MINISTERIO DE SALUD
Resolución 148/2012
Modifícase la Resolución Nº 1757/11,
relacionada con el Reglamento para el otorgamiento de Asistencia
financiera a proyectos de investigación de origen nacional.
Bs. As., 2/2/2012
VISTO el Expediente Nº 1-2002-20551/11-0 del registro del MINISTERIO DE
SALUD, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre de 2010 y la Resolución
Ministerial Nº 1757 de fecha 18 de octubre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1286/10 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL
CANCER, cuyas misiones comprenden entre otras, las de dirigir y apoyar
la investigación, capacitación y distribución de la información médica.
Que por la Resolución Ministerial Nº 1757 de fecha 18 de octubre de
2011 se ha aprobado el Reglamento, las Bases y Formularios para aplicar
a la convocatoria de “Asistencia financiera a proyectos de
investigación en Cáncer de origen nacional”, de acuerdo con lo
estipulado en el ANEXO I de dicha norma, enmarcada en el Programa de
Promoción de la Investigación en Cáncer, mediante Resolución
Ministerial Nº 112 de fecha 4 de febrero de 2011, de acuerdo con los
lineamientos específicos detallados en los ANEXOS II y III de dicha
norma.
Que en el ANEXO II, punto 3.1, de la citada Resolución Ministerial Nº
1757/11, se especifica que se entregarán dos tipos de Aportes a la
Investigación de origen nacional: a) SEIS (6) Aportes Financieros a
proyectos de Investigación Clínica en Cáncer de hasta PESOS DOS
MILLONES ($ 2.000.000.-) cada una dependiendo de su complejidad, grado
de avance y coherencia interna entre el cronograma de actividades y el
presupuesto solicitado, lo cual será analizado por el Comité Externo de
Evaluación; y b) DIEZ (10) Aportes Financieros a proyectos de
Investigación Básica, Epidemiológica y/o Social en Cáncer de hasta
PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-) cada uno dependiendo de su
complejidad, grado de avance y coherencia interna entre el cronograma
de actividades y el presupuesto solicitado, lo cual será analizado por
el Comité Externo de Evaluación.
Que el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER solicita modificar el ANEXO II,
punto 3.1, de la Resolución Ministerial Nº 1757/11 a fin de ampliar el
número de asistencias a otorgar.
Que, sin perjuicio de ello y sin que signifique una modificación
presupuestaria, se procede a modificar dicha parte resolutiva de la
norma.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se adopta en ejercicio de las facultades
atribuidas por la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificado por Ley
Nacional Nº 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase del
ANEXO II, el punto 3 - Asignación de los Aportes Financieros (3.1.) de
la Resolución Ministerial Nº 1757/11, el que queda redactado de la
siguiente manera:
3.1 Se entregarán dos tipos de Aportes a la Investigación de origen
nacional: a) SIETE (7) Aportes Financieros a proyectos de Investigación
Clínica en Cáncer de hasta PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) cada una
dependiendo de su complejidad, grado de avance y coherencia interna
entre el cronograma de actividades y el presupuesto solicitado, lo cual
será analizado por el Comité Externo de Evaluación; y b) VEINTICINCO
(25) Aportes Financieros a proyectos de Investigación Básica,
Epidemiológica y/o Social en Cáncer de hasta PESOS CIENTO VEINTE MIL ($
120.000.-) cada uno dependiendo de su complejidad, grado de avance y
coherencia interna entre el cronograma de actividades y el presupuesto
solicitado, lo cual será analizado por el Comité Externo de Evaluación.
Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Juan L. Manzur.