MINISTERIO DE TURISMO

Decisión Administrativa 11/2011

Apruébase la redeterminación de precios de la Obra denominada Proyecto de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos en la localidad de San Martín de los Andes, Provincia del Neuquén.

Bs. As., 21/12/2011

VISTO el Expediente Nº STN:0001140/2011 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la redeterminación de precios de la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” (Licitación Pública Nacional Nº 5/10) que fue aprobada por la Decisión Administrativa Nº 886 de fecha 14 de diciembre de 2010 en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, Modelo de Contrato de Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Nº 1868/OC-AR aprobado por el Decreto Nº 1524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

Que por la citada Decisión Administrativa Nº 886/10 se adjudicó la obra a la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.755.681,42).

Que el procedimiento de redeterminación referido se ajusta a las normas establecidas en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) correspondientes a la edición del mes de julio de 2006, que forman parte integrante como Anexo II del Contrato de Préstamo BID Nº 1868/OC-AR.

Que conforme surge del Documento Licitatorio, Sección II. Datos de la Licitación, en el Punto 14.4 “Instrucciones a los Oferentes”, la redeterminación de precios se encuentra sujeta a lo previsto en la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1295 de fecha 19 de julio de 2002.

Que el procedimiento para la obtención del Factor de Redeterminación se halla previsto en la Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato, Punto 60 “Ajustes de precios” del Documento Licitatorio.

Que la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO —creada por Resolución Nº 1068 de fecha 30 de noviembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE TURISMO entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION— ha elaborado un Informe Técnico de Evaluación de la Solicitud de Redeterminación de Precios en el que entiende que el procedimiento presentado por la Contratista se ajusta a la normativa prevista por el pliego y que los indicadores y cálculos ejecutados son correctos.

Que surge además de dicho informe que el importe de la redeterminación de precios asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 947.865,26), alcanzando el monto de la obra redeterminada un total de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68).

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha tomado conocimiento de la redeterminación de precios realizada.

Que, asimismo, en virtud del tiempo transcurrido en la aprobación por parte del Consejo Deliberante del referido Municipio del Informe de Factibilidad Ambiental, mediante la Ordenanza Nº 8984/11, corresponde proceder a la ampliación del plazo de obra oportunamente fijado en NOVENTA (90) días corridos.

Que la ampliación del plazo propuesta cuenta con la no objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que han tomado la intervención de su competencia la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de Administración, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 35, inciso c) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la redeterminación de precios de la Obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” por la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 947.865,26), alcanzando el monto de la obra redeterminada la suma de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68), conforme el Modelo de Acta que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Autorízase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a suscribir el Acta cuyo modelo se aprueba por el artículo precedente.

Art. 3º — Apruébase la prórroga de la fecha prevista de terminación de la Obra en NOVENTA (90) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del plazo original, lo cual no implica una mayor erogación, ni reconocimiento alguno por gastos improductivos.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el ejercicio 2011.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos E. Meyer.

ANEXO

ACTA DE REDETERMINACION DE PRECIOS

En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los ……… días del mes de ……………… de 2011, se reúnen en representación del MINISTERIO DE TURISMO su titular D. Carlos Enrique MEYER, M.I. Nº 10.286.346, con domicilio en calle Suipacha Nº 1111, Piso 20 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (en adelante, “EL COMITENTE”) por una parte y por la otra, en representación de la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA, D. Raimundo Luis Fernando ORTEGA BIANCHI, M.I. Nº 4.513.277, con domicilio en calle Agüero Nº 97 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en su carácter de contratista de la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”, según contrato aprobado mediante la Resolución Nº 13 de fecha 3 de febrero de 2011 del MINISTERIO DE TURISMO (en adelante, “LA CONTRATISTA”), en el marco del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos, financiado parcialmente por el Préstamo BID Nº 1868/OC-AR aprobado por Decreto 1524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

ANTECEDENTES: Que a solicitud de LA CONTRATISTA se procede a la redeterminación de los precios del contrato de obra pública antes citado correspondientes a la parte pendiente de ejecución, al mes de enero de 2011.

Por ello se conviene:

ARTICULO 1º.- LA CONTRATISTA y EL COMITENTE por aplicación del régimen establecido por la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1295 de fecha 19 de julio de 2002, aceptan el Cuadro Resumen de Cantidades y Precios correspondiente a la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”.

ARTICULO 2º.- LA CONTRATISTA renuncia por la presente a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, motivados por los cambios registrados en la economía desde el 6 de enero de 2002, a la fecha de suscripción del presente acuerdo, en los términos de los Artículos 11 del Decreto Nº 1295/02 y 2º del Decreto Nº 1953/02.

ARTICULO 3º.- El monto del Contrato de Obra aprobado por la Resolución MT Nº 13/11 alcanza un total de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.755.681,42). El monto redeterminado del contrato al mes de enero de 2011 asciende a PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68). El incremento del monto de obra por la presente redeterminación es de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 947.865,26).

ARTICULO 4º.- LA CONTRATISTA se compromete a cumplir el plan de trabajos correspondiente a la obra faltante de ejecución. En caso de no cumplirlo será pasible de las penalidades que correspondan según contrato, bajo pena de nulidad de lo actuado.

ARTICULO 5º.- LA CONTRATISTA se compromete a ampliar la póliza de cumplimiento del contrato hasta el monto de la obra redeterminada.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente.