MINISTERIO DE TURISMO
Decisión Administrativa 11/2011
Apruébase la redeterminación de
precios de la Obra denominada Proyecto de Gestión Integral de los
Residuos Sólidos Urbanos en la localidad de San Martín de los Andes,
Provincia del Neuquén.
Bs. As., 21/12/2011
VISTO el Expediente Nº STN:0001140/2011 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la redeterminación de
precios de la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS
RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN” (Licitación Pública Nacional Nº 5/10) que fue
aprobada por la Decisión Administrativa Nº 886 de fecha 14 de diciembre
de 2010 en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos
Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, Modelo de Contrato de
Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Nº 1868/OC-AR
aprobado por el Decreto Nº 1524 de fecha 6 de noviembre de 2007.
Que por la citada Decisión Administrativa Nº 886/10 se adjudicó la obra
a la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS DOCE MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON
CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.755.681,42).
Que el procedimiento de redeterminación referido se ajusta a las normas
establecidas en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras
Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
correspondientes a la edición del mes de julio de 2006, que forman
parte integrante como Anexo II del Contrato de Préstamo BID Nº
1868/OC-AR.
Que conforme surge del Documento Licitatorio, Sección II. Datos de la
Licitación, en el Punto 14.4 “Instrucciones a los Oferentes”, la
redeterminación de precios se encuentra sujeta a lo previsto en la
Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las
previsiones del Decreto Nº 1295 de fecha 19 de julio de 2002.
Que el procedimiento para la obtención del Factor de Redeterminación se
halla previsto en la Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato,
Punto 60 “Ajustes de precios” del Documento Licitatorio.
Que la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO —creada por
Resolución Nº 1068 de fecha 30 de noviembre de 2007 de la ex SECRETARIA
DE TURISMO entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION— ha
elaborado un Informe Técnico de Evaluación de la Solicitud de
Redeterminación de Precios en el que entiende que el procedimiento
presentado por la Contratista se ajusta a la normativa prevista por el
pliego y que los indicadores y cálculos ejecutados son correctos.
Que surge además de dicho informe que el importe de la redeterminación
de precios asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 947.865,26),
alcanzando el monto de la obra redeterminada un total de PESOS TRECE
MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y
OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68).
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha tomado conocimiento de la redeterminación de precios realizada.
Que, asimismo, en virtud del tiempo transcurrido en la aprobación por
parte del Consejo Deliberante del referido Municipio del Informe de
Factibilidad Ambiental, mediante la Ordenanza Nº 8984/11, corresponde
proceder a la ampliación del plazo de obra oportunamente fijado en
NOVENTA (90) días corridos.
Que la ampliación del plazo propuesta cuenta con la no objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).
Que han tomado la intervención de su competencia la Coordinación Unidad
Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de
Administración, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
del MINISTERIO DE TURISMO.
Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Artículo 35, inciso c) y su Anexo del Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1344 de
fecha 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Apruébase la
redeterminación de precios de la Obra denominada “PROYECTO DE GESTION
INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN
DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” por la suma de PESOS NOVECIENTOS
CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS
CENTAVOS ($ 947.865,26), alcanzando el monto de la obra redeterminada
la suma de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68), conforme
el Modelo de Acta que como Anexo forma parte integrante de la presente
medida.
Art. 2º — Autorízase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a suscribir el Acta cuyo modelo se aprueba por el artículo precedente.
Art. 3º — Apruébase la prórroga
de la fecha prevista de terminación de la Obra en NOVENTA (90) días
corridos a partir de la fecha de vencimiento del plazo original, lo
cual no implica una mayor erogación, ni reconocimiento alguno por
gastos improductivos.
Art. 4º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción
53 - MINISTERIO DE TURISMO para el ejercicio 2011.
Art. 5º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos E. Meyer.
ANEXO
ACTA DE REDETERMINACION DE PRECIOS
En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los ……… días del mes de ………………
de 2011, se reúnen en representación del MINISTERIO DE TURISMO su
titular D. Carlos Enrique MEYER, M.I. Nº 10.286.346, con domicilio en
calle Suipacha Nº 1111, Piso 20 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
(en adelante, “EL COMITENTE”) por una parte y por la otra, en
representación de la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA, D. Raimundo Luis
Fernando ORTEGA BIANCHI, M.I. Nº 4.513.277, con domicilio en calle
Agüero Nº 97 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en su carácter de
contratista de la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN”, según contrato aprobado mediante la Resolución Nº 13 de
fecha 3 de febrero de 2011 del MINISTERIO DE TURISMO (en adelante, “LA
CONTRATISTA”), en el marco del Programa de Gestión Integral de Residuos
Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos, financiado parcialmente por
el Préstamo BID Nº 1868/OC-AR aprobado por Decreto 1524 de fecha 6 de
noviembre de 2007.
ANTECEDENTES: Que a solicitud de LA CONTRATISTA se procede a la
redeterminación de los precios del contrato de obra pública antes
citado correspondientes a la parte pendiente de ejecución, al mes de
enero de 2011.
Por ello se conviene:
ARTICULO 1º.- LA CONTRATISTA y EL COMITENTE por aplicación del régimen
establecido por la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces
dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003
y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1295 de fecha 19
de julio de 2002, aceptan el Cuadro Resumen de Cantidades y Precios
correspondiente a la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN”.
ARTICULO 2º.- LA CONTRATISTA renuncia por la presente a todo reclamo
por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza, motivados por los cambios
registrados en la economía desde el 6 de enero de 2002, a la fecha de
suscripción del presente acuerdo, en los términos de los Artículos 11
del Decreto Nº 1295/02 y 2º del Decreto Nº 1953/02.
ARTICULO 3º.- El monto del Contrato de Obra aprobado por la Resolución
MT Nº 13/11 alcanza un total de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON CUARENTA Y DOS
CENTAVOS ($ 12.755.681,42). El monto redeterminado del contrato al mes
de enero de 2011 asciende a PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($
13.703.546,68). El incremento del monto de obra por la presente
redeterminación es de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 947.865,26).
ARTICULO 4º.- LA CONTRATISTA se compromete a cumplir el plan de
trabajos correspondiente a la obra faltante de ejecución. En caso de no
cumplirlo será pasible de las penalidades que correspondan según
contrato, bajo pena de nulidad de lo actuado.
ARTICULO 5º.- LA CONTRATISTA se compromete a ampliar la póliza de
cumplimiento del contrato hasta el monto de la obra redeterminada.
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor
y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento
de la presente.