MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 99/2012

Bs. As., 27/1/2012

VISTO el Expediente Nº 1.465.128/2011 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa Nº 917 de fecha 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorios, la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 260 del 18 de marzo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 917/10 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución M.T.E.y S.S. Nº 260/11 se aprueban las aperturas inferiores al primer nivel operativo.

Que de acuerdo con la normativa precitada, resulta necesario adecuar las aperturas organizativas de nivel departamento vigentes, a la nueva estructura aprobada.

Que dada la responsabilidad primaria y acciones establecidas para las unidades organizativas dependientes de la SECRETARIA DE TRABAJO de este Ministerio, resulta imprescindible proceder a aprobar las aperturas organizativas de nivel departamental, ello con la finalidad de establecer las condiciones adecuadas de conducción, ámbito de control y asignación de responsabilidades a cargo de la mencionada Secretaría.

Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los lineamientos fijados por el Decreto Nº 1545/94, sus normas complementarias y modificatorias, como así también la Resolución Nº 422 del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, la DIRECCION GENERAL DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE TRABAJO de este Ministerio, de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación que como Anexos la, lb, Ic, Id, le, II y III, respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º — La atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTICULO 3º — Derógase la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 962 del 3 de setiembre de 2007.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA; Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO Ia

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 163/2013 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 12/3/2013)



ANEXO Ib


ANEXO Ic


ANEXO Id

(Anexo suprimido por art. 2° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018)

(Por art. 4° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018 se aprueban  las aperturas inferiores correspondientes al nivel de departamento de la SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO de este Ministerio, de conformidad con el Organigrama y Acciones que como Anexo I (IF-2018-45055944-APN-DGGRH#MT) y II (IF-2018- 45058762 -APNDGGRH# MT) forman parte integrante de la Resolución de referencia)

ANEXO Ie


ANEXO II

SECRETARIA DE TRABAJO

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO ASESORIA TECNICO LEGAL

ACCIONES

1. Brindar asesoramiento directo a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo y a la Dirección de Negociación Colectiva y sus Departamentos, en todas las cuestiones atinentes a sus competencias.

2. Proyectar dictámenes técnico-jurídicos sobre la procedencia de la constitución de la Comisión Negociadora y de las Comisiones Paritarias de Interpretación de los Convenios Colectivos de Trabajo.

3. Elaborar dictámenes y proyectos de resolución sobre la homologación de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.

4. Elaborar dictámenes y proyectos de disposiciones de registros de acuerdos o convenios colectivos de empresa.

5. Prestar asesoramiento y asistencia técnico legal a los actores sociales participantes de las negociaciones colectivas.

6. Elaborar dictámenes sobre la procedencia del procedimiento de reestructuración productiva, procedimiento preventivo de crisis de empresas y trámite previsto en el Decreto Nº 328/88.

7. Preparar dictámenes en las actuaciones en las que se substancian recursos administrativos entablados contra actos administrativos emitidos por el titular de la Dirección Nacional.

8. Elaborar los informes requeridos en el marco del Decreto Nº 1172/03, de Acceso a la Información Pública, y en general toda información peticionada en expedientes de radicación en la Dirección Nacional.

9. Recopilar Jurisprudencia y Doctrina vinculada con la competencia de la Dirección Nacional.

10. Prestar asesoramiento, preparar dictámenes y resoluciones encuadrados en el marco de la Ley Nº 14.786, de Conciliación Obligatoria.

11. Prestar información y asesoramiento a otras unidades del Ministerio vinculados con la competencia de la Dirección Nacional.

DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA

DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 1

ACCIONES

1. Organizar y presidir las Audiencias de Conciliación, Mediación o Arbitrales que se realicen en el marco de conflictos de intereses o de derecho, que se produzcan entre trabajadores y empleadores relacionados con la provisión de energía eléctrica y agua potable; el transporte y la distribución del gas; el servicio aeroportuario y de ferrocarriles; las fabricaciones militares; el servicio telefónico; actividades viales; el transporte privado de pasajeros y las playas de estacionamiento; la industria de la alimentación, aceitera, cervecera, vitivinícola, fideera, gastronómica, naval, química, petrolera privada, carbonera; el comercio; la producción algodonera, de fibrocemento, ladrillera, lanera, molinera, salinera, jabonera; la floricultura, jardinería y viveros; las actividades parquistas, tintoreras y de lavaderos; la publicidad; la actividad docente y no docente; los municipales; los hospitales del Estado y los Institutos de Obras Sociales; la Aduana Nacional; la Dirección General Impositiva; la Administración Nacional de la Seguridad Social y el P.A.M.I.; las ex Juntas Nacionales de Carnes y de Granos y la Asociación de Trabajadores del Estado; conforme con las facultades que la legislación vigente reconozca.

2. Conducir el Proceso de Negociación Colectiva de las actividades mencionadas en el apartado anterior, garantizando la amplia participación de las partes involucradas y asegurando el cumplimiento de la normativa aplicable.

3. Participar en acciones de capacitación y difusión sobre mediación, conciliación y negociación colectiva dirigidas a los actores sociales.

DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA

DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 2

ACCIONES

1. Organizar y presidir las Audiencias de Conciliación, Mediación o Arbitrales que se realicen en el marco de conflictos de intereses o de derecho, que se produzcan entre trabajadores y empleadores relacionados con el espectáculo público, artistas de variedades, cantantes, fotógrafos, locutores, modelos, músicos, cine, teatro, televisión y sociedad de autores; la industria textil, plástica y de pinturas, de chacinado, de la carne, del calzado, del vestido y del vidrio; la minería; los cementerios; las farmacias y los agentes de propaganda médica; los lavaderos de automotores; loterías y bingos; el turf; los trabajadores aeronáuticos, el personal de maestranza, los botoneros, camioneros, ceramistas, lecheros, peluqueros, perfumistas y telegrafistas; U.T.A.; S.U.T.A.C.A.; S.M.A.T.A.; el Mercado de Hacienda, conforme con las facultades que la legislación vigente reconozca.

2. Conducir el Proceso de Negociación Colectiva de las actividades mencionadas en el apartado anterior, garantizando la amplia participación de laspartes involucradas y asegurando el cumplimiento de la normativa aplicable.

3. Atender las actividades relacionadas con la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO.

4. Participar en acciones de capacitación y difusión sobre mediación, conciliación y negociación colectiva dirigidas a los actores sociales.

DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA

DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 3

ACCIONES

1. Organizar y presidir las Audiencias de Conciliación, Mediación o Arbitrales que se realicen en el marco de conflictos de intereses o de derecho, que se produzcan entre trabajadores y empleadores relacionados con las actividades bancarias, la Casa de la Moneda, los Casinos, la Lotería Nacional, la prensa oral, escrita y televisada, Radio Nacional; la industria del caucho, de la construcción, de azulejos, del cuero, del fósforo, del hielo, gráfica, maderera, metalúrgica, joyería y relojería, panadera, pastelera, pizzera y confitera, de bebidas sin alcohol y del tabaco, el Mercado Central y el Mercado de Liniers; el servicio de catering; la carga y descarga; los talleres aeronáuticos, las entidades deportivas y civiles; la propiedad horizontal; la sanidad; los seguros; los despachantes de aduana, los viajantes de comercio; el personal marítimo y de vigilancia; A.F.J.P.; A.F.N.E.; ENCOTESA, UOM; ASIMRA; TANDANOR e Y.P.F., conforme las facultades que la legislación vigente reconozca.

2. Conducir el Proceso de Negociación Colectiva de las actividades mencionadas en el apartado anterior, garantizando la amplia participación de las partes involucradas y asegurando el cumplimiento de la normativa aplicable.

3. Atender las cuestiones relacionadas con la tramitación y otorgamiento de la matrícula de periodistas.

4. Participar en acciones de capacitación y difusión sobre mediación, conciliación y negociación colectiva dirigidas a los actores sociales.

DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA

DEPARTAMENTO DE COORDINACION

ACCIONES

1. Registrar Convenios Colectivos de Trabajo —Acuerdos— y Laudos homologados y enviar fotocopias de los mismos al Departamento Biblioteca y a la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA y ESTUDIOS LABORALES.

2. Actualizar los Listados de Convenios por Actividad - Listados de Convenios por Empresa - Listados de Acuerdos.

3. Confeccionar y entregar Certificados de Servicios y Notas de Constancia de Tareas Personal ENCOGAR - Atención telefónica y personalizada a Gestores de Estudios Jurídicos - Peritos y Veedores de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en relación con el personal portuario.

4. Recibir, clasificar, individualizar, ubicar en instalaciones y mantener orden los Expedientes girados a la Guarda y actualizar el Archivo de existencia de dicha documentación. Remisión de Expedientes solicitados y contralor de su devolución.

5. Entregar en préstamo copias de Convenios vigentes y contralor de su reintegro.

6. Recibir, controlar y distribuir los Oficios Judiciales a los distintos Departamentos que integran la Dirección y una vez cumplimentados enviar a la Oficina remitente, actualizando la información en el sistema LEX DOCTOR.

7. Recibir, confeccionar y enviar la documentación inherente al personal de la Dirección Nacional.

8. Confeccionar y diligenciar cédulas de notificaciones firmadas por la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo y/o la Dirección de Negociación Colectiva.

9. Recibir, clasificar y entregar según zonas, disponibilidad y urgencia a los notificadores todas las Cédulas de Notificación de la Dirección Nacional y una vez cumplimentadas, entregar las mismas para su diligenciamiento por el CORREO ARGENTINO DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A.

10. Administrar el registro de la Matrícula Nacional de Periodistas en lo relativo a nuevas inscripciones, renovaciones y entrega de credenciales.

DIRECCION DEL SERVICIO DE CONCILIACION LABORAL OBLIGATORIA

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION

ACCIONES

1. Recibir las solicitudes de conciliación obligatoria.

2. Asesorar a los usuarios del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria sobre los diferentes trámites y atender las diferentes consultas.

3. Realizar el sorteo del Conciliador, fecha y hora de la primera audiencia.

4. Realizar la notificación personal de las partes intervinientes en los diferentes trámites.

5. Brindar información telefónica.

6. Recibir la solicitud de ratificación de acuerdos espontáneos.

7. Ratificar los acuerdos espontáneos alcanzados por las partes.

8. Coordinar las audiencias de ratificación y asistencia a las partes y explicar los alcances del acto que otorgan.

9. Armar los diferentes expedientes de la Dirección y realizar el archivo transitorio de los mismos.

10. Registrar en el sistema la protocolización de las Disposiciones emitidas por la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria.

11. Realizar las notificaciones por telegrama y/o cédulas.

12. Clasificar y archivar los diferentes trámites y expedientes finalizados.

DIRECCION DEL SERVICIO DE CONCILIACION LABORAL OBLIGATORIA

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS LEGALES

ACCIONES

1. Recibir y asignar los trámites a dictaminar.

2. Controlar y notificar los trámites de conciliación obligatoria observados. Coordinar la supervisión de las audiencias de conciliación.

3. Elaborar las estadísticas mensuales y acumulados anuales del funcionamiento del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria.

4. Recibir, contestar y diligenciar las respuestas a los oficios judiciales y/o administrativos dirigidos al Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria.

5. Recibir los expedientes cerrados por incomparecencia de parte y verificar la aplicación de las multas respectivas y dictaminar sobre la procedencia de su imposición.

6. Formar el incidente de multa y confeccionar la cédula de notificación e intimación administrativa.

7. Sustanciar los recursos interpuestos contra la aplicación de las multas.

8. Dictaminar sobre la procedencia de la intimación al pago de los honorarios básicos a los condenados en costas en causa judicial.

9. Centralizar los datos sobre el cobro de las multas impuestas, tanto administrativa como judicialmente.

10. Dictaminar sobre los diferentes expedientes que toman cuerpo en la Dirección (tanto de conciliación obligatoria, optativa como de acuerdos espontáneos).

11. Evaluar la procedencia de la homologación de los acuerdos conciliatorios alcanzados por las partes y elaborar el proyecto de Disposición.

12. Observar sobre la falta de requisitos de los trámites a resolver.

13. Dictaminar sobre los expedientes cerrados sin acuerdo y disponer el pago del honorario básico al Conciliador.

14. Sustanciar los recursos administrativos que se interpongan contra los actos administrativos emitidos en los trámites de conciliación obligatoria, optativa y espontánea.

15. Dictaminar los trámites internos administrativos que se generen en función de la recepción de consultas en general como de pedidos excepcionales de tramitación (ejemplo: trabajadores extranjeros).

16. Dictaminar sobre los acuerdos alcanzados en la Dirección de Relaciones Individuales.

17. Coordinar y resguardar, tanto formal como material, los servicios que presta el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria por mandato legal y constatar el sostenimiento de la calidad de los mismos.

DIRECCION DE RELACIONES INDIVIDUALES

DEPARTAMENTO DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y PATROCINIO JURIDICO GRATUITO PARA TRABAJADORES

(Acciones derogadas por art. 3° de la Resolución N° 921/2012 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social B.O. 30/10/2012)

DIRECCION DE RELACIONES INDIVIDUALES

DEPARTAMENTO DEL REGISTRO DE VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS

ACCIONES

(Acciones derogadas por art. 2° de la Resolución N° 163/2013 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 12/3/2013)

SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION

DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION CENTRAL

ACCIONES

1. Coordinar con la Dirección Nacional de Relaciones Federales, las Direcciones Regionales y las Delegaciones Regionales, estudios especializados en materia de fiscalización tendientes a conocer las particularidades locales y el estado de cumplimiento de las normas laborales y de la seguridad social.

2. Diseñar y proponer planes y programas locales, regionales y nacionales en materia de fiscalización destinados al control de las normas del trabajo y de la seguridad social.

3. Proponer proyectos y campañas de difusión a incluir en los planes y programas de fiscalización.

DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA

DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS

ACCIONES

1. Recibir, tramitar y derivar las denuncias por incumplimiento a las normas laborales y de la seguridad social de todo el país.

2. Registrar en soporte informático todas las denuncias recibidas y el resultado de las actuaciones.

3. Elaborar informes estadísticos.

DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA

DEPARTAMENTO DE OPERATIVOS

ACCIONES

1. Proponer la implementación de operativos de fiscalización en aquellas materias y lugares sometidos a jurisdicción federal.

2. Proponer la implementación de operativos de fiscalización en materia de seguridad social.

3. Determinar y gestionar la asignación de los recursos necesarios para la implementación de los operativos de fiscalización.

DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA

DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y BASES DE DATOS

ACCIONES

1. Sistematizar y organizar bases de datos socio-económicos sobre el mercado laboral y las estructuras productivas en los niveles nacional, regional, provincial y municipal, tendientes a identificar y determinar los objetivos a fiscalizar.

2. Recopilar, sistematizar y analizar la información recabada en las fiscalizaciones que se ejecuten a nivel central y en las Delegaciones Regionales dependientes de la Dirección Nacional de Relaciones Federales.

3. Generar información estadística relativa a las acciones desarrolladas por la Dirección.

4. Organizar y mantener actualizados los registros de las bases de datos propias.

5. Asistir y brindar información al Departamento Planificación Central y a las diferentes áreas vinculadas a la fiscalización, a efectos de optimizar la focalización de las acciones que se lleven a cabo.

DIRECCION DE SEGUIMIENTO Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE DIAGNOSTICO Y PROCEDIMIENTOS

ACCIONES

1. Diseñar, implementar y evaluar el seguimiento de las tareas referidas a la fiscalización del cumplimiento de la normativa laboral y de la Seguridad Social.

2. Detectar desvíos, inconsistencias o problemas de integridad de datos y/o documentación, proponiendo las correcciones y modificaciones que estime corresponder.

3. Proponer acciones de capacitación en materia de procedimientos de fiscalización.

DIRECCION DE SEGUIMIENTO Y CONTROL  (por art. 1° de la Resolución N° 315/2012 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 20/04/2012 se rectificó la denominación de presente Dirección, ya que el departamento de Refiscalización así como el Departamento de Gestión Operativa dependen orgánicamente de la Dirección de Seguimiento y Control.)

DEPARTAMENTO DE OPERATIVOS DE REFISCALIZACION

ACCIONES

1. Instrumentar mecanismos de revisión de las actividades de fiscalización.

2. Instrumentar actividades a fin de contrastar resultados de fiscalizaciones y verificaciones.

3. Diseñar, implementar y evaluar los resultados de encuestas a empleadores y trabajadores que permitan conocer la calidad de la fiscalización.

DIRECCION DE SEGUIMIENTO Y CONTROL (por art. 1° de la Resolución N° 315/2012 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 20/04/2012 se rectificó la denominación de presente Dirección, ya que el departamento de Refiscalización así como el Departamento de Gestión Operativa dependen orgánicamente de la Dirección de Seguimiento y Control.)

DEPARTAMENTO DE GESTION OPERATIVA

ACCIONES

1. Gestionar la asignación de recursos a fin de atender las necesidades de las áreas dedicadas a la fiscalización del trabajo de la Seguridad Social.

2. Desarrollar todas las gestiones necesarias a fin de dotar a las áreas operativas de los bienes y servicios que sea menester para el cumplimiento de sus objetivos.

3. Asegurar la registración y conciliación de los ingresos generados por las sanciones aplicadas como consecuencia de las acciones de fiscalización.

DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION Y ASESORIA LEGAL

ACCIONES

1. Recibir, registrar, diligenciar y archivar la documentación que se tramita en la Dirección de Inspección Federal.

2. Practicar las notificaciones de los actos administrativos que se sustancien en la Dirección de Inspección Federal.

3. Elaborar dictámenes, contestar oficios y asesorar jurídicamente sobre todo aquello de competencia de la Dirección de Inspección Federal.

DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS LABORALES

ACCIONES

1. Rubricar y habilitar los libros y documentación exigidos por la legislación laboral vigente.

2. Llevar el registro de empresas de personal eventual y de las proveedoras de bienes y/o servicios en virtud de lo dispuesto en la legislación laboral.

3. Instrumentar la habilitación, suspensión y, en su caso, cancelación de las empresas de servicios eventuales y de las proveedoras de bienes y/o servicios en virtud de lo dispuesto en la legislación laboral.

4. Gestionar las autorizaciones y excepciones previstas en las normas legales.

DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL

DEPARTAMENTO DE INSPECCION DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCIONES

1. Ejecutar las acciones de fiscalización que sean competencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en materia de Seguridad Social, a los fines de verificar su cumplimiento en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2. Llevar registro de las acciones ejecutadas y gestionar su derivación al área competente para la prosecución de las actuaciones.

3. Producir los informes que le sean requeridos en materia de Inspección de la Seguridad Social.

DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL

DEPARTAMENTO DE INSPECCION FEDERAL

ACCIONES

1. Ejecutar las acciones de fiscalización que sean competencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

2. Verificar el cumplimiento de la normativa laboral vigente.

3. Llevar registro de las acciones ejecutadas y gestionar su derivación al área competente para la prosecución de las actuaciones y producir los informes que le sean requeridos.

DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL

DEPARTAMENTO DE VERIFICACION DOCUMENTAL E INSTRUCCION DE SUMARIOS

ACCIONES

1. Recibir, analizar, registrar y verificar las actuaciones originadas en las acciones de fiscalización.

2. Instruir los sumarios por incumplimientos a la normativa laboral.

3. Instruir los sumarios por incumplimientos a la normativa de la Seguridad Social.

DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION

DEPARTAMENTO DE RESOLUCION DE SUMARIOS DE COMPETENCIA FEDERAL

ACCIONES

1. Asistir a la Dirección de Resolución de la Fiscalización en la proyección de Actos Administrativos.

2. Elaborar los proyectos de Resolución de Sumarios originados por infracciones a la legislación laboral.

3. Estudiar la aplicación de normativa a Sumarios originados por infracciones a la legislación laboral.

DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE SUMARIOS

ACCIONES

1. Recibir, registrar y archivar la documentación que se tramita en la Dirección.

2. Administrar el registro de las resoluciones emitidas por infracciones a la normativa laboral y de la Seguridad Social.

3. Requerir del Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente la ejecución de las multas dispuestas por infracciones a la normativa laboral y de laSeguridad Social.

DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION

DEPARTAMENTO DE RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCIONES

1. Sustanciar los recursos y/o impugnaciones administrativas interpuestas contra los actos en los cuales se resolvieron cuestiones relativas a la aplicación de sanciones por incumplimientos.

2. Emitir dictámenes contra los recursos y/o impugnaciones administrativas interpuestos.

3. Elaborar los proyectos de Resolución contra los recursos y/o impugnaciones administrativas interpuestos.

DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION

DEPARTAMENTO DE RESOLUCION DE SUMARIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCIONES

1. Elaborar los proyectos de Resolución de Sumarios originados por infracciones a la normativa de la Seguridad Social.

2. Estudiar la aplicación de normativa a Sumarios originados por infracciones a la normativa de la Seguridad Social.

3. Asistir a la Dirección de Resolución de la Fiscalización en la proyección de Actos Administrativos.

DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION

DEPARTAMENTO DE EJECUCION Y APELACION JUDICIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCIONES

1. Intervenir en todas las actuaciones judiciales que en materia de Seguridad Social sean derivadas de la competencia de la Dirección Nacional de Fiscalización.

2. Promover la ejecución de las multas impuestas con motivo de incumplimientos a las obligaciones en materia de Seguridad Social que sean de su competencia.

3. Intervenir en los recursos judiciales contra las resoluciones dictadas en materia de Seguridad Social derivadas de la competencia de la Dirección Nacional de Fiscalización.

4. Mantener registro de las acciones de ejecución y de las apelaciones judiciales de las multas impuestas en materia de Seguridad Social en todo el territorio nacional, que refleje el estado en que se encuentran durante las diferentes etapas del proceso, produciendo informes estadísticos.

5. Coordinar y promover la recopilación de jurisprudencia y doctrina relacionada con las actividades de ejecución y apelación judicial de multas en materia de Seguridad Social a efectos de lograr la aplicación de criterios homogéneos en todas las dependencias del Ministerio en el territorio nacional.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES

DEPARTAMENTO ESTRUCTURA SINDICAL

ACCIONES

1. Analizar las actuaciones iniciadas por las asociaciones sindicales de trabajadores con el objeto de tramitar su inscripción, unión o fusión, aprobación y/o modificación de sus estatutos, otorgamiento de sus personerías gremiales y afiliación o desafiliación a entidades de grado superior, respectivamente, emitir los correspondientes dictámenes y elaborar los proyectos de resolución.

2. Asistir en el otorgamiento, denegación y recomendación —cuando fuere el caso— de la petición en sede judicial de la suspensión o cancelación de una personería gremial, y en la inscripción de las asociaciones sindicales de trabajadores, así como en la aprobación de sus estatutos.

3. Registrar las asociaciones sindicales de trabajadores y asociaciones profesionales de empleadores y realizar el ingreso y la actualización de los datos relativos a las personerías e inscripciones gremiales.

4. Elaborar, administrar y mantener actualizados los legajos de las asociaciones sindicales de trabajadores, así como las estadísticas y estudios relativos a la estructura sindical, en concordancia con los registros correspondientes.

5. Intervenir en la determinación y fiscalización del caudal de afiliados cotizantes e inscriptos en las asociaciones sindicales de trabajadores, en los trámites de otorgamiento de personería gremial.

6. Otorgar las certificaciones de inscripción y personería gremial a las asociaciones sindicales de trabajadores, así como las de los estatutos respectivos.

7. Diseñar, elaborar y mantener actualizados indicadores sobre la gestión de la aprobación y/o reforma de estatutos, inscripciones y otorgamiento de personerías gremiales.

8. Contestar los oficios judiciales y pedidos de informes sobre la temática que corresponde ar Departamento.

9. Mantener actualizados los registros del Sistema Informático DNAS y coordinar las acciones con la Dirección de Sistemas Informáticos, todo ello en la materia de la competencia del Departamento.

DEPARTAMENTO ASUNTOS INSTITUCIONALES

ACCIONES

1. Analizar las actuaciones relacionadas con los actos deliberativos extraordinarios y eleccionarios de las asociaciones sindicales de trabajadores.

2. Analizar todas las etapas de los procesos electorales de las Asociaciones Sindicales de trabajadores y resolver las impugnaciones que se plantean en cualquier etapa del proceso siempre que se haya agotado la instancia asociacional.

3. Controlar la legalidad de las asambleas extraordinarias y ordinarias y congresos extraordinarios y ordinarios.

4. Resolver las impugnaciones a actos asamblearios y congresos tanto ordinarios como extraordinarios.

5. Tratar las denuncias referidas a la vida institucional de los sindicatos.

6. Tratar las impugnaciones referentes a procesos eleccionarios de delegados de empresa.

7. Controlar la legalidad de modificaciones transitorias y definitivas de la comisión directiva, emitiendo los dictámenes correspondientes.

8. Otorgar las certificaciones de autoridades de las entidades gremiales.

9. Registrar las impugnaciones deducidas en las actuaciones relativas a actos deliberativos ordinarios y extraordinarios y eleccionarios.

10. Actualizar los registros de las asociaciones sindicales en el Sistema Informático DNAS, de acuerdo con lo dispuesto en las actuaciones resueltas que hagan a su competencia.

11. Resolver los conflictos intraasociacionales que se sometan a esta Autoridad de aplicación, previo agotamiento de la vía asociacional.

12. Asistir en la Resolución de conflictos interasociacionales relativos a la problemática del Departamento, siempre que no constituyan un encuadramiento sindical.

13. Aconsejar la designación de Delegados Normalizadores y/o Electorales.

14. Dictar medidas cautelares en el marco de un proceso electoral conforme con la normativa vigente.

15. Contestar los oficios judiciales y pedidos de informes sobre la temática que corresponde al Departamento.

16. Aconsejar sobre la suspensión o cancelación de una personería gremial o la intervención de una asociación sindical en sede judicial, como consecuencia de la situación institucional y/o cuando se configuren los presupuestos establecidos en el artículo 56 de la Ley Nº 23.551 de Asociaciones Sindicales.

DEPARTAMENTO ADMINISTRACION SINDICAL

ACCIONES

1. Asistir en la realización de los encuadramientos sindicales mediante la ejecución de los estudios necesarios y la emisión de los dictámenes correspondientes y la elaboración de los proyectos dispositivos por los cuales se dirimen los encuadramientos sindicales y su registro en el Sistema informático.

2. Resolver los recursos de reconsideración articulados contra el acto dispositivo que decide el encuadramiento sindical y preopinar en el planteo del recurso jerárquico que se entablare y registrarlos en el Sistema informático.

3. Registrar en el Sistema informático de los Acuerdos de encuadramiento sindical por la vía de la autocomposición de las partes y los resueltos por la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CGTRA).

4. Determinar de manera fehaciente, en caso de conflicto, la actividad de una empresa para resolver el encuadramiento sindical de los trabajadores empleados en la misma.

5. Diseñar, implementar y mantener actualizadas variables e indicadores sobre la gestión de los trámites de encuadramiento sindical

6. Analizar las actuaciones referidas al movimiento económico-financiero de las asociaciones sindicales de trabajadores y emitir los correspondientes dictámenes.

7. Registrar los estados contables de las asociaciones sindicales de trabajadores en el Sistema Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales

8. Analizar las solicitudes de modificación de los sistemas de registros contables de las asociaciones sindicales, emitiendo los dictámenes correspondientes.

9. Realizar, a pedido de las asociaciones sindicales de trabajadores, la rubricación de los libros contables y otros registros.

10. Controlar el efectivo cumplimiento de la presentación, en tiempo y forma, de los estados contables de las asociaciones sindicales de trabajadores, en orden a las normas legales, reglamentarias y estatutarias en vigencia, pudiendo realizar, en caso de impugnaciones, las auditorías, inspecciones, compulsas y pericias contables que correspondan.

11. Asistir en la homologación de retenciones de cuotas sindicales y elaborar los proyectos dispositivos pertinentes y registrarlos en el Sistema informático. Resolver los recursos de reconsideración entablados contra el acto denegatorio de homologación de cuota sindical y preopinar en el recurso jerárquico que se planteara contra el mismo y registrarlos en el Sistema informático.

12. Actualizar los registros de las asociaciones sindicales en el Registro Informático de la Dirección Nacional, de acuerdo con lo resuelto en las actuaciones concluidas que hagan a su competencia

DEPARTAMENTO INSPECCION Y VERIFICACION SINDICAL

ACCIONES

1. Fiscalizar el desarrollo de los actos deliberativos extraordinarios y ordinarios de las Asociaciones Sindicales de los Trabajadores y Empleadores.

2. Fiscalizar el desarrollo de los procesos eleccionarios de las Asociaciones Sindicales y de Empleadores.

3. Concurrir a la toma de posesión de cargos de las autoridades electas en las Asociaciones Sindicales.

4. Concurrir a la toma de posesión de los funcionarios designados en las Asociaciones Sindicales, para su normalización y realizar las funcionesnecesarias para su cumplimiento.

5. Realizar todas las notificaciones necesarias producidas por los departamentos de la Dirección Nacional.

6. Realizar las verificaciones, audiencias y/e inspecciones, a las Asociaciones Sindicales con relación al otorgamiento de las inscripciones y/o Personerías gremiales.

7. Realizar las inspecciones necesarias en organismos, empresas y establecimientos, a los fines de resolver los encuadramientos sindicales.

8. Fiscalizar en cuanto sea ordenado, los actos relativos a las elecciones de Delegados de Personal.

DEPARTAMENTO DE COORDINACION TECNICA ADMINISTRATIVA

ACCIONES

1. Coordinar los procedimientos de gestión de expedientes de la Dirección Nacional.

2. Coordinar los aspectos relacionados con los recursos humanos y desarrollo de carrera del personal de la Dirección Nacional.

3. Coordinar las acciones de capacitación del personal de la Dirección Nacional, en coordinación con la D.G. de Gestión de Recursos Humanos.

4. Coordinar la gestión de los sistemas informáticos de la Dirección Nacional.

5. Propiciar la innovación en el desarrollo de procedimientos para una adecuada implementación de un sistema de control interno de la gestión.

6. Preparar los insumos para la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Dirección Nacional.

7. Gestionar las contrataciones, compras y locación de bienes y servicios, como así también gestionar y coordinar las solicitudes de adquisiciones, compras por caja chica, si correspondiere, y el almacenamiento y distribución de bienes o insumos.

8. Coordinar con las distintas áreas de la Dirección Nacional los trámites administrativos necesarios para la obtención de recursos humanos, materiales, equipamiento y todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la Dirección Nacional.

DIVISION GESTION DE EXPEDIENTES

ACCIONES

1. Administrar la registración y movimiento de actuaciones que sustancia la Dirección Nacional, efectuando su guarda transitoria y su distribución a las áreas internas responsables, así como la salida a otros sectores del Ministerio.

2. Administrar el sistema de información de la Dirección Nacional.

3. Administrar la admisión de trámites y realizar la atención al público con el objeto de otorgar vistas de los expedientes.

4. Mantener actualizada la guía de trámites.

5. Realizar estadísticas periódicas de los expedientes, oficios judiciales y escritos ingresantes a la Dirección Nacional, así como de cualquier otro ítem que resulte de interés institucional.

DIVISION DE GESTION ADMINISTRATIVA

ACCIONES

1. Efectuar los informes necesarios que sirvan de insumo para la elaboración del presupuesto de la Dirección Nacional.

2. Coordinar el otorgamiento de las licencias, justificaciones y franquicias en coordinación con la D.G. de Gestión de Recursos Humanos.

3. Gestionar la adecuada aplicación de la legislación en materia de Recursos Humanos, en coordinación con la D.G. de Gestión de Recursos Humanos.

4. Coordinar con la D.G. de Gestión de Recursos Humanos cursos de capacitación específica para el personal de la Dirección Nacional, informando las necesidades de capacitación de los agentes de la Dirección Nacional.

5. Organizar y gestionar las solicitudes de compra de bienes, útiles y servicios de las unidades de la Dirección Nacional.

6. Organizar y mantener actualizado el Registro Patrimonial de la Dirección Nacional, según las pautas impartidas por la Dirección General de Administración.

7. Gestionar la adecuada aplicación de la legislación en materia de Higiene y Seguridad Laboral, en coordinación con las áreas competentes.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES

DELEGACIONES REGIONALES (CUARENTA DELEGACIONES)

ACCIONES TIPO

(Acciones tipo de las Delegaciones Regionales de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES de la SECRETARÍA DE TRABAJO suprimidas por art. 3° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018)

(Por art. 4° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018 se aprueban  las aperturas inferiores correspondientes al nivel de departamento de la SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO de este Ministerio, de conformidad con el Organigrama y Acciones que como Anexo I (IF-2018-45055944-APN-DGGRH#MT) y II (IF-2018- 45058762 -APNDGGRH# MT) forman parte integrante de la Resolución de referencia)

DELEGACIONES REGIONALES POR DIRECCION REGIONAL
DIRECCION REGIONAL CONURBANO BONAERENSE DIRECCION REGIONAL CENTRO
• Lomas de Zamora
• La Matanza
• San Martín
• La Plata
• Córdoba
• Santa Fe
• Rosario
• Paraná
• Concordia
• Río Cuarto
DIRECCION REGIONAL PAMPEANA DIRECCION REGIONAL AUSTRAL
• San Nicolás
• Junín
• Tandil
• Mar del Plata
• Bahía Blanca
• Santa Rosa
• Zárate/Campana
• Neuquén
• General Roca
• Viedma
• Comodoro Rivadavia
• Trelew
• Caleta Olivia
• Río Gallegos
• Río Grande
• San Carlos de Bariloche
DIRECCION REGIONAL NOA DIRECCION REGIONAL CUYO
• Salta
• Jujuy
• Tucumán
• Santiago del Estero
• Catamarca
• Mendoza
• La Rioja
• San Luis
• San Juan
• San Rafael
DIRECCION REGIONAL NEA
• Posadas
• Formosa
• Corrientes
• Resistencia
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES

DEPARTAMENTO DE GESTION ADMINISTRATIVA

ACCIONES

1. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES en la articulación de las acciones que se dispongan a fin de dar cumplimiento a las políticas que impulse el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL en el interior del país, y en la ejecución de los planes y programas que se determinen.

2. Efectuar, en el marco de la competencia de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES, el seguimiento y análisis de las acciones que, en materia de trabajo y de empleo, desarrolle el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el interior del país.

3. Efectuar el seguimiento y la evaluación de impacto de las acciones que desarrollan las DELEGACIONES REGIONALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en todo el territorio de la República Argentina.

4. Recibir, sistematizar y evaluar la información brindada por las DELEGACIONES REGIONALES a fin de elaborar y producir los Informes Semanales de Gestión y de Situación del Empleo.

5. Coordinar con las DIRECCIONES y DELEGACIONES REGIONALES la gestión de los recursos financieros para el logro de los objetivos y metas previamente establecidas.

6. Gestionar y realizar el seguimiento de las actuaciones destinadas a dotar de recursos financieros a las unidades dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES hasta su acreditación en la cuenta corriente de las dependencias antes mencionadas.

7. Articular con las DIRECCIONES Y DELEGACIONES REGIONALES las necesidades en materia de contrataciones de bienes y servicios y su gestión, tramitación y concreción ante la Dirección de Contrataciones y Patrimonio que posibiliten su óptimo funcionamiento.

8. Elaborar informes para la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES en materia de necesidades de bienes y servicios y de realización de obra y/o remodelación edilicia de las DIRECCIONES Y DELEGACIONES REGIONALES.

9. Recibir, elaborar, sistematizar y gestionar los requerimientos y novedades de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES ante la Dirección de Administración de Recursos Humanos, Dirección de Sistemas Informáticos, Dirección de Contrataciones y Patrimonio y Dirección de Seguridad y Servicios Generales.

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES

DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS ESPECIALES

ACCIONES

1. Articular los programas conducentes a la mejor y más efectiva protección del trabajador, atendiendo especialmente las situaciones de crisis que pongan en peligro la calidad y/o cantidad de puestos de trabajo que impulse el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a nivel nacional, provincial y municipal.

2. Colaborar en las actividades de programación técnica de la SECRETARIA DE TRABAJO para definir acciones y programas a corto, mediano y largo plazo, con organismos nacionales e internacionales, públicos y privados.

3. Elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos tendientes a la prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección del trabajo adolescente.

4. Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los programas especiales relacionados con temáticas de competencia de la SECRETARIA DE TRABAJO.

5. Brindar asesoramiento técnico y capacitación a los organismos y organizaciones que los requieran y a los generadores de iniciativas relacionadas con las temáticas de la SECRETARIA DE TRABAJO.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO TECNICO DE MONITOREO DE REGISTROS INFORMATICOS LABORALES

ACCIONES

1. Participar en el diseño, desarrollo y ejecución de acciones destinadas a evaluar y monitorear el Programa de Simplificación y Unificación Registral creado por Resolución Conjunta MTEySS Nº 440/05 y AFIP Nº 887/05 y sus modificatorias.

2. Intervenir en la administración de la Base de Datos Informática “Mi Simplificación” remitida al MTEySS por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).

3. Desarrollar y/o realizar los procesamientos informáticos necesarios para la elaboración de informes técnico-estadísticos sobre el mercado de trabajo registrado, que realiza la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, en base a los datos provistos por el Sistema “Mi Simplificación”.

4. Desarrollar y/o realizar los procesamientos informáticos necesarios para dar respuesta a los requerimientos de información estadística que surgida la Base Informática “Mi Simplificación” que son efectuados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo por otras dependencias del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

5. Intervenir y participar en el Sistema de Gestión de Calidad implementado para las actividades de desarrollo, soporte, verificación, validación, procesamiento electrónico y emisión de informes sobre los datos provistos por la base informática del Programa “Mi Simplificación”.

DIRECCION DE NORMATIVA LABORAL

DEPARTAMENTO DE ANALISIS NORMATIVO Y DESARROLLO REGULATORIO

ACCIONES

1. Intervenir en la elaboración de informes técnicos-legales sobre los convenios y acuerdos colectivos de trabajo sujetos a homologación o registración por parte del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

2. Participar en la realización de análisis e informes técnicos en materia de regulaciones del trabajo y normativa laboral para la instrumentación de políticas nacionales en materia de relaciones laborales.

3. Participar en la redacción de proyectos normativos destinados a optimizar la regulación del trabajo, promoviendo su calidad y la distribución del ingreso.

4. Intervenir en el diseño, desarrollo y evaluación de los planes y programas nacionales destinados a fomentar el trabajo decente.

5. Participar en la elaboración de informes técnicos sobre las regulaciones nacionales, regionales e internacionales existentes en relación con el trabajo.

6. Participar en actividades de asistencia técnica a los actores del mundo productivo en materia de derecho colectivo del trabajo.

DIRECCION DE NORMATIVA LABORAL

DEPARTAMENTO DE ANALISIS TECNICO EN RELACIONES LABORALES

ACCIONES

1. Evaluar la procedencia de la fijación de los topes indemnizatorios correspondientes a convenios y acuerdos colectivos de trabajo homologados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social conforme con el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias o la que en el futuro se establezca, elaborando los pertinentes informes técnicos.

2. Elaborar los proyectos de actos administrativos que dispongan la fijación y publicación de los topes indemnizatorios correspondientes a convenios y acuerdos colectivos de trabajo homologados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social conforme el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias o la que en el futuro se establezca,

3. Diseñar y mantener actualizada la base de datos de topes indemnizatorios vigentes y elaborar informes estadísticos en base a los datos que surgen del sistema gestión de convenios colectivos.

4. Desarrollar acciones y proyectos destinados al análisis cualitativo y cuantitativo de la negociación colectiva; el seguimiento de la conflictividad laboral; y las particularidades de las relaciones de trabajo en los diferentes sectores económicos y productivos.

5. Participar en actividades de asistencia técnica a los actores del mundo productivo en materia de relaciones laborales.

ANEXO III

(Anexo sustituido por art. 4° de la Resolución N° 921/2012 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social B.O. 30/10/2012)






- Anexo Ia, sustituido por art. 2° de la Resolución N° 921/2012 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social B.O. 30/10/2012.
e. 07/02/2012 N° 10556/12 v.07/02/2012