MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Decreto 25/2012

Dase por prorrogada la Intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones. Ratifícase la designación del Interventor. Desígnase el Subinterventor.

Bs. As., 5/1/2012

VISTO las Leyes Nros. 19.798 y 25.561, los Decretos Nros. 731 del 12 de septiembre de 1989, 1185 del 22 de junio de 1990 y sus modificatorios, 521 del 19 de marzo de 2002, 167 del 5 de junio de 2003, modificado por su similar Nº 189 del 12 de junio de 2003, 811 del 23 de junio de 2004, 1916 del 28 de diciembre de 2004, 1759 del 29 de diciembre de 2005, 1983 del 28 de diciembre de 2006, 122 del 20 de diciembre de 2007, 125 del 24 de febrero de 2009, 1574 del 1 de noviembre de 2010 y 693 del 6 de junio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 19.798 se aprobó el Régimen Nacional de Telecomunicaciones.

Que mediante el Decreto Nº 731 del 12 de septiembre de 1989 y sus modificatorios, se fijó la política del Gobierno en materia de privatización y desregulación de las telecomunicaciones.

Que para controlar la correcta aplicación de dicha política, la protección de los usuarios y la plena competencia en el mercado, por el Decreto Nº 1185 del 22 de junio de 1990 se creó la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES bajo dependencia directa del Presidente de la República, la que por el Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996 pasó a constituir la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que mediante el Decreto Nº 521 del 19 de marzo de 2002 se dispuso la intervención de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES por el período de vigencia de la Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario Nº 25.561.

Que por el Decreto Nº 811 del 23 de junio de 2004, se dispuso mantener la intervención del mencionado organismo hasta el 10 de diciembre de 2004, como así designar Interventor de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al Ingeniero D. Ceferino Alberto NAMUNCURA (M.I. Nº 14.937.378), con las funciones, facultades y remuneración fijadas en su Artículo 3º.

Que por el Decreto Nº 1916 del 28 de diciembre de 2004, el Decreto Nº 1759 del 29 de diciembre de 2005, el Decreto Nº 1983 del 28 de diciembre de 2006, el Decreto Nº 122 del 20 de diciembre de 2007, el Decreto Nº 125 del 24 de febrero de 2009, el Decreto Nº 1574 del 1 de noviembre de 2010 y el Decreto Nº 693 del 6 de junio de 2011, se prorrogó la Intervención de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES hasta el 10 de diciembre de 2011, y se ratificó la designación del Ingeniero D. Ceferino Alberto NAMUNCURA (M.I. Nº 14.937.378).

Que el proceso de reorganización iniciado por la Intervención, se encuentra en pleno desarrollo e involucra aspectos fundamentales que hacen a la reformulación de procedimientos de auditoría y control sobre las telecomunicaciones y en materia postal.

Que a fin de llevar a buen término las actividades de la Intervención, existen suficientes razones funcionales y operativas, que determinan la necesidad de continuar con la política de intervención de dicho organismo.

Que a tales efectos corresponde por el presente ratificar la designación del actual Interventor y designar Subinterventor.

Que el señor D. Nicolás Ernesto KARAVASKI reúne los requisitos de idoneidad y de experiencia necesarios para cubrir el cargo de que se trata.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1º — Dase por prorrogada, a partir del 10 de diciembre de 2011, la Intervención de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hasta el 10 de diciembre de 2012.

Art. 2º — Dase por ratificada, a partir del 10 de diciembre de 2011, la designación del actual interventor, Ingeniero D. Ceferino Alberto NAMUNCURA (M.I. Nº 14.937.378), quien continuará en el ejercicio de las funciones y facultades conferidas al Presidente y al Directorio de dicho Ente y percibirá la remuneración asignada al Presidente del Directorio.

Art. 3º — Desígnase Subinterventor de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al señor D. Nicolás Ernesto KARAVASKI (D.N.I. Nº 29.111.539), quien ejercerá juntamente con el Interventor las funciones y facultades conferidas al Presidente y al Directorio del Ente referido y percibirá la remuneración asignada al Vicepresidente Primero del Directorio.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Julio M. De Vido.