ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resolución N° 26/2011
El Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado en el
expediente Nº 1294-11 la Resolución ERAS Nº 26 de fecha 22/12/11,
mediante la cual se modifica el artículo 5º del Reglamento de
Contrataciones del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), cuyo
texto completo puede ser consultado en la página web del Organismo,
www.eras.gov.ar, transcribiendo a continuación los artículos:
“ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 5º del Reglamento de
Contrataciones del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) aprobado
como Anexo I de la Resolución Nº 3 de fecha 31 de julio de 2007 (B.O.
9/8/07), el cual quedará redactado de la siguiente forma:
‘Artículo 5º: MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS. APROBACION.
Monto Estimado | Procedimiento de Contratación | Aprobación |
Desde $ 300.001 en adelante | Licitación Pública | Directorio |
Desde $ 40.001 hasta $ 300.000 | Licitación Privada | Directorio |
Desde $ 30.001 hasta $ 40.000 | Contratación Directa | Directorio |
Hasta $ 30.000 | Trámite Simplificado | Desde $ 5.001 hasta $ 30.000: Directorio |
Hasta $ 5.000: Departamento Administrativo |
Hasta $ 1.500 | Compra por Caja Chica | Departamento Administrativo |
ARTICULO 2º — Modifícase el artículo 10º del Reglamento de
Contrataciones del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) aprobado
como Anexo I de la Resolución Nº 3 de fecha 31 de julio de 2007 (B.O.
9/8/07), el cual quedará redactado de la siguiente forma:
‘Artículo 10º: En las contrataciones encuadradas en el artículo
anterior, si el monto estimado del contrato fuera de hasta PESOS
TREINTA MIL ($ 30.000), las invitaciones a participar podrán efectuarse
por cualquier medio y las ofertas podrán presentarse mediante correo
electrónico, facsímil u otros medios similares que disponga el
DIRECTORIO.
El DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO será depositario de las propuestas que
se reciban —sean abiertas o cerradas—. El mismo tendrá la
responsabilidad de que las ofertas permanezcan reservadas hasta el día
y hora de vencimiento del plazo fijado para su presentación. En esta
oportunidad todas las ofertas que se hubieren presentado se agregarán
al expediente según el orden de su recepción, pudiendo prescindirse del
acto formal de apertura de las ofertas. El DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
suscribirá un acta donde constará lo actuado.
En estos casos, una vez vencido el plazo para la presentación de las
propuestas, la elección de la oferta más conveniente podrá resolverse
sin más trámite por el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO en las
contrataciones de hasta PESOS CINCO MIL ($ 5.000) IVA incluido, sobre
la base de las constancias del expediente; y por el DIRECTORIO en las
que excedan de esa suma, previa opinión del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
y del área requirente del bien o servicio.
En ambos casos corresponde la previa intervención de la GERENCIA DE
ASUNTOS JURIDICOS en los términos del artículo 7, inciso d), de la Ley
Nº 19.549 y no cabe dar intervención a la Comisión de
Preadjudicaciones, salvo indicación expresa en contrario del DIRECTORIO.
Se presumirá que existe desdoblamiento cuando en un lapso de TRES (3)
meses se efectúen contrataciones de elementos de índole similar, salvo
que se documenten las razones que lo justifiquen.
Para los supuestos de adquisiciones de elementos cuya cotización varíe
en función del valor del dólar estadounidense y cuyo procedimiento se
asimile al primer y tercer párrafo del presente, se establecen los
siguientes montos: hasta PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) y hasta PESOS
DIEZ MIL ($ 10.000) respectivamente, IVA incluido.’
ARTICULO 3º — Regístrese, tomen conocimiento las Gerencias y
Departamentos del ERAS; comuníquese al MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS, a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, a la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACION y a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION; dése a la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada
y, cumplido, archívese.”
Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente. — Dra. MARIANA GARCIA TORRES, Directora.
e. 06/01/2012 N° 80/12 v. 06/01/2012