MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución Nº 1290/2011
Bs. As., 30/12/2011
VISTO el Expediente Nº 18.810/2011 del Registro del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, lo dispuesto por el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001
y el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se ha acreditado la necesidad
y conveniencia de que las Fuerzas de Seguridad (FFSS) y los Cuerpos
Policiales (CCPP) cuenten con sistemas giroestabilizados de visión
diurna y nocturna en sus aeronaves, a fin de mejorar la seguridad de
sus tripulaciones y ampliar la operatividad de la flota en dotación.
Que este tipo de equipamiento de seguridad no se produce en el país.
Que con fecha 20 de mayo del 2011 este Ministerio suscribió un Acuerdo
Marco con INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO, en el cual se estableció el
interés del MINISTERIO DE SEGURIDAD en profundizar la modernización y
la incorporación de sistemas y capacidades con la mayor participación
posible de la industria nacional, con privilegio para aquellos que
incluyen la transferencia de la tecnología involucrada y el
equipamiento necesario para el adiestramiento operativo, real o
simulado, impulsando en forma decidida la investigación de las
tecnologías duales y asimismo considerando las distintas acciones que
permitan mantener y adquirir aquellas capacidades logísticas
indispensables que por su onerosa o difícil obtención resulte
conveniente asegurar en forma permanente en el país.
Que uno de los fundamentos para el citado Acuerdo Marco fue la
capacidad demostrada por INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO (INVAP) en los
diferentes proyectos en que ha participado, tanto a nivel nacional como
internacional.
Que el Acuerdo Marco suscripto preveía que el MINISTERIO DE SEGURIDAD
realizase Convenios Específicos con INVAP a fin de aprovechar su
capacidad en diseño, desarrollo, fabricación, armado, integración,
operación, mantenimiento, reparación y actualización de, entre otros,
Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para helicópteros,
aviones MPA, vehículos y embarcaciones.
Que ambas partes, MINISTERIO DE SEGURIDAD e INVAP, han acordado
ejecutar proyectos de interés común entre ellas, haciendo máximo
aprovechamiento de los recursos existentes y disponibles en cada
institución y generando capacidades y soluciones adecuadas,
sustentables y de valor estratégico para el MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que el desarrollo de un Sistema de Adquisición y Diseminación de
Imágenes (SADI) se inscribe perfectamente dentro de los presupuestos
del Acuerdo Marco referido.
Que se trata de una contratación en los términos previstos en el
artículo 25, inciso d), apartado 8 del Decreto Nº 1023/01, incorporado
mediante Decreto Nº 204 del 19 de febrero de 2004, por tratarse INVAP
SOCIEDAD DEL ESTADO de una empresa del Estado y tener por objeto la
prestación de servicios de seguridad.
Que, teniendo en cuenta los requerimientos de las Fuerzas de Seguridad
y los Cuerpos Policiales y la factibilidad de su aplicación en el
modelo de SADI a desarrollar, INVAP ha presentado una propuesta que ha
sido analizada.
Que, conforme consta en Acta de Reunión de fecha 10 de noviembre de
2011, las Fuerzas de Seguridad y Cuerpos Policiales han solicitado
modificaciones a la documentación contractual, que han sido
incorporadas y aceptadas por INVAP.
Que el monto total previsto para la contratación propiciada asciende a
la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL ($
38.700.000.-) para el cumplimiento de las etapas de Ingeniería y
Evaluación Operativa y Desarrollo, a erogar en diversos ejercicios.
Que la SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO LOGISTICO Y PRESUPUESTO DE LA
SEGURIDAD, dependiente de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO
DE SEGURIDAD se ha expedido favorablemente con respecto al progreso de
la presente tramitación por encontrarse disponibles los créditos
necesarios para atender las erogaciones comprometidas en el ejercicio
2011 y previstas las erogaciones correspondientes en el proyecto
presupuestario 2012 y sucesivos.
Que ha tomado la intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 22 bis, incisos 5, 9 y 10 de la Ley de Ministerios
(T.O. 1992) y el artículo 35, inciso b), del Anexo al Decreto Nº
1344/07.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorízase a la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, con arreglo a
lo previsto por el artículo 25, inciso d), apartado 8 del Decreto Nº
1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, instrumente con la
entidad denominada INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO, con domicilio legal en la
Avenida Comandante Luis Piedrabuena 4950, SAN CARLOS DE BARILOCHE,
PROVINCIA DE RIO NEGRO, la contratación necesaria para obtener la
ingeniería, evaluación operativa, desarrollo de un SISTEMA DE
ADQUISICION Y DISEMINACION DE IMAGENES (SADI) y la posterior producción
de al menos VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de
Imágenes a ser montados en aeronaves de las Fuerzas de Seguridad y los
Cuerpos Policiales.
ARTICULO 2º — Apruébase el proyecto de contrato que como Anexo I forma
parte de la presente medida, para ser utilizado en la contratación de
que se trata, autorizando al señor Secretario de Planeamiento de este
Ministerio a suscribirlo “ad referéndum” de la aprobación del señor
Jefe de Gabinete de Ministros.
ARTICULO 3º — Instrúyese al señor Secretario de Planeamiento de este
Ministerio a que, una vez suscripto el contrato, eleve a esta Cartera
de Estado un proyecto de Decisión Administrativa aprobatoria para ser
sometida a la consideración del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
ARTICULO 4º — Las erogaciones que cause la aprobación de la presente
contratación serán atendidas con las partidas específicas del
Presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD - Jurisdicción 41 - PROGRAMA
29: Administración Civil de las Fuerzas de Seguridad, Actividad 1,
Asistencia Integral a las Fuerzas de Seguridad.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. NILDA GARRE, Ministra de Seguridad.
ANEXO I
Entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION, en adelante MINSEG o el
Comitente, representado en este acto por el Secretario de Planeamiento,
Lic. Gustavo Sibilla, con domicilio en Gelly y Obes 2289, Capital
Federal, por una parte, e INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO, en adelante INVAP
o el Contratista, representada en este acto por su Gerente General
Licenciado Héctor Eduardo Otheguy, con domicilio legal en la Avenida
Comandante Luis Piedrabuena 4950, San Carlos de Bariloche, Río Negro,
se conviene celebrar el presente contrato, considerando:
I. Que con fecha 20 de mayo de 2011 se firmó un acuerdo marco entre el MINSEG e INVAP, en el cual se establece:
(i) El interés del MINSEG en profundizar la modernización y la
incorporación de sistemas y capacidades con la mayor participación
posible de la industria nacional, con privilegio para aquellos que
incluyen la transferencia de la tecnología involucrada y el
equipamiento necesario para el adiestramiento operativo, real o
simulado, impulsando en forma decidida la investigación de las
tecnologías duales y asimismo considerando las distintas acciones que
permitan mantener y adquirir aquellas capacidades logísticas
indispensables que por su onerosa o difícil obtención resulte
conveniente asegurar en forma permanente en el país.
(ii) La capacidad demostrada por INVAP en los diferentes proyectos en
que ha participado, tanto a nivel nacional como internacional.
(iii) El mutuo interés y voluntad en vincularse estratégicamente, con
el objeto de coordinar esfuerzos y explorar la posibilidad de encarar y
ejecutar en conjunto proyectos de equipos, sistemas y tecnologías
aplicadas a las operaciones y actividades que desempeñan las Fuerzas de
Seguridad (FFSS) y Cuerpos Policiales (CCPP) dependientes del MINSEG.
(iv) Que estos proyectos podrán incluir, sin estar limitados a las alternativas siguientes:
• Recuperación y mantenimiento.
• Modernización de equipos y sistemas.
• Desarrollo conjunto de nuevos proyectos.
• Provisión de una parte a la otra de bienes y servicios
• Intercambio de información y de recursos
(v) Que el MINSEG tiene programado encarar con sus medios en el futuro
los proyectos que a continuación se describen y en los cuales INVAP
puede aportar su capacidad en diseño, desarrollo, fabricación, armado,
integración, operación, mantenimiento, reparación y actualización:
• Sensores ópticos, optrónicos y radar
• Equipos y sistemas electrónicos
• Simuladores tácticos de operación y conducción
• Software y sistemas informáticos
• Sistemas de generación de energía no convencionales (eólica y solar)
• Equipos y partes de vehículos
• Recuperación y modernización de equipos y sistemas existentes
• Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI) para helicópteros, aviones MPA, vehículos y embarcaciones.
• Telecomunicaciones satelitales, facilidades y comunicaciones en tiempo real para C4ISR.
• UAVs —de las tres clases— y sus cargas útiles.
• Narices electrónicas y detectores/scanner de rayos X para aeropuertos, puertos (containers) y pasos fronterizos.
• Grúa para helicópteros.
• GPS y Sistemas de Identificación de Fuerzas Amigas (Blue Team).
• Otros sistemas y componentes a determinar en base a las necesidades de las FFSS y CCPP.
(vi) Que ambas partes, MINSEG e INVAP han acordado ejecutar proyectos
de interés común entre ellas, haciendo máximo aprovechamiento de los
recursos existentes y disponibles en cada institución y generando
capacidades y soluciones adecuadas, sustentables y de valor estratégico
para el MINSEG. Estos proyectos y colaboraciones se implementarán como
CONVENIOS DE EJECUCION ESPECIFICOS, dentro del contexto del ACUERDO
oportunamente suscripto. Cada uno de ellos, deberá describir los
objetivos, alcances, temas técnicos a desarrollar y sus
particularidades, los plazos de ejecución, las obligaciones económicas,
de propiedad, administrativas y jurídicas de las partes, su forma de
implementación y sus condiciones de confidencialidad.
(vii) Que MINSEG e INVAP han acordado utilizar de la manera más
eficiente y eficaz al personal, equipos o facilidades de la otra parte
a fines de minimizar costos y riesgos en cada CONVENIO DE EJECUCION
ESPECIFICO. En estos casos tanto el personal del MINSEG como el de
INVAP que tomen parte en las tareas, podrán acceder a las instalaciones
de INVAP e MINSEG respectivamente, bajo las condiciones que
oportunamente definan las partes en cada CONVENIO DE EJECUCION
ESPECIFICO.
II. Que alineado con el mencionado CONVENIO MARCO, el MINSEG e INVAP realizaron las siguientes reuniones de trabajo:
(i) Reunión con fecha 26 y 27 de abril de 2011 en la sede de INVAP en
Córdoba, a los efectos de conocer las necesidades de equipamiento de
las FFSS y CCPP. En esta reunión se relevó la necesidad de contar con
cámaras estabilizadas (SADI) para su uso en helicópteros y se
presentaron empresas argentinas con capacidades suficientes como para
trabajar en estos desarrollos. Como resultado de esta reunión INVAP
elaboró y entregó al MINSEG una propuesta técnica/económica para un
Sistema Argentino de Imágenes desde Helicópteros (SAIH) utilizando
cámaras estabilizadas (SADI).
(ii) Reunión conjunta entre el Ministerio de Defensa y sus fuerzas, el
MINSEG y sus fuerzas, e INVAP con fecha 5 de mayo de 2011 a los efectos
de relevar las necesidades operativas de las fuerzas que requiriesen el
uso de aviones no tripulados (UAV) de clase II. Como resultado de esta
reunión INVAP elaboró y entregó a ambos Ministerios el documento
“Requerimientos Operativos Consolidados UAV clase II (ROC-C2)”.
(iii) Reunión conjunta entre el Ministerio de Defensa y sus fuerzas, el
MINSEG y sus fuerzas, e INVAP con fecha 17 de junio de 2011 a los
efectos de relevar las necesidades operativas de las fuerzas que
requiriesen el uso de aviones no tripulados (UAV) de clase III. Como
resultado de esta reunión INVAP elaboró y entregó a ambos Ministerios
el documento “Requerimientos Operativos Consolidados UAV clase III
(ROC-C3)”.
(iv) Reunión en el MINSEG con fecha 3 de junio de 2011 a los efectos de
responder cuestiones técnicas acerca de la propuesta del Sistema
Argentino de Imágenes desde Helicópteros (SAIH) utilizando cámaras
estabilizadas. Como resultado de esta reunión INVAP entregó al MINSEG
un documento por cada fuerza con las respuestas a las preguntas que
éstas habían elaborado.
(v) Reunión con fecha 1 y 2 de agosto de 2011 en la sede de INVAP en
Bariloche, a los efectos de que las FFSS y CCPP conociesen la empresa y
pudiesen ver de cerca sus capacidades y modalidades de trabajo.
(vi) Con fecha 9 de septiembre de 2011, se firmó un convenio tripartito
entre el MINSEG, el Ministerio de Defensa e INVAP, en el cual se
conviene llevar adelante la Etapa de Relevamiento de Requerimientos de
Misión y la Etapa de Elaboración de Propuesta Técnico-Comercial de
Sistemas Aéreos no Tripulados (UAS) Clase II y Clase III a fin de
plantear el desarrollo y la implementación del Sistema Aéreo Robótico
Argentino (SARA) el cual debe ser compatible con los requerimientos de
ambos Ministerios.
III. Que hace al interés nacional desarrollar una cadena de proveedores
locales de tecnología de avanzada en materia de seguridad y defensa,
para lo cual se han tomado en consideración los antecedentes de
recursos humanos, productos y servicios disponibles en el país.
IV. Que, asimismo, el ESTADO NACIONAL se encuentra interesado en el
desarrollo de la industria nacional de alta tecnología en tanto no sólo
habrá de permitir abastecer requerimientos del mercado local, sino
abrir nuevos mercados para la exportación de productos con un
significativo valor agregado.
Por lo tanto, tomando en cuenta los aspectos que han sido reseñados y a
fin de dar cumplimiento a los fines y propósitos expuestos, las partes
acuerdan reglar sus relaciones recíprocas mediante las siguientes
disposiciones:
ARTICULO 1
Objeto.
El Comitente encomienda al Contratista la provisión de un Sistema de
Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI), suministro que se
concretará en TRES (3) etapas. La Etapa 1 - Evaluación Operativa se
ejecutará en un plazo de NOVENTA (90) días. La ejecución de la Etapa 2
- Desarrollo, dependerá de la disponibilidad de fondos en el
presupuesto 2012-2013 del MINSEG. El comienzo de la Etapa 3 -
Producción, dependerá de las disponibilidades de fondos presupuestarios
correspondientes por parte del MINSEG y de las condiciones técnicas y
económico-financieras de la producción.
Las Etapas son las siguientes:
Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa, esta etapa consta de:
• Ingeniería conceptual y de detalle.
• Construcción de DOS (2) SADI Modelos de Evaluación Operativa.
Etapa 2 - Desarrollo, esta etapa consta de:
• Construcción de un Prototipo Operativo del sistema.
• Compra de todos los suministros necesarios para el desarrollo y
construcción del Prototipo Operativo (PO) y todos los SADI Modelos de
Evaluación Tecnológica (SMET) involucrados en el desarrollo.
Etapa 3 - Producción: fabricación de una serie de al menos VEINTE (20)
Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes a ser montados en
aeronaves de las FFSS y los CCPP.
El sistema a proveer se compone de:
• Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI): constituido
por una Plataforma Estabilizada PLATES con sus correspondientes cámaras
y procesamiento a bordo y sistema de diseminación de imágenes.
Las características técnicas del sistema se describen en el Anexo A
“Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de
Imágenes”.
El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir
de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o
embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos
desarrollados en la Etapa 2.
ARTICULO 2
Normas aplicables. Orden de prelación.
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos.
En caso de existir discrepancia entre las partes acerca de las
obligaciones asumidas por cada una de ellas en este contrato, regirá el
siguiente orden de prelación de normas:
1) El Decreto Nº 1023/01.
2) El Decreto Nº 436/00.
3) La Ley Nº 13.064, por aplicación subsidiaria.
4) El Contrato, que consta del presente documento y los siguientes anexos:
Anexo A: Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes.
Anexo B: Cronograma General de Trabajo.
Anexo C: Cronograma de Pagos.
ARTICULO 3
Etapas del Contrato.
El contrato prevé tres etapas:
Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa: comprende el desarrollo de
la Ingeniería Conceptual y de Detalle del Sistema de Adquisición y
Diseminación de Imágenes. Asimismo, esta etapa prevé la construcción de
DOS (2) SADI Modelos de Evaluación Operativa. Dichos modelos serán
utilizados por las FFSS y CCPP para evaluar su operabilidad y
realimentar la etapa de Desarrollo.
Etapa 2 - Desarrollo: comprende el desarrollo del Sistema de
Adquisición y Diseminación de Imágenes, obteniéndose al final de la
misma un Prototipo Operativo cuyas prestaciones corresponden a lo
definido en el Anexo A “Características Técnicas del Sistema de
Adquisición y Diseminación de Imágenes”.
Esta etapa se dividirá en fases. En cada fase se generará un SADI
Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET). Los SMET-1, -2 y -3 son
modelos intermedios no-entregables, que son usados por el Contratista
para la reducción del riesgo técnico y crecerán en funcionalidad hasta
llegar al sistema final (Prototipo Operativo) tal como se describe a
continuación:
FASE 1: Modelo Estructural a escala reducida, de la Plataforma
Estabilizada PLATES de DOS (2) canales (visible e infrarrojo), con
prestaciones estructurales, electromecánicas y de control para pruebas
de estabilidad, estructura y mecanismos (SMET-1). Compra de materiales
para los subsiguientes modelos de evaluación tecnológica.
FASE 2: Modelo Estructural a escala real de la Plataforma Estabilizada
PLATES de CUATRO (4) canales, con prestaciones estructurales,
electromecánicas y de control para pruebas de estabilidad, estructura y
mecanismos (SMET-2).
FASE 3: Modelo Funcional de tamaño real de la Plataforma Estabilizada
PLATES de CUATRO (4) canales, con las prestaciones del SMET-2, con un
sensor óptico de alta resolución, la capacidad de grabación y el
agregado de procesamiento en la Plataforma Estabilizada PLATES, con la
creación e impresión de metadatos en el video capturado (SMET-3).
FASE 4: Prototipo Operativo del sistema (SMET-4), con las prestaciones
del SMET-3, y el agregado de los diferentes sensores ópticos (3 cámaras
y un telémetro láser). Además, aumenta el procesamiento en la
Plataforma Estabilizada PLATES, con la inclusión de la capacidad de
autotracking de blancos y diseminación de imágenes.
En el caso de que, a los efectos de la evaluación operativa de los SMET
fuera necesario realizar vuelos experimentales en aeronaves de las FFSS
y los CCPP, INVAP proveerá la certificación de aeronavegabilidad
correspondiente otorgada por la autoridad competente.
Sin embargo, durante los procesos de prueba del proyecto, se utilizarán
prioritariamente aeronaves procuradas por INVAP, de forma tal de no
afectar la capacidad operativa de las FFSS y CCPP.
Etapa 3 - Producción: comprende la provisión de una serie de al menos
VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para ser
montados en aeronaves de las FFSS y los CCPP, así como la prestación
del servicio de mantenimiento integral de las mismas y la capacitación
correspondiente.
Asimismo, el MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades
a definir de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o
embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos
desarrollados en la Etapa 2.
Los plazos de ejecución de cada etapa se encuentran detallados en el
Anexo B “Cronograma General de Trabajo”. Asímismo, los hitos
relacionados con el calendario de pagos se encuentran detallados en el
Anexo C “Cronograma de Pagos”.
ARTICULO 4
Inicio de la Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa.
1. Una vez que el contrato haya sido aprobado por el Jefe de Gabinete
de Ministros, el Comitente abonará al Contratista el anticipo de la
Etapa 1 indicado en la Tabla 1 del Anexo C (Cronograma de Pagos), por
cualquiera de las modalidades dispuestas en el Artículo 8, dentro de
los TREINTA (30) días corridos de recibida la factura emitida por el
Contratista, siempre que haya sido otorgada en término la garantía de
fiel cumplimiento del contrato y la contra garantía referida en el
Artículo 10 apartado 2.
2. Dentro de los primeros DIEZ (10) días corridos de aprobado el
contrato el Contratista propondrá un Jefe de Proyecto, cumpliendo con
la obligación a su cargo establecida en el Artículo 14, apartado 1.
3. El primer día hábil posterior a la fecha de pago, habiendo dado el
Contratista cumplimiento a lo previsto en el Artículo 14, apartado 1,
se suscribirá el Acta de Inicio, en cuya fecha dará comienzo el cómputo
del plazo de TRES (3) meses para la finalización de los trabajos de la
primera etapa.
4. Al terminar la Etapa 1, una vez certificados los trabajos y
suscripta el Acta de Recepción Provisoria, en la que el Representante
Técnico deberá asentar las observaciones que estime corresponder, el
Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente a la
finalización de la Etapa 1, la que será pagada por el Comitente dentro
de los TREINTA (30) días corridos.
Dentro de los TREINTA (30) días contados a partir de la Recepción
Provisoria se otorgará la Recepción Definitiva suscribiéndose al efecto
el Acta correspondiente siempre y cuando se hayan subsanado, en su
caso, las observaciones formuladas por el Representante Técnico en el
Acta de Recepción Provisoria.
ARTICULO 5
Inicio de la Etapa 2 - Desarrollo.
1. Al término de la Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa y
siempre que el MINSEG cuente con la disponibilidad de fondos para su
ejecución en los ejercicios presupuestarios 2012, 2013 y 2014, el
Comitente abonará al Contratista el anticipo de la Etapa 2 indicado en
la Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), por cualquiera de las
modalidades dispuestas en el Artículo 7, dentro de los TREINTA (30)
días corridos de recibida la factura emitida por el Contratista,
siempre que haya sido otorgada en término la garantía de fiel
cumplimiento del contrato y la contra garantía referida en el Artículo
10, apartado 2.
2. El primer día hábil posterior a la fecha de pago dará comienzo el
cómputo del plazo de TREINTA Y TRES (33) meses para la finalización de
los trabajos de la segunda etapa. Esta fecha marca el inicio de la
primera Fase de la Segunda Etapa.
3. Para las Fases 1 y 2, transcurridos TRES (3) meses del inicio de
cada Fase, el Contratista presentará al Comitente las partes mecánicas
para la construcción del SADI Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET)
de la correspondiente Fase. El Representante Técnico verificará el
avance de trabajos, se otorgará la certificación de los mismos y el
Contratista emitirá y entregará la factura correspondiente según Tabla
2 del Anexo C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el
Comitente dentro de los TREINTA (30) días corridos.
4. Finalizada cada una de las Fases 1 y 2, el Representante Técnico
verificará el avance de trabajos que correspondan (SMET-1 y SMET-2) y
otorgará la certificación de los mismos. El Contratista emitirá y
entregará la factura correspondiente a la Fase según Tabla 2 del Anexo
C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de
los TREINTA (30) días corridos.
5. Para la Fase 3, transcurridos TRES (3) meses del inicio de la Fase,
el Contratista presentará al Comitente las partes mecánicas para la
construcción del SADI Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET) de la
Fase 3 (SMET-3). El Representante Técnico verificará el avance de
trabajos y otorgará la certificación de los mismos. El Contratista
emitirá y entregará la factura correspondiente según Tabla 2 del Anexo
C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de
los TREINTA (30) días corridos.
6. Transcurridos SEIS (6) meses del inicio de la Fase 3, el Contratista
presentará al Comitente el ensamblado mecánico, electrónico, y software
de control del SMET-3. El Representante Técnico verificará el avance de
trabajos y otorgará la certificación de los mismos. El Contratista
emitirá y entregará la factura correspondiente según Tabla 2 del Anexo
C (Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de
los TREINTA (30) días corridos.
7. Finalizada la Fase 3, el Representante Técnico verificará el avance
de trabajos que correspondan (SMET-3) y otorgará la certificación de
los mismos. El Contratista emitirá y entregará la factura
correspondiente a la Fase según Tabla 2 del Anexo C (Cronograma de
Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de los TREINTA (30)
días corridos.
8. Para la Fase 4, transcurridos TRES (3) meses del inicio de la Fase,
el Contratista y el Comitente realizarán la revisión final de la
ingeniería del SMET-4 (Prototipo Operativo). El Contratista presentará
al Comitente el ensamblado mecánico, electrónico, y software de control
del SMET-4. El Representante Técnico verificará el avance de trabajos y
otorgará la certificación de los mismos. El Contratista emitirá y
entregará la factura correspondiente según Tabla 2 del Anexo C
(Cronograma de Pagos), la que será pagada por el Comitente dentro de
los TREINTA (30) días corridos.
9. Al terminar la Fase 4, el Contratista entregará al Comitente UN (1)
Prototipo Operativo del Sistema. El Comitente certificará los trabajos
y suscribirá el Acta de Recepción Provisoria, en la que el
Representante Técnico deberá asentar las observaciones que estime
corresponder. A los CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de la
Recepción Provisoria se otorgará la Recepción Definitiva suscribiéndose
al efecto el Acta correspondiente siempre y cuando se hayan subsanado,
en su caso, las observaciones formuladas por el Representante Técnico
en el Acta de Recepción Provisoria.
ARTICULO 6
Inicio de la Etapa 3 - Producción
1. A la finalización de la Fase 2 de la Etapa 2, las partes confirmarán
las especificaciones finales y la ingeniería definitiva, y se
determinarán los precios de las Unidades de Serie previstas para la
Etapa 3, así como los de sus correspondientes suministros, servicios
logísticos para el mantenimiento integral y la capacitación que se
requiera. El comienzo de la Etapa 3 está supeditado al cumplimiento de
las condiciones previstas en el Artículo 1 del presente.
Sin perjuicio de ello, el MINSEG e INVAP podrán acordar, previo a la
finalización de la Fase 4 de la Etapa 2, la producción de cantidades a
definir de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o
embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos
desarrollados durante la Etapa 2.
2. Otorgada la recepción provisoria de las prestaciones indicadas en
los Artículos 3 y 5 Etapa 2 – Desarrollo, y cumplida la condiciones
señaladas en el primer párrafo del Artículo 1 in fine, se iniciará la
tercera Etapa de los trabajos objeto de este contrato. El Comitente
abonará al Contratista el anticipo de la Etapa 3 (de acuerdo con los
precios determinados según el Artículo 6 apartado 1), por cualquiera de
las modalidades dispuestas en el Artículo 8, dentro de los TREINTA (30)
días corridos de recibida la factura emitida por el Contratista,
siempre que haya sido otorgada en término la garantía de fiel
cumplimiento del contrato Etapa 3 y la contra garantía del anticipo
correspondiente a la Etapa 3.
3. El primer día hábil posterior a la fecha de pago, se labrará un
“Acta de Inicio de Etapa 3” que dará comienzo el cómputo del plazo de
ejecución de los trabajos de la tercera Etapa, que se estima entre
TREINTA (30) y CUARENTA Y DOS (42) meses.
4. La producción de la Etapa 3 se dividirá en Fases. Las partes
acordarán el ritmo de producción, tal que al término de cada Fase, se
entregarán una o más Unidades de Serie, que serán verificadas para su
aceptación por el Representante Técnico, comenzando su período de
garantía técnica y se abonará al Contratista el correspondiente precio
de las Unidades de Serie entregadas.
5. El mantenimiento integral de las Unidades de Serie entregadas será
planeado y acordado entre las partes antes de los TRES (3) meses de
iniciada la Etapa 3, cubriendo los alcances y precios de servicios,
repuestos y capacitación del personal de las FFSS y CCPP, términos y
condiciones de ejecución de reparaciones de distintos niveles y los
ítems logísticos a proveer por Contratista y Comitente para pronta
ejecución de los mismos.
6. Para cada Unidad de Serie entregada, una vez vencido su período de
garantía técnica, comenzará automáticamente su primer período de
mantenimiento integral.
7. Cada entrega de cada Unidad de Serie de la Etapa 3 - Producción será
verificada por el Representante Técnico y se otorgará la recepción
final de la unidad y entrará en vigencia la garantía técnica
correspondiente.
8. Para el final de la Etapa 3, se efectuará una Reunión de Aceptación
de Producción de Primera Serie, donde se cerrarán las observaciones
realizadas por el Representante Técnico a lo largo de la Etapa 3 y se
plantearán las necesidades de continuidad de mantenimiento o
producciones ulteriores y se suscribirá el Acta de Recepción Definitiva
correspondiente.
9. El Comitente procederá a restituir la parte proporcional de la
garantía de fiel cumplimiento de la Etapa 3, dentro de los TREINTA (30)
días de suscripta el Acta a que refiere el apartado precedente.
ARTICULO 7
Precio
El precio de los suministros identificados en el Artículo 1, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), es el siguiente:
1. Etapa 1 - Evaluación Operativa e Ingeniería del Sistema de
Adquisición y Diseminación de Imágenes: PESOS NUEVE MIILLONES
SETESCIENTOS MIL ($ 9.700.000,00).
2. Etapa 2 - Desarrollo, compra de suministros y construcción de un
Prototipo Operativo del Sistema de Adquisición y Diseminación de
Imágenes: PESOS VEINTINUEVE MIILLONES ($ 29.000.000,00).
3. Etapa 3 - Producción, fabricación y mantenimiento de una serie de al
menos VEINTE (20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes,
su precio y características técnicas serán definidos a la finalización
de la Fase 2 de la Etapa 2. Como referencia, se estima que cada unidad
tendrá un precio aproximado al de un equipo de origen Estados Unidos de
América nacionalizado, de prestaciones similares.
Los montos arriba indicados no contienen previsiones relativas a
modificaciones y/o alteraciones en las características técnicas del
sistema que pudieran ser introducidas, respecto de las consignadas en
el Anexo A del presente por el Comitente, en uso de las atribuciones
conferidas por el Artículo 19.
ARTICULO 8
Forma de pago
1. El Comitente se obliga a abonar al Contratista los trabajos
correspondientes a cada etapa dentro de los TREINTA (30) días desde la
fecha de factura, de acuerdo con lo indicado en la Tabla 1 del Anexo C
(Cronograma de Pagos).
2. De no pagarse en término, operará la mora automática y se debitarán
intereses a favor del Contratista, calculados de acuerdo a la tasa
pasiva del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA sobre el valor de la
factura y hasta la fecha de su pago efectivo.
ARTICULO 9
Mecanismo de revisión de precios.
1. A partir de la entrada en vigencia del contrato y tomando en
consideración que el precio consignado en el Artículo 7 se encuentra
calculado con base septiembre de 2011, el Contratista podrá solicitar
la revisión de su precio sí, y sólo sí, el costo de los trabajos
pendientes de ejecución se hubiere incrementado en más de un DIEZ POR
CIENTO (10%). En caso de que el costo de los trabajos pendientes de
ejecución se redujera en más de un DIEZ POR CIENTO (10%), el
Contratista reducirá el porcentaje correspondiente al saldo de precio.
En cualquiera de ambos casos, el ajuste a que diera lugar la revisión
se practicará sobre el NOVENTA POR CIENTO (90%) del saldo pendiente de
ejecución y, en ningún caso, comprenderá el importe de los anticipos ya
pagados.
2. A fin de mensurar los aumentos o las disminuciones en el costo del
objeto del contrato, se asume que éste está constituido por insumos
importados en un TREINTA Y UNO COMA CINCO POR CIENTO (31,5%), por
insumos locales en un DIEZ COMA CINCO POR CIENTO (10,5%) y por mano de
obra en un CINCUENTA Y OCHO POR CIENTO (58,0%). Las variaciones que
eventualmente pudieran sufrir cada uno de estos componentes del costo
serán calculadas, respectivamente, de acuerdo con las que sufran la
cotización del DOLAR ESTADOUNIDENSE tipo vendedor del BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, el índice de precios básicos al productor, nivel
general (IPP) y el índice de salarios, nivel general (I.S.), ambos
elaborados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS (INDEC) o
los que en el futuro los sustituyan.
A tal efecto, se tomarán como válidos los índices publicados en INDEC
INFORMA correspondientes al mes siguiente al mes de que se trate y el
valor del DOLAR ESTADOUNIDENSE publicado por el BANCO DE LA NACION
ARGENTINA el último día hábil del mes de que se trate, en su sitio web.
3. Los aumentos o disminuciones a que alude el punto anterior, serán
calculados considerando a septiembre de 2011 como mes base, o el último
alcanzado en la última revisión y, como mes límite, el primero en que
el incremento/disminución acumulado/a del costo pendiente de ejecución
mensurado a partir del mes base antes definido supere el DIEZ POR
CIENTO (10%).
4. En términos matemáticos, la variación porcentual total del costo
objeto del contrato o de su saldo pendiente de ejecución será calculada
mediante la siguiente fórmula:
Variación del costo total = variación de la cotización del U$S
(m.l./m.b.)*0.315 + variación del IPP (m.l./m.b.)*0.105 + variación del
I.S. (m.l./m.b.)*0.580.
Donde: m.l./m.b. significa: comprendida entre el mes límite y el mes base.
ARTICULO 10
Garantías.
1. En cada Etapa, el Contratista otorgará al Comitente una garantía de
fiel cumplimiento del contrato equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del
precio referido en el Artículo 7, por los medios establecidos en el
Artículo 53 del Anexo al Decreto Nº 436 del 30 de mayo de 2000, dentro
de los QUINCE (15) días corridos de aprobado el contrato por el señor
Jefe de Gabinete de Ministros.
2. Asimismo, el Contratista deberá entregar la contra-garantía a que
refiere el Artículo 52 de la norma antes citada, correspondiente al
pago del anticipo indicado en el calendario de pagos detallado en el
Anexo C “Cronograma de Pagos” para la Etapa 1, y oportunamente al que
se establezca para la Etapa 2, al tiempo de presentar las facturas
correspondientes a dichos pagos. Esa contra-garantía será devuelta al
Contratista, a medida que se vaya restituyendo el anticipo mediante la
deducción de la proporción correspondiente en cada una de las facturas.
3. En tanto se produzcan ajustes del saldo del precio a tenor de lo
previsto en el Artículo 9, la garantía de fiel cumplimiento del
contrato deberá ajustarse proporcionalmente.
4. La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta,
progresivamente y en forma proporcional a los trabajos ya cumplidos,
dentro de los TREINTA (30) días corridos de la recepción definitiva de
las prestaciones descriptas en cada etapa del Artículo 1.
5. A fin de establecer el valor proporcional de cada prestación, con
relación al valor total de la garantía de fiel cumplimiento del
contrato, queda establecido que tal proporción resulta de la parte del
precio total atribuida a cada una de ellas en el Artículo 7.
6. El Contratista otorgará al Comitente la garantía técnica por un
plazo de 12 meses desde la Recepción Provisoria por los bienes
descriptos en el Artículo 1, conforme a las funcionalidades previstas
en el Anexo A “Características Técnicas del Sistema de Adquisición y
Diseminación de Imá
7. La garantía técnica es el compromiso que asume el Contratista de
garantizar todo defecto de fabricación o diseño por los plazos arriba
indicados. Durante esos períodos serán repuestas, a cargo del
Contratista, todas aquellas partes que se inutilizaren por causa de
defecto de fabricación.
ARTICULO 11
Propiedad de patentes
1. Todos los productos, procedimientos y modelos de utilidad que tengan
origen en la ejecución del objeto del presente contrato, pertenecen al
MINSEG.
2. El Contratista queda autorizado a hacer uso de los productos,
procedimientos y modelos de utilidad arriba indicados, exclusivamente a
los fines de este contrato. Ambas partes se obligan a guardar estricta
confidencialidad con relación a los mismos, no pudiendo divulgar al
público conocimientos a ellos relacionados, ni comunicarlos a terceros.
En caso de que el Contratista requiriese su uso a otros fines, deberá
contar con un acuerdo expreso del Comitente.
ARTICULO 12
Comercialización del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes:
Participación del Comitente.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 11, el Contratista
tendrá exclusividad en la utilización de las patentes arriba indicadas
y en la comercialización de los productos derivados de las mismas. Esa
exclusividad se mantendrá durante un período de QUINCE (15) años
contados a partir de la recepción definitiva del prototipo.
2. El Contratista podrá comercializar libremente otras unidades del
Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes, en el país y fuera
del mismo. En cada caso, previo a concertar la venta, deberá obtener la
no objeción del Comitente y acordar con él su participación en las
utilidades de la operación.
3. El Contratista no podrá ceder a terceros su derecho a la
comercialización del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes
y sus repuestos, sin previo consentimiento del Comitente.
ARTICULO 13
Confidencialidad
1. Toda información intercambiada entre las partes como consecuencia
del presente contrato y el contrato mismo tendrá carácter confidencial.
En virtud de ello, ambas partes se comprometen a no divulgar a terceros
ninguna información referida a los trabajos que tengan por objeto la
ejecución del contrato, sin el consentimiento expreso de la otra. Toda
información material y/o documentación objeto del presente contrato
serán tratados con tal carácter.
2. El Contratista mantendrá confidencialidad sobre cualquier
información y/o datos técnicos y/o documentación suministrada al
MINSEG, las Fuerzas de Seguridad (FFSS) o Cuerpos Policiales (CCPP), o
que le haya sido suministrada por cualquiera de tales organismos, y no
reproducirá dicha información o datos o documentación, ni divulgará por
ningún medio a terceros.
3. Toda nueva documentación o información o dato técnico que requiera
el MINSEG, las Fuerzas de Seguridad (FFSS) o Cuerpos Policiales (CCPP)
al Contratista, tendrán igualmente el carácter de confidencial, salvo
que se establezca lo contrario.
4. El Contratista se compromete a notificar esta circunstancia a su
personal y subcontratistas y a mantener una protección adecuada de la
documentación relacionada con la contratación.
5. Las restricciones contenidas bajo este artículo son válidas durante
QUINCE (15) años desde la entrada en vigencia del presente contrato,
excepción hecha de aquéllas especificaciones técnico operativas que
fueran declaradas “secreto de seguridad” por el MINSEG, en cuyo caso
las restricciones contenidas bajo ese título se mantendrán a
perpetuidad.
ARTICULO 14
Jefe de Proyecto. Representante Técnico.
1. El Contratista propondrá un Jefe de Proyecto dentro de los DIEZ (10)
días corridos contados a partir de la aprobación del presente por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros, quedando designado como Jefe de
Proyecto, de no mediar objeción del Comitente, dentro de los CINCO (5)
días corridos de notificada la propuesta.
2. El Jefe de Proyecto será el representante del Contratista a todos
los efectos del presente contrato y tendrá a su cargo la dirección de
los trabajos y la relación con el Representante Técnico.
3. El Contratista podrá reemplazar al Jefe de Proyecto, por su propia
iniciativa o a requerimiento del Comitente, con causa debidamente
fundada. En cualquier caso, previo a la designación, deberá contar con
la conformidad del Comitente.
4. El Comitente designará un Representante Técnico quien ejercerá su representación a los fines del presente contrato.
5. El Representante Técnico será el representante del Comitente a todos
los efectos del presente contrato y tendrá a su cargo la fiscalización
y certificación de los trabajos, pudiendo efectuar observaciones a los
mismos.
ARTICULO 15
Comunicaciones entre las partes
1. El Jefe de Proyecto y el Representante Técnico formalizarán todas
las comunicaciones entre las partes, a través del Libro de Notas de
Pedido y del Libro de Ordenes de Servicio los que, debidamente foliados
y rubricados por ambos, serán habilitados a ese fin. En el Libro de
Notas de Pedido el Contratista formulará sus requerimientos y
comunicaciones al Comitente y en el Libro de Ordenes de Servicio el
Comitente formulará sus instrucciones, requerimientos y comunicaciones
al Contratista.
2. Ambos libros deberán permanecer en las oficinas que,
respectivamente, el Jefe de Proyecto y el Representante Técnico tendrán
habilitadas en el lugar de los trabajos, y todas las notas asentadas en
ellos se considerarán notificadas a las DOCE (12) horas del día
posterior a su emisión. Sin perjuicio de ello, al pie de cada nota
emitida por el Jefe de Proyecto, deberá asentarse la firma, fecha y
hora de la notificación del Representante Técnico y viceversa.
3. El lugar de los trabajos, a los fines previstos en el párrafo
precedente, es Avenida Colón 4050, primer piso, de la ciudad de Córdoba
(Provincia de Córdoba).
4. El Contratista se obliga a proveer para el desempeño del
Representante Técnico las siguientes facilidades: una oficina de
DIECISEIS (16) metros cuadrados de superficie; dos (2) escritorios, (2)
aparatos telefónicos; conexión a internet; una (1) estantería para
libros; y un (1) barral para colgar ropa.
ARTICULO 16
Obligaciones a cargo del Contratista
A título enunciativo, y sin perjuicio de las obligaciones que resulten
de dispositivos específicos del contrato y de la naturaleza del mismo,
el Contratista se encuentra obligado a:
1. Cumplir el cronograma de trabajos aprobado por el Representante
Técnico y todas las instrucciones y requerimientos que el mismo formule
al Jefe de Proyecto.
2. Formar y preservar, en debida forma, el archivo de toda la
documentación técnica perteneciente el objeto del contrato en los
términos especificados en el Anexo A “Características Técnicas del
Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes”.
3. Permitir la participación de personal del MINSEG, FFSS y CCPP que
sea nominado por el Representante Técnico en los trabajos a su cargo.
4. Suministrar al Representante Técnico y sus asistentes las facilidades descriptas en el Artículo 15, apartado 4.
5. Contratar y mantener vigentes hasta la finalización del contrato,
seguros de: transporte; responsabilidad civil hacia terceros; incendio,
robo de materiales, componentes y equipos que se adquieran o se
fabriquen; y de riesgos del trabajo.
6. Cumplir las normas vigentes en materia de derecho del trabajo y la
seguridad social, y sobre higiene y seguridad en el trabajo.
7. No ceder total o parcialmente las obligaciones a su cargo, convenidas en el presente contrato.
8. Permitir al Representante Técnico el ejercicio de sus funciones de
contralor y verificación de los trabajos y elementos relacionados con
el objeto del contrato.
9. Contar siempre con el personal técnico y administrativo necesario y
suficiente para dar cumplimiento a sus obligaciones contractuales en
tiempo y forma.
10. Informar de inmediato al Comitente, sobre cualquier circunstancia o
acto propio, o hechos o actos de sus dependientes, proveedores, o
terceros, que pudiesen afectar, de modo directo o indirecto, el
cumplimiento del objeto del presente contrato.
11. Efectuar compras de bienes o servicios a ser incorporados a las
prestaciones definidas en este Contrato, en el país o de importación,
por cuenta y orden del Estado Nacional.
ARTICULO 17
Responsabilidad del Contratista.
Compromisos del Contratista por la calidad de las materias primas, por
los procesos constructivos y por los servicios de apoyo al cliente.
1. El Contratista asume plena y exclusiva responsabilidad ante el
Comitente por la calidad, cantidad, oportunidad y pertinencia de todos
los trabajos y suministros que tengan por objeto dar acabado
cumplimiento al objeto definido en el Artículo 1.
2. Es a su cargo controlar el cumplimiento por sus proveedores o
subcontratistas de las obligaciones que les haya impuesto y mantener
indemne al Comitente por cualquier incumplimiento en que aquellos
incurran a disposiciones de la Ley o del presente contrato.
ARTICULO 18
Obligaciones a cargo del Comitente
A título enunciativo, y sin perjuicio de las obligaciones que resulten
de dispositivos específicos del contrato y de la naturaleza del mismo,
el Comitente se encuentra obligado a:
1. Entregar al Contratista, a su requerimiento, información técnica que
resulte de utilidad para el desarrollo de las tareas del contrato y que
se encuentre en su poder.
2. Permitir que funcionarios o técnicos del Contratista, previamente
identificados por el Jefe de Proyecto, accedan a instalaciones de las
FFSS y CCPP, que pudiesen considerarse vinculadas al cumplimiento del
objeto del presente contrato, en las condiciones que oportunamente se
establezcan.
3. Proveer al Contratista los servicios de electricidad, gas, agua y
comunicaciones necesarios para la ejecución de aquellos trabajos que
debiesen ejecutarse en instalaciones de las FFSS y CCPP.
4. Permitir al Contratista el uso de facilidades e instalaciones de las
FFSS y CCPP en tanto resulten necesarias para el cumplimiento del
objeto del presente contrato.
5. Obtener de las autoridades pertinentes, con la colaboración del
Contratista, las autorizaciones, permisos y licencias, que fuesen
requeridos para el cumplimiento del objeto del presente contrato.
6. Gestionar, a requerimiento del Contratista, el apoyo de personal
técnico de las FFSS y CCPP que considere útil para facilitar el
cumplimiento del objeto del contrato, previo acuerdo con dichas fuerzas
sobre el financiamiento de los gastos que pueda requerir su
desplazamiento (alojamiento, viáticos, transporte, etc.).
ARTICULO 19
Avance del contrato. Eventuales atrasos. Su justificación y recuperación. Variaciones
1. Si el Contratista no hubiere cumplido con el avance de los trabajos
previstos en el Cronograma, quedará obligado a incluir en un nuevo
Cronograma, la justificación de su atraso y la forma en que procederá a
acelerar el ritmo de los trabajos, de modo de completar los trabajos.
2. Existen ítems o componentes importados que requerirán
autorizaciones, permisos y licencias de las autoridades pertinentes,
como por ejemplo los Certificados de Usuario Final y otros. En aquellos
casos que éstas no pudieran obtenerse en tiempo y forma, el Comitente
comunicará el hecho al Contratista y se considerará una causa especial
de fuerza mayor, debiendo las partes buscar los mejores caminos para
minimizar su impacto en el cronograma.
3. Por la parte de los trabajos no cumplidos oportunamente, el
Contratista no tendrá derecho al reconocimiento de las variaciones de
costos previstas en el Artículo 9.
4. Una variación es cualquier alteración y/o modificación a los
requerimientos del Anexo A “Características Técnicas Sistema de
Adquisición y Diseminación de Imágenes” y/o al Anexo B “Cronograma
General de Trabajo” aprobada por el MINSEG, ya sea originada por
iniciativa del Comitente o del Contratista. Las variaciones que se
aprueben tendrán validez contractual. En todos los casos, la variación
deberá explicitar las modificaciones propiciadas, su impacto en el
plazo de ejecución de las distintas etapas del Contrato y en el precio
del mismo, así como tener previsto el mecanismo de pago o descuento,
según corresponda. Toda variación tendrá principio de ejecución a
partir de que se haya notificado al Contratista el acto administrativo
del Comitente aprobatorio de la misma.
ARTICULO 20
Incumplimiento de la obligación de recuperar el ritmo de los trabajos.
1. Si al tiempo de ejecutar el Cronograma, el Contratista no completase
los trabajos atrasados, de modo de recuperar el ritmo de los trabajos,
o no cumpliese los trabajos previstos en el cronograma en ejecución,
corresponderá la aplicación de una multa equivalente al UNO POR CIENTO
(1%) del valor de los trabajos no completados en los plazos
originariamente previstos, por cada CATORCE (14) días corridos de
atraso, o fracción mayor de DIEZ (10) días, la que será deducida del
importe del próximo pago que corresponda, sin perjuicio de las notas
que se asienten, al respecto, en el Libro de Ordenes de Servicio.
2. El Representante Técnico establecerá el importe de la multa a que
refiere el apartado anterior, previa determinación del valor del
porcentaje de los trabajos no completados, conforme resulte del
Cronograma de Trabajos y del correspondiente Presupuesto.
3. El Contratista sólo podrá quedar eximido del pago de la multa si
acreditase que su mora se ha debido a caso fortuito o fuerza mayor.
4. Si el monto de la factura posterior a la mora no fuese suficiente
para compensar el pago de la multa, el saldo se deducirá de los pagos
subsiguientes, hasta su cancelación. El monto del total de las multas
no podrá exceder el DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total consignado
en el Artículo 6 del presente contrato.
5. En caso de haberse llegado al monto total previsto para las multas a
cargo del Contratista, conforme lo indicado en el párrafo precedente,
el Comitente podrá declarar resuelto el contrato por culpa del
Contratista, aplicando al efecto el procedimiento previsto en el
Artículo 21.
ARTICULO 21
Resolución por incumplimiento de una de las partes. Responsabilidad por daños y perjuicios de la parte incumplidora.
En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas, la parte
cumplidora podrá declarar resuelto el presente contrato, conforme el
siguiente procedimiento:
1. Verificado el incumplimiento, la parte cumplidora deberá notificar
fehacientemente a la incumplidora para que proceda a dar cumplimiento a
la obligación de que se trate, en el plazo que la cumplidora
establezca, el que no podrá ser inferior a DIEZ (10) días corridos.
2. Vencido el plazo de la intimación sin que la obligación hubiese sido
cumplida y sin que la incumplidora objetase la intimación, la parte
cumplidora podrá declarar resuelto el contrato por culpa de la
incumplidora notificando su decisión a la incumplidora por medio
fehaciente.
3. En caso que la incumplidora hubiese objetado fundadamente la
intimación que se le cursara, el conflicto deberá resolverse conforme
al procedimiento previsto en el Artículo 21.
4. Resuelto el contrato por culpa de la incumplidora, la parte
cumplidora podrá demandar a la otra parte los daños y perjuicios
derivados del incumplimiento, sin perjuicio del cobro de las multas y
de la ejecución de las garantías, en caso que la parte incumplidora sea
el Contratista.
ARTICULO 22
Colaboración entre las partes. Resolución de conflictos. Proceso arbitral.
1. Las partes colaborarán de buena fe, entre sí, a fin de lograr la más
rápida, económica y efectiva concreción del objeto del contrato. Con
ese espíritu de colaboración, buena fe y equidad, las partes procurarán
resolver sus diferencias mediante negociaciones directas, incluso de
plantearse la hipótesis prevista en el apartado 3 del Artículo 21.
2. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 736 del Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación, las partes acuerdan que para el caso de
no ser resueltas sus diferencias, tal como se expresa en el punto
anterior, se someterán a juicio arbitral, el que deberá ser resuelto
conforme a derecho.
3. Si planteado el diferendo las partes no formalizasen el compromiso
arbitral a que refiere el Artículo 740 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación, cualquiera de ellas queda facultada para
demandar ante la Justicia Federal en lo Contencioso Administrativo de
la Capital Federal, la constitución del Tribunal Arbitral conforme el
procedimiento establecido por el Artículo 742 del mismo Código.
4. Todo lo relativo al nombramiento de los árbitros, su desempeño,
recusación, extinción del compromiso arbitral y demás aspectos del
proceso arbitral, quedan sometidos a las disposiciones de los artículos
743 a 763, inclusive, del Código Procesal Civil y Comercial de la
Nación.
ARTICULO 23
Anexos que integran el contrato.
Integran el presente contrato los siguientes anexos que forman parte del mismo:
Anexo A: Características Técnicas del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes.
Anexo B: Cronograma General de Trabajo.
Anexo C: Cronograma de Pagos.
Las partes suscriben el presente en la Ciudad de Buenos Aires a los 30 días del mes de DIC de 2011.
Anexo A: Características Técnicas Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes
Contenido
Anexo A: Características Técnicas Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes
1 Objetivo y Alcances
2 Arquitectura del Sistema
2.1 Características de los componentes
2.1.1 Plataforma estabilizada
2.1.2 Sensores electro-ópticos
2.1.2.1 Sensor visible panorámico
2.1.2.2 Sensor visible spotter
2.1.2.3 Sensor infrarrojo
2.1.2.4 Telémetro Láser
2.1.2.5 Capacidades de los sensores
2.1.3 Unidad de Procesamiento y Control
2.1.4 Unidad de Comando y Presentación
2.1.5 Sistema de Diseminación de Imágenes/Unidad de Comunicaciones
3 Características técnicas mínimas del SADI a ser montado en aeronaves para la Etapa 3 – Producción.
1 - Objetivo y Alcances
El sistema SADI se compondrá de una Plataforma Estabilizada PLATES,
provista de dos cámaras visibles, una cámara infrarroja y un telémetro
láser. Además, el sistema contará con una unidad de comando y
presentación, una computadora a bordo, una unidad de grabación de video
y un sistema de diseminación de imágenes.
Los sensores electro-ópticos visibles e infrarrojos serán del tipo
empleado en misiones de reconocimiento, vigilancia, búsqueda y rescate.
Se emplearán componentes de grado militar o comercial con rango de temperatura extendido.
El sistema será diseñado de forma tal que pueda ser adaptado para su
instalación en aeronaves (aviones, helicópteros o UAVs), embarcaciones,
vehículos terrestres, o emplazamientos fijos tales como torres de
vigilancia. Las Unidades de Comando y Presentación podrán estar
alojadas en centros fijos o puestos móviles.
2 - Arquitectura del Sistema
• La Figura 1 presenta la arquitectura del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes (SADI).
Figura 1: Arquitectura del Sistema SADI. Los bordes del sistema están dados por la línea discontinua.
El sistema estará compuesto por dos segmentos cuyos componentes son los siguientes:
Segmento Aéreo:
• sensores electro-ópticos visibles e infrarrojos (cámaras y telémetro láser),
• plataforma giroestabilizada PLATES,
• unidad de comando y presentación,
• unidad de procesamiento y control a bordo,
• unidad de comunicaciones/sistema de diseminación de imágenes.
Segmento Terreno:
• Estación receptora fija
• Estación de operador adelantado
La plataforma PLATES se encontrará estabilizada en 5 ejes. En su
equipamiento contará con un GPS y una unidad inercial (AHRS) para
obtener información de posición y actitud de la plataforma a fin de
georeferenciar las imágenes.
El movimiento de la plataforma PLATES será comandado por la unidad de
comando y presentación. Esta unidad permitirá al operador comandar las
cámaras y visualizar las imágenes provistas por las mismas. Además,
permitirá controlar la función de seguimiento automático (autotracking).
El sistema incluirá los equipos de comunicaciones para distribuir la
información de los sensores a estaciones de operador adelantado y a la
estación receptora fija.
2.1 Características de los componentes
El sistema cumplirá secciones aplicables de las siguientes normas:
• MIL-STD-810.
• MIL-STD-461.
• MIL-STD-704.
Las características individuales de cada componente del sistema están dadas a continuación.
2.1.1 Plataforma estabilizada
La plataforma estabilizada tendrá las siguientes características:
• Estabilización en 5 ejes activos.
• Estabilización no mayor a 50 micro radianes.
• Recorrido TILT: +30 /- 120º.
• Recorrido PAN: mayor a 360º, continuo
• Altura máxima desde el punto de anclaje a la aeronave: 50 cm.
• Peso no mayor a 45 Kg
• Resistencia de velocidad: mínimo 200 kts.
• Temperatura de operación: -40ºC a +55ºC.
2.1.2 Sensores electro ópticos
El sistema contará con los siguientes sensores electro ópticos:
2.1.2.1 Sensor visible panorámico
• Resolución: 1920 x 1080.
• Formato: NTSC-PAL.
• Field of View (FoV):
- 55,4º a 2,9º en 1920 x 1080.
- 27,6º a 2º en 1280 x 720.
• Zoom:
- Optico: 20x.
- Digital: 12x continuo.
- Total Zoom 240x.
• Sensibilidad: 0.095 lx (F1.6, ICR on; ICR= IR-Cut filter (ICR)).
• Detección / Reconocimiento / Identificación (DRI): Según criterio de Johnson:
- Detección de una persona: | 14 Km | (1,2 líneas / 0,75 req. criterio). |
- Reconocimiento de una persona: | 5 Km | (4,3 líneas /4 req criterio). |
- Identificación de una persona: | 2,5Km | (6,9 líneas / 6 req criterio). |
2.1.2.2 Sensor visible spotter
• Resolución: 1920 x 1080.
• Field of View Tele: 0,9º
• Zoom óptico: 20x.
• Detección/Reconocimiento/Identificación (DRI): Según criterio de Johnson:
- Reconocimiento de una persona: | 7 km | (7,4 líneas / 4 req criterio). |
- Identificación de una persona: | 4 Km | (12,9 líneas / 6 req. criterio). |
2.1.2.3 Sensor infrarrojo
• Resolución: 640x512.
• Banda espectral en infrarrojo: 3,6 -4,9 µm (MWIR).
• FoV: 35,5º x 28,7º (Wide) / 1,8º x 1,5º (Tele).
• Zoom óptico 20x continuo.
• Enfoque manual.
• Sensibilidad Térmica: 25mK
2.1.2.4 Telémetro Láser
• Precisión de ± 5m a 10 km para blanco NATO (2,3m x 2,3m).
2.1.2.5 Capacidades de los sensores
Los sensores electro ópticos serán capaces de prestar las siguientes funcionalidades (Según criterio de Johnson):
• Apoyo a la actividad Náutica Deportiva:
- Detección con cámara visible de una embarcación de 1m x 0,5m a 6Km (2,1 líneas / 0,75 req. criterio).
- Identificación con cámara spotter de una embarcación de 1m x 0,5m a 6Km (6,4 líneas / 6 req. criterio).
• Apoyo a la Seguridad Pública:
- Identificación con cámara visible panorámica de una persona a 1Km (17,3 líneas / 6 req. criterio).
• Apoyo a operaciones de Búsqueda y Rescate:
- Identificación con cámara spotter de una balsa de 1mx0,5m a 6Km (6,4 líneas / 6 req. criterio).
• Posicionamientos de focos ígneos:
- Altura 500 pies (Identificación con MWIR (65 líneas / 6 req criterio), foco ígneo 0,5m*0,5m).
• Posicionamiento de manchas de hidrocarburos:
- Altura 500 pies (Identificación con cámara visible (59 líneas / 6 req criterio), mancha 0,5m*0,5m).
• Patrullaje para control de tráfico y de actividades pesqueras:
- Altura 1000 pies: identificación con cámara visible de una embarcación de 10m x 2m (267 líneas / 6 req. criterio).
- Altura 1000 pies: identificación con cámara MWIR, embarcación 10m x 2m (204 líneas / 6 req. criterio).
2.1.3 Unidad de Procesamiento y Control
Esta unidad proveerá las siguientes funcionalidades:
• Capacidad de seguimiento automático de blancos (autotracking).
• Georreferencia de imágenes.
• Grabación digital de video.
• Software en Español.
• Interfaz de Comunicaciones:
Transmisión preferentemente digital, compatible con el ancho de banda
que se va a transmitir, estandarizado y encriptado para todas las
fuerzas de manera tal que en un solo sistema de recepción se pueda
observar todos los medios de cada una de ellas. A fines de garantizar
la estandarización en cada Fuerza y la interoperabilidad entre las
FFSS, el Comitente proveerá el equipamiento de encripción y el de
transmisión/recepción que fuere vigente para todas las FFSS en sus
unidades móviles en cuanto a sus comunicaciones digitales (bandas,
protocolos, uso de medidas/contramedidas y encripción).
Recepción: receptor fijo con trackeo automático con un alcance no menor
100 km a 1000 pies de altura y un receptor portátil para ser utilizado
en la zona de operación del helicóptero. El Comitente proveerá el
sitio, la torre, su arriostramiento y cableado, toda su infraestructura
auxiliar y de seguridad necesaria así como los enlaces externos y los
permisos de operación necesarios para la operación del Receptor Fijo.
2.1.4 Unidad de Comando y Presentación
Esta unidad posee las siguientes características:
• Unidad portátil cableada.
• Monitor de 7 pulgadas.
• Presentación en pantalla de:
- Posición por GPS propio, fecha y hora.
- AHRS (referencia de rumbo y actitud).
- Telémetro láser (distancia al blanco).
- Datos calculados del blanco: posición, rumbo y velocidad.
2.1.5 Sistema de Diseminación de Imágenes
En el caso de que, a los efectos de la evaluación operativa de los
prototipos en desarrollo fuera necesario realizar vuelos experimentales
en aeronaves en servicio de las FFSS y los CCPP, INVAP proveerá la
certificación aeronavegabilidad correspondiente otorgada por la
autoridad competente.
3- Características técnicas mínimas del SADI a ser montado en aeronaves para la Etapa 3. Producción.
| REQUISITOS TECNICOS MINIMOS A CUMPLIR POR EL SADI EN LA ETAPA DE PRODUCCION |
PLATAFORMA ESTABILIZADA | La altura de la torreta no debe ser mayor a 50cm. (ubicación lateral). |
Peso no mayor a 45 kg |
Estabilización no mayor a 5 microradianes. |
Recorrido PAN: 360º continuo |
Cobertura en elevación: comprendido entre +30º y -120º |
Estabilización
mínima: 5 ejes activos (por mov. de rolido). Como este proyecto es a
dos años, lo deseable debería desarrollarse con 6 ejes como los modelos
actuales. |
Resistencia de velocidad: mínimo 200kts |
Temperatura de operación: -40ºC a 55ºC |
SENSOR VISIBLE PANORAMICO | Resolución: HD (mínimo 720x1080) Formato: NTSC/PAL |
FOV:
comprendido entre un valor máx. superior a 25º y un mín. inferior a 1º.
Zoom óptico: superior a 23x Zoom electrónico: superior a 2x y 4x
(continuo) Total 96 x |
Sensibilidad 0.1 Lux y Capacidad de trabajar Cercano al IR |
Distancia
de detección de una persona: 12 a 14 Km. Distancia de reconocimiento de
una persona: 5 a 7 Km. Distancia de identificación de una persona: 2 a
4 Km. |
SENSOR INFRARROJO | Resolución en HD (mínimo 720x1080) Formato: NTSC/PAL |
Banda espectral en infrarrojo: mínimo 3 – 5 µm (MWIR) |
FOV:
comprendido entre un valor máx. superior a 25º y un mín. inferior a 1º.
Zoom óptico: superior a 23x Zoom electrónico: superior a 2x y 4x
(continuo) Total 96x |
Enfoque: Automático y manual |
Sensibilidad Térmica: 25Mk |
SENSOR VISIBLE SPOTTER | Tipo
HD 720p Sensibilidad 0.1 Lux y Capacidad de trabajar Cercano al IR. FOV
(Campo de Visión) Final 0.10° Campos de visión: 0.10º |
TELEMETRO LASER | Alcance mínimo de 20 km con una precisión no mayor a +/- 5m. |
ILUMINADOR LASER | Ancho de Banda Aprox. 810 nm Potencia no menor 1.5 Watts |
INTERFASES DE COMUNICACIONES | Transmisión
preferentemente digital, compatible con el ancho de banda que se va a
transmitir, estandarizado y encriptado para todas las fuerzas de manera
tal que en un solo sistema de recepción se pueda observar todos los
medios de cada una de ellas. Tecnología COFDM Recepción: receptor fijo
con trackeo automático con un alcance no menor 100 km a 1000 pies de
altura y un receptor portátil para ser utilizado en la zona de
operación del helicóptero. |
CAPACIDADES | Autotrack (que se mantenga a máx. zoom). |
Georreferencia, |
Capacidad de trabajo con otros sistemas. |
Fusión de imágenes. |
Apoyo
a la actividad Náutica Deportiva (Identificación de Embarcaciones a 6
km). Apoyo a la Seguridad Pública (identificación de personas a 1km)
Operaciones SAR (Búsquedas de personas en el agua, balsas salvavidas y
restos de buques siniestrados a 6km). Posicionamientos de focos ígneos
(altura mínima 500 pies). Posicionamiento de manchas de hidrocarburos
(altura mínima 500 pies). Patrullaje para control de tráfico y de
actividades pesqueras. (Altura mínima de 1000 pies). Debe poseer una
entrada para GPS auxiliar de referencia externa. |
La
unidad de control deberá ser portátil La información debe presentarse
en un monitor color de alta resolución LED o LCD con una dimensión
comprendida entre 10 pulgadas a 13 pulgadas. |
Deberá contar con una grabadora digital de video de características acorde a las señales provenientes de los sensores. |
El sistema deberá poder transmitir en tiempo real a la base las imágenes registradas y procesadas a bordo |
Deberá poseer capacidad de grabación digital de los videos obtenidos por un tiempo no menor a 6 hs. |
Deberá poseer una base de acero que permita su instalación sobre columnas, torres o estructuras edilicias en forma segura. |
El software para la operación del sistema deberá ser en idioma Español. |
PRESENTACION EN PANTALLA | Posición GPS propia (por los tres métodos en grados) con posición geográfica, altura sobre el nivel de mar, fecha y hora. |
AHRS (referencia de rumbo y actitud) |
Telemetro laser (distancia al blanco) |
Datos calculados del blanco: posición, rumbo y velocidad |
CERTIFICACION | El producto deberá estar homologado y certificado a cada modelo aeronave. |
Cumplimiento de las normas MIL-STD– 810, MIL-STD – 461 y MIL-STD-704. |
AERONAVES | PREFECTURA
NAVAL: DAUPHIN AS 365 N2 4 (CUATRO), CASA C-212 - S68 3 (TRES).
GENDARMERIA NACIONAL: EC 350 B 1 (UNO), EC 3502 1 (UNO) ; EC350 B3 6
(SEIS), BELL HUEY II 4 (CUATRO), EC 135 1(UNO) POLICIA FEDERAL: BO 105
MOD CBS y CBS4 3 (TRES); EC 135 T2 plus 3 (TRES) |
PUNTOS FIJOS | CANTIDAD A DETERMINAR POR CADA FUERZA SEGUN ZONA GEOGRAFICA |
EMBARCACIONES | PREFECTURA NAVAL: De Altura: 12 (DOCE) De Rada/rio/móviles avistajes 78 (SETENTA Y OCHO) |
Anexo B: Cronograma General de Trabajo
Contenido
Anexo B: Cronograma General de Trabajo
1 Planificación del proyecto
1.1 Etapa de Ingeniería y Evaluación Operativa
1.2 Etapa de Desarrollo
1.3 Etapa de Producción Seriada
1.4 Entregables
1.4.1 Entregables Etapa 1
1.4.1.1 Ingeniería Conceptual y de Detalle
1.4.1.1.1 Ingeniería Conceptual
1.4.1.1.2 Ingeniería de Detalle:
1.4.1.2 Modelos de Evaluación Operativa
1.4.2 Entregables Etapa 2
1.4.3 Entregables Etapa 3
2 Cronograma de tareas
2.1 Compra de Componentes
2.2 Consideraciones de Planificación
1- Planificación del proyecto
El objetivo de este proyecto es la fabricación de un Sistema de
Adquisición y Diseminación de Imágenes. El proyecto está dividido en
tres etapas. La primera etapa es el Diseño, Ingeniería y Construcción
de Modelos, la segunda etapa es el Desarrollo del Sistema, y la tercera
etapa consiste en la Producción en Serie del Sistema.
1.1- Etapa de Ingeniería y Evaluación Operativa
Esta etapa comprende el desarrollo de la Ingeniería Conceptual y de
Detalle del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes.
Asimismo, esta etapa prevé la construcción de dos (2) SADI Modelos de
Evaluación Operativa. Dichos modelos serán utilizados por las FFSS y
CCPP para evaluar su operabilidad y realimentar la etapa de Desarrollo.
1.2- Etapa de Desarrollo
La etapa de Desarrollo sigue un ciclo de vida incremental e iterativo.
Se encuentra dividida en fases, donde cada nueva fase incorpora nuevas
funcionalidades al sistema, incrementando las prestaciones del
producto. Al mismo tiempo, se mejoran iterativamente las
funcionalidades ya incorporadas corrigiendo los problemas detectados
durante las pruebas funcionales de las fases anteriores.
Cada fase incorpora funcionalidades específicas para cada una de las
plataformas y genera prototipos denominados Modelos de Evaluación
Tecnológica (SMET). Cada uno de los SMET incrementa las funcionalidades
y corrige problemas presentes en el anterior. Se planifican un total de
cuatro SMETs, llegando de este modo a completar las funcionalidades en
el SMET-4.
Cada SMET será sometido a pruebas funcionales con participación de los
usuarios, incorporando de esta manera la realimentación del usuario a
través de todo el proceso de desarrollo.
En el caso de que, a los efectos de la evaluación operativa de los SMET
fuera necesario realizar vuelos experimentales en aeronaves de las FFSS
y los CCPP, INVAP proveerá la certificación de aeronavegabilidad
correspondiente otorgada por la autoridad competente.
Los modelos de evaluación tecnológica SMET-1 a SMET-3 cumplen la
función de prototipos demostradores de tecnología, mientras que el
SMET-4 será el prototipo operativo del sistema.
A los fines de la mejor comprensión de esta clasificación se explicitan las definiciones para cada caso.
Prototipo demostrador de tecnología (SMET-1; SMET-2 y SMET-3)
Es un prototipo que permite demostrar:
• factibilidad del concepto propuesto
• suficiencia en el manejo de las tecnologías involucradas
• disponibilidad de los recursos humanos y materiales para iniciar el proceso de desarrollo y construcción del producto.
Este prototipo es propiedad del cliente y permanece en las
instalaciones del proveedor durante el tiempo del proyecto a fin de ser
utilizado como referencia durante el desarrollo.
Prototipo operativo (SMET-4)
Es un prototipo surgido del proceso de desarrollo que sirve para
validar el sistema y verificar la confiabilidad del diseño antes de
iniciar la etapa de producción en serie. Este prototipo funciona de la
misma manera que funcionará el producto final, pudiendo presentar
algunas limitaciones respecto de éste. El prototipo operativo es
propiedad del cliente y puede ser desplegado en campo para cumplir las
funciones para las cuales fue diseñado.
1.3- Etapa de Producción Seriada
La etapa de Producción se encuentra dividida en fases. En cada fase se produce un nuevo Sistema Funcional a ser entregado.
1.4- Entregables
Los productos finales de la Etapa 1 - Ingeniería y Evaluación Operativa
serán los planos del sistema a desarrollar y los DOS (2) Modelos de
Evaluación Operativa del Sistema de Adquisición y Diseminación de
Imágenes.
El producto final de la Etapa 2 - Desarrollo será el Prototipo Operativo del Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes
Los productos finales de la Etapa 3 - Producción serán al menos VEINTE
(20) Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para ser
montados en aeronaves de las FFSS y CCPP.
El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir
de SADI para ser montados en vehículos terrestres y/o embarcaciones en
versiones adaptables a estos usos de los prototipos desarrollados en la
Etapa 2.
1.4.1- Entregables Etapa 1
La siguiente tabla define los entregables de esta etapa:
Entregable | Descripción |
Ingeniería conceptual y de detalle del Sistema. | Conjunto
de planos que permitirá construir una plataforma estabilizada PLATES
para 4 sensores (Visible HD, IR, Visible spotter o alta sensibilidad y
Telémetro láser). |
Modelos de evaluación operativa | Construcción de 2 (DOS) Modelos de Evaluación Operativa equipados con:
• una cámara visible de alta definición (HD) con zoom 20x
• estabilización en 4 ejes
• unidad de control y presentación (joystick y pantalla de 7 pulgadas) |
1.4.1.1- Ingeniería Conceptual y de Detalle
El objetivo de esta provisión es entregar un conjunto de planos que
permita construir un Sistema de Adquisición y Diseminación de Imágenes,
que consta de los siguientes componentes:
• Plataforma PLATES de 4 canales equipados del modo siguiente:
a. visible HD,
b. infrarrojo,
c. telémetro láser
d. visible spotter
1.4.1.1.1- Ingeniería Conceptual
Comprende los siguientes documentos:
a) Documentación de arquitectura de producto.
b) Documentación de control de interfaces.
c) Presupuestos de tamaño, peso y potencia requerida (SWaP – Size, Weight and Power).
d) Documento de selección de sensores electro-ópticos.
e) Documento de selección de sensores de posición, distancia y actitud.
f) Definición de unidades de procesamiento a adquirir y a desarrollar.
g) Documento de especificación de unidades de procesamiento a adquirir.
i. Unidades de grabación digital.
1.4.1.1.2- Ingeniería de Detalle:
Comprende los siguientes documentos:
h) Diseño mecánico:
i. Plano mecánico de la plataforma.
ii. Diseño del montaje de sensores.
iii. Diseño de sistemas de interconexión y cableado.
i) Diseño electrónico:
i. Diseño de unidades a desarrollar.
ii. Esquemáticos detallados.
iii. Listado de componentes.
j) Diseño de software:
i. Diseño de alto nivel del sistema.
ii. Diseño de alto nivel de software de procesamiento.
k) Diseño de integración y pruebas:
i. Definición de procedimientos de integración.
ii. Diseño de alto nivel de pruebas de sistema.
1.4.1.2- Modelos de Evaluación Operativa
El objetivo de esta provisión es entregar dos modelos funcionales a
escala reducida de la plataforma estabilizada PLATES con las siguientes
funcionalidades:
• Sensor electro-óptico visible de alta definición, constituido por una cámara block con zoom óptico de 20x.
• Estabilización en cuatro ejes.
• Unidad de Control y Presentación local, incluyendo joystick para
control de cámaras y pantalla integrada para visualización de imágenes.
Estos modelos se utilizarán para caracterizar el funcionamiento del
mecanismo de estabilización y evaluar el comportamiento en condiciones
operativas.
1.4.2- Entregables Etapa 2
El entregable esta etapa es un Prototipo Operativo de la Plataforma
Estabilizada PLATES (SMET-4), con las funcionalidades y características
técnicas descriptas en el Anexo A.
1.4.3- Entregables Etapa 3
Los entregables de esa etapa serán las unidades definidas en el
contrato de la serie de producción. Los detalles técnicos de estos
equipos quedarán definidos al finalizar la Etapa 2, pero deberán
responder, como mínimo, a las características técnicas desarrolladas en
el punto 3. del Anexo A.
2- Cronograma de tareas
La Figura 1 muestra el cronograma de tareas para las Etapas 1 y Etapa 2
del proyecto. En la figura se detallan las fases y los entregables de
cada fase.
2.1- Compra de Componentes
Se planea realizar las compras de componentes críticos durante la Etapa
2 de forma tal que los plazos de entrega se adapten a las necesidades
del proyecto.
Los ítems enunciados como compras comprenden las siguientes actividades:
• Especificación técnica de los bienes a adquirir.
• Selección de proveedores basándose en los siguientes criterios:
• técnicos (grado de cumplimiento con las especificaciones, soporte post venta, garantía, etc.).
• comerciales (precios, condiciones comerciales, referencias de mercado).
• programáticos (tiempos de entrega y cantidades suministradas).
• legales (exigencias relativas a acuerdos de control de exportaciones).
• Gestión integral del proceso de compra.
• Pruebas de recepción de los bienes adquiridos.
2.2- Consideraciones de Planificación
Se planifica desarrollar el sistema con iteraciones sucesivas, de forma
tal de completar un nuevo Modelo de Evaluación Tecnológica (SMET) al
fin de cada iteración.
Este esquema posibilita una rápida realimentación de los resultados de
las pruebas y de las opiniones y experiencias operativas de los
usuarios de las FFSS a todo el desarrollo y permite gestionar
flexiblemente los riesgos e incidencias del proyecto.
Figura 1: Cronograma de Tareas Etapa 1 y Etapa 2
En cada hito, en función de los avances realizados, la situación de
factibilidad de adquisición de componentes y los riesgos remanentes, se
efectuará una re-evaluación de los alcances de SMETs subsiguientes. En
particular al finalizar la FASE 2 de la Etapa 2 se efectuará una
Revisión de Final de Requerimientos de Prototipo Operativo, que
permitirá definir el precio de la unidad recurrente de serie.
El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir
de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o
embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos
desarrollados en la Etapa 2.
Anexo C: Cronograma de Pagos
ETAPA
CALENDARIO PRELIMINAR DE PAGOS ETAPA 1 |
Valores expresados en PESOS con IVA incluido |
| FECHA FACTURACION ESTIMADA | Monto |
|
|
|
ANTICIPO ETAPA 1 | T1 | $ 4.200.000 |
Ingeniería Conceptual y de Detalle |
|
|
Construcción de Modelos de Evaluación Operativa | T1 + 3 meses | $ 5.500.000 |
|
|
|
FIN ETAPA 1 |
|
|
|
|
|
TOTAL |
| $ 9.700.000 |
Tabla 1: Cronograma preliminar de pagos Etapa 1.
T1: Fecha de inicio de la Etapa 1,
coincidente con la fecha de la aprobación del Convenio Específico por
el Jefe de Gabinete de Ministros.
ETAPA 2
CALENDARIO PRELIMINAR DE PAGOS ETAPA 2 |
Valores expresados en PESOS con IVA incluido |
| FECHA FACTURACION ESTIMADA | Monto |
|
|
|
ANTICIPO ETAPA 2 | T2 | $ 5.000.000 |
|
|
|
FASE 1 |
|
|
Certificación de partes componentes | T2 + 3 meses | $ 2.500.000 |
SMET-1: Modelo estructural a escala reducida | T2 + 6 meses | $ 2.500.000 |
|
|
|
FASE 2 |
|
|
Certificación de partes componentes | T2 + 9 meses | $ 2.250.000 |
SMET-2: Modelo estructural | T2 + 12 meses | $ 2.250.000 |
|
|
|
FASE 3 |
|
|
Certificación de partes componentes | T2 + 15 meses | $ 3.500.000 |
Certificación de Estabilización de Plataforma | T2 + 18 meses | $ 3.500.000 |
SMET-3: Modelo Funcional | T2 + 21 meses | $ 3.500.000 |
|
|
|
FASE 4 |
|
|
Revisión final de Ingeniería | T2 + 24 meses | $ 3.000.000 |
Integración de Sensores y Software | T2 + 27 meses |
|
SMET-4: Prototipo Operativo | T2 + 39 meses | $ 1.000.000 |
|
|
|
TOTAL |
| $ 29.000.000 |
Tabla 2: Cronograma preliminar de pagos Etapa 2.
T2: Fecha de inicio de la Etapa 2., coincidente con la verificación de
disponibilidad de fondos presupuestarios del MINSEG en los ejercicios
2012/2013 para dar cumplimiento al Convenio Específico y/o finalización
de la Etapa 1, la que fuera posterior.
ETAPA 3
La Etapa 3 abarca la producción de una serie de, al menos, VEINTE (20)
Sistemas de Adquisición y Diseminación de Imágenes para ser montados en
aeronaves de las FFSS y CCPP.
El MINSEG e INVAP podrán acordar la producción de cantidades a definir
de SADI para ser montados en torres, vehículos terrestres y/o
embarcaciones en versiones adaptables a estos usos de los prototipos
desarrollados en la Etapa 2., al finalizar esta Etapa, o antes del
completamiento de la FASE 4, en función de las necesidades operativas
de las FFSS y CCPP.
El alcance y precio de las unidades a producir será definido a 18 meses
de la firma del presente contrato, al cerrarse la fase 2 de la Etapa 2.
Como referencia, se estima que cada unidad tendrá un precio aproximado
al de un equipo de origen Estados Unidos de América nacionalizado, de
prestaciones similares.
El comienzo de la Etapa 3 - Producción, dependerá de las
disponibilidades de fondos presupuestarios correspondientes por parte
del MINSEG y de las condiciones técnicas y económico-financieras de la
producción.
e. 16/01/2012 N° 3542/12 v. 16/01/2012