MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 61/2012
Danse por aprobadas designaciones de Directoras de la Secretaría de Seguridad Social.
Bs. As., 10/1/2012
VISTO el Expediente Nº 1.447.337/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 26.546 prorrogada en
los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10 y Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002,
1140 del 28 de junio de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus
modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 607 del 20 de mayo de
2009, 1271 del 15 de septiembre de 2009, 748 del 31 de mayo de 2010 y
2151 del 30 de diciembre de 2010, la Decisión Administrativa Nº 917 del
28 de diciembre de 2010, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009 y la
Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 5 del 2 de agosto de 2005, las
Resoluciones Conjuntas de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE
HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 10 del 5
de septiembre de 2005, y de la ex SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº 4 y Nº 89 respectivamente, del 31 de
marzo de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10 para el Ejercicio 2011 y por la Ley Nº 26.728 el
correspondiente al 2012.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció
que toda designación, asignación de funciones, promoción y
reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública,
centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta
de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546 prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10 y Nº 26.728, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes
financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que
queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor
Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de las Leyes Nº 26.546 prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10 y Nº 26.728, se dispuso que las facultades otorgadas por dicha
ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la
Administración General del país y en función de lo dispuesto por el
inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005, y sus
modificatorios, y la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre
de 2010 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009 se aprobó la Dotación del citado
Organismo conforme el detalle que como planilla anexa forma parte
integrante de la citada resolución.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
se encuentran vacantes los cargos de Nivel A, Grado 0, Función
Ejecutiva de Nivel I, Directora Nacional de Programación Económica
dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL y
Directora Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social, dependiente
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE LOS REGIMENES DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, ambas de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL.
Que por ello resulta necesario prorrogar a partir del 16 de febrero de
2011 hasta el 30 de marzo de 2011, la designación transitoria efectuada
oportunamente en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL por el Decreto Nº 607 del 20 de mayo de 2009 y
prorrogada en último término por el Decreto Nº 748 del 31 de mayo de
2010, en el cargo de Directora Nacional de Coordinación y Control de
los Regímenes de la Seguridad Social, de la SECRETARIA DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, Nivel A, Grado 0, de la Actuaria Doña Mercedes Liliana BOURQUIN
(M.I. Nº 21.963.635), autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva de Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Publico
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 del SINEP.
Que asimismo, es preciso limitar a partir del 30 de marzo de 2011 la
designación transitoria de la Licenciada Doña Elida Luján BIONE (M.I.
Nº 11.447.659), en el cargo de Directora Nacional de Programación
Económica y Normativa de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, Nivel A, Grado 0, Función
Ejecutiva de Nivel I, efectuada oportunamente en el ámbito de esa
Cartera de Estado por Decreto Nº 1271 del 15 de septiembre de 2009 y
prorrogada en último término por el Decreto Nº 2151 del 30 de diciembre
de 2010.
Que corresponde designar a partir del 31 de marzo de 2011 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, en los cargos de Nivel A, Grado 0,
Directora Nacional de Programación Económica, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARIA DE
SEGURIDAD SOCIAL, a la Licenciada Doña Elida Luján BIONE (M.I. Nº
11.447.659) y de Directora Nacional de los Regímenes de la Seguridad
Social, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE LOS
REGIMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL,
a la Actuaria Doña Mercedes Liliana BOURQUIN (M.I. Nº 21.963.635),
autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas de
Nivel I y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546
prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por
el Decreto Nº 2054/10 y Nº 26.728.
Que la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 5 del 2 de agosto de 2005, las
Resoluciones Conjuntas de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE
HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 10 del 5
de septiembre de 2005, y de la ex SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº 4 y Nº 89 respectivamente, del 31 de
marzo de 2011, se aprobó el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por el Decreto Nº 1140 del 28 de junio de 2002 se facultó a los
Titulares de las Jurisdicciones a solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL
la cobertura transitoria de los cargos incluidos en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA (SINAPA).
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a las
mencionadas Unidades Organizativas, resulta necesario proceder a su
inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándolo a tal
efecto de lo dispuesto en el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546
prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por
el Decreto Nº 2054/10 y Nº 26.728.
Que por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), concertado entre el Estado
Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo de fecha 5
de septiembre de 2008.
Que los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con
los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido,
respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III,
IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto Nº
2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha de la presente medida.
Que las personas propuestas reúnen las condiciones de experiencia e
idoneidad necesarias para desempeñar los cargos que se encuentran
vacantes.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL,
de los artículos 7º y 10 de las Leyes Nº 26.546 prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10 y Nº 26.728 y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
prorrogada a partir del 16 de febrero de 2011 hasta el 30 de marzo de
2011, la designación transitoria efectuada oportunamente en el ámbito
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por el Decreto Nº
607/09 y prorrogada en último término por el Decreto Nº 748/10, en el
cargo de Directora Nacional de Coordinación y Control de los Regímenes
de la Seguridad Social de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, Nivel A, Grado 0, de la
Actuaria Doña Mercedes Liliana BOURQUIN (M.I. Nº 21.963.635),
autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel
I y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Art. 2º — Limítase a partir del
30 de marzo de 2011, la designación transitoria efectuada oportunamente
en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por
el Decreto Nº 1271/09 y prorrogada en último término por el Decreto Nº
2151/10, en el cargo de Directora Nacional de Programación Económica y
Normativa dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, Nivel A, Grado 0, Función
Ejecutiva de Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Publico (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, de la Licenciada Doña Elida Luján
BIONE (M.I. Nº 11.447.659).
Art. 3º — Danse por designadas
a partir del 31 de marzo de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida,
en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en
los cargos de Nivel A, Grado 0, Directora Nacional de Programación
Económica dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, a la Licenciada Doña Elida
Luján BIONE (M.I. Nº 11.447.659) y de Directora Nacional de los
Regímenes de la Seguridad Social, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION DE LOS REGIMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARIA
DE SEGURIDAD SOCIAL, a la Actuaria Doña Mercedes Liliana BOURQUIN (M.I.
Nº 21.963.635), autorizándose el correspondiente pago de las Funciones
Ejecutivas de Nivel I, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Sistema Nacional
de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y con
carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nº
26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y
complementada por el Decreto Nº 2054/10 y Nº 26.728.
Art. 4º — Los cargos
involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de
selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente,
en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº
2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 5º — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para
el corriente ejercicio para el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 6º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.