ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 15/2012

Modifícase el Decreto Nº 357/02, relacionado con el organigrama del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Bs. As., 5/1/2012

VISTO el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto citado en primer término se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que una de las premisas del presente gobierno es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que para ello corresponde efectuar un reordenamiento en la conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en el área registral, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes, a fin de concretar las metas políticas diagramadas.

Que la reforma propiciada se encuentra fundada en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del Estado Nacional.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.

Art. 2º — Suprímense del Anexo II al Artículo 2º —Objetivos— del Decreto Nº 357/02 en el Apartado XVII, correspondiente al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES y sustitúyense en dicho apartado los correspondientes a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098/08.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.  — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Julio C. Alak.

Planilla Anexa al artículo 1º

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION

- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION ESTRATEGICA

- SECRETARIA DE JUSTICIA

- SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

- SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL

- SUBSECRETARIA DE GESTION PENITENCIARIA

- SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA

- SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL

- SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS

Planilla Anexa al artículo 2º

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL

OBJETIVOS:

1. Entender en la coordinación de los Registros a cargo del Ministerio.

2. Entender en el control de gestión de los Registros a cargo del Ministerio.

3. Asistir al Secretario de Asuntos Registrales en la planificación de las actividades de los Registros a cargo del Ministerio como autoridad de aplicación.

4. Participar de las comisiones de estudio que se desempeñen en el ámbito de la Secretaría.

5. Participar en la coordinación de los planes y programas existentes o a crearse en el área de la Secretaría y coordinar los de su competencia.

6. Asistir al Secretario de Asuntos Registrales en el análisis de los temas normativos del ámbito de su competencia.

7. Elaborar estudios e investigaciones para la elaboración de políticas normativas en el ámbito de su competencia.