seguimiento de la transferencia de los aprendizajes (hacia la construcción de las competencias).

12. Perfil del instructor

Descripción del docente o instructor, detallando:

• indicación de la situación de alta en el Registro de Prestadores: Provisoria o Definitiva,

• formación específica en el tema,

• experiencia docente y en la modalidad,

• experiencia en capacitación de adultos,

• trabajos publicados sobre la temática,

• experiencia en la Administración Pública (nacional, provincial o municipal) y

• pertenencia a institución académica o profesional, existencia de convenios o acuerdos con la institución.

13. Requisitos de asistencia y aprobación: Indicar los requisitos de asistencia, en caso de actividades presenciales y semipresenciales; en caso de actividades en modalidad virtual, indicar porcentaje mínimo de participación en los foros.

Para actividades presenciales y no presenciales, indicar las producciones y participaciones requeridas. Ej.: “cumplimiento de la asistencia obligatoria, entrega de los trabajos parciales y finales en tiempo y forma, participación en la plataforma educativa, particularmente, en al menos el 60%
de los foros”.

14. Duración en horas:

Indicar las horas presenciales y las no presenciales, en caso de que la modalidad sea semipresencial o a distancia. Indicar la cantidad total de horas distribuidas en la cantidad de semanas que durará el curso. Ej.: treinta horas distribuidas en cuatro semanas.

15. Cronograma tentativo:

Indicar la fecha probable de realización.

16. Lugar:

Indicar el lugar de realización. Si es una actividad presencial, indicar lugar físico; si es una actividad con modalidad virtual, indicar la URL de la plataforma.

ANEXO V



e. 03/01/2012 Nº 174836/11 v. 03/01/2012