MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 680/2011

Registro Nº 1657/2011

Bs. As., 29/11/2011

VISTO el Expediente Nº 1.453.522/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.453.522/11 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, ratificado a fojas 56 y 67 del Expediente citado en el Visto, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el mentado Acuerdo las partes convienen un incremento salarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 24/75, conforme con los términos que surgen del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del mismo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto homologatorio deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de base promedio y tope indemnizatorio para dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, obrante a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.453.522/11, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.453.522/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la base promedio y tope indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 24/75.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.453.522/11

Buenos Aires, 1 de diciembre de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 680/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1657/11. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACUERDO SALARIAL AÑO 2011

Entre el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, representado por su Presidente Lic. Jorge OTHARAN y su Gerente General Ing. Valentín MORAN, con domicilio legal en Av. Mario M. Guido s/Nº del Puerto de Ingeniero White - Bahía Blanca - Provincia de Buenos Aires y la UNION FERROVIARIA, representada por su Secretario General Adjunto a cargo de la Secretaría General Sr. Guillermo D’ANGELLA, su Secretario de Educación, Cultura y Capacitación Tecnológica Sr. Eduardo Raúl FUERTES, su Asesor Legal Dr. Emiliano Del Sordo, juntamente con los Delegados del Personal Sres. Luciano TRAPANI y Miguel A. AYOROA, con domicilio legal en Av. Independencia 2880 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convienen en formalizar el presente acuerdan:

En virtud de las conversaciones mantenidas en el ámbito de las reuniones Paritarias y la buena predisposición de ambas partes, todo ello dentro del marco normativo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 24/75 y Acta de fecha 16/11/93 homologada por la Autoridad de Aplicación mediante Disposición Nº 1055-DNRT-95, se pacta lo siguiente:

PRIMERA: Establecer un incremento salarial del 28,40% para el personal empleados y obreros representados por la Unión Ferroviaria para el año 2011, el cual se implementará en dos tramos:

a) Incrementar a partir del 01/05/2011 los salarios básicos de todos los niveles en un 20%.

b) Incrementar a partir del 01/11/2011 los salarios básicos de todos los niveles en un 7%.

SEGUNDA: Conforme con lo pactado en el artículo anterior, se establece modificar a partir de las fechas correspondientes (1 de mayo y 1 de noviembre de 2011) el Anexo 1, que se agregan a la presente.

TERCERA: Las partes se obligan a presentar el presente documento para conocimiento y homologación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de mayo de 2011.

ANEXO 1

CONSORCIO DE GESTION PUERTO BAHIA BLANCA

Escala Salarial: Vigencia 1 de mayo de 2011


NivelBásicoPresentismoAdic.Prod.Polif.TotalAnt/Año
Superv. Area13.187,003.164,88
16.351,88131,87
Adm.110.394,002.494,56
12.888,56103,94
Adm. 28.660,002.078,40
10.738,4086,60
Obr. Capataz7.112,001.706,883.543,3012.362,1871,12
Obr. 16.458,001.549,923.217,4711.225,3964 58
Adm. 34.493,001.078,32
5.571,3244,93
Adm. 43.898,00935,52
4.833,5238,98
Obr. 23.856,00925,441.921,116.702,5538,56

Título
Secundario: 5% del básico del nivel
Terciario: 10% del básico del nivel
Universitario: 15% del básico del nivel
Posgrado: 20% del básico del nivel

Escala Salarial: Vigencia 1 de noviembre de 2011

NivelBásicoPresentismoAdic.Prod.Polif.TotalAnt/Año
Superv. Area14.1103.386,42
17.496,51141,10
Adm.111.1222.669,18
13.790,76111,22
Adm. 29.2662.223,89
11.490,0992,66
Obr. Capataz7.6101.826,363.791,3313.227,5376,10
Obr. 16.9101.658,413.442,6912.011,1769,10
Adm. 34.8081.153,80
5.961,3148,08
Adm. 44.1711.001,01
5.171,8741,71
Obr. 24.126990,222.055,597.171,7341,26


Título
Secundario: 5% del básico del nivel
Terciario: 10% del básico del nivel
Universitario: 15% del básico del nivel
Posgrado: 20% del básico del nivel