MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1784/2011
Registro Nº 1707/2011
Bs. As., 2/12/2011
VISTO el Expediente Nº 1.465.643/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente Nº 1.465.643/11 obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA
ENERGIA ELECTRICA y el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGIA DE ENTRE
RIOS (E.P.R.E.), ratificado a fojas 4 y 57 del Expediente citado en el
Visto, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho Acuerdo, las partes convienen un incremento salarial
para el personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa Nº 935/07 “E” a partir del 1º de agosto de 2011, conforme con
las consideraciones obrantes en su texto al cual se remite.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde la representatividad de las partes firmantes.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se ha acreditado en autos la personería invocada por ambas partes y su capacidad para negociar colectivamente.
Que la Asesoría Técnico Legal ha tomado la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio,
deberán girarse estos obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones
del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de
base promedio y tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA
ELECTRICA y el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGIA DE ENTRE RIOS
(E.P.R.E.) obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.465.643/11, conforme
con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o.
2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº
1.465.643/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el proyecto de base promedio y tope
indemnizatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976). Cumplido, procédase a la guarda del presente
legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº
935/07 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004)
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.465.643/11
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1784/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1707/11. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Paraná a los cinco días del agosto de dos mil once, se
reúnen en calle Urquiza 860, 1º Entrepiso, los Señores: Arq. FRANCISCO
EDUARDO TAIBI, en su carácter de Interventor del ENTE PROVINCIAL DE LA
ENERGIA DE ENTRE RIOS, Dr. MARCOS RODRIGUEZ ALLENDE —Director Jurídico
EPRE—, de ahora en más el EPRE, y los Ingenieros JORGE ARIAS Y JOSE
ROSSA en su carácter de Presidente y Vicepresidente de la ASOCIACION DE
PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, de ahora
en más “LA APUAYE”, con el objeto de acordar lo siguiente:
- PRIMERO: Las partes acuerdan un incremento salarial para todo el
personal del EPRE encuadrado bajo el CCT 935/07 “E”, a regir a partir
del primero de agosto de 2011, de un diez por ciento (10%), a aplicarse
sobre la escala de Sueldos Básicos Mensuales (SBM) vigentes en el
Organismo desde mes de mayo del corriente año.
La nueva escala de SBM se detalla a continuación:
Las partes dejan constancia que las escalas salariales vigentes desde el mes de mayo de 2011 son las siguientes:
- SEGUNDO: Las partes acuerdan
retomar, en el mes de noviembre de 2011, el análisis sobre las pautas
salariales para cerrar el año en curso.
No siendo para más, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.