MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 99/2012
Bs. As., 27/1/2012
VISTO el Expediente Nº 1.465.128/2011 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto
de 1994, sus modificatorios y complementarios, la Decisión
Administrativa Nº 917 de fecha 28 de diciembre de 2010 y sus
modificatorios, la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 260 del 18 de marzo de
2011, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 917/10 y sus modificatorios se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución M.T.E.y S.S. Nº 260/11 se aprueban las aperturas
inferiores al primer nivel operativo.
Que de acuerdo con la normativa precitada, resulta necesario adecuar
las aperturas organizativas de nivel departamento vigentes, a la nueva
estructura aprobada.
Que dada la responsabilidad primaria y acciones establecidas para las
unidades organizativas dependientes de la SECRETARIA DE TRABAJO de este
Ministerio, resulta imprescindible proceder a aprobar las aperturas
organizativas de nivel departamental, ello con la finalidad de
establecer las condiciones adecuadas de conducción, ámbito de control y
asignación de responsabilidades a cargo de la mencionada Secretaría.
Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los
lineamientos fijados por el Decreto Nº 1545/94, sus normas
complementarias y modificatorias, como así también la Resolución Nº 422
del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS, la DIRECCION GENERAL DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la OFICINA
NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al
suscripto por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores correspondientes a
los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE TRABAJO de
este Ministerio, de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación que
como Anexos la, lb, Ic, Id, le, II y III, respectivamente, forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º — La atención de las erogaciones de las áreas afectadas por
la presente serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de
la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTICULO 3º — Derógase la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 962 del 3 de
setiembre de 2007.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA; Ministro de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO Ia
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución
N° 163/2013 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 12/3/2013)
ANEXO Ib
ANEXO Ic
ANEXO Id
(Anexo suprimido por art. 2° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018)
(Por art. 4° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018 se aprueban las aperturas inferiores correspondientes al
nivel de departamento de la SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y
SERVICIOS FEDERALES de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO de
este Ministerio, de conformidad con el Organigrama y Acciones que como
Anexo I (IF-2018-45055944-APN-DGGRH#MT) y II (IF-2018- 45058762
-APNDGGRH# MT) forman parte integrante de la Resolución de referencia)
ANEXO Ie
ANEXO II
SECRETARIA DE TRABAJO
SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO
DEPARTAMENTO ASESORIA TECNICO LEGAL
ACCIONES
1. Brindar asesoramiento directo a la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo y a la Dirección de Negociación Colectiva y sus
Departamentos, en todas las cuestiones atinentes a sus competencias.
2. Proyectar dictámenes técnico-jurídicos sobre la procedencia de la
constitución de la Comisión Negociadora y de las Comisiones Paritarias
de Interpretación de los Convenios Colectivos de Trabajo.
3. Elaborar dictámenes y proyectos de resolución sobre la homologación
de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.
4. Elaborar dictámenes y proyectos de disposiciones de registros de
acuerdos o convenios colectivos de empresa.
5. Prestar asesoramiento y asistencia técnico legal a los actores
sociales participantes de las negociaciones colectivas.
6. Elaborar dictámenes sobre la procedencia del procedimiento de
reestructuración productiva, procedimiento preventivo de crisis de
empresas y trámite previsto en el Decreto Nº 328/88.
7. Preparar dictámenes en las actuaciones en las que se substancian
recursos administrativos entablados contra actos administrativos
emitidos por el titular de la Dirección Nacional.
8. Elaborar los informes requeridos en el marco del Decreto Nº 1172/03,
de Acceso a la Información Pública, y en general toda información
peticionada en expedientes de radicación en la Dirección Nacional.
9. Recopilar Jurisprudencia y Doctrina vinculada con la competencia de
la Dirección Nacional.
10. Prestar asesoramiento, preparar dictámenes y resoluciones
encuadrados en el marco de la Ley Nº 14.786, de Conciliación
Obligatoria.
11. Prestar información y asesoramiento a otras unidades del Ministerio
vinculados con la competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 1
ACCIONES
1. Organizar y presidir las Audiencias de Conciliación, Mediación o
Arbitrales que se realicen en el marco de conflictos de intereses o de
derecho, que se produzcan entre trabajadores y empleadores relacionados
con la provisión de energía eléctrica y agua potable; el transporte y
la distribución del gas; el servicio aeroportuario y de ferrocarriles;
las fabricaciones militares; el servicio telefónico; actividades
viales; el transporte privado de pasajeros y las playas de
estacionamiento; la industria de la alimentación, aceitera, cervecera,
vitivinícola, fideera, gastronómica, naval, química, petrolera privada,
carbonera; el comercio; la producción algodonera, de fibrocemento,
ladrillera, lanera, molinera, salinera, jabonera; la floricultura,
jardinería y viveros; las actividades parquistas, tintoreras y de
lavaderos; la publicidad; la actividad docente y no docente; los
municipales; los hospitales del Estado y los Institutos de Obras
Sociales; la Aduana Nacional; la Dirección General Impositiva; la
Administración Nacional de la Seguridad Social y el P.A.M.I.; las ex
Juntas Nacionales de Carnes y de Granos y la Asociación de Trabajadores
del Estado; conforme con las facultades que la legislación vigente
reconozca.
2. Conducir el Proceso de Negociación Colectiva de las actividades
mencionadas en el apartado anterior, garantizando la amplia
participación de las partes involucradas y asegurando el cumplimiento
de la normativa aplicable.
3. Participar en acciones de capacitación y difusión sobre mediación,
conciliación y negociación colectiva dirigidas a los actores sociales.
DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 2
ACCIONES
1. Organizar y presidir las Audiencias de Conciliación, Mediación o
Arbitrales que se realicen en el marco de conflictos de intereses o de
derecho, que se produzcan entre trabajadores y empleadores relacionados
con el espectáculo público, artistas de variedades, cantantes,
fotógrafos, locutores, modelos, músicos, cine, teatro, televisión y
sociedad de autores; la industria textil, plástica y de pinturas, de
chacinado, de la carne, del calzado, del vestido y del vidrio; la
minería; los cementerios; las farmacias y los agentes de propaganda
médica; los lavaderos de automotores; loterías y bingos; el turf; los
trabajadores aeronáuticos, el personal de maestranza, los botoneros,
camioneros, ceramistas, lecheros, peluqueros, perfumistas y
telegrafistas; U.T.A.; S.U.T.A.C.A.; S.M.A.T.A.; el Mercado de
Hacienda, conforme con las facultades que la legislación vigente
reconozca.
2. Conducir el Proceso de Negociación Colectiva de las actividades
mencionadas en el apartado anterior, garantizando la amplia
participación de laspartes involucradas y asegurando el cumplimiento de
la normativa aplicable.
3. Atender las actividades relacionadas con la COMISION NACIONAL DE
TRABAJO AGRARIO.
4. Participar en acciones de capacitación y difusión sobre mediación,
conciliación y negociación colectiva dirigidas a los actores sociales.
DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 3
ACCIONES
1. Organizar y presidir las Audiencias de Conciliación, Mediación o
Arbitrales que se realicen en el marco de conflictos de intereses o de
derecho, que se produzcan entre trabajadores y empleadores relacionados
con las actividades bancarias, la Casa de la Moneda, los Casinos, la
Lotería Nacional, la prensa oral, escrita y televisada, Radio Nacional;
la industria del caucho, de la construcción, de azulejos, del cuero,
del fósforo, del hielo, gráfica, maderera, metalúrgica, joyería y
relojería, panadera, pastelera, pizzera y confitera, de bebidas sin
alcohol y del tabaco, el Mercado Central y el Mercado de Liniers; el
servicio de catering; la carga y descarga; los talleres aeronáuticos,
las entidades deportivas y civiles; la propiedad horizontal; la
sanidad; los seguros; los despachantes de aduana, los viajantes de
comercio; el personal marítimo y de vigilancia; A.F.J.P.; A.F.N.E.;
ENCOTESA, UOM; ASIMRA; TANDANOR e Y.P.F., conforme las facultades que
la legislación vigente reconozca.
2. Conducir el Proceso de Negociación Colectiva de las actividades
mencionadas en el apartado anterior, garantizando la amplia
participación de las partes involucradas y asegurando el cumplimiento
de la normativa aplicable.
3. Atender las cuestiones relacionadas con la tramitación y
otorgamiento de la matrícula de periodistas.
4. Participar en acciones de capacitación y difusión sobre mediación,
conciliación y negociación colectiva dirigidas a los actores sociales.
DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA
DEPARTAMENTO DE COORDINACION
ACCIONES
1. Registrar Convenios Colectivos de Trabajo —Acuerdos— y Laudos
homologados y enviar fotocopias de los mismos al Departamento
Biblioteca y a la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA y ESTUDIOS
LABORALES.
2. Actualizar los Listados de Convenios por Actividad - Listados de
Convenios por Empresa - Listados de Acuerdos.
3. Confeccionar y entregar Certificados de Servicios y Notas de
Constancia de Tareas Personal ENCOGAR - Atención telefónica y
personalizada a Gestores de Estudios Jurídicos - Peritos y Veedores de
la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en relación con el
personal portuario.
4. Recibir, clasificar, individualizar, ubicar en instalaciones y
mantener orden los Expedientes girados a la Guarda y actualizar el
Archivo de existencia de dicha documentación. Remisión de Expedientes
solicitados y contralor de su devolución.
5. Entregar en préstamo copias de Convenios vigentes y contralor de su
reintegro.
6. Recibir, controlar y distribuir los Oficios Judiciales a los
distintos Departamentos que integran la Dirección y una vez
cumplimentados enviar a la Oficina remitente, actualizando la
información en el sistema LEX DOCTOR.
7. Recibir, confeccionar y enviar la documentación inherente al
personal de la Dirección Nacional.
8. Confeccionar y diligenciar cédulas de notificaciones firmadas por la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo y/o la Dirección de
Negociación Colectiva.
9. Recibir, clasificar y entregar según zonas, disponibilidad y
urgencia a los notificadores todas las Cédulas de Notificación de la
Dirección Nacional y una vez cumplimentadas, entregar las mismas para
su diligenciamiento por el CORREO ARGENTINO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
S.A.
10. Administrar el registro de la Matrícula Nacional de Periodistas en
lo relativo a nuevas inscripciones, renovaciones y entrega de
credenciales.
DIRECCION DEL SERVICIO DE CONCILIACION LABORAL OBLIGATORIA
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION
ACCIONES
1. Recibir las solicitudes de conciliación obligatoria.
2. Asesorar a los usuarios del Servicio de Conciliación Laboral
Obligatoria sobre los diferentes trámites y atender las diferentes
consultas.
3. Realizar el sorteo del Conciliador, fecha y hora de la primera
audiencia.
4. Realizar la notificación personal de las partes intervinientes en
los diferentes trámites.
5. Brindar información telefónica.
6. Recibir la solicitud de ratificación de acuerdos espontáneos.
7. Ratificar los acuerdos espontáneos alcanzados por las partes.
8. Coordinar las audiencias de ratificación y asistencia a las partes y
explicar los alcances del acto que otorgan.
9. Armar los diferentes expedientes de la Dirección y realizar el
archivo transitorio de los mismos.
10. Registrar en el sistema la protocolización de las Disposiciones
emitidas por la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral
Obligatoria.
11. Realizar las notificaciones por telegrama y/o cédulas.
12. Clasificar y archivar los diferentes trámites y expedientes
finalizados.
DIRECCION DEL SERVICIO DE CONCILIACION LABORAL OBLIGATORIA
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS LEGALES
ACCIONES
1. Recibir y asignar los trámites a dictaminar.
2. Controlar y notificar los trámites de conciliación obligatoria
observados. Coordinar la supervisión de las audiencias de conciliación.
3. Elaborar las estadísticas mensuales y acumulados anuales del
funcionamiento del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria.
4. Recibir, contestar y diligenciar las respuestas a los oficios
judiciales y/o administrativos dirigidos al Servicio de Conciliación
Laboral Obligatoria.
5. Recibir los expedientes cerrados por incomparecencia de parte y
verificar la aplicación de las multas respectivas y dictaminar sobre la
procedencia de su imposición.
6. Formar el incidente de multa y confeccionar la cédula de
notificación e intimación administrativa.
7. Sustanciar los recursos interpuestos contra la aplicación de las
multas.
8. Dictaminar sobre la procedencia de la intimación al pago de los
honorarios básicos a los condenados en costas en causa judicial.
9. Centralizar los datos sobre el cobro de las multas impuestas, tanto
administrativa como judicialmente.
10. Dictaminar sobre los diferentes expedientes que toman cuerpo en la
Dirección (tanto de conciliación obligatoria, optativa como de acuerdos
espontáneos).
11. Evaluar la procedencia de la homologación de los acuerdos
conciliatorios alcanzados por las partes y elaborar el proyecto de
Disposición.
12. Observar sobre la falta de requisitos de los trámites a resolver.
13. Dictaminar sobre los expedientes cerrados sin acuerdo y disponer el
pago del honorario básico al Conciliador.
14. Sustanciar los recursos administrativos que se interpongan contra
los actos administrativos emitidos en los trámites de conciliación
obligatoria, optativa y espontánea.
15. Dictaminar los trámites internos administrativos que se generen en
función de la recepción de consultas en general como de pedidos
excepcionales de tramitación (ejemplo: trabajadores extranjeros).
16. Dictaminar sobre los acuerdos alcanzados en la Dirección de
Relaciones Individuales.
17. Coordinar y resguardar, tanto formal como material, los servicios
que presta el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria por mandato
legal y constatar el sostenimiento de la calidad de los mismos.
DIRECCION DE RELACIONES INDIVIDUALES
DEPARTAMENTO DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y PATROCINIO JURIDICO
GRATUITO PARA TRABAJADORES
(Acciones derogadas por art. 3° de la
Resolución
N° 921/2012 del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social B.O. 30/10/2012)
DIRECCION DE RELACIONES INDIVIDUALES
DEPARTAMENTO DEL REGISTRO DE VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS
ACCIONES
(Acciones derogadas por art. 2° de la Resolución
N° 163/2013 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 12/3/2013)
SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL
TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION
DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION CENTRAL
ACCIONES
1. Coordinar con la Dirección Nacional de Relaciones Federales, las
Direcciones Regionales y las Delegaciones Regionales, estudios
especializados en materia de fiscalización tendientes a conocer las
particularidades locales y el estado de cumplimiento de las normas
laborales y de la seguridad social.
2. Diseñar y proponer planes y programas locales, regionales y
nacionales en materia de fiscalización destinados al control de las
normas del trabajo y de la seguridad social.
3. Proponer proyectos y campañas de difusión a incluir en los planes y
programas de fiscalización.
DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA
DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS
ACCIONES
1. Recibir, tramitar y derivar las denuncias por incumplimiento a las
normas laborales y de la seguridad social de todo el país.
2. Registrar en soporte informático todas las denuncias recibidas y el
resultado de las actuaciones.
3. Elaborar informes estadísticos.
DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA
DEPARTAMENTO DE OPERATIVOS
ACCIONES
1. Proponer la implementación de operativos de fiscalización en
aquellas materias y lugares sometidos a jurisdicción federal.
2. Proponer la implementación de operativos de fiscalización en materia
de seguridad social.
3. Determinar y gestionar la asignación de los recursos necesarios para
la implementación de los operativos de fiscalización.
DIRECCION DE PROGRAMACION OPERATIVA
DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y BASES DE DATOS
ACCIONES
1. Sistematizar y organizar bases de datos socio-económicos sobre el
mercado laboral y las estructuras productivas en los niveles nacional,
regional, provincial y municipal, tendientes a identificar y determinar
los objetivos a fiscalizar.
2. Recopilar, sistematizar y analizar la información recabada en las
fiscalizaciones que se ejecuten a nivel central y en las Delegaciones
Regionales dependientes de la Dirección Nacional de Relaciones
Federales.
3. Generar información estadística relativa a las acciones
desarrolladas por la Dirección.
4. Organizar y mantener actualizados los registros de las bases de
datos propias.
5. Asistir y brindar información al Departamento Planificación Central
y a las diferentes áreas vinculadas a la fiscalización, a efectos de
optimizar la focalización de las acciones que se lleven a cabo.
DIRECCION DE SEGUIMIENTO Y CONTROL
DEPARTAMENTO DE DIAGNOSTICO Y PROCEDIMIENTOS
ACCIONES
1. Diseñar, implementar y evaluar el seguimiento de las tareas
referidas a la fiscalización del cumplimiento de la normativa laboral y
de la Seguridad Social.
2. Detectar desvíos, inconsistencias o problemas de integridad de datos
y/o documentación, proponiendo las correcciones y modificaciones que
estime corresponder.
3. Proponer acciones de capacitación en materia de procedimientos de
fiscalización.
DIRECCION DE SEGUIMIENTO Y CONTROL
(por
art. 1° de la Resolución
N° 315/2012
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 20/04/2012 se
rectificó la denominación de presente Dirección, ya que el departamento
de
Refiscalización así como el Departamento de Gestión Operativa dependen
orgánicamente de la Dirección de Seguimiento y Control.)
DEPARTAMENTO DE OPERATIVOS DE REFISCALIZACION
ACCIONES
1. Instrumentar mecanismos de revisión de las actividades de
fiscalización.
2. Instrumentar actividades a fin de contrastar resultados de
fiscalizaciones y verificaciones.
3. Diseñar, implementar y evaluar los resultados de encuestas a
empleadores y trabajadores que permitan conocer la calidad de la
fiscalización.
DIRECCION DE SEGUIMIENTO Y CONTROL
(por art. 1° de la Resolución
N° 315/2012
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 20/04/2012 se
rectificó la denominación de presente Dirección, ya que el departamento
de
Refiscalización así como el Departamento de Gestión Operativa dependen
orgánicamente de la Dirección de Seguimiento y Control.)
DEPARTAMENTO DE GESTION OPERATIVA
ACCIONES
1. Gestionar la asignación de recursos a fin de atender las necesidades
de las áreas dedicadas a la fiscalización del trabajo de la Seguridad
Social.
2. Desarrollar todas las gestiones necesarias a fin de dotar a las
áreas operativas de los bienes y servicios que sea menester para el
cumplimiento de sus objetivos.
3. Asegurar la registración y conciliación de los ingresos generados
por las sanciones aplicadas como consecuencia de las acciones de
fiscalización.
DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION Y ASESORIA LEGAL
ACCIONES
1. Recibir, registrar, diligenciar y archivar la documentación que se
tramita en la Dirección de Inspección Federal.
2. Practicar las notificaciones de los actos administrativos que se
sustancien en la Dirección de Inspección Federal.
3. Elaborar dictámenes, contestar oficios y asesorar jurídicamente
sobre todo aquello de competencia de la Dirección de Inspección Federal.
DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS LABORALES
ACCIONES
1. Rubricar y habilitar los libros y documentación exigidos por la
legislación laboral vigente.
2. Llevar el registro de empresas de personal eventual y de las
proveedoras de bienes y/o servicios en virtud de lo dispuesto en la
legislación laboral.
3. Instrumentar la habilitación, suspensión y, en su caso, cancelación
de las empresas de servicios eventuales y de las proveedoras de bienes
y/o servicios en virtud de lo dispuesto en la legislación laboral.
4. Gestionar las autorizaciones y excepciones previstas en las normas
legales.
DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL
DEPARTAMENTO DE INSPECCION DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones de fiscalización que sean competencia del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en materia de
Seguridad Social, a los fines de verificar su cumplimiento en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2. Llevar registro de las acciones ejecutadas y gestionar su derivación
al área competente para la prosecución de las actuaciones.
3. Producir los informes que le sean requeridos en materia de
Inspección de la Seguridad Social.
DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL
DEPARTAMENTO DE INSPECCION FEDERAL
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones de fiscalización que sean competencia del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
2. Verificar el cumplimiento de la normativa laboral vigente.
3. Llevar registro de las acciones ejecutadas y gestionar su derivación
al área competente para la prosecución de las actuaciones y producir
los informes que le sean requeridos.
DIRECCION DE INSPECCION FEDERAL
DEPARTAMENTO DE VERIFICACION DOCUMENTAL E INSTRUCCION DE SUMARIOS
ACCIONES
1. Recibir, analizar, registrar y verificar las actuaciones originadas
en las acciones de fiscalización.
2. Instruir los sumarios por incumplimientos a la normativa laboral.
3. Instruir los sumarios por incumplimientos a la normativa de la
Seguridad Social.
DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION
DEPARTAMENTO DE RESOLUCION DE SUMARIOS DE COMPETENCIA FEDERAL
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección de Resolución de la Fiscalización en la
proyección de Actos Administrativos.
2. Elaborar los proyectos de Resolución de Sumarios originados por
infracciones a la legislación laboral.
3. Estudiar la aplicación de normativa a Sumarios originados por
infracciones a la legislación laboral.
DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE SUMARIOS
ACCIONES
1. Recibir, registrar y archivar la documentación que se tramita en la
Dirección.
2. Administrar el registro de las resoluciones emitidas por
infracciones a la normativa laboral y de la Seguridad Social.
3. Requerir del Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente la
ejecución de las multas dispuestas por infracciones a la normativa
laboral y de laSeguridad Social.
DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION
DEPARTAMENTO DE RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ACCIONES
1. Sustanciar los recursos y/o impugnaciones administrativas
interpuestas contra los actos en los cuales se resolvieron cuestiones
relativas a la aplicación de sanciones por incumplimientos.
2. Emitir dictámenes contra los recursos y/o impugnaciones
administrativas interpuestos.
3. Elaborar los proyectos de Resolución contra los recursos y/o
impugnaciones administrativas interpuestos.
DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION
DEPARTAMENTO DE RESOLUCION DE SUMARIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ACCIONES
1. Elaborar los proyectos de Resolución de Sumarios originados por
infracciones a la normativa de la Seguridad Social.
2. Estudiar la aplicación de normativa a Sumarios originados por
infracciones a la normativa de la Seguridad Social.
3. Asistir a la Dirección de Resolución de la Fiscalización en la
proyección de Actos Administrativos.
DIRECCION DE RESOLUCION DE LA FISCALIZACION
DEPARTAMENTO DE EJECUCION Y APELACION JUDICIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ACCIONES
1. Intervenir en todas las actuaciones judiciales que en materia de
Seguridad Social sean derivadas de la competencia de la Dirección
Nacional de Fiscalización.
2. Promover la ejecución de las multas impuestas con motivo de
incumplimientos a las obligaciones en materia de Seguridad Social que
sean de su competencia.
3. Intervenir en los recursos judiciales contra las resoluciones
dictadas en materia de Seguridad Social derivadas de la competencia de
la Dirección Nacional de Fiscalización.
4. Mantener registro de las acciones de ejecución y de las apelaciones
judiciales de las multas impuestas en materia de Seguridad Social en
todo el territorio nacional, que refleje el estado en que se encuentran
durante las diferentes etapas del proceso, produciendo informes
estadísticos.
5. Coordinar y promover la recopilación de jurisprudencia y doctrina
relacionada con las actividades de ejecución y apelación judicial de
multas en materia de Seguridad Social a efectos de lograr la aplicación
de criterios homogéneos en todas las dependencias del Ministerio en el
territorio nacional.
SECRETARIA DE TRABAJO
DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES
SINDICALES
DEPARTAMENTO ESTRUCTURA SINDICAL
ACCIONES
1. Analizar las actuaciones iniciadas por las asociaciones sindicales
de trabajadores con el objeto de tramitar su inscripción, unión o
fusión, aprobación y/o modificación de sus estatutos, otorgamiento de
sus personerías gremiales y afiliación o desafiliación a entidades de
grado superior, respectivamente, emitir los correspondientes dictámenes
y elaborar los proyectos de resolución.
2. Asistir en el otorgamiento, denegación y recomendación —cuando fuere
el caso— de la petición en sede judicial de la suspensión o cancelación
de una personería gremial, y en la inscripción de las asociaciones
sindicales de trabajadores, así como en la aprobación de sus estatutos.
3. Registrar las asociaciones sindicales de trabajadores y asociaciones
profesionales de empleadores y realizar el ingreso y la actualización
de los datos relativos a las personerías e inscripciones gremiales.
4. Elaborar, administrar y mantener actualizados los legajos de las
asociaciones sindicales de trabajadores, así como las estadísticas y
estudios relativos a la estructura sindical, en concordancia con los
registros correspondientes.
5. Intervenir en la determinación y fiscalización del caudal de
afiliados cotizantes e inscriptos en las asociaciones sindicales de
trabajadores, en los trámites de otorgamiento de personería gremial.
6. Otorgar las certificaciones de inscripción y personería gremial a
las asociaciones sindicales de trabajadores, así como las de los
estatutos respectivos.
7. Diseñar, elaborar y mantener actualizados indicadores sobre la
gestión de la aprobación y/o reforma de estatutos, inscripciones y
otorgamiento de personerías gremiales.
8. Contestar los oficios judiciales y pedidos de informes sobre la
temática que corresponde ar Departamento.
9. Mantener actualizados los registros del Sistema Informático DNAS y
coordinar las acciones con la Dirección de Sistemas Informáticos, todo
ello en la materia de la competencia del Departamento.
DEPARTAMENTO ASUNTOS INSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Analizar las actuaciones relacionadas con los actos deliberativos
extraordinarios y eleccionarios de las asociaciones sindicales de
trabajadores.
2. Analizar todas las etapas de los procesos electorales de las
Asociaciones Sindicales de trabajadores y resolver las impugnaciones
que se plantean en cualquier etapa del proceso siempre que se haya
agotado la instancia asociacional.
3. Controlar la legalidad de las asambleas extraordinarias y ordinarias
y congresos extraordinarios y ordinarios.
4. Resolver las impugnaciones a actos asamblearios y congresos tanto
ordinarios como extraordinarios.
5. Tratar las denuncias referidas a la vida institucional de los
sindicatos.
6. Tratar las impugnaciones referentes a procesos eleccionarios de
delegados de empresa.
7. Controlar la legalidad de modificaciones transitorias y definitivas
de la comisión directiva, emitiendo los dictámenes correspondientes.
8. Otorgar las certificaciones de autoridades de las entidades
gremiales.
9. Registrar las impugnaciones deducidas en las actuaciones relativas a
actos deliberativos ordinarios y extraordinarios y eleccionarios.
10. Actualizar los registros de las asociaciones sindicales en el
Sistema Informático DNAS, de acuerdo con lo dispuesto en las
actuaciones resueltas que hagan a su competencia.
11. Resolver los conflictos intraasociacionales que se sometan a esta
Autoridad de aplicación, previo agotamiento de la vía asociacional.
12. Asistir en la Resolución de conflictos interasociacionales
relativos a la problemática del Departamento, siempre que no
constituyan un encuadramiento sindical.
13. Aconsejar la designación de Delegados Normalizadores y/o
Electorales.
14. Dictar medidas cautelares en el marco de un proceso electoral
conforme con la normativa vigente.
15. Contestar los oficios judiciales y pedidos de informes sobre la
temática que corresponde al Departamento.
16. Aconsejar sobre la suspensión o cancelación de una personería
gremial o la intervención de una asociación sindical en sede judicial,
como consecuencia de la situación institucional y/o cuando se
configuren los presupuestos establecidos en el artículo 56 de la Ley Nº
23.551 de Asociaciones Sindicales.
DEPARTAMENTO ADMINISTRACION SINDICAL
ACCIONES
1. Asistir en la realización de los encuadramientos sindicales mediante
la ejecución de los estudios necesarios y la emisión de los dictámenes
correspondientes y la elaboración de los proyectos dispositivos por los
cuales se dirimen los encuadramientos sindicales y su registro en el
Sistema informático.
2. Resolver los recursos de reconsideración articulados contra el acto
dispositivo que decide el encuadramiento sindical y preopinar en el
planteo del recurso jerárquico que se entablare y registrarlos en el
Sistema informático.
3. Registrar en el Sistema informático de los Acuerdos de
encuadramiento sindical por la vía de la autocomposición de las partes
y los resueltos por la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (CGTRA).
4. Determinar de manera fehaciente, en caso de conflicto, la actividad
de una empresa para resolver el encuadramiento sindical de los
trabajadores empleados en la misma.
5. Diseñar, implementar y mantener actualizadas variables e indicadores
sobre la gestión de los trámites de encuadramiento sindical
6. Analizar las actuaciones referidas al movimiento
económico-financiero de las asociaciones sindicales de trabajadores y
emitir los correspondientes dictámenes.
7. Registrar los estados contables de las asociaciones sindicales de
trabajadores en el Sistema Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales
8. Analizar las solicitudes de modificación de los sistemas de
registros contables de las asociaciones sindicales, emitiendo los
dictámenes correspondientes.
9. Realizar, a pedido de las asociaciones sindicales de trabajadores,
la rubricación de los libros contables y otros registros.
10. Controlar el efectivo cumplimiento de la presentación, en tiempo y
forma, de los estados contables de las asociaciones sindicales de
trabajadores, en orden a las normas legales, reglamentarias y
estatutarias en vigencia, pudiendo realizar, en caso de impugnaciones,
las auditorías, inspecciones, compulsas y pericias contables que
correspondan.
11. Asistir en la homologación de retenciones de cuotas sindicales y
elaborar los proyectos dispositivos pertinentes y registrarlos en el
Sistema informático. Resolver los recursos de reconsideración
entablados contra el acto denegatorio de homologación de cuota sindical
y preopinar en el recurso jerárquico que se planteara contra el mismo y
registrarlos en el Sistema informático.
12. Actualizar los registros de las asociaciones sindicales en el
Registro Informático de la Dirección Nacional, de acuerdo con lo
resuelto en las actuaciones concluidas que hagan a su competencia
DEPARTAMENTO INSPECCION Y VERIFICACION SINDICAL
ACCIONES
1. Fiscalizar el desarrollo de los actos deliberativos extraordinarios
y ordinarios de las Asociaciones Sindicales de los Trabajadores y
Empleadores.
2. Fiscalizar el desarrollo de los procesos eleccionarios de las
Asociaciones Sindicales y de Empleadores.
3. Concurrir a la toma de posesión de cargos de las autoridades electas
en las Asociaciones Sindicales.
4. Concurrir a la toma de posesión de los funcionarios designados en
las Asociaciones Sindicales, para su normalización y realizar las
funcionesnecesarias para su cumplimiento.
5. Realizar todas las notificaciones necesarias producidas por los
departamentos de la Dirección Nacional.
6. Realizar las verificaciones, audiencias y/e inspecciones, a las
Asociaciones Sindicales con relación al otorgamiento de las
inscripciones y/o Personerías gremiales.
7. Realizar las inspecciones necesarias en organismos, empresas y
establecimientos, a los fines de resolver los encuadramientos
sindicales.
8. Fiscalizar en cuanto sea ordenado, los actos relativos a las
elecciones de Delegados de Personal.
DEPARTAMENTO DE COORDINACION TECNICA ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Coordinar los procedimientos de gestión de expedientes de la
Dirección Nacional.
2. Coordinar los aspectos relacionados con los recursos humanos y
desarrollo de carrera del personal de la Dirección Nacional.
3. Coordinar las acciones de capacitación del personal de la Dirección
Nacional, en coordinación con la D.G. de Gestión de Recursos Humanos.
4. Coordinar la gestión de los sistemas informáticos de la Dirección
Nacional.
5. Propiciar la innovación en el desarrollo de procedimientos para una
adecuada implementación de un sistema de control interno de la gestión.
6. Preparar los insumos para la elaboración del anteproyecto de
presupuesto de la Dirección Nacional.
7. Gestionar las contrataciones, compras y locación de bienes y
servicios, como así también gestionar y coordinar las solicitudes de
adquisiciones, compras por caja chica, si correspondiere, y el
almacenamiento y distribución de bienes o insumos.
8. Coordinar con las distintas áreas de la Dirección Nacional los
trámites administrativos necesarios para la obtención de recursos
humanos, materiales, equipamiento y todo otro insumo necesario para el
cumplimiento de los objetivos y metas de la Dirección Nacional.
DIVISION GESTION DE EXPEDIENTES
ACCIONES
1. Administrar la registración y movimiento de actuaciones que
sustancia la Dirección Nacional, efectuando su guarda transitoria y su
distribución a las áreas internas responsables, así como la salida a
otros sectores del Ministerio.
2. Administrar el sistema de información de la Dirección Nacional.
3. Administrar la admisión de trámites y realizar la atención al
público con el objeto de otorgar vistas de los expedientes.
4. Mantener actualizada la guía de trámites.
5. Realizar estadísticas periódicas de los expedientes, oficios
judiciales y escritos ingresantes a la Dirección Nacional, así como de
cualquier otro ítem que resulte de interés institucional.
DIVISION DE GESTION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Efectuar los informes necesarios que sirvan de insumo para la
elaboración del presupuesto de la Dirección Nacional.
2. Coordinar el otorgamiento de las licencias, justificaciones y
franquicias en coordinación con la D.G. de Gestión de Recursos Humanos.
3. Gestionar la adecuada aplicación de la legislación en materia de
Recursos Humanos, en coordinación con la D.G. de Gestión de Recursos
Humanos.
4. Coordinar con la D.G. de Gestión de Recursos Humanos cursos de
capacitación específica para el personal de la Dirección Nacional,
informando las necesidades de capacitación de los agentes de la
Dirección Nacional.
5. Organizar y gestionar las solicitudes de compra de bienes, útiles y
servicios de las unidades de la Dirección Nacional.
6. Organizar y mantener actualizado el Registro Patrimonial de la
Dirección Nacional, según las pautas impartidas por la Dirección
General de Administración.
7. Gestionar la adecuada aplicación de la legislación en materia de
Higiene y Seguridad Laboral, en coordinación con las áreas competentes.
SECRETARIA DE TRABAJO
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES
FEDERALES
DELEGACIONES REGIONALES (CUARENTA DELEGACIONES)
ACCIONES TIPO
(Acciones tipo de las
Delegaciones Regionales de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES
FEDERALES de la SECRETARÍA DE TRABAJO suprimidas por art. 3° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018)
(Por art. 4° de la Resolución N° 9/2018 de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo B.O. 14/9/2018 se aprueban las aperturas inferiores correspondientes al
nivel de departamento de la SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y
SERVICIOS FEDERALES de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO de
este Ministerio, de conformidad con el Organigrama y Acciones que como
Anexo I (IF-2018-45055944-APN-DGGRH#MT) y II (IF-2018- 45058762
-APNDGGRH# MT) forman parte integrante de la Resolución de referencia)
DELEGACIONES REGIONALES POR DIRECCION REGIONAL
DIRECCION
REGIONAL CONURBANO BONAERENSE |
DIRECCION
REGIONAL CENTRO |
•
Lomas de Zamora
• La Matanza
• San Martín
• La Plata |
•
Córdoba
• Santa Fe
• Rosario
• Paraná
• Concordia
• Río Cuarto |
DIRECCION
REGIONAL PAMPEANA |
DIRECCION
REGIONAL AUSTRAL |
•
San Nicolás
• Junín
• Tandil
• Mar del Plata
• Bahía Blanca
• Santa Rosa
• Zárate/Campana |
•
Neuquén
• General Roca
• Viedma
• Comodoro Rivadavia
• Trelew
• Caleta Olivia
• Río Gallegos
• Río Grande
• San Carlos de Bariloche |
DIRECCION
REGIONAL NOA |
DIRECCION
REGIONAL CUYO |
•
Salta
• Jujuy
• Tucumán
• Santiago del Estero
• Catamarca |
•
Mendoza
• La Rioja
• San Luis
• San Juan
• San Rafael |
DIRECCION
REGIONAL NEA |
•
Posadas
• Formosa
• Corrientes
• Resistencia |
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES
FEDERALES
DEPARTAMENTO DE GESTION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES en la
articulación de las acciones que se dispongan a fin de dar cumplimiento
a las políticas que impulse el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y
SEGURIDAD SOCIAL en el interior del país, y en la ejecución de los
planes y programas que se determinen.
2. Efectuar, en el marco de la competencia de la DIRECCION NACIONAL DE
RELACIONES FEDERALES, el seguimiento y análisis de las acciones que, en
materia de trabajo y de empleo, desarrolle el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el interior del país.
3. Efectuar el seguimiento y la evaluación de impacto de las acciones
que desarrollan las DELEGACIONES REGIONALES del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en todo el territorio de la República
Argentina.
4. Recibir, sistematizar y evaluar la información brindada por las
DELEGACIONES REGIONALES a fin de elaborar y producir los Informes
Semanales de Gestión y de Situación del Empleo.
5. Coordinar con las DIRECCIONES y DELEGACIONES REGIONALES la gestión
de los recursos financieros para el logro de los objetivos y metas
previamente establecidas.
6. Gestionar y realizar el seguimiento de las actuaciones destinadas a
dotar de recursos financieros a las unidades dependientes de la
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES hasta su acreditación en la
cuenta corriente de las dependencias antes mencionadas.
7. Articular con las DIRECCIONES Y DELEGACIONES REGIONALES las
necesidades en materia de contrataciones de bienes y servicios y su
gestión, tramitación y concreción ante la Dirección de Contrataciones y
Patrimonio que posibiliten su óptimo funcionamiento.
8. Elaborar informes para la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES
en materia de necesidades de bienes y servicios y de realización de
obra y/o remodelación edilicia de las DIRECCIONES Y DELEGACIONES
REGIONALES.
9. Recibir, elaborar, sistematizar y gestionar los requerimientos y
novedades de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES ante la
Dirección de Administración de Recursos Humanos, Dirección de Sistemas
Informáticos, Dirección de Contrataciones y Patrimonio y Dirección de
Seguridad y Servicios Generales.
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES
DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS ESPECIALES
ACCIONES
1. Articular los programas conducentes a la mejor y más efectiva
protección del trabajador, atendiendo especialmente las situaciones de
crisis que pongan en peligro la calidad y/o cantidad de puestos de
trabajo que impulse el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, a nivel nacional, provincial y municipal.
2. Colaborar en las actividades de programación técnica de la
SECRETARIA DE TRABAJO para definir acciones y programas a corto,
mediano y largo plazo, con organismos nacionales e internacionales,
públicos y privados.
3. Elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos tendientes a la
prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección del
trabajo adolescente.
4. Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los programas
especiales relacionados con temáticas de competencia de la SECRETARIA
DE TRABAJO.
5. Brindar asesoramiento técnico y capacitación a los organismos y
organizaciones que los requieran y a los generadores de iniciativas
relacionadas con las temáticas de la SECRETARIA DE TRABAJO.
SECRETARIA DE TRABAJO
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DEPARTAMENTO TECNICO DE MONITOREO DE REGISTROS INFORMATICOS LABORALES
ACCIONES
1. Participar en el diseño, desarrollo y ejecución de acciones
destinadas a evaluar y monitorear el Programa de Simplificación y
Unificación Registral creado por Resolución Conjunta MTEySS Nº 440/05 y
AFIP Nº 887/05 y sus modificatorias.
2. Intervenir en la administración de la Base de Datos Informática “Mi
Simplificación” remitida al MTEySS por la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
3. Desarrollar y/o realizar los procesamientos informáticos necesarios
para la elaboración de informes técnico-estadísticos sobre el mercado
de trabajo registrado, que realiza la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, en base a los datos provistos por el Sistema
“Mi Simplificación”.
4. Desarrollar y/o realizar los procesamientos informáticos necesarios
para dar respuesta a los requerimientos de información estadística que
surgida la Base Informática “Mi Simplificación” que son efectuados a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo por otras dependencias
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
5. Intervenir y participar en el Sistema de Gestión de Calidad
implementado para las actividades de desarrollo, soporte, verificación,
validación, procesamiento electrónico y emisión de informes sobre los
datos provistos por la base informática del Programa “Mi
Simplificación”.
DIRECCION DE NORMATIVA LABORAL
DEPARTAMENTO DE ANALISIS NORMATIVO Y DESARROLLO REGULATORIO
ACCIONES
1. Intervenir en la elaboración de informes técnicos-legales sobre los
convenios y acuerdos colectivos de trabajo sujetos a homologación o
registración por parte del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
2. Participar en la realización de análisis e informes técnicos en
materia de regulaciones del trabajo y normativa laboral para la
instrumentación de políticas nacionales en materia de relaciones
laborales.
3. Participar en la redacción de proyectos normativos destinados a
optimizar la regulación del trabajo, promoviendo su calidad y la
distribución del ingreso.
4. Intervenir en el diseño, desarrollo y evaluación de los planes y
programas nacionales destinados a fomentar el trabajo decente.
5. Participar en la elaboración de informes técnicos sobre las
regulaciones nacionales, regionales e internacionales existentes en
relación con el trabajo.
6. Participar en actividades de asistencia técnica a los actores del
mundo productivo en materia de derecho colectivo del trabajo.
DIRECCION DE NORMATIVA LABORAL
DEPARTAMENTO DE ANALISIS TECNICO EN RELACIONES LABORALES
ACCIONES
1. Evaluar la procedencia de la fijación de los topes indemnizatorios
correspondientes a convenios y acuerdos colectivos de trabajo
homologados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
conforme con el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias o la que en el futuro se establezca,
elaborando los pertinentes informes técnicos.
2. Elaborar los proyectos de actos administrativos que dispongan la
fijación y publicación de los topes indemnizatorios correspondientes a
convenios y acuerdos colectivos de trabajo homologados por el
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social conforme el artículo
245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias o la que en el futuro se establezca,
3. Diseñar y mantener actualizada la base de datos de topes
indemnizatorios vigentes y elaborar informes estadísticos en base a los
datos que surgen del sistema gestión de convenios colectivos.
4. Desarrollar acciones y proyectos destinados al análisis cualitativo
y cuantitativo de la negociación colectiva; el seguimiento de la
conflictividad laboral; y las particularidades de las relaciones de
trabajo en los diferentes sectores económicos y productivos.
5. Participar en actividades de asistencia técnica a los actores del
mundo productivo en materia de relaciones laborales.
ANEXO III
(Anexo sustituido por art. 4° de la Resolución
N° 921/2012 del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social B.O. 30/10/2012)
-
Anexo Ia, sustituido por art. 2° de la Resolución
N° 921/2012 del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social B.O. 30/10/2012.
e. 07/02/2012 N° 10556/12 v.07/02/2012