Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 58/2012
Dispónese el pago de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 971/11.
Bs. As., 27/1/2012
VISTO lo dispuesto en la Ley Nº 26.375, la Resolución ex MJSyDH Nº 1720
del 27 de junio de 2008, el Legajo Nº 54/11 de la UNIDAD ESPECIAL PARA
BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 1º de la Ley Nº 26.375 ha sido creado un
Fondo de Recompensa en jurisdicción del ex MINISTERIO DE JUSTICIA,
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS destinado a abonar una compensación
dineraria a aquellas personas que brinden datos útiles, cuando
resultasen determinantes para la detención de personas buscadas por la
justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de
paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa
humanidad.
Que dicho cuerpo legal ha creado también la UNIDAD ESPECIAL PARA
BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, que funciona en la
órbita de este Ministerio.
Que por Resolución MJyDH Nº 971 del 14 de julio de 2011 se dispuso el
ofrecimiento en carácter de recompensa, dentro de la REPUBLICA
ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas
personas que aporten datos útiles que sirvan para la captura de Juan
Pedro ASARO, (D.N.I. Nº 8.614.982) quien se encuentra imputado en la
causa Nº 13793/24, caratulada “Incidente de búsqueda de personas” la
cual tramita en el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE MAR DEL
PLATA, Provincia BUENOS AIRES.
Que en la citada causa interviene la Fiscalía Federal Nº 2 DE MAR DEL
PLATA, Provincia de BUENOS AIRES a cargo del doctor Gustavo M.
RODRIGUEZ.
Que con fecha 19 de diciembre del corriente año, personal de la Policía
de Seguridad Aeroportuaria logró la detención de Juan Pedro ASARO.
Que en atención a las atribuciones emergentes del artículo 8º de la
Resolución, ex MJSyDH Nº 1720/08, se hace saber que la aprehensión
obedeció exclusivamente a la utilización de los datos brindados por el
informante.
Que conforme lo previsto en el artículo 9º de la resolución citada en
el párrafo anterior, la doctora Silvia GONZALEZ, Secretaria Federal de
Derechos Humanos del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 de MAR
DEL PLATA, provincia de BUENOS AIRES, concluyó que “las tareas
investigativas dispuestas con la información aportada por esa unidad
arrojaron resultado positivo, habiéndose detenido al prófugo ASARO en
la localidad de San Isidro”.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 26.375.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Dispónese el pago
de PESOS CIEN MIL ($100.000), de conformidad con lo establecido en la
Resolución MJyDH Nº 971/11, a los efectos de hacer efectivo el pago de
la recompensa pertinente.
Art. 2º — En el marco de la Ley
Nº 26.375 en su artículo 1º y la Resolución ex MJSyDH Nº 1720/08 en su
artículo 12, desígnase como representante de este Ministerio al
Director General de Administración.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.