MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 2/2011
Registro Nº 1720/2011
Bs. As., 15/12/2011
VISTO el Expediente Nº 1.472.096/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.472.096/11, obra el Acuerdo
celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE
TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 27, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen la
incorporación de ciertas funciones anteriormente encuadradas como
“fuera de convenio”, al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº
257/97 “E”, conforme surge de los términos y condiciones del texto
pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que cabe señalar que atento al tenor del mismo procede su registro como
acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho
individual del personal afectado.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Declárase registrado el Acuerdo celebrado entre la UNION
DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.)
y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas
2/3 del Expediente Nº 1.472.096/11, ratificado a foja 27, conforme con
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a. fin que el
Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas
2/3 del Expediente Nº 1.472.096/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 257/97 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.472.096/11
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 2/11 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1720/11. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 27 días del mes de junio de 2011,
se reúnen, por una parte, los Señores Osvaldo SERRANO y Roberto TUCCI
en representación de UPJET y por la otra, los Sres. Daniel DI FILIPPO y
Hugo RE, en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., quienes
manifiestan lo siguiente:
PRIMERO: Las funciones que hasta la actualidad se encontraban
encuadradas como “fuera de convenio” según el detalle de puestos del
anexo I y en los organismos que allí mismo se indican, pasan a formar
parte del ámbito de aplicación del CCT 257/97 E y representadas por
UPJET. Dichas funciones forman parte de las categorías y denominaciones
convencionales existentes.
SEGUNDO: En atención a los términos del acuerdo arribado, las partes
manifiestan que nada mas tendrán que reclamarse recíprocamente por
ningún concepto, respecto de la incorporación al CCT 257/97 E y
representadas por UPJET de los trabajadores que ocupan los puestos
“fuera de convenio” que se detallan en el Anexo I y en los organismos
que allí mismo se indican alcanzados por el presente acuerdo, sobre
cuyas eventuales consecuencias y derivaciones las partes manifiestan
que se encuentran definitivamente acordadas las diferencias que
pudieran haberse originado.
Las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la
pertinente homologación del presente, en aquellas cuestiones que
resulte pertinente.
Sin más, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ANEXO I
(Acta del 27/6/2011)