MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Resolución 360/2011
Modifícase la Resolución Nº 1592/06,
relacionada con la implementación del Libro de Quejas para la atención
de los reclamos vinculados al desempeño de las dependencias
administrativas.
Bs. As., 30/12/2011
VISTO el Expediente Nº S01:45185/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y,
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución Nº 1592 de fecha 14 de septiembre de
2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS se aprobó la implementación del Libro de Quejas
para la atención de los reclamos vinculados al desempeño de las
dependencias administrativas del citado Ministerio.
Que mediante la citada resolución se delegó la supervisión de las
tareas relativas a la implementación del Libro de Quejas, en la
COORDINACION DE GESTION DE LOS ASUNTOS INSTITUCIONALES dependiente de
la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION INSTITUCIONAL de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION DE CONTROL Y GESTION de este Ministerio.
Que por el Decreto Nº 1496 de fecha 16 de septiembre de 2008 se designó
transitoriamente a partir del 1 de febrero 2008 en el cargo de Director
General de Despacho y Mesa de Entradas, al Señor Ricardo Alberto
ALTAMIRANO (MI Nº 13.595.479), dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que de acuerdo con las funciones propias de la DIRECCION GENERAL DE
DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS establecidas en el Decreto Nº 1142 de fecha
26 de noviembre de 2003 y atento a que el Libro de Quejas se encuentra
en la Mesa General De Entradas a disposición de los particulares para
la atención de los reclamos vinculados al desempeño de las dependencias
administrativas y con el objeto de mantener una única directriz en la
instrumentación del mismo, como así también lograr una mayor celeridad
en la respuesta a los distintos reclamos resulta necesario delegar la
supervisión del Libro de Quejas en el Director General de Despacho y
Mesa de Entradas.
Que el GRUPO DE TRABAJO PARA EL SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS
ADMINISTRATIVOS (SIPA), creado por Resolución Nº 184 de fecha 9 de
abril de 2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, tiene como cometido asistir y asesorar
al Señor Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión en lo
concerniente a la gestión administrativa, por lo que resulta atinado
asignar la función de asistir al Señor Director General de Despacho y
Mesa de Entradas, en el seguimiento del tramite administrativo
resultante de la queja asentada por los usuarios a fin de lograr
celeridad y transparencia en la respuesta a los mismos.
Que a los efectos de asegurar la agilidad y efectividad del sistema y
una pronta respuesta a los usuarios, resulta conveniente actualizar el
INSTRUCTIVO PARA LA IMPLEMENTACION DEL LIBRO DE QUEJAS, aprobado por el
Anexo I de la resolución Nº 1592/2006.
Que la presente medida no implica erogación presupuestaria adicional al ESTADO NACIONAL.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 10 Inciso c) del Decreto Nº 1883 de fecha 17
de septiembre de 1991, del Artículo 2º del Decreto Nº 601 de fecha 11
de abril de 2002 y del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el
Artículo 3º de la Resolución Nº 1592 de fecha 14 de septiembre de 2006
del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO
3º: Asígnase la función de supervisar la aplicación de lo dispuesto en
el artículo 1º de la presente resolución al Director de la DIRECCION
GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION de este Ministerio”.
Art. 2º — Encomiéndase al GRUPO
DE TRABAJO PARA EL SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS
la función de asistir al Director General de Despacho y Mesa de
entradas de este Ministerio, en la supervisión del cumplimiento del
“Instructivo para la implementación del Libro de Quejas”.
Art. 3º — Sustitúyese el
Artículo 2º del Anexo I de la Resolución 1592/2006 de este Ministerio,
conforme al ANEXO que integra la presente resolución.
Art. 4º — La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna al ESTADO NACIONAL.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio M. De Vido.
ANEXO
“ARTICULO 2º.- una vez asentada la Queja, el personal de la Mesa general de Entradas llevará a cabo el siguiente procedimiento:
a) se procederá a obtener UNA (1) fotocopia de la foja a la cual se halla asentada la queja.
b) Se autenticará la copia y se iniciará un expediente con la misma.
c) El expediente iniciado será elevado a consideración del Sr. Director
General de la DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
d) El Sr. Director General dará intervención al GRUPO DE TRABAJO PARA
EL SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS (SIPA) creado
por Resolución Nº 184 de fecha 9 de abril de 2007 del Registro del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a
fin de que el mismo supervise el trámite resultante de la queja.
e) El expediente será derivado al área involucrada en la queja a
efectos de que en el plazo de CINCO (5) días hábiles se proceda a dar
la respuesta pertinente.
f) El área involucrada deberá remitir el expediente a la mesa de
entradas de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION
(LZENCOOR).
g) En el término de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles, el SIPA
convocará al usuario a la sede de la DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y
MESA DE ENTRADAS y procederá a notificarlo fehacientemente,
extendiéndole una copia autenticada de la respuesta obtenida y dejando
constancia en el expediente.
h) En caso de resultar imposible la comparecencia del usuario, se enviará por carta certificada copia de la respuesta obtenida.
i) Una vez concluido el trámite, se dará intervención al Director
General, quien de estimarlo pertinente procederá al archivo del
expediente a través del área archivo de la DIRECCION GENERAL DE
DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS.