MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1784/2011

Registro Nº 1707/2011

Bs. As., 2/12/2011

VISTO el Expediente Nº 1.465.643/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.465.643/11 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA y el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGIA DE ENTRE RIOS (E.P.R.E.), ratificado a fojas 4 y 57 del Expediente citado en el Visto, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo, las partes convienen un incremento salarial para el personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 935/07 “E” a partir del 1º de agosto de 2011, conforme con las consideraciones obrantes en su texto al cual se remite.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde la representatividad de las partes firmantes.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se ha acreditado en autos la personería invocada por ambas partes y su capacidad para negociar colectivamente.

Que la Asesoría Técnico Legal ha tomado la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, deberán girarse estos obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA y el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGIA DE ENTRE RIOS (E.P.R.E.) obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.465.643/11, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.465.643/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976). Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 935/07 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004)

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.465.643/11

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1784/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1707/11. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Paraná a los cinco días del agosto de dos mil once, se reúnen en calle Urquiza 860, 1º Entrepiso, los Señores: Arq. FRANCISCO EDUARDO TAIBI, en su carácter de Interventor del ENTE PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE ENTRE RIOS, Dr. MARCOS RODRIGUEZ ALLENDE —Director Jurídico EPRE—, de ahora en más el EPRE, y los Ingenieros JORGE ARIAS Y JOSE ROSSA en su carácter de Presidente y Vicepresidente de la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, de ahora en más “LA APUAYE”, con el objeto de acordar lo siguiente:

- PRIMERO: Las partes acuerdan un incremento salarial para todo el personal del EPRE encuadrado bajo el CCT 935/07 “E”, a regir a partir del primero de agosto de 2011, de un diez por ciento (10%), a aplicarse sobre la escala de Sueldos Básicos Mensuales (SBM) vigentes en el Organismo desde mes de mayo del corriente año.

La nueva escala de SBM se detalla a continuación:

Escala de SBM a partir 1/8/2011
NIVELESSUELDO BASICO MENSUAL ($)
U-V4.463
U-IV4.808
U-III5.407
U-II6.428
U-I7.744

Las partes dejan constancia que las escalas salariales vigentes desde el mes de mayo de 2011 son las siguientes:


Escala de SBM a partir 1/5/2011
NIVELESSUELDO BASICO MENSUAL ($)
U-V4.057
U-IV4.371
U-III4.915
U-II5.844
U-I7.040

- SEGUNDO: Las partes acuerdan retomar, en el mes de noviembre de 2011, el análisis sobre las pautas salariales para cerrar el año en curso.

No siendo para más, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.