Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
PRESUPUESTO
Resolución 47/2011
Apruébanse el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2012 de una empresa.
Bs. As., 30/12/2011
VISTO el Expediente N° S01:0392728/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Presupuesto y Plan de Acción para el Ejercicio 2012 formulado por la
empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el
ámbito de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado el informe favorable sobre la medida
propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada Ley y el Decreto N° 1344 de fecha 4
de octubre de 2007, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébanse el
Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2012 de la empresa
FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el ámbito de
la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II,
adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
Art. 2° — Estímase en la suma
de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ($ 432.300) los
ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS DOS MIL CIENTO
VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS ($
2.128.584.300) los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en
PESOS DOS MIL CIENTO VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL ($
2.128.152.000), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del
Anexo II, adjunto a la presente resolución.
Art. 3° — Estímase en la suma
de PESOS DOS MIL CIENTO VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MIL TRESCIENTOS ($ 2.128.584.300) los ingresos corrientes y fíjase en
la suma de PESOS DOS MIL CIENTO VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA
Y CUATRO MIL TRESCIENTOS ($ 2.128.584.300) los gastos corrientes, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico estimado en
PESOS CERO ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
Art. 4° — Estímase en la suma
de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjase en la suma de
PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de
la presente resolución, estímase el Resultado Financiero Equilibrado
para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle obrante en las
planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede
ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar.