Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 3/2011
Prorrógase la vigencia del Programa de Empleo Comunitario.
Bs. As., 21/12/2011
VISTO el Expediente Nº 1.102.326/04 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Empleo Nº 24.013, los
Decretos Nº 336 del 23 de marzo de 2006 y Nº 1602 del 29 de octubre de
2009, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 7 del 3 de enero de 2003, Nº 502 del 29 de mayo de 2006, Nº
1558 del 29 de diciembre de 2010, la Resolución de la SECRETARIA DE
EMPLEO Nº 44 del 17 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 7, del 3 de enero de 2003, se creó el PROGRAMA DE EMPLEO
COMUNITARIO destinado a trabajadoras y trabajadores desocupados que se
encuentren en situación de vulnerabilidad social, con el objeto de
promover su participación en actividades que mejoren su empleabilidad y
faciliten su inserción laboral.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 1558, del 29 de diciembre de 2010, se extendió la vigencia
del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO hasta el día 31 de diciembre de 2011.
Que ante la entrada en vigencia de la Asignación Universal por Hijo
para Protección Social, instituida por el Decreto Nº 1602 del 29 de
octubre de 2009, este Ministerio inició un proceso de revisión y
reconversión de los alcances y objetivos del PROGRAMA DE EMPLEO
COMUNITARIO.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 1558/2010 y su reglamentaria, la Resolución de la SECRETARIA
DE EMPLEO Nº 44/2011, el PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO se constituyó,
a partir del mes de enero de 2011, en una herramienta de la política de
empleo destinada a facilitar y apoyar el acceso de trabajadoras y
trabajadores al sistema de prestaciones de mejora de la empleabilidad y
de apoyo a la inserción laboral ofrecidas por el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la Red de Servicios de Empleo.
Que, en ese sentido, por el artículo 7º de la Resolución del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1558/10, se estableció que las
trabajadoras y los trabajadores que participen del PROGRAMA DE EMPLEO
COMUNITARIO durante el año 2011 podrán acceder al SEGURO DE
CAPACITACION Y EMPLEO de base no contributiva, instituido por el
Decreto Nº 336 del 23 de marzo de 2006 y reglamentado por la Resolución
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 502 del 29 de
mayo de 2006 y sus modificatorias y complementarias.
Que el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, de base no contributiva, tiene
por objeto brindar apoyo a trabajadoras y trabajadores desocupados en
la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias
laborales, en su inserción en empleos de calidad y/o en el desarrollo
de emprendimientos independientes.
Que los resultados obtenidos en el corriente año permiten observar que
el PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO es una instancia introductoria e
inductiva eficaz para favorecer la inclusión de trabajadoras y
trabajadores en prestaciones de mejora de la empleabilidad y de apoyo a
la inserción laboral.
Que, por ende, resulta pertinente extender la vigencia del PROGRAMA DE
EMPLEO COMUNITARIO durante el año 2012 y prever que las trabajadoras y
los trabajadores que participen en el citado Programa, durante este
nuevo período, podrán acceder a las prestaciones del SEGURO DE
CAPACITACION Y EMPLEO, como instancia superadora en el proceso de
construcción y/o consolidación de sus proyectos formativos y
ocupacionales.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
la Ley de Empleo Nº 24.013 y por el artículo 2º del Decreto Nº 336 del
23 de marzo de 2006.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrógase la vigencia del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO desde su vencimiento y hasta el día 31 de diciembre de 2012.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1130/2012
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 4/1/2013 se
prorroga la vigencia del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO desde su
vencimiento y hasta el día 31 de diciembre de 2013)
Art. 2º — Extiéndese la
posibilidad de acceder a la cobertura prevista por el SEGURO DE
CAPACITACION Y EMPLEO, instituido por el Decreto Nº 336/06, a los
trabajadores y las trabajadoras que participen en el marco del PROGRAMA
DE EMPLEO COMUNITARIO durante el año 2012.
Art. 3º — Para acceder a la
cobertura del SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, las trabajadoras y los
trabajadores participantes del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO deberán
reunir los requisitos y cumplimentar los procedimientos establecidos
por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nº 502/06 y sus modificatorias y complementarias.
Art. 4º — Las trabajadoras y
los trabajadores participantes durante el año 2012 del PROGRAMA DE
EMPLEO COMUNITARIO dispondrán de un plazo máximo de CUATRO (4) meses,
contado desde su último mes de participación, para tramitar su adhesión
al SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO.
Art. 5º — Facúltase a la
SECRETARIA DE EMPLEO a dictar las normas interpretativas,
reglamentarias y/o de aplicación que resulten necesarias para la
implementación de la presente medida.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.