MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMIA SOCIAL
Resolución Nº 4518/2011
Bs. As., 28/12/2011
VISTO, las Resoluciones Nros. 2038/03, 3026/06 y 1410/11 del Instituto
Nacional de Asociativismo y Economía Social y,
CONSIDERANDO:
Que las cooperativas creadas de conformidad a lo establecido en las
Resoluciones Nros. 2038/03 y 3026/06 ambas del INAES, desarrollan sus
actividades en el marco de programas estatales de inclusión social, a
través de la generación de trabajo producto de la puesta en marcha y/o
fortalecimiento de emprendimientos cooperativos llevados adelante por
grupos de personas en condiciones de vulnerabilidad social.
Que las acciones desarrolladas a través de estas cooperativas permiten
satisfacer necesidades primarias de acceso al trabajo, el desarrollo de
las capacidades y socialización de los individuos que las integran y
fortalecer el tejido social de la comunidad que los incluye.
Que la Resolución Nº 1410/11 INAES estableció una ampliación en el
plazo para regularizar la remisión de la documentación establecida por
los artículos 41, 48, 56 y concordantes de la Ley Nº 20.337, hasta
el cierre del ejercicio correspondiente al año en curso.
Que la SECRETARIA DE CONTRALOR ha elevado una propuesta para la
presentación de documentación simplificada de la que estas entidades
deben remitir a la autoridad de aplicación.
Que siendo este Organismo la autoridad de aplicación del régimen legal
de las cooperativas y en virtud de
tener como función principal el
desarrollo y promoción de las
mismas, se ha evaluado como oportuno y conveniente, en mérito las
razones expresadas en los conside randos precedentes
aprobar un modelo de estados
contables simplificado para este tipo de
cooperativas, respetando la Resolución Técnica Nº 24 de la
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas,
con las dispensas necesarias sobre la información complementaria de la
mencionada resolución técnica, adecuándola a su limitada operatoria y a
sus especiales características y restricciones.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7º inciso d) de la
Ley 19.549, el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención
que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley
Nº 20.337 y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02.
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el modelo de estados contables simplificado que
como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución
para las cooperativas de trabajo constituidas de acuerdo a las
previsiones de las Resoluciones Nros. 2038/03 y 3026/06, ambas de este
Instituto.
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y cumplido,
archívese. — Dr. PATRICIO JUAN
GRIFFIN, Presidente. — Arq. DANIEL OMAR
SPAGNA, Vocal. — C. P. VICTOR
RAUL ROSSETTI, Vocal. — ROBERTO
EDUARDO BERMUDEZ, Vocal. — Dr. ERNESTO E. ARROYO, Vocal. —
Ing. JOSE HERNAN ORBAICETA, Vocal. — RICARDO D. VELASCO, Vocal.
ANEXO I






e. 03/01/2012 175021/11 v.
03/01/2012