MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 1290/2011

Bs. As., 30/12/2011

VISTO el Expediente Nº 18.810/2011 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, lo dispuesto por el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, se ha acreditado la necesidad y conveniencia de que las Fuerzas de Seguridad (FFSS) y los Cuerpos Policiales (CCPP) cuenten con sistemas giroestabilizados de visión diurna y nocturna en sus aeronaves, a fin de mejorar la seguridad de sus tripulaciones y ampliar la operatividad de la flota en dotación.

Que este tipo de equipamiento de seguridad no se produce en el país.

Que con fecha 20 de mayo del 2011 este Ministerio suscribió un Acuerdo Marco con INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO, en el cual se estableció el interés del MINISTERIO DE SEGURIDAD en profundizar la modernización y la incorporación de sistemas y capacidades con la mayor participación posible de la industria nacional, con privilegio para aquellos que incluyen la transferencia de la tecnología involucrada y el equipamiento necesario para el adiestramiento operativo, real o simulado, impulsando en forma decidida la investigación de las tecnologías duales y asimismo considerando las distintas acciones que permitan mantener y adquirir aquellas capacidades logísticas indispensables que por su onerosa o difícil obtención resulte conveniente asegurar en forma permanente en el país.

Que uno de los fundamentos para el citado Acuerdo Marco fue la capacidad demostrada por INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO (INVAP) en los diferentes proyectos en que ha participado, tanto a nivel nacional como internacional.

Que el Acuerdo Marco suscripto preveía que el MINISTERIO DE SEGURIDAD realizase Convenios Específicos con INVAP a fin de aprovechar su capacidad en diseño, desarrollo, fabricación, armado, integración, operación, mantenimiento, reparación y actualización de, entre otros, Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para helicópteros, aviones MPA, vehículos y embarcaciones.

Que ambas partes, MINISTERIO DE SEGURIDAD e INVAP, han acordado ejecutar proyectos de interés común entre ellas, haciendo máximo aprovechamiento de los recursos existentes y disponibles en cada institución y generando capacidades y soluciones adecuadas, sustentables y de valor estratégico para el MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que el desarrollo de un Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI) se inscribe perfectamente dentro de los presupuestos del Acuerdo Marco referido.

Que se trata de una contratación en los términos previstos en el artículo 25, inciso d), apartado 8 del Decreto Nº 1023/01, incorporado mediante Decreto Nº 204 del 19 de febrero de 2004, por tratarse INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO de una empresa del Estado y tener por objeto la prestación de servicios de seguridad.

Que, teniendo en cuenta los requerimientos de las Fuerzas de Seguridad y los Cuerpos Policiales y la factibilidad de su aplicación en el modelo de SADI a desarrollar, INVAP ha presentado una propuesta que ha sido analizada.

Que, conforme consta en Acta de Reunión de fecha 10 de noviembre de 2011, las Fuerzas de Seguridad y Cuerpos Policiales han solicitado modificaciones a la documentación contractual, que han sido incorporadas y aceptadas por INVAP.

Que el monto total previsto para la contratación propiciada asciende a la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 38.700.000.-) para el cumplimiento de las etapas de Ingeniería y Evaluación Operativa y Desarrollo, a erogar en diversos ejercicios.

Que la SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO LOGISTICO Y PRESUPUESTO DE LA SEGURIDAD, dependiente de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE SEGURIDAD se ha expedido favorablemente con respecto al progreso de la presente tramitación por encontrarse disponibles los créditos necesarios para atender las erogaciones comprometidas en el ejercicio 2011 y previstas las erogaciones correspondientes en el proyecto presupuestario 2012 y sucesivos.

Que ha tomado la intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 bis, incisos 5, 9 y 10 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y el artículo 35, inciso b), del Anexo al Decreto Nº 1344/07.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase a la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, con arreglo a lo previsto por el artículo 25, inciso d), apartado 8 del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, instrumente con la entidad denominada INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO, con domicilio legal en la Avenida Comandante Luis Piedrabuena 4950, SAN CARLOS DE BARILOCHE, PROVINCIA DE RIO NEGRO, la contratación necesaria para obtener la ingeniería, evaluación operativa, desarrollo de un SISTEMA DE ADQUISICION Y DISEMINACION DE IMAGENES (SADI) y la posterior producción de al menos VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes a ser montados en aeronaves de las Fuerzas de Seguridad y los Cuerpos Policiales.

ARTICULO 2º — Apruébase el proyecto de contrato que como Anexo I forma parte de la presente medida, para ser utilizado en la contratación de que se trata, autorizando al señor Secretario de Planeamiento de este Ministerio a suscribirlo “ad referéndum” de la aprobación del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

ARTICULO 3º — Instrúyese al señor Secretario de Planeamiento de este Ministerio a que, una vez suscripto el contrato, eleve a esta Cartera de Estado un proyecto de Decisión Administrativa aprobatoria para ser sometida a la consideración del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

ARTICULO 4º — Las erogaciones que cause la aprobación de la presente contratación serán atendidas con las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD - Jurisdicción 41 - PROGRAMA 29: Administración Civil de las Fuerzas de Seguridad, Actividad 1, Asistencia Integral a las Fuerzas de Seguridad.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. NILDA GARRE, Ministra de Seguridad.

ANEXO I

Entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION, en adelante MINSEG o el Comitente, representado en este acto por el Secretario de Planeamiento, Lic. Gustavo Sibilla, con domicilio en Gelly y Obes 2289, Capital Federal, por una parte, e INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO, en adelante INVAP o el Contratista, representada en este acto por su Gerente General Licenciado Héctor Eduardo Otheguy, con domicilio legal en la Avenida Comandante Luis Piedrabuena 4950, San Carlos de Bariloche, Río Negro, se conviene celebrar el presente contrato, considerando:

I. Que con fecha 20 de mayo de 2011 se firmó un acuerdo marco entre el MINSEG e INVAP, en el cual se establece:

(i) El interés del MINSEG en profundizar la modernización y la incorporación de sistemas y capacidades con la mayor participación posible de la industria nacional, con privilegio para aquellos que incluyen la transferencia de la tecnología involucrada y el equipamiento necesario para el adiestramiento operativo, real o simulado, impulsando en forma decidida la investigación de las tecnologías duales y asimismo considerando las distintas acciones que permitan mantener y adquirir aquellas capacidades logísticas indispensables que por su onerosa o difícil obtención resulte conveniente asegurar en forma permanente en el país.

(ii) La capacidad demostrada por INVAP en los diferentes proyectos en que ha participado, tanto a nivel nacional como internacional.

(iii) El mutuo interés y voluntad en vincularse estratégicamente, con el objeto de coordinar esfuerzos y explorar la posibilidad de encarar y ejecutar en conjunto proyectos de equipos, sistemas y tecnologías aplicadas a las operaciones y actividades que desempeñan las Fuerzas de Seguridad (FFSS) y Cuerpos Policiales (CCPP) dependientes del MINSEG.

(iv) Que estos proyectos podrán incluir, sin estar limitados a las alternativas siguientes:

• Recuperación y mantenimiento.

• Modernización de equipos y sistemas.

• Desarrollo conjunto de nuevos proyectos.

• Provisión de una parte a la otra de bienes y servicios

• Intercambio de información y de recursos

(v) Que el MINSEG tiene programado encarar con sus medios en el futuro los proyectos que a continuación se describen y en los cuales INVAP puede aportar su capacidad en diseño, desarrollo, fabricación, armado, integración, operación, mantenimiento, reparación y actualización:

• Sensores ópticos, optrónicos y radar

• Equipos y sistemas electrónicos

• Simuladores tácticos de operación y conducción

• Software y sistemas informáticos

• Sistemas de generación de energía no convencionales (eólica y solar)

• Equipos y partes de vehículos

• Recuperación y modernización de equipos y sistemas existentes

• Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI) para helicópteros, aviones MPA, vehículos y embarcaciones.

• Telecomunicaciones satelitales, facilidades y comunicaciones en tiempo real para C4ISR.

• UAVs —de las tres clases— y sus cargas útiles.

• Narices electrónicas y detectores/scanner de rayos X para aeropuertos, puertos (containers) y pasos fronterizos.

• Grúa para helicópteros.

• GPS y Sistemas de Identificación de Fuerzas Amigas (Blue Team).

• Otros sistemas y componentes a determinar en base a las necesidades de las FFSS y CCPP.

(vi) Que ambas partes, MINSEG e INVAP han acordado ejecutar proyectos de interés común entre ellas, haciendo máximo aprovechamiento de los recursos existentes y disponibles en cada institución y generando capacidades y soluciones adecuadas, sustentables y de valor estratégico para el MINSEG. Estos proyectos y colaboraciones se implementarán como CONVENIOS DE EJECUCION ESPECIFICOS, dentro del contexto del ACUERDO oportunamente suscripto. Cada uno de ellos, deberá describir los objetivos, alcances, temas técnicos a desarrollar y sus particularidades, los plazos de ejecución, las obligaciones económicas, de propiedad, administrativas y jurídicas de las partes, su forma de implementación y sus condiciones de confidencialidad.

(vii) Que MINSEG e INVAP han acordado utilizar de la manera más eficiente y eficaz al personal, equipos o facilidades de la otra parte a fines de minimizar costos y riesgos en cada CONVENIO DE EJECUCION ESPECIFICO. En estos casos tanto el personal del MINSEG como el de INVAP que tomen parte en las tareas, podrán acceder a las instalaciones de INVAP e MINSEG respectivamente, bajo las condiciones que oportunamente definan las partes en cada CONVENIO DE EJECUCION ESPECIFICO.

II. Que alineado con el mencionado CONVENIO MARCO, el MINSEG e INVAP realizaron las siguientes reuniones de trabajo:

(i) Reunión con fecha 26 y 27 de abril de 2011 en la sede de INVAP en Córdoba, a los efectos de conocer las necesidades de equipamiento de las FFSS y CCPP. En esta reunión se relevó la necesidad de contar con cámaras estabilizadas (SADI) para su uso en helicópteros y se presentaron empresas argentinas con capacidades suficientes como para trabajar en estos desarrollos. Como resultado de esta reunión INVAP elaboró y entregó al MINSEG una propuesta técnica/económica para un Sistema Argentino de Imágenes desde Helicópteros (SAIH) utilizando cámaras estabilizadas (SADI).

(ii) Reunión conjunta entre el Ministerio de Defensa y sus fuerzas, el MINSEG y sus fuerzas, e INVAP con fecha 5 de mayo de 2011 a los efectos de relevar las necesidades operativas de las fuerzas que requiriesen el uso de aviones no tripulados (UAV) de clase II. Como resultado de esta reunión INVAP elaboró y entregó a ambos Ministerios el documento “Requerimientos Operativos Consolidados UAV clase II (ROC-C2)”.

(iii) Reunión conjunta entre el Ministerio de Defensa y sus fuerzas, el MINSEG y sus fuerzas, e INVAP con fecha 17 de junio de 2011 a los efectos de relevar las necesidades operativas de las fuerzas que requiriesen el uso de aviones no tripulados (UAV) de clase III. Como resultado de esta reunión INVAP elaboró y entregó a ambos Ministerios el documento “Requerimientos Operativos Consolidados UAV clase III (ROC-C3)”.

(iv) Reunión en el MINSEG con fecha 3 de junio de 2011 a los efectos de responder cuestiones técnicas acerca de la propuesta del Sistema Argentino de Imágenes desde Helicópteros (SAIH) utilizando cámaras estabilizadas. Como resultado de esta reunión INVAP entregó al MINSEG un documento por cada fuerza con las respuestas a las preguntas que éstas habían elaborado.

(v) Reunión con fecha 1 y 2 de agosto de 2011 en la sede de INVAP en Bariloche, a los efectos de que las FFSS y CCPP conociesen la empresa y pudiesen ver de cerca sus capacidades y modalidades de trabajo.

(vi) Con fecha 9 de septiembre de 2011, se firmó un convenio tripartito entre el MINSEG, el Ministerio de Defensa e INVAP, en el cual se conviene llevar adelante la Etapa de Relevamiento de Requerimientos de Misión y la Etapa de Elaboración de Propuesta Técnico-Comercial de Sistemas Aéreos no Tripulados (UAS) Clase II y Clase III a fin de plantear el desarrollo y la implementación del Sistema Aéreo Robótico Argentino (SARA) el cual debe ser compatible con los requerimientos de ambos Ministerios.

III. Que hace al interés nacional desarrollar una cadena de proveedores locales de tecnología de avanzada en materia de seguridad y defensa, para lo cual se han tomado en consideración los antecedentes de recursos humanos, productos y servicios disponibles en el país.

IV. Que, asimismo, el ESTADO NACIONAL se encuentra interesado en el desarrollo de la industria nacional de alta tecnología en tanto no sólo habrá de permitir abastecer requerimientos del mercado local, sino abrir nuevos mercados para la exportación de productos con un significativo valor agregado.
Por lo tanto, tomando en cuenta los aspectos que han sido reseñados y a fin de dar cumplimiento a los fines y propósitos expuestos, las partes acuerdan reglar sus relaciones recíprocas mediante las siguientes disposiciones:

ARTICULO 1

Objeto.

El Comitente encomienda al Contratista la provisión de un Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI), suministro que se concretará en TRES (3) etapas. La Etapa 1 - Evaluación Operativa se ejecutará en un plazo de NOVENTA (90) días. La ejecución de la Etapa 2 - Desarrollo, dependerá de la disponibilidad de fondos en el presupuesto 2012-2013 del MINSEG. El comienzo de la Etapa 3 - Producción, dependerá de las disponibilidades de fondos presupuestarios correspondientes por parte del MINSEG y de las condiciones técnicas y económico-financieras de la producción.

Las Etapas son las siguientes:

Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa, esta etapa consta de:

• Ingeniería conceptual y de detalle.

• Construcción de DOS (2) SADI Modelos de Evaluación Operativa.

Etapa 2 - Desarrollo, esta etapa consta de:

• Construcción de un Prototipo Operativo del sistema.

• Compra de todos los suministros necesarios para el desarrollo y construcción del Prototipo Operativo (PO) y todos los SADI Modelos de Evaluación Tecnológica (SMET) involucrados en el desarrollo.

Etapa 3 - Producción: fabricación de una serie de al menos VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes a ser montados en aeronaves de las FFSS y los CCPP.

El sistema a proveer se compone de:

• Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI): constituido por una Plataforma Estabilizada PLATES con sus correspondientes cámaras y procesamiento a bordo y sistema de diseminación de imágenes.

Las características técnicas del sistema se describen en el Anexo A “Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes”.

El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos desarrollados en la Etapa 2.

ARTICULO 2

Normas aplicables. Orden de prelación.

Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos.

En caso de existir discrepancia entre las partes acerca de las obligaciones asumidas por cada una de ellas en este contrato, regirá el siguiente orden de prelación de normas:

1) El Decreto Nº 1023/01.

2) El Decreto Nº 436/00.

3) La Ley Nº 13.064, por aplicación subsidiaria.

4) El Contrato, que consta del presente documento y los siguientes anexos:

Anexo A: Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes.

Anexo B: Cronograma General de Trabajo.

Anexo C: Cronograma de Pagos.

ARTICULO 3

Etapas del Contrato.

El contrato prevé tres etapas:

Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa: comprende el desarrollo de la Ingeniería Conceptual y de Detalle del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes. Asimismo, esta etapa prevé la construcción de DOS (2) SADI Modelos de Evaluación Operativa. Dichos modelos serán utilizados por las FFSS y CCPP para evaluar su operabilidad y realimentar la etapa de Desarrollo.

Etapa 2 - Desarrollo: comprende el desarrollo del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes, obteniéndose al final de la misma un Prototipo Operativo cuyas prestaciones corresponden a lo definido en el Anexo A “Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes”.

Esta etapa se dividirá en fases. En cada fase se generará un SADI Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET). Los SMET-1, -2 y -3 son modelos intermedios no-entregables, que son usados por el Contratista para la reducción del riesgo técnico y crecerán en funcionalidad hasta llegar al sistema final (Prototipo Operativo) tal como se describe a continuación:

FASE 1: Modelo Estructural a escala reducida, de la Plataforma Estabilizada PLATES de DOS (2) canales (visible e infrarrojo), con prestaciones estructurales, electromecánicas y de control para pruebas de estabilidad, estructura y mecanismos (SMET-1). Compra de materiales para los subsiguientes modelos de evaluación tecnológica.

FASE 2: Modelo Estructural a escala real de la Plataforma Estabilizada PLATES de CUATRO (4) canales, con prestaciones estructurales, electromecánicas y de control para pruebas de estabilidad, estructura y mecanismos (SMET-2).

FASE 3: Modelo Funcional de tamaño real de la Plataforma Estabilizada PLATES de CUATRO (4) canales, con las prestaciones del SMET-2, con un sensor óptico de alta resolución, la capacidad de grabación y el agregado de procesamiento en la Plataforma Estabilizada PLATES, con la creación e impresión de metadatos en el video capturado (SMET-3).

FASE 4: Prototipo Operativo del sistema (SMET-4), con las prestaciones del SMET-3, y el agregado de los diferentes sensores ópticos (3 cámaras y un telémetro láser). Además, aumenta el procesamiento en la Plataforma Estabilizada PLATES, con la inclusión de la capacidad de autotracking de blancos y diseminación de imágenes.

En el caso de que, a los efectos de la evaluación operativa de los SMET fuera necesario realizar vuelos experimentales en aeronaves de las FFSS y los CCPP, INVAP proveerá la certificación de aeronavegabilidad correspondiente otorgada por la autoridad competente.

Sin embargo, durante los procesos de prueba del proyecto, se utilizarán prioritariamente aeronaves procuradas por INVAP, de forma tal de no afectar la capacidad operativa de las FFSS y CCPP.

Etapa 3 - Producción: comprende la provisión de una serie de al menos VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para ser montados en aeronaves de las FFSS y los CCPP, así como la prestación del servicio de mantenimiento integral de las mismas y la capacitación correspondiente.

Asimismo, el MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos desarrollados en la Etapa 2.

Los plazos de ejecución de cada etapa se encuentran detallados en el Anexo B “Cronograma General de Trabajo”. Asímismo, los hitos relacionados con el calendario de pagos se encuentran detallados en el Anexo C “Cronograma de Pagos”.

ARTICULO 4

Inicio de la Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa.

1. Una vez que el contrato haya sido aprobado por el Jefe de Gabinete de Ministros, el Comitente abonará al Contratista el anticipo de la Etapa 1 indicado en la Tabla 1 del Anexo C (Cronograma de Pagos), por cualquiera de las modalidades dispuestas en el Artículo 8, dentro de los TREINTA (30) días corridos de recibida la factura emitida por el Contratista, siempre que haya sido otorgada en término la garantía de fiel cumplimiento del contrato y la contra garantía referida en el Artículo 10 apartado 2.

2. Dentro de los primeros DIEZ (10) días corridos de aprobado el contrato el Contratista propondrá un Jefe de Proyecto, cumpliendo con la obligación a su cargo establecida en el Artículo 14, apartado 1.

3. El primer día hábil posterior a la fecha de pago, habiendo dado el Contratista cumplimiento a lo previsto en el Artículo 14, apartado 1, se suscribirá el Acta de Inicio, en cuya fecha dará comienzo el cómputo del plazo de TRES (3) meses para la finalización de los trabajos de la primera etapa.

4. Al terminar la Etapa 1, una vez certificados los trabajos y suscripta el Acta de Recepción Provisoria, en la que el Representante Técnico deberá asentar las observaciones que estime corresponder, el Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente a la finalización de la Etapa 1, la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.

Dentro de los TREINTA (30) días contados a partir de la Recepción Provisoria se otorgará la Recepción Definitiva suscribiéndose al efecto el Acta correspondiente siempre y cuando se hayan subsanado, en su caso, las observaciones formuladas por el Representante Técnico en el Acta de Recepción Provisoria.

ARTICULO 5

Inicio de la Etapa 2 - Desarrollo.

1. Al término de la Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa y siempre que el MINSEG cuente con la disponibilidad de fondos para su ejecución en los ejercicios presupuestarios 2012, 2013 y 2014, el Comitente abonará al Contratista el anticipo de la Etapa 2 indicado en la Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), por cualquiera de las modalidades dispuestas en el Artículo 7, dentro de los TREINTA (30) días corridos de recibida la factura emitida por el Contratista, siempre que haya sido otorgada en término la garantía de fiel cumplimiento del contrato y la contra garantía referida en el Artículo 10, apartado 2.

2. El primer día hábil posterior a la fecha de pago dará comienzo el cómputo del plazo de TREINTA Y TRES (33) meses para la finalización de los trabajos de la segunda etapa. Esta fecha marca el inicio de la primera Fase de la Segunda Etapa.

3. Para las Fases 1 y 2, transcurridos TRES (3) meses del inicio de cada Fase, el Contratista presentará al Comitente las partes mecánicas para la construcción del SADI Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET) de la correspondiente Fase. El Representante Técnico verificará el avance de trabajos, se otorgará la certificación de los mismos y el Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente según Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.

4. Finalizada cada una de las Fases 1 y 2, el Representante Técnico verificará el avance de trabajos que correspondan (SMET-1 y SMET-2) y otorgará la certificación de los mismos. El Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente a la Fase según Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.

5. Para la Fase 3, transcurridos TRES (3) meses del inicio de la Fase, el Contratista presentará al Comitente las partes mecánicas para la construcción del SADI Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET) de la Fase 3 (SMET-3). El Representante Técnico verificará el avance de trabajos y otorgará la certificación de los mismos. El Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente según Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.

6. Transcurridos SEIS (6) meses del inicio de la Fase 3, el Contratista presentará al Comitente el ensamblado mecánico, electrónico, y software de control del SMET-3. El Representante Técnico verificará el avance de trabajos y otorgará la certificación de los mismos. El Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente según Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.

7. Finalizada la Fase 3, el Representante Técnico verificará el avance de trabajos que correspondan (SMET-3) y otorgará la certificación de los mismos. El Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente a la Fase según Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.

8. Para la Fase 4, transcurridos TRES (3) meses del inicio de la Fase, el Contratista y el Comitente realizarán la revisión final de la ingeniería del SMET-4 (Prototipo Operativo). El Contratista presentará al Comitente el ensamblado mecánico, electrónico, y software de control del SMET-4. El Representante Técnico verificará el avance de trabajos y otorgará la certificación de los mismos. El Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente según Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.

9. Al terminar la Fase 4, el Contratista entregará al Comitente UN (1) Prototipo Operativo del Sistema. El Comitente certificará los trabajos y suscribirá el Acta de Recepción Provisoria, en la que el Representante Técnico deberá asentar las observaciones que estime corresponder. A los CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de la Recepción Provisoria se otorgará la Recepción Definitiva suscribiéndose al efecto el Acta correspondiente siempre y cuando se hayan subsanado, en su caso, las observaciones formuladas por el Representante Técnico en el Acta de Recepción Provisoria.

ARTICULO 6

Inicio de la Etapa 3 - Producción

1. A la finalización de la Fase 2 de la Etapa 2, las partes confirmarán las especificaciones finales y la ingeniería definitiva, y se determinarán los precios de las Unidades de Serie previstas para la Etapa 3, así como los de sus correspondientes suministros, servicios logísticos para el mantenimiento integral y la capacitación que se requiera. El comienzo de la Etapa 3 está supeditado al cumplimiento de las condiciones previstas en el Artículo 1 del presente.
Sin perjuicio de ello, el MINSEG e INVAP podrán acordar, previo a la finalización de la Fase 4 de la Etapa 2, la producción de cantidades a definir de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos desarrollados durante la Etapa 2.

2. Otorgada la recepción provisoria de las prestaciones indicadas en los Artículos 3 y 5 Etapa 2 – Desarrollo, y cumplida la condiciones señaladas en el primer párrafo del Artículo 1 in fine, se iniciará la tercera Etapa de los trabajos objeto de este contrato. El Comitente abonará al Contratista el anticipo de la Etapa 3 (de acuerdo con los precios determinados según el Artículo 6 apartado 1), por cualquiera de las modalidades dispuestas en el Artículo 8, dentro de los TREINTA (30) días corridos de recibida la factura emitida por el Contratista, siempre que haya sido otorgada en término la garantía de fiel cumplimiento del contrato Etapa 3 y la contra garantía del anticipo correspondiente a la Etapa 3.

3. El primer día hábil posterior a la fecha de pago, se labrará un “Acta de Inicio de Etapa 3” que dará comienzo el cómputo del plazo de ejecución de los trabajos de la tercera Etapa, que se estima entre TREINTA (30) y CUARENTA Y DOS (42) meses.

4. La producción de la Etapa 3 se dividirá en Fases. Las partes acordarán el ritmo de producción, tal que al término de cada Fase, se entregarán una o más Unidades de Serie, que serán verificadas para su aceptación por el Representante Técnico, comenzando su período de garantía técnica y se abonará al Contratista el correspondiente precio de las Unidades de Serie entregadas.

5. El mantenimiento integral de las Unidades de Serie entregadas será planeado y acordado entre las partes antes de los TRES (3) meses de iniciada la Etapa 3, cubriendo los alcances y precios de servicios, repuestos y capacitación del personal de las FFSS y CCPP, términos y condiciones de ejecución de reparaciones de distintos niveles y los ítems logísticos a proveer por Contratista y Comitente para pronta ejecución de los mismos.

6. Para cada Unidad de Serie entregada, una vez vencido su período de garantía técnica, comenzará automáticamente su primer período de mantenimiento integral.

7. Cada entrega de cada Unidad de Serie de la Etapa 3 - Producción será verificada por el Representante Técnico y se otorgará la recepción final de la unidad y entrará en vigencia la garantía técnica correspondiente.

8. Para el final de la Etapa 3, se efectuará una Reunión de Aceptación de Producción de Primera Serie, donde se cerrarán las observaciones realizadas por el Representante Técnico a lo largo de la Etapa 3 y se plantearán las necesidades de continuidad de mantenimiento o producciones ulteriores y se suscribirá el Acta de Recepción Definitiva correspondiente.

9. El Comitente procederá a restituir la parte proporcional de la garantía de fiel cumplimiento de la Etapa 3, dentro de los TREINTA (30) días de suscripta el Acta a que refiere el apartado precedente.

ARTICULO 7

Precio

El precio de los suministros identificados en el Artículo 1, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), es el siguiente:

1. Etapa 1 - Evaluación Operativa e Ingeniería del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes: PESOS NUEVE MIILLONES SETESCIENTOS MIL ($ 9.700.000,00).

2. Etapa 2 - Desarrollo, compra de suministros y construcción de un Prototipo Operativo del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes: PESOS VEINTINUEVE MIILLONES ($ 29.000.000,00).

3. Etapa 3 - Producción, fabricación y mantenimiento de una serie de al menos VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes, su precio y características técnicas serán definidos a la finalización de la Fase 2 de la Etapa 2. Como referencia, se estima que cada unidad tendrá un precio aproximado al de un equipo de origen Estados Unidos de América nacionalizado, de prestaciones similares.

Los montos arriba indicados no contienen previsiones relativas a modificaciones y/o alteraciones en las características técnicas del sistema que pudieran ser introducidas, respecto de las consignadas en el Anexo A del presente por el Comitente, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 19.

ARTICULO 8

Forma de pago

1. El Comitente se obliga a abonar al Contratista los trabajos correspondientes a cada etapa dentro de los TREINTA (30) días desde la fecha de factura, de acuerdo con lo indicado en la Tabla 1 del Anexo C (Cronograma de Pagos).

2. De no pagarse en término, operará la mora automática y se debitarán intereses a favor del Contratista, calculados de acuerdo a la tasa pasiva del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA sobre el valor de la factura y hasta la fecha de su pago efectivo.

ARTICULO 9

Mecanismo de revisión de precios.

1. A partir de la entrada en vigencia del contrato y tomando en consideración que el precio consignado en el Artículo 7 se encuentra calculado con base septiembre de 2011, el Contratista podrá solicitar la revisión de su precio sí, y sólo sí, el costo de los trabajos pendientes de ejecución se hubiere incrementado en más de un DIEZ POR CIENTO (10%). En caso de que el costo de los trabajos pendientes de ejecución se redujera en más de un DIEZ POR CIENTO (10%), el Contratista reducirá el porcentaje correspondiente al saldo de precio. En cualquiera de ambos casos, el ajuste a que diera lugar la revisión se practicará sobre el NOVENTA POR CIENTO (90%) del saldo pendiente de ejecución y, en ningún caso, comprenderá el importe de los anticipos ya pagados.

2. A fin de mensurar los aumentos o las disminuciones en el costo del objeto del contrato, se asume que éste está constituido por insumos importados en un TREINTA Y UNO COMA CINCO POR CIENTO (31,5%), por insumos locales en un DIEZ COMA CINCO POR CIENTO (10,5%) y por mano de obra en un CINCUENTA Y OCHO POR CIENTO (58,0%). Las variaciones que eventualmente pudieran sufrir cada uno de estos componentes del costo serán calculadas, respectivamente, de acuerdo con las que sufran la cotización del DOLAR ESTADOUNIDENSE tipo vendedor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el índice de precios básicos al productor, nivel general (IPP) y el índice de salarios, nivel general (I.S.), ambos elaborados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS (INDEC) o los que en el futuro los sustituyan.

A tal efecto, se tomarán como válidos los índices publicados en INDEC INFORMA correspondientes al mes siguiente al mes de que se trate y el valor del DOLAR ESTADOUNIDENSE publicado por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA el último día hábil del mes de que se trate, en su sitio web.

3. Los aumentos o disminuciones a que alude el punto anterior, serán calculados considerando a septiembre de 2011 como mes base, o el último alcanzado en la última revisión y, como mes límite, el primero en que el incremento/disminución acumulado/a del costo pendiente de ejecución mensurado a partir del mes base antes definido supere el DIEZ POR CIENTO (10%).

4. En términos matemáticos, la variación porcentual total del costo objeto del contrato o de su saldo pendiente de ejecución será calculada mediante la siguiente fórmula:

Variación del costo total = variación de la cotización del U$S (m.l./m.b.)*0.315 + variación del IPP (m.l./m.b.)*0.105 + variación del I.S. (m.l./m.b.)*0.580.

Donde: m.l./m.b. significa: comprendida entre el mes límite y el mes base.

ARTICULO 10

Garantías.

1. En cada Etapa, el Contratista otorgará al Comitente una garantía de fiel cumplimiento del contrato equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del precio referido en el Artículo 7, por los medios establecidos en el Artículo 53 del Anexo al Decreto Nº 436 del 30 de mayo de 2000, dentro de los QUINCE (15) días corridos de aprobado el contrato por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

2. Asimismo, el Contratista deberá entregar la contra-garantía a que refiere el Artículo 52 de la norma antes citada, correspondiente al pago del anticipo indicado en el calendario de pagos detallado en el Anexo C “Cronograma de Pagos” para la Etapa 1, y oportunamente al que se establezca para la Etapa 2, al tiempo de presentar las facturas correspondientes a dichos pagos. Esa contra-garantía será devuelta al Contratista, a medida que se vaya restituyendo el anticipo mediante la deducción de la proporción correspondiente en cada una de las facturas.

3. En tanto se produzcan ajustes del saldo del precio a tenor de lo previsto en el Artículo 9, la garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá ajustarse proporcionalmente.

4. La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta, progresivamente y en forma proporcional a los trabajos ya cumplidos, dentro de los TREINTA (30) días corridos de la recepción definitiva de las prestaciones descriptas en cada etapa del Artículo 1.

5. A fin de establecer el valor proporcional de cada prestación, con relación al valor total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, queda establecido que tal proporción resulta de la parte del precio total atribuida a cada una de ellas en el Artículo 7.

6. El Contratista otorgará al Comitente la garantía técnica por un plazo de 12 meses desde la Recepción Provisoria por los bienes descriptos en el Artículo 1, conforme a las funcionalidades previstas en el Anexo A “Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imá

7. La garantía técnica es el compromiso que asume el Contratista de garantizar todo defecto de fabricación o diseño por los plazos arriba indicados. Durante esos períodos serán repuestas, a cargo del Contratista, todas aquellas partes que se inutilizaren por causa de defecto de fabricación.

ARTICULO 11

Propiedad de patentes

1. Todos los productos, procedimientos y modelos de utilidad que tengan origen en la ejecución del objeto del presente contrato, pertenecen al MINSEG.

2. El Contratista queda autorizado a hacer uso de los productos, procedimientos y modelos de utilidad arriba indicados, exclusivamente a los fines de este contrato. Ambas partes se obligan a guardar estricta confidencialidad con relación a los mismos, no pudiendo divulgar al público conocimientos a ellos relacionados, ni comunicarlos a terceros. En caso de que el Contratista requiriese su uso a otros fines, deberá contar con un acuerdo expreso del Comitente.

ARTICULO 12

Comercialización del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes:

Participación del Comitente.

1. Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 11, el Contratista tendrá exclusividad en la utilización de las patentes arriba indicadas y en la comercialización de los productos derivados de las mismas. Esa exclusividad se mantendrá durante un período de QUINCE (15) años contados a partir de la recepción definitiva del prototipo.

2. El Contratista podrá comercializar libremente otras unidades del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes, en el país y fuera del mismo. En cada caso, previo a concertar la venta, deberá obtener la no objeción del Comitente y acordar con él su participación en las utilidades de la operación.

3. El Contratista no podrá ceder a terceros su derecho a la comercialización del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes y sus repuestos, sin previo consentimiento del Comitente.

ARTICULO 13

Confidencialidad

1. Toda información intercambiada entre las partes como consecuencia del presente contrato y el contrato mismo tendrá carácter confidencial. En virtud de ello, ambas partes se comprometen a no divulgar a terceros ninguna información referida a los trabajos que tengan por objeto la ejecución del contrato, sin el consentimiento expreso de la otra. Toda información material y/o documentación objeto del presente contrato serán tratados con tal carácter.

2. El Contratista mantendrá confidencialidad sobre cualquier información y/o datos técnicos y/o documentación suministrada al MINSEG, las Fuerzas de Seguridad (FFSS) o Cuerpos Policiales (CCPP), o que le haya sido suministrada por cualquiera de tales organismos, y no reproducirá dicha información o datos o documentación, ni divulgará por ningún medio a terceros.

3. Toda nueva documentación o información o dato técnico que requiera el MINSEG, las Fuerzas de Seguridad (FFSS) o Cuerpos Policiales (CCPP) al Contratista, tendrán igualmente el carácter de confidencial, salvo que se establezca lo contrario.

4. El Contratista se compromete a notificar esta circunstancia a su personal y subcontratistas y a mantener una protección adecuada de la documentación relacionada con la contratación.

5. Las restricciones contenidas bajo este artículo son válidas durante QUINCE (15) años desde la entrada en vigencia del presente contrato, excepción hecha de aquéllas especificaciones técnico operativas que fueran declaradas “secreto de seguridad” por el MINSEG, en cuyo caso las restricciones contenidas bajo ese título se mantendrán a perpetuidad.

ARTICULO 14

Jefe de Proyecto. Representante Técnico.

1. El Contratista propondrá un Jefe de Proyecto dentro de los DIEZ (10) días corridos contados a partir de la aprobación del presente por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, quedando designado como Jefe de Proyecto, de no mediar objeción del Comitente, dentro de los CINCO (5) días corridos de notificada la propuesta.

2. El Jefe de Proyecto será el representante del Contratista a todos los efectos del presente contrato y tendrá a su cargo la dirección de los trabajos y la relación con el Representante Técnico.

3. El Contratista podrá reemplazar al Jefe de Proyecto, por su propia iniciativa o a requerimiento del Comitente, con causa debidamente fundada. En cualquier caso, previo a la designación, deberá contar con la conformidad del Comitente.

4. El Comitente designará un Representante Técnico quien ejercerá su representación a los fines del presente contrato.

5. El Representante Técnico será el representante del Comitente a todos los efectos del presente contrato y tendrá a su cargo la fiscalización y certificación de los trabajos, pudiendo efectuar observaciones a los mismos.

ARTICULO 15

Comunicaciones entre las partes

1. El Jefe de Proyecto y el Representante Técnico formalizarán todas las comunicaciones entre las partes, a través del Libro de Notas de Pedido y del Libro de Ordenes de Servicio los que, debidamente foliados y rubricados por ambos, serán habilitados a ese fin. En el Libro de Notas de Pedido el Contratista formulará sus requerimientos y comunicaciones al Comitente y en el Libro de Ordenes de Servicio el Comitente formulará sus instrucciones, requerimientos y comunicaciones al Contratista.

2. Ambos libros deberán permanecer en las oficinas que, respectivamente, el Jefe de Proyecto y el Representante Técnico tendrán habilitadas en el lugar de los trabajos, y todas las notas asentadas en ellos se considerarán notificadas a las DOCE (12) horas del día posterior a su emisión. Sin perjuicio de ello, al pie de cada nota emitida por el Jefe de Proyecto, deberá asentarse la firma, fecha y hora de la notificación del Representante Técnico y viceversa.

3. El lugar de los trabajos, a los fines previstos en el párrafo precedente, es Avenida Colón 4050, primer piso, de la ciudad de Córdoba (Provincia de Córdoba).

4. El Contratista se obliga a proveer para el desempeño del Representante Técnico las siguientes facilidades: una oficina de DIECISEIS (16) metros cuadrados de superficie; dos (2) escritorios, (2) aparatos telefónicos; conexión a internet; una (1) estantería para libros; y un (1) barral para colgar ropa.

ARTICULO 16

Obligaciones a cargo del Contratista

A título enunciativo, y sin perjuicio de las obligaciones que resulten de dispositivos específicos del contrato y de la naturaleza del mismo, el Contratista se encuentra obligado a:

1. Cumplir el cronograma de trabajos aprobado por el Representante Técnico y todas las instrucciones y requerimientos que el mismo formule al Jefe de Proyecto.

2. Formar y preservar, en debida forma, el archivo de toda la documentación técnica perteneciente el objeto del contrato en los términos especificados en el Anexo A “Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes”.

3. Permitir la participación de personal del MINSEG, FFSS y CCPP que sea nominado por el Representante Técnico en los trabajos a su cargo.

4. Suministrar al Representante Técnico y sus asistentes las facilidades descriptas en el Artículo 15, apartado 4.

5. Contratar y mantener vigentes hasta la finalización del contrato, seguros de: transporte; responsabilidad civil hacia terceros; incendio, robo de materiales, componentes y equipos que se adquieran o se fabriquen; y de riesgos del trabajo.

6. Cumplir las normas vigentes en materia de derecho del trabajo y la seguridad social, y sobre higiene y seguridad en el trabajo.

7. No ceder total o parcialmente las obligaciones a su cargo, convenidas en el presente contrato.

8. Permitir al Representante Técnico el ejercicio de sus funciones de contralor y verificación de los trabajos y elementos relacionados con el objeto del contrato.

9. Contar siempre con el personal técnico y administrativo necesario y suficiente para dar cumplimiento a sus obligaciones contractuales en tiempo y forma.

10. Informar de inmediato al Comitente, sobre cualquier circunstancia o acto propio, o hechos o actos de sus dependientes, proveedores, o terceros, que pudiesen afectar, de modo directo o indirecto, el cumplimiento del objeto del presente contrato.

11. Efectuar compras de bienes o servicios a ser incorporados a las prestaciones definidas en este Contrato, en el país o de importación, por cuenta y orden del Estado Nacional.

ARTICULO 17

Responsabilidad del Contratista. Compromisos del Contratista por la calidad de las materias primas, por los procesos constructivos y por los servicios de apoyo al cliente.

1. El Contratista asume plena y exclusiva responsabilidad ante el Comitente por la calidad, cantidad, oportunidad y pertinencia de todos los trabajos y suministros que tengan por objeto dar acabado cumplimiento al objeto definido en el Artículo 1.

2. Es a su cargo controlar el cumplimiento por sus proveedores o subcontratistas de las obligaciones que les haya impuesto y mantener indemne al Comitente por cualquier incumplimiento en que aquellos incurran a disposiciones de la Ley o del presente contrato.

ARTICULO 18

Obligaciones a cargo del Comitente

A título enunciativo, y sin perjuicio de las obligaciones que resulten de dispositivos específicos del contrato y de la naturaleza del mismo, el Comitente se encuentra obligado a:

1. Entregar al Contratista, a su requerimiento, información técnica que resulte de utilidad para el desarrollo de las tareas del contrato y que se encuentre en su poder.

2. Permitir que funcionarios o técnicos del Contratista, previamente identificados por el Jefe de Proyecto, accedan a instalaciones de las FFSS y CCPP, que pudiesen considerarse vinculadas al cumplimiento del objeto del presente contrato, en las condiciones que oportunamente se establezcan.

3. Proveer al Contratista los servicios de electricidad, gas, agua y comunicaciones necesarios para la ejecución de aquellos trabajos que debiesen ejecutarse en instalaciones de las FFSS y CCPP.

4. Permitir al Contratista el uso de facilidades e instalaciones de las FFSS y CCPP en tanto resulten necesarias para el cumplimiento del objeto del presente contrato.

5. Obtener de las autoridades pertinentes, con la colaboración del Contratista, las autorizaciones, permisos y licencias, que fuesen requeridos para el cumplimiento del objeto del presente contrato.

6. Gestionar, a requerimiento del Contratista, el apoyo de personal técnico de las FFSS y CCPP que considere útil para facilitar el cumplimiento del objeto del contrato, previo acuerdo con dichas fuerzas sobre el financiamiento de los gastos que pueda requerir su desplazamiento (alojamiento, viáticos, transporte, etc.).

ARTICULO 19

Avance del contrato. Eventuales atrasos. Su justificación y recuperación. Variaciones

1. Si el Contratista no hubiere cumplido con el avance de los trabajos previstos en el Cronograma, quedará obligado a incluir en un nuevo Cronograma, la justificación de su atraso y la forma en que procederá a acelerar el ritmo de los trabajos, de modo de completar los trabajos.

2. Existen ítems o componentes importados que requerirán autorizaciones, permisos y licencias de las autoridades pertinentes, como por ejemplo los Certificados de Usuario Final y otros. En aquellos casos que éstas no pudieran obtenerse en tiempo y forma, el Comitente comunicará el hecho al Contratista y se considerará una causa especial de fuerza mayor, debiendo las partes buscar los mejores caminos para minimizar su impacto en el cronograma.

3. Por la parte de los trabajos no cumplidos oportunamente, el Contratista no tendrá derecho al reconocimiento de las variaciones de costos previstas en el Artículo 9.

4. Una variación es cualquier alteración y/o modificación a los requerimientos del Anexo A “Características Técnicas Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes” y/o al Anexo B “Cronograma General de Trabajo” aprobada por el MINSEG, ya sea originada por iniciativa del Comitente o del Contratista. Las variaciones que se aprueben tendrán validez contractual. En todos los casos, la variación deberá explicitar las modificaciones propiciadas, su impacto en el plazo de ejecución de las distintas etapas del Contrato y en el precio del mismo, así como tener previsto el mecanismo de pago o descuento, según corresponda. Toda variación tendrá principio de ejecución a partir de que se haya notificado al Contratista el acto administrativo del Comitente aprobatorio de la misma.

ARTICULO 20

Incumplimiento de la obligación de recuperar el ritmo de los trabajos.

1. Si al tiempo de ejecutar el Cronograma, el Contratista no completase los trabajos atrasados, de modo de recuperar el ritmo de los trabajos, o no cumpliese los trabajos previstos en el cronograma en ejecución, corresponderá la aplicación de una multa equivalente al UNO POR CIENTO (1%) del valor de los trabajos no completados en los plazos originariamente previstos, por cada CATORCE (14) días corridos de atraso, o fracción mayor de DIEZ (10) días, la que será deducida del importe del próximo pago que corresponda, sin perjuicio de las notas que se asienten, al respecto, en el Libro de Ordenes de Servicio.

2. El Representante Técnico establecerá el importe de la multa a que refiere el apartado anterior, previa determinación del valor del porcentaje de los trabajos no completados, conforme resulte del Cronograma de Trabajos y del correspondiente Presupuesto.

3. El Contratista sólo podrá quedar eximido del pago de la multa si acreditase que su mora se ha debido a caso fortuito o fuerza mayor.

4. Si el monto de la factura posterior a la mora no fuese suficiente para compensar el pago de la multa, el saldo se deducirá de los pagos subsiguientes, hasta su cancelación. El monto del total de las multas no podrá exceder el DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total consignado en el Artículo 6 del presente contrato.

5. En caso de haberse llegado al monto total previsto para las multas a cargo del Contratista, conforme lo indicado en el párrafo precedente, el Comitente podrá declarar resuelto el contrato por culpa del Contratista, aplicando al efecto el procedimiento previsto en el Artículo 21.

ARTICULO 21

Resolución por incumplimiento de una de las partes. Responsabilidad por daños y perjuicios de la parte incumplidora.

En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas, la parte cumplidora podrá declarar resuelto el presente contrato, conforme el siguiente procedimiento:

1. Verificado el incumplimiento, la parte cumplidora deberá notificar fehacientemente a la incumplidora para que proceda a dar cumplimiento a la obligación de que se trate, en el plazo que la cumplidora establezca, el que no podrá ser inferior a DIEZ (10) días corridos.

2. Vencido el plazo de la intimación sin que la obligación hubiese sido cumplida y sin que la incumplidora objetase la intimación, la parte cumplidora podrá declarar resuelto el contrato por culpa de la incumplidora notificando su decisión a la incumplidora por medio fehaciente.

3. En caso que la incumplidora hubiese objetado fundadamente la intimación que se le cursara, el conflicto deberá resolverse conforme al procedimiento previsto en el Artículo 21.

4. Resuelto el contrato por culpa de la incumplidora, la parte cumplidora podrá demandar a la otra parte los daños y perjuicios derivados del incumplimiento, sin perjuicio del cobro de las multas y de la ejecución de las garantías, en caso que la parte incumplidora sea el Contratista.

ARTICULO 22

Colaboración entre las partes. Resolución de conflictos. Proceso arbitral.

1. Las partes colaborarán de buena fe, entre sí, a fin de lograr la más rápida, económica y efectiva concreción del objeto del contrato. Con ese espíritu de colaboración, buena fe y equidad, las partes procurarán resolver sus diferencias mediante negociaciones directas, incluso de plantearse la hipótesis prevista en el apartado 3 del Artículo 21.

2. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 736 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, las partes acuerdan que para el caso de no ser resueltas sus diferencias, tal como se expresa en el punto anterior, se someterán a juicio arbitral, el que deberá ser resuelto conforme a derecho.

3. Si planteado el diferendo las partes no formalizasen el compromiso arbitral a que refiere el Artículo 740 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cualquiera de ellas queda facultada para demandar ante la Justicia Federal en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, la constitución del Tribunal Arbitral conforme el procedimiento establecido por el Artículo 742 del mismo Código.

4. Todo lo relativo al nombramiento de los árbitros, su desempeño, recusación, extinción del compromiso arbitral y demás aspectos del proceso arbitral, quedan sometidos a las disposiciones de los artículos 743 a 763, inclusive, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

ARTICULO 23

Anexos que integran el contrato.

Integran el presente contrato los siguientes anexos que forman parte del mismo:

Anexo A: Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes.

Anexo B: Cronograma General de Trabajo.

Anexo C: Cronograma de Pagos.

Las partes suscriben el presente en la Ciudad de Buenos Aires a los 30 días del mes de DIC de 2011.

Anexo A: Características Técnicas Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes
Contenido

Anexo A: Características Técnicas Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes

1 Objetivo y Alcances

2 Arquitectura del Sistema

2.1 Características de los componentes

2.1.1 Plataforma estabilizada

2.1.2 Sensores electro-ópticos

2.1.2.1 Sensor visible panorámico

2.1.2.2 Sensor visible spotter

2.1.2.3 Sensor infrarrojo

2.1.2.4 Telémetro Láser

2.1.2.5 Capacidades de los sensores

2.1.3 Unidad de Procesamiento y Control

2.1.4 Unidad de Comando y Presentación

2.1.5 Sistema de Diseminación de Imágenes/Unidad de Comunicaciones

3 Características técnicas mínimas del SADI a ser montado en aeronaves para la Etapa 3 – Producción.

1 - Objetivo y Alcances

El sistema SADI se compondrá de una Plataforma Estabilizada PLATES, provista de dos cámaras visibles, una cámara infrarroja y un telémetro láser. Además, el sistema contará con una unidad de comando y presentación, una computadora a bordo, una unidad de grabación de video y un sistema de diseminación de imágenes.

Los sensores electro-ópticos visibles e infrarrojos serán del tipo empleado en misiones de reconocimiento, vigilancia, búsqueda y rescate.

Se emplearán componentes de grado militar o comercial con rango de temperatura extendido.

El sistema será diseñado de forma tal que pueda ser adaptado para su instalación en aeronaves (aviones, helicópteros o UAVs), embarcaciones, vehículos terrestres, o emplazamientos fijos tales como torres de vigilancia. Las Unidades de Comando y Presentación podrán estar alojadas en centros fijos o puestos móviles.

2 - Arquitectura del Sistema

• La Figura 1 presenta la arquitectura del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI).


Figura 1: Arquitectura del Sistema SADI. Los bordes del sistema están dados por la línea discontinua.

El sistema estará compuesto por dos segmentos cuyos componentes son los siguientes:

Segmento Aéreo:

• sensores electro-ópticos visibles e infrarrojos (cámaras y telémetro láser),

• plataforma giroestabilizada PLATES,

• unidad de comando y presentación,

• unidad de procesamiento y control a bordo,

• unidad de comunicaciones/sistema de diseminación de imágenes.

Segmento Terreno:

• Estación receptora fija

• Estación de operador adelantado

La plataforma PLATES se encontrará estabilizada en 5 ejes. En su equipamiento contará con un GPS y una unidad inercial (AHRS) para obtener información de posición y actitud de la plataforma a fin de georeferenciar las imágenes.

El movimiento de la plataforma PLATES será comandado por la unidad de comando y presentación. Esta unidad permitirá al operador comandar las cámaras y visualizar las imágenes provistas por las mismas. Además, permitirá controlar la función de seguimiento automático (autotracking).

El sistema incluirá los equipos de comunicaciones para distribuir la información de los sensores a estaciones de operador adelantado y a la estación receptora fija.

2.1 Características de los componentes

El sistema cumplirá secciones aplicables de las siguientes normas:

• MIL-STD-810.

• MIL-STD-461.

• MIL-STD-704.

Las características individuales de cada componente del sistema están dadas a continuación.

2.1.1 Plataforma estabilizada

La plataforma estabilizada tendrá las siguientes características:

• Estabilización en 5 ejes activos.

• Estabilización no mayor a 50 micro radianes.

• Recorrido TILT: +30 /- 120º.

• Recorrido PAN: mayor a 360º, continuo

• Altura máxima desde el punto de anclaje a la aeronave: 50 cm.

• Peso no mayor a 45 Kg

• Resistencia de velocidad: mínimo 200 kts.

• Temperatura de operación: -40ºC a +55ºC.

2.1.2 Sensores electro ópticos

El sistema contará con los siguientes sensores electro ópticos:

2.1.2.1 Sensor visible panorámico

• Resolución: 1920 x 1080.

• Formato: NTSC-PAL.

• Field of View (FoV):

- 55,4º a 2,9º en 1920 x 1080.

- 27,6º a 2º en 1280 x 720.

• Zoom:

- Optico: 20x.

- Digital: 12x continuo.

- Total Zoom 240x.

• Sensibilidad: 0.095 lx (F1.6, ICR on; ICR= IR-Cut filter (ICR)).

• Detección / Reconocimiento / Identificación (DRI): Según criterio de Johnson:
- Detección de una persona:14 Km(1,2 líneas / 0,75 req. criterio).
- Reconocimiento de una persona:5 Km(4,3 líneas /4 req criterio).
- Identificación de una persona:2,5Km(6,9 líneas / 6 req criterio).

2.1.2.2 Sensor visible spotter

• Resolución: 1920 x 1080.

• Field of View Tele: 0,9º

• Zoom óptico: 20x.

• Detección/Reconocimiento/Identificación (DRI): Según criterio de Johnson:
- Reconocimiento de una persona:7 km(7,4 líneas / 4 req criterio).
- Identificación de una persona:4 Km(12,9 líneas / 6 req. criterio).

2.1.2.3 Sensor infrarrojo

• Resolución: 640x512.

• Banda espectral en infrarrojo: 3,6 -4,9 µm (MWIR).

• FoV: 35,5º x 28,7º (Wide) / 1,8º x 1,5º (Tele).

• Zoom óptico 20x continuo.

• Enfoque manual.

• Sensibilidad Térmica: 25mK

2.1.2.4 Telémetro Láser

• Precisión de ± 5m a 10 km para blanco NATO (2,3m x 2,3m).

2.1.2.5 Capacidades de los sensores

Los sensores electro ópticos serán capaces de prestar las siguientes funcionalidades (Según criterio de Johnson):

• Apoyo a la actividad Náutica Deportiva:

- Detección con cámara visible de una embarcación de 1m x 0,5m a 6Km (2,1 líneas / 0,75 req. criterio).

- Identificación con cámara spotter de una embarcación de 1m x 0,5m a 6Km (6,4 líneas / 6 req. criterio).

• Apoyo a la Seguridad Pública:

- Identificación con cámara visible panorámica de una persona a 1Km (17,3 líneas / 6 req. criterio).

• Apoyo a operaciones de Búsqueda y Rescate:

- Identificación con cámara spotter de una balsa de 1mx0,5m a 6Km (6,4 líneas / 6 req. criterio).

• Posicionamientos de focos ígneos:

- Altura 500 pies (Identificación con MWIR (65 líneas / 6 req criterio), foco ígneo 0,5m*0,5m).

• Posicionamiento de manchas de hidrocarburos:

- Altura 500 pies (Identificación con cámara visible (59 líneas / 6 req criterio), mancha 0,5m*0,5m).

• Patrullaje para control de tráfico y de actividades pesqueras:

- Altura 1000 pies: identificación con cámara visible de una embarcación de 10m x 2m (267 líneas / 6 req. criterio).

- Altura 1000 pies: identificación con cámara MWIR, embarcación 10m x 2m (204 líneas / 6 req. criterio).

2.1.3 Unidad de Procesamiento y Control

Esta unidad proveerá las siguientes funcionalidades:

• Capacidad de seguimiento automático de blancos (autotracking).

• Georreferencia de imágenes.

• Grabación digital de video.

• Software en Español.

• Interfaz de Comunicaciones:

Transmisión preferentemente digital, compatible con el ancho de banda que se va a transmitir, estandarizado y encriptado para todas las fuerzas de manera tal que en un solo sistema de recepción se pueda observar todos los medios de cada una de ellas. A fines de garantizar la estandarización en cada Fuerza y la interoperabilidad entre las FFSS, el Comitente proveerá el equipamiento de encripción y el de transmisión/recepción que fuere vigente para todas las FFSS en sus unidades móviles en cuanto a sus comunicaciones digitales (bandas, protocolos, uso de medidas/contramedidas y encripción).

Recepción: receptor fijo con trackeo automático con un alcance no menor 100 km a 1000 pies de altura y un receptor portátil para ser utilizado en la zona de operación del helicóptero. El Comitente proveerá el sitio, la torre, su arriostramiento y cableado, toda su infraestructura auxiliar y de seguridad necesaria así como los enlaces externos y los permisos de operación necesarios para la operación del Receptor Fijo.

2.1.4 Unidad de Comando y Presentación

Esta unidad posee las siguientes características:

• Unidad portátil cableada.

• Monitor de 7 pulgadas.

• Presentación en pantalla de:

- Posición por GPS propio, fecha y hora.

- AHRS (referencia de rumbo y actitud).

- Telémetro láser (distancia al blanco).

- Datos calculados del blanco: posición, rumbo y velocidad.

2.1.5 Sistema de Diseminación de Imágenes

En el caso de que, a los efectos de la evaluación operativa de los prototipos en desarrollo fuera necesario realizar vuelos experimentales en aeronaves en servicio de las FFSS y los CCPP, INVAP proveerá la certificación aeronavegabilidad correspondiente otorgada por la autoridad competente.

3- Características técnicas mínimas del SADI a ser montado en aeronaves para la Etapa 3. Producción.

REQUISITOS TECNICOS MINIMOS A CUMPLIR POR EL SADI EN LA ETAPA DE PRODUCCION
PLATAFORMA ESTABILIZADALa altura de la torreta no debe ser mayor a 50cm. (ubicación lateral).
Peso no mayor a 45 kg
Estabilización no mayor a 5 microradianes.
Recorrido PAN: 360º continuo
Cobertura en elevación: comprendido entre +30º y -120º
Estabilización mínima: 5 ejes activos (por mov. de rolido). Como este proyecto es a dos años, lo deseable debería desarrollarse con 6 ejes como los modelos actuales.
Resistencia de velocidad: mínimo 200kts
Temperatura de operación: -40ºC a 55ºC
SENSOR VISIBLE PANORAMICOResolución: HD (mínimo 720x1080) Formato: NTSC/PAL
FOV: comprendido entre un valor máx. superior a 25º y un mín. inferior a 1º. Zoom óptico: superior a 23x Zoom electrónico: superior a 2x y 4x (continuo) Total 96 x
Sensibilidad 0.1 Lux y Capacidad de trabajar Cercano al IR
Distancia de detección de una persona: 12 a 14 Km. Distancia de reconocimiento de una persona: 5 a 7 Km. Distancia de identificación de una persona: 2 a 4 Km.
SENSOR INFRARROJOResolución en HD (mínimo 720x1080) Formato: NTSC/PAL
Banda espectral en infrarrojo: mínimo 3 – 5 µm (MWIR)
FOV: comprendido entre un valor máx. superior a 25º y un mín. inferior a 1º. Zoom óptico: superior a 23x Zoom electrónico: superior a 2x y 4x (continuo) Total 96x
Enfoque: Automático y manual
Sensibilidad Térmica: 25Mk
SENSOR VISIBLE SPOTTERTipo HD 720p Sensibilidad 0.1 Lux y Capacidad de trabajar Cercano al IR. FOV (Campo de Visión) Final 0.10° Campos de visión: 0.10º
TELEMETRO LASERAlcance mínimo de 20 km con una precisión no mayor a +/- 5m.
ILUMINADOR LASERAncho de Banda Aprox. 810 nm Potencia no menor 1.5 Watts
INTERFASES DE COMUNICACIONESTransmisión preferentemente digital, compatible con el ancho de banda que se va a transmitir, estandarizado y encriptado para todas las fuerzas de manera tal que en un solo sistema de recepción se pueda observar todos los medios de cada una de ellas. Tecnología COFDM Recepción: receptor fijo con trackeo automático con un alcance no menor 100 km a 1000 pies de altura y un receptor portátil para ser utilizado en la zona de operación del helicóptero.
CAPACIDADESAutotrack (que se mantenga a máx. zoom).
Georreferencia,
Capacidad de trabajo con otros sistemas.
Fusión de imágenes.
Apoyo a la actividad Náutica Deportiva (Identificación de Embarcaciones a 6 km). Apoyo a la Seguridad Pública (identificación de personas a 1km) Operaciones SAR (Búsquedas de personas en el agua, balsas salvavidas y restos de buques siniestrados a 6km). Posicionamientos de focos ígneos (altura mínima 500 pies). Posicionamiento de manchas de hidrocarburos (altura mínima 500 pies). Patrullaje para control de tráfico y de actividades pesqueras. (Altura mínima de 1000 pies). Debe poseer una entrada para GPS auxiliar de referencia externa.
La unidad de control deberá ser portátil La información debe presentarse en un monitor color de alta resolución LED o LCD con una dimensión comprendida entre 10 pulgadas a 13 pulgadas.
Deberá contar con una grabadora digital de video de características acorde a las señales provenientes de los sensores.
El sistema deberá poder transmitir en tiempo real a la base las imágenes registradas y procesadas a bordo
Deberá poseer capacidad de grabación digital de los videos obtenidos por un tiempo no menor a 6 hs.
Deberá poseer una base de acero que permita su instalación sobre columnas, torres o estructuras edilicias en forma segura.
El software para la operación del sistema deberá ser en idioma Español.
PRESENTACION EN PANTALLAPosición GPS propia (por los tres métodos en grados) con posición geográfica, altura sobre el nivel de mar, fecha y hora.
AHRS (referencia de rumbo y actitud)
Telemetro laser (distancia al blanco)
Datos calculados del blanco: posición, rumbo y velocidad
CERTIFICACIONEl producto deberá estar homologado y certificado a cada modelo aeronave.
Cumplimiento de las normas MIL-STD– 810, MIL-STD – 461 y MIL-STD-704.
AERONAVESPREFECTURA NAVAL: DAUPHIN AS 365 N2 4 (CUATRO), CASA C-212 - S68 3 (TRES). GENDARMERIA NACIONAL: EC 350 B 1 (UNO), EC 3502 1 (UNO) ; EC350 B3 6 (SEIS), BELL HUEY II 4 (CUATRO), EC 135 1(UNO) POLICIA FEDERAL: BO 105 MOD CBS y CBS4 3 (TRES); EC 135 T2 plus 3 (TRES)
PUNTOS FIJOSCANTIDAD A DETERMINAR POR CADA FUERZA SEGUN ZONA GEOGRAFICA
EMBARCACIONESPREFECTURA NAVAL: De Altura: 12 (DOCE) De Rada/rio/móviles avistajes 78 (SETENTA Y OCHO)

Anexo B: Cronograma General de Trabajo

Contenido

Anexo B: Cronograma General de Trabajo

1 Planificación del proyecto

1.1 Etapa de Ingeniería y Evaluación Operativa

1.2 Etapa de Desarrollo

1.3 Etapa de Producción Seriada

1.4 Entregables

1.4.1 Entregables Etapa 1

1.4.1.1 Ingeniería Conceptual y de Detalle

1.4.1.1.1 Ingeniería Conceptual

1.4.1.1.2 Ingeniería de Detalle:

1.4.1.2 Modelos de Evaluación Operativa

1.4.2 Entregables Etapa 2

1.4.3 Entregables Etapa 3

2 Cronograma de tareas

2.1 Compra de Componentes

2.2 Consideraciones de Planificación

1- Planificación del proyecto

El objetivo de este proyecto es la fabricación de un Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes. El proyecto está dividido en tres etapas. La primera etapa es el Diseño, Ingeniería y Construcción de Modelos, la segunda etapa es el Desarrollo del Sistema, y la tercera etapa consiste en la Producción en Serie del Sistema.

1.1- Etapa de Ingeniería y Evaluación Operativa

Esta etapa comprende el desarrollo de la Ingeniería Conceptual y de Detalle del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes. Asimismo, esta etapa prevé la construcción de dos (2) SADI Modelos de Evaluación Operativa. Dichos modelos serán utilizados por las FFSS y CCPP para evaluar su operabilidad y realimentar la etapa de Desarrollo.

1.2- Etapa de Desarrollo

La etapa de Desarrollo sigue un ciclo de vida incremental e iterativo. Se encuentra dividida en fases, donde cada nueva fase incorpora nuevas funcionalidades al sistema, incrementando las prestaciones del producto. Al mismo tiempo, se mejoran iterativamente las funcionalidades ya incorporadas corrigiendo los problemas detectados durante las pruebas funcionales de las fases anteriores.

Cada fase incorpora funcionalidades específicas para cada una de las plataformas y genera prototipos denominados Modelos de Evaluación Tecnológica (SMET). Cada uno de los SMET incrementa las funcionalidades y corrige problemas presentes en el anterior. Se planifican un total de cuatro SMETs, llegando de este modo a completar las funcionalidades en el SMET-4.

Cada SMET será sometido a pruebas funcionales con participación de los usuarios, incorporando de esta manera la realimentación del usuario a través de todo el proceso de desarrollo.

En el caso de que, a los efectos de la evaluación operativa de los SMET fuera necesario realizar vuelos experimentales en aeronaves de las FFSS y los CCPP, INVAP proveerá la certificación de aeronavegabilidad correspondiente otorgada por la autoridad competente.

Los modelos de evaluación tecnológica SMET-1 a SMET-3 cumplen la función de prototipos demostradores de tecnología, mientras que el SMET-4 será el prototipo operativo del sistema.

A los fines de la mejor comprensión de esta clasificación se explicitan las definiciones para cada caso.

Prototipo demostrador de tecnología (SMET-1; SMET-2 y SMET-3)

Es un prototipo que permite demostrar:

• factibilidad del concepto propuesto

• suficiencia en el manejo de las tecnologías involucradas

• disponibilidad de los recursos humanos y materiales para iniciar el proceso de desarrollo y construcción del producto.

Este prototipo es propiedad del cliente y permanece en las instalaciones del proveedor durante el tiempo del proyecto a fin de ser utilizado como referencia durante el desarrollo.

Prototipo operativo (SMET-4)

Es un prototipo surgido del proceso de desarrollo que sirve para validar el sistema y verificar la confiabilidad del diseño antes de iniciar la etapa de producción en serie. Este prototipo funciona de la misma manera que funcionará el producto final, pudiendo presentar algunas limitaciones respecto de éste. El prototipo operativo es propiedad del cliente y puede ser desplegado en campo para cumplir las funciones para las cuales fue diseñado.

1.3- Etapa de Producción Seriada

La etapa de Producción se encuentra dividida en fases. En cada fase se produce un nuevo Sistema Funcional a ser entregado.

1.4- Entregables

Los productos finales de la Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa serán los planos del sistema a desarrollar y los DOS (2) Modelos de Evaluación Operativa del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes.

El producto final de la Etapa 2 - Desarrollo será el Prototipo Operativo del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes

Los productos finales de la Etapa 3 - Producción serán al menos VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para ser montados en aeronaves de las FFSS y CCPP.

El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir de SADI para ser montados en vehículos terrestres y/o embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos desarrollados en la Etapa 2.

1.4.1- Entregables Etapa 1

La siguiente tabla define los entregables de esta etapa:
EntregableDescripción
Ingeniería conceptual y de detalle del Sistema.Conjunto de planos que permitirá construir una plataforma estabilizada PLATES para 4 sensores (Visible HD, IR, Visible spotter o alta sensibilidad y Telémetro láser).
Modelos de evaluación operativaConstrucción de 2 (DOS) Modelos de Evaluación Operativa equipados con:
• una cámara visible de alta definición (HD) con zoom 20x
• estabilización en 4 ejes
• unidad de control y presentación (joystick y pantalla de 7 pulgadas)

1.4.1.1- Ingeniería Conceptual y de Detalle

El objetivo de esta provisión es entregar un conjunto de planos que permita construir un Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes, que consta de los siguientes componentes:

• Plataforma PLATES de 4 canales equipados del modo siguiente:

a. visible HD,

b. infrarrojo,

c. telémetro láser

d. visible spotter

1.4.1.1.1- Ingeniería Conceptual

Comprende los siguientes documentos:

a) Documentación de arquitectura de producto.

b) Documentación de control de interfaces.

c) Presupuestos de tamaño, peso y potencia requerida (SWaP – Size, Weight and Power).

d) Documento de selección de sensores electro-ópticos.

e) Documento de selección de sensores de posición, distancia y actitud.

f) Definición de unidades de procesamiento a adquirir y a desarrollar.

g) Documento de especificación de unidades de procesamiento a adquirir.

i. Unidades de grabación digital.

1.4.1.1.2- Ingeniería de Detalle:

Comprende los siguientes documentos:

h) Diseño mecánico:

i. Plano mecánico de la plataforma.

ii. Diseño del montaje de sensores.

iii. Diseño de sistemas de interconexión y cableado.

i) Diseño electrónico:

i. Diseño de unidades a desarrollar.

ii. Esquemáticos detallados.

iii. Listado de componentes.

j) Diseño de software:

i. Diseño de alto nivel del sistema.

ii. Diseño de alto nivel de software de procesamiento.

k) Diseño de integración y pruebas:

i. Definición de procedimientos de integración.

ii. Diseño de alto nivel de pruebas de sistema.

1.4.1.2- Modelos de Evaluación Operativa

El objetivo de esta provisión es entregar dos modelos funcionales a escala reducida de la plataforma estabilizada PLATES con las siguientes funcionalidades:

• Sensor electro-óptico visible de alta definición, constituido por una cámara block con zoom óptico de 20x.

• Estabilización en cuatro ejes.

• Unidad de Control y Presentación local, incluyendo joystick para control de cámaras y pantalla integrada para visualización de imágenes.

Estos modelos se utilizarán para caracterizar el funcionamiento del mecanismo de estabilización y evaluar el comportamiento en condiciones operativas.

1.4.2- Entregables Etapa 2

El entregable esta etapa es un Prototipo Operativo de la Plataforma Estabilizada PLATES (SMET-4), con las funcionalidades y características técnicas descriptas en el Anexo A.

1.4.3- Entregables Etapa 3

Los entregables de esa etapa serán las unidades definidas en el contrato de la serie de producción. Los detalles técnicos de estos equipos quedarán definidos al finalizar la Etapa 2, pero deberán responder, como mínimo, a las características técnicas desarrolladas en el punto 3. del Anexo A.

2- Cronograma de tareas

La Figura 1 muestra el cronograma de tareas para las Etapas 1 y Etapa 2 del proyecto. En la figura se detallan las fases y los entregables de cada fase.

2.1- Compra de Componentes

Se planea realizar las compras de componentes críticos durante la Etapa 2 de forma tal que los plazos de entrega se adapten a las necesidades del proyecto.

Los ítems enunciados como compras comprenden las siguientes actividades:

• Especificación técnica de los bienes a adquirir.

• Selección de proveedores basándose en los siguientes criterios:

• técnicos (grado de cumplimiento con las especificaciones, soporte post venta, garantía, etc.).

• comerciales (precios, condiciones comerciales, referencias de mercado).

• programáticos (tiempos de entrega y cantidades suministradas).

• legales (exigencias relativas a acuerdos de control de exportaciones).

• Gestión integral del proceso de compra.

• Pruebas de recepción de los bienes adquiridos.

2.2- Consideraciones de Planificación

Se planifica desarrollar el sistema con iteraciones sucesivas, de forma tal de completar un nuevo Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET) al fin de cada iteración.

Este esquema posibilita una rápida realimentación de los resultados de las pruebas y de las opiniones y experiencias operativas de los usuarios de las FFSS a todo el desarrollo y permite gestionar flexiblemente los riesgos e incidencias del proyecto.

Figura 1: Cronograma de Tareas Etapa 1 y Etapa 2


En cada hito, en función de los avances realizados, la situación de factibilidad de adquisición de componentes y los riesgos remanentes, se efectuará una re-evaluación de los alcances de SMETs subsiguientes. En particular al finalizar la FASE 2 de la Etapa 2 se efectuará una Revisión de Final de Requerimientos de Prototipo Operativo, que permitirá definir el precio de la unidad recurrente de serie.

El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos desarrollados en la Etapa 2.

Anexo C: Cronograma de Pagos

ETAPA
CALENDARIO PRELIMINAR DE PAGOS ETAPA 1
Valores expresados en PESOS con IVA incluido

FECHA FACTURACION ESTIMADAMonto



ANTICIPO ETAPA 1T1$ 4.200.000
Ingeniería Conceptual y de Detalle

Construcción de Modelos de Evaluación OperativaT1 + 3 meses$ 5.500.000



FIN ETAPA 1




TOTAL
$ 9.700.000

Tabla 1: Cronograma preliminar de pagos Etapa 1.

T1: Fecha de inicio de la Etapa 1, coincidente con la fecha de la aprobación del Convenio Específico por el Jefe de Gabinete de Ministros.

ETAPA 2
CALENDARIO PRELIMINAR DE PAGOS ETAPA 2
Valores expresados en PESOS con IVA incluido

FECHA FACTURACION ESTIMADAMonto



ANTICIPO ETAPA 2T2$ 5.000.000



FASE 1

Certificación de partes componentesT2 + 3 meses$ 2.500.000
SMET-1: Modelo estructural a escala reducidaT2 + 6 meses$ 2.500.000



FASE 2

Certificación de partes componentesT2 + 9 meses$ 2.250.000
SMET-2: Modelo estructuralT2 + 12 meses$ 2.250.000



FASE 3

Certificación de partes componentesT2 + 15 meses$ 3.500.000
Certificación de Estabilización de PlataformaT2 + 18 meses$ 3.500.000
SMET-3: Modelo FuncionalT2 + 21 meses$ 3.500.000



FASE 4

Revisión final de IngenieríaT2 + 24 meses$ 3.000.000
Integración de Sensores y SoftwareT2 + 27 meses
SMET-4: Prototipo OperativoT2 + 39 meses$ 1.000.000



TOTAL
$ 29.000.000

Tabla 2: Cronograma preliminar de pagos Etapa 2.

T2: Fecha de inicio de la Etapa 2., coincidente con la verificación de disponibilidad de fondos presupuestarios del MINSEG en los ejercicios 2012/2013 para dar cumplimiento al Convenio Específico y/o finalización de la Etapa 1, la que fuera posterior.

ETAPA 3

La Etapa 3 abarca la producción de una serie de, al menos, VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para ser montados en aeronaves de las FFSS y CCPP.

El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos desarrollados en la Etapa 2., al finalizar esta Etapa, o antes del completamiento de la FASE 4, en función de las necesidades operativas de las FFSS y CCPP.

El alcance y precio de las unidades a producir será definido a 18 meses de la firma del presente contrato, al cerrarse la fase 2 de la Etapa 2. Como referencia, se estima que cada unidad tendrá un precio aproximado al de un equipo de origen Estados Unidos de América nacionalizado, de prestaciones similares.

El comienzo de la Etapa 3 - Producción, dependerá de las disponibilidades de fondos presupuestarios correspondientes por parte del MINSEG y de las condiciones técnicas y económico-financieras de la producción.

e. 16/01/2012 N° 3542/12 v. 16/01/2012