MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto 214/2012
Modifícase el Decreto Nº 258/03, relacionado con el organigrama de la Subsecretaría de Coordinación.
Bs. As., 9/2/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0010647/2011 del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, el Decreto Nº 258 del 24 de junio de 2003, sus modificatorios
y complementarios, la Resolución del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR Nº 1349 del 23 de julio de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 258/03, sus modificatorios y complementarios, se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del MINISTERIO DEL INTERIOR, previéndose en sus Anexos If, II y lIla,
la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS con dependencia de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION de dicha cartera ministerial.
Que por la Resolución MI Nº 1349/98, se aprobaron las aperturas
inferiores —entre otras áreas— de la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS del MINISTERIO DEL INTERIOR y de sus áreas que le dependen.
Que a los fines de optimizar la ejecución de las políticas relativas a
la Medicina Laboral, en el ámbito de la Administración Centralizada del
MINISTERIO DEL INTERIOR, en consonancia con la normativa vigente en la
materia, resulta imperativo jerarquizar el Departamento de Medicina
Laboral y Reconocimientos Médicos dependiente de la DIRECCION DE
ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS de la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la citada Cartera de
Estado, el que pasará a depender directamente de la aludida Dirección
General.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, y la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del
Anexo If al artículo 3º del Decreto Nº 258/03, sus modificatorios y
complementarios, la parte correspondiente al organigrama de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo
con el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo
II al artículo 3º del Decreto Nº 258/03, sus modificatorios y
complementarios, la parte correspondiente a la Responsabilidad Primaria
y Acciones de la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo
con el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 3º — Sustitúyese del Anexo
IIIa al artículo 3º del Decreto Nº 258/03, sus modificatorios y
complementarios, la parte correspondiente a la dotación de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo
con el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 4º — Facúltase al titular
del MINISTERIO DEL INTERIOR, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o
modificar el Anexo de Dotación de su Jurisdicción, de conformidad con
las respectivas leyes de presupuesto vigentes.
Art. 5º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.
Planilla Anexa al Artículo 1º
Planilla Anexa al Artículo 2º
MINISTERIO DEL INTERIOR
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su selección, su carrera administrativa, su capacitación y
desarrollo, las relaciones laborales, promoviendo la satisfacción
laboral, la realización personal y la motivación de los recursos
humanos de la Jurisdicción.
Procurar que la planificación y el diseño organizacional, los métodos y
procedimientos administrativos y las normas que lo rigen, produzcan el
continuo mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios a
cargo de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1.- Planificar, dirigir y controlar la administración de los recursos humanos.
2.- Asesorar y asistir a la Subsecretaría de Coordinación y a la
conducción de la Jurisdicción en las materias de su competencia.
3.- Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados
con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento
organizacional y de administración de recursos humanos, aplicando los
controles que garanticen la correcta liquidación de haberes del
personal.
4.- Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional.
5.- Elaborar y proponer las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan en consecuencia.
6.- Promover, coordinar y supervisar técnicamente la capacitación del
personal, necesaria para garantizar la eficaz y eficiente
implementación de las políticas, normas y procedimientos del Sistema de
Administración de Recursos Humanos del Sector Público Nacional en la
Jurisdicción.
7.- Controlar que los Legajos Unicos del Personal y las bases de datos
correspondientes se mantengan permanentemente actualizados y
debidamente custodiados.
8.- Coordinar y supervisar técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal de la jurisdicción.
9.- Coordinar y supervisar técnicamente el proceso de evaluación de
desempeño, asistiendo a las autoridades intervinientes y Comités de
Evaluación.
10.- Evaluar el grado de desarrollo de carrera del personal y el
sistema de incentivos dentro del régimen vigente, y proponer las
políticas y medidas pertinentes.
11.- Atender las relaciones con los representantes gremiales en la administración y en la negociación de acuerdos o convenios.
12.- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de
recursos humanos y los servicios asistenciales y de reconocimientos
médicos.
13.- Asistir técnicamente a las autoridades del Ministerio en lo
relativo a la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera
(Co.P.I.C).
14.- Ejercer la coordinación técnica jurisdiccional y la actualización
del sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo,
como así también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo,
proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.
15.- Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento
de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y
en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.
DEPARTAMENTO DE MEDICINA LABORAL Y RECONOCIMIENTOS MEDICOS
ACCIONES:
1.- Realizar y/o supervisar la justificación de licencias médicas
previstas en el Decreto Nº 3413 de fecha 28 de diciembre de 1979 y sus
modificatorios, del personal del Ministerio (Administración Central),
como así también, a los convenios vigentes con el MINISTERIO DE SALUD.
2.- Efectuar y/o supervisar los exámenes preocupacionales del personal ingresante a la Jurisdicción.
3.- Confeccionar y mantener actualizado el legajo médico (historia
clínica) de cada agente conforme lo establecido en la Resolución MI Nº
55 de fecha 9 de enero de 1996 o aquella que en su momento la modifique
o reemplace.
4.- Llevar el registro, en caso de enfermedades profesionales y
accidentes de trabajo del personal del MINISTERIO DEL INTERIOR, en un
libro rubricado por la autoridad competente, conforme la normativa
vigente en la materia.
5.- Llevar los registros pertinentes y mantener las vinculaciones necesarias con los organismos de control competentes.
6.- Realizar estudios de medicina preventiva en materia de salud laboral.
7.- Coordinar la prestación de un servicio de emergencia médico-psicológica-odontológica para el personal del Ministerio.
8.- Realizar estudios de ausentismo por morbilidad, para la orientación del programa médico de la Jurisdicción.
9.- Confeccionar las estadísticas relacionadas con su tarea, e informar a las autoridades de control correspondientes.
10.- Promover y brindar al personal de la Jurisdicción la protección de la salud, ejecutando acciones educativas pertinentes.
11.- Representar al MINISTERIO DEL INTERIOR ante el MINISTERIO DE
SALUD, integrando las juntas médicas del personal del Organismo.
12.- Llevar a cabo, juntamente con la Dirección de Desarrollo de
Recursos Humanos, las actividades de capacitación tendientes a mejorar
las medidas de prevención y promoción de la salud y la medicina laboral
para los agentes del MINISTERIO DEL INTERIOR y de los Organismos
Descentralizados que le dependen.
13.- Efectuar la prestación asistencial inicial de las enfermedades
presentadas durante el horario de trabajo y de las emergencias médicas
ocurridas en el establecimiento.
14.- Promover y mantener el más alto nivel de salud de los
trabajadores, ubicándolos en tareas acordes con sus aptitudes
psicofísicas.
15.- Estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la
prevención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la
actividad laboral.
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES:
1.- Efectuar la gestión administrativa de los recursos humanos que integran las unidades de la Jurisdicción.
2.- Asesorar en los temas pertinentes, con el fin de lograr un adecuado
cumplimiento de las normas vigentes en la materia y en el dictado de
los actos administrativos correspondientes.
3.- Elaborar informes técnico-administrativos referidos a los recursos
humanos, producir Indicadores Gerenciales de la gestión de los mismos y
proponer las medidas administrativas emergentes.
4.- Administrar la información para la liquidación de los salarios y
demás compensaciones (adicionales, suplementos, bonificaciones e
incentivos), elevando la misma al área contable pertinente para su
intervención.
5.- Controlar el cumplimiento de las normas que regulan la relación del
empleo público y administrar los procedimientos disciplinarios.
6.- Participar en la confección y control de los actos administrativos
relativos a las comisiones de servicio al interior y exterior del país
en el marco de su competencia.
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES:
1.- Desarrollar las actividades, planificar, controlar y asesorar en el
cumplimiento integral del Régimen de Carrera del Personal, abarcando
los procesos de búsqueda, selección e integración, de evaluación de
desempeño y de capacitación.
2.- Asistir y coordinar técnicamente en la realización de los procesos de búsqueda, selección e integración de personal.
3.- Asistir y coordinar técnicamente en la realización y seguimiento del proceso de evaluación de desempeño.
4.- Coordinar técnicamente el proceso de detección de necesidades
generales y específicas de la Jurisdicción, diseño, implementación,
seguimiento y evaluación de actividades de capacitación y desarrollo
profesional, y proponer las medidas emergentes.
5.- Ejecutar y evaluar el cumplimiento de las políticas establecidas en
cuanto al Planeamiento y Desarrollo del Régimen de Carrera del Personal.
6.- Asistir en los aspectos técnico-administrativos de los acuerdos
resultantes de convenios y negociaciones colectivas, y de la gestión de
las Relaciones Laborales y Gremiales.
7.- Asistir técnicamente a la Dirección General en lo atinente al
funcionamiento de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente del
Trabajo del Sector Público (CyMAT).
8.- Asistir técnicamente a la Dirección General en lo atinente a la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C).
9.- Intervenir en los reclamos por reencasillamiento que formulare el
personal jubilado del Ministerio, asesorando en los aspectos vinculados
al Régimen de Carrera.
DIRECCION DE PLANEAMIENTO ORGANIZACIONAL
ACCIONES:
1.- Desarrollar las actividades y asesorar en el análisis, planeamiento
y diseño organizacional de la Jurisdicción, con el fin de elaborar y
proponer modificaciones estructurales y procedimentales, tendientes a
optimizar la utilización de los recursos humanos y mejorar la calidad
de servicios.
2.- Asistir técnicamente y coordinar el análisis, planeamiento y diseño
organizacional, elaborando las propuestas emergentes y ejecutando su
implementación.
3.- Asistir técnicamente y coordinar el análisis, planeamiento y diseño
de procesos, flujos de trabajo y procedimientos administrativos,
asesorando a tal efecto a la superioridad.
4.- Asistir a la Dirección General y elaborar el Anteproyecto de
Presupuesto de la Jurisdicción en lo que respecta al Inciso 1 —Gastos
en Personal— y efectuar los informes de seguimiento y gestión
presupuestaria de dicho Inciso, necesarios para la toma de decisiones
por parte de la Superioridad.
5.- Elevar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS la ejecución
del gasto en materia de recursos humanos, mediante el sistema e-PROA o
el que eventualmente lo modifique o reemplace.
6.- Realizar el relevamiento, evaluación, diseño y actualización de puestos.
7.- Administrar y actualizar los sistemas informáticos relativos al
organigrama e inventario de puestos, legajo informatizado único del
personal, e inventario de recursos humanos.
8.- Asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de servicios y mejora en la atención al público.
9.- Suministrar información para el tratamiento de los reclamos por
reencasillamiento que formulare el personal jubilado del Ministerio, en
los temas vinculados con la ubicación estructural.
10.- Suministrar la información necesaria en materia estructural a la
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
a través del sistema S.IN.E. (Sistema Integrado de Estructuras).