MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución Nº 107/2011
Bs. As., 29/12/2011
VISTO el Expediente S04:0052199/2011 del registro de este Ministerio y
los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y
complementarios, 1755 del 23 de octubre de 2008 y sus modificatorios y
1486 del 23 de setiembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1486/11 se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que por la citada norma se aprobó, entre otras, la DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este
Ministerio.
Que de acuerdo con lo prescripto por el artículo 2º del mencionado
Decreto mantienen su vigencia las aperturas de segundo nivel operativo
de esta Jurisdicción, aprobadas por el Decreto Nº 1755/08 y sus
modificatorios.
Que corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las
dispuestas por la norma citada precedentemente.
Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los
lineamientos fijados por el Decreto Nº 1545/94, sus normas
complementarias y modificatorias, como así también la Resolución Nº 422
del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE
INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al
suscripto por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas estructurales inferiores
correspondientes a los niveles de Departamento y División de la
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION de este Ministerio, de conformidad con el organigrama,
acciones y dotación, que como ANEXOS I, II y III respectivamente,
forman parte integrante de esta resolución.
ARTICULO 2º — Derógase la Resolución ex M.J. Nº 38 del 14 de enero de
1998.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia
y Derechos Humanos.
ANEXO I
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DEPARTAMENTO DE TESORERIA
ACCIONES:
1. Administrar el movimiento, custodia y manejo de los fondos y valores.
2. Efectuar la programación financiera del Servicio Administrativo.
3. Ejecutar el Sistema de Cuenta Unica del Tesoro en el ámbito del
Servicio Administrativo Financiero.
4. Coordinar las actividades con la TESORERIA GENERAL DE LA NACION para
el pago de las órdenes de pago emitidas.
5. Registrar la totalidad de las transacciones financieras del Servicio
Administrativo.
6. Efectuar el pago de las retenciones impositivas y legales, por pagos
a proveedores y al personal.
7. Efectuar la intervención previa de los ingresos y coordinar la
gestoría ante las instituciones bancarias y otros organismos.
8. Administrar los montos asignados para Caja Chica y Fondo Rotatorio y
gestionar su reposición.
9. Controlar y registrar las altas y bajas de los documentos en
garantía de licitaciones.
10. Intervenir en los arqueos de fondos y valores que realice el
Departamento Contabilidad.
11. Intervenir en la compra, rendición y venta de moneda extranjera.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO
DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
ACCIONES:
1. Diseñar y proponer el plan de acciones para la elaboración del
anteproyecto de presupuesto a efectos de dar cumplimiento, en tiempo y
forma, al cronograma elaborado por la Secretaría de Hacienda.
2. Asistir a las autoridades y/o responsables presupuestarios de las
dependencias en las tareas pertinentes para la elaboración del
anteproyecto de presupuesto y efectuar las capacitaciones en materia
presupuestaria requeridas por estos.
3. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de acuerdo a los
requerimientos enviados por las dependencias que componen el S.A.F.
4. Coordinar y elaborar la programación física y financiera del
presupuesto del SAF, suministrando a las unidades responsables de
programas y categorías equivalentes, la información adecuada para la
formulación del programa de ejecución presupuestaria y analizar la
información producida por las mismas a fin de consolidarla para la
elaboración de la programación anual y de las cuotas de compromiso y
devengado trimestrales.
5. Diseñar y elaborar indicadores de gestión que permitan controlar las
desviaciones de las metas y objetivos planteados.
6. Evaluar la ejecución del presupuesto, analizar el resultado del
ejercicio y emitir opinión sobre el cumplimiento de los planes y
políticas.
7. Coordinar las actividades relativas a la formulación del presupuesto
con la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
8. Asistir al Director en la promoción del plan de ejecución
presupuestaria conjuntamente con las dependencias a fin de lograr un
aprovechamiento de los recursos afectados.
9. Realizar proyecciones anuales de gastos que permitan evaluar los
distintos escenarios situacionales en materia crediticia.
10. Realizar el seguimiento de las afectaciones presupuestarias a fin
de detectar posibles insuficiencias crediticias, emitir informes de las
mismas a fin de atender la necesidad.
11. Elaborar todo acto administrativo de índole presupuestaria que
permita un mejor desenvolvimiento económico financiero del SAF.
12. Asistir en materia presupuestaria a los programas con proyectos de
Obra Pública.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO
DEPARTAMENTO DE RECAUDACIONES
ACCIONES:
1. Organizar y coordinar las tareas de recaudaciones.
2. Supervisar la aplicación de los contratos y convenios con las
entidades bancarias y otras relacionadas con los sistemas de percepción
de recursos.
3. Elaborar informes, análisis estadísticos y de proyectos tendientes a
incrementar los recursos, optimizar el control y agilizar el flujo de
ingresos.
4. Controlar las declaraciones juradas de los emolumentos producidos
por los Registros Nacionales e informar en el caso de que se detecten
probables irregularidades.
5. Participar en la elaboración de los anteproyectos de presupuesto en
lo referente a las recaudaciones.
6. Asistir en la elaboración de la programación financiera del
organismo en lo que respecta a los ingresos.
7. Asistir en la programación de la disponibilidad financiera del S.A.F.
8. Analizar y propiciar las modificaciones de recursos presupuestarios.
9. Verificar y registrar el ingreso de los recursos afectados del
Ministerio.
10. Mantener actualizadas las bases de datos de recaudación y generar
los controles pertinentes con los organismos generadores de recursos en
el ámbito del Ministerio.
11. Controlar las declaraciones juradas de aranceles y emolumentos de
los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor, Maquinaria
Agrícola, Vial e Industrial y de Créditos Prendarios.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO
DEPARTAMENTO PATRIMONIO
ACCIONES:
1. Efectuar las tramitaciones y el registro de ingresos, egreso,
transferencias y donaciones de los bienes de uso, entendiéndose por
tales a los bienes muebles y a los inmuebles de la Jurisdicción.
2. Consolidar la información proveniente de las compras de bienes con
las altas de los mismos y los registros contables.
3. Realizar el control y la actualización de los vencimientos de los
bienes entregados y/o recibidos, por alta transitoria, orden judicial o
convenios especiales.
4. Proponer, elaborar y coordinar la realización de inventarios por
parte de los encargados patrimoniales en las distintas dependencias del
Servicio Administrativo Financiero, y registrar la información
proveniente de los mismos.
5. Intervenir en la difusión de la normativa vigente entre las
delegaciones patrimoniales de cada organismo de la Jurisdicción y
orientar sobre su aplicación, brindando asistencia y capacitación a las
mismas.
6. Elaborar la información necesaria para los estados contables de
cierre de ejercicio.
7. Coordinar las actividades con la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y
el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONABE).
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO
DEPARTAMENTO CONTABILIDAD
ACCIONES:
1. Establecer y ejecutar el Sistema de Registro de todas las
operaciones que afecten la situación económica y financiera del
Servicio Administrativo Financiero.
2. Producir el registro de altas/modificaciones/reactivaciones de entes
en la base de datos de Beneficiarios del Sistema Integrado de
Información Financiera.
3. Registrar todas las transacciones correspondientes a los gastos del
organismo, verificando el cálculo de las retenciones impositivas y
legales, efectuadas a los proveedores de bienes y servicios.
4. Tramitar y gestionar depósitos judiciales, embargos, cesiones y
confección de los formularios/notas respectivos para la apertura de
cartas de crédito.
5. Controlar y analizar la documentación respaldatoria de las
rendiciones y reposiciones de la Caja Chica Maestra.
6. Efectuar la intervención de cheques emitidos a través de las cuentas
pagadoras y realizar los arqueos de Fondos y Valores periódicos, en el
Departamento de Tesorería.
7. Confeccionar las conciliaciones bancarias, analizando los
movimientos y coordinando con el Departamento de Tesorería los ajustes
respectivos, a efectos de regularizar los desvíos.
8. Mantener y conservar el archivo de la documentación contable del
Servicio Administrativo Financiero.
9. Diligenciar la cancelación de los beneficios otorgados a través de
la Ley 25.914.
10. Gestionar los trámites de acreedores, cuya cancelación sea
considerada como de Deuda Consolidada del organismo.
11. Conciliar la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos, entre
el SAF y la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, analizando los desvíos
producidos.
12. Revisar el cumplimiento de las Rendiciones de Cuentas, para
aquellos expedientes que correspondiere efectuarla.
13. Confeccionar la información contable-financiera conforme a las
normas y procedimientos vigentes, para la realización de la Cuenta
General de Inversión y de cierres semestrales.
14. Realizar la liquidación de haberes de personal del Servicio de
Administración Financiero 332, de acuerdo a las distintas modalidades,
confeccionando las órdenes de pago.
15. Practicar las retenciones que correspondan, en cumplimiento a la
normativa vigente y a los embargos judiciales.
16. Mantener actualizado el registro de beneficiarios de seguros de
vida y gestionar su otorgamiento en caso de siniestro.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE COMPRAS Y SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
ACCIONES:
1. Atender los requerimientos referentes a la conservación y mejora de
las instalaciones de los edificios de la Jurisdicción y los referidos a
la aplicación de la Ley Nº 24.557 y modificatorias.
2. Coordinar los trabajos y el cumplimiento de los servicios requeridos.
3. Establecer los parámetros de mantenimiento y efectuar el control de
los mantenimientos preventivos y correctivos, verificando costos y
frecuencias.
4. Ejercer la dirección, supervisión e inspección de tareas de
refacciones y/o mantenimientos y/u obras a excepción de aquellas
adjudicadas a través de la Ley Nº 13.064 y normas complementarias.
5. Intervenir en la confección de los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas para la contratación de
adquisiciones y servicios necesarios para las tareas de mantenimiento y
asesorar en las recepciones respectivas.
6. Inspeccionar y controlar el funcionamiento de las instalaciones de
los edificios de la Jurisdicción, a efectos de determinar tareas de
carácter correctivo y preventivo.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE COMPRAS Y SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE GESTION DE CONTRATACIONES DE OBRAS PUBLICAS
ACCIONES:
1. Realizar todas las actividades necesarias para la contratación de
obras públicas requeridas por los organismos de la Jurisdicción.
2. Intervenir en la confección de pliegos de bases y condiciones
particulares y especificaciones técnicas para la contratación de las
obras públicas.
3. Intervenir en la elaboración de la información necesaria para la
formulación del Plan Anual de Inversión Pública de la Jurisdicción.
4. Requerir y controlar las garantías de las ofertas y de las
adjudicaciones de las licitaciones efectuadas en el marco de la Ley Nº
13.064 y normas complementarias.
5. Intervenir en los trámites de redeterminación de precios de
contratos de obra pública.
6. Elaborar informes sobre el estado de avance de la ejecución física y
financiera de las obras públicas.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE COMPRAS Y SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
ACCIONES:
1. Realizar todas las actividades necesarias para la adquisición de los
bienes y contrataciones de los servicios que se requieran para mantener
el normal funcionamiento del organismo.
2. Programar y ejecutar las tareas relacionadas a licitaciones,
compras, ventas y locaciones.
3. Requerir y controlar las garantías de las ofertas y de las
adjudicaciones.
4. Intervenir en el Plan Anual de Adquisiciones y de presupuesto del
Ministerio.
5. Efectuar el apoyo necesario a las comisiones de evaluación y de
recepción definitiva de bienes y servicios del ámbito de su competencia.
6. Efectuar la recepción, registro y tramitación de la totalidad de las
facturas emitidas en base a contratos suscriptos en la Jurisdicción.
7. Supervisar las actividades vinculadas a la administración del
servicio de suministros de bienes de uso y de consumo y vincular la
información suministrada por el área para la planificación de compra y
reposición de los mismos.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE COMPRAS Y SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
DIVISION SUMINISTROS
ACCIONES:
1. Efectuar los ingresos, custodia y conservación de bienes de uso y de
consumo que se adquieran y sean depositados en almacenes, proveyendo
los mismos a las dependencias que los requieran.
2. Realizar recuentos físicos periódicos de las existencias de bienes
de consumo en stock.
3. Mantener las estadísticas de consumo de los bienes de consumo en
stock, preservando las existencias del stock.
4. Controlar y mantener vigente los seguros de los bienes patrimoniales
del Ministerio, como así también los correspondientes a la Ley Nº
24.557 y sus modificatorias.
5. Elaborar la información necesaria relacionada con los bienes de
consumo para el cierre del ejercicio de los estados contables de la
Jurisdicción.
ANEXO III
PLANTA PERMANENTE
JURISDICCION: 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
ENTIDAD: 000 - ADMINISTRACION CENTRAL
PROGRAMA PRESUPUESTARIO: 01 - Actividades Centrales
ESCALAFON: 300 - PERSONAL SINEP - DECRETO 2098/08
e. 09/01/2012 Nº 713/12 v. 09/01/2012