Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 29//2012

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de la Administración General de Puertos Sociedad del Estado.

Bs. As., 9/2/2012

VISTO el Expediente Nº 2742/2011 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Estímanse en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 299.486.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($ 319.833.400) los gastos de operación y, como consecuencia de ello, apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 20.347.400), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II que integran la presente medida.

Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 322.386.000), los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($ 319.833.400) los gastos corrientes y, como consecuencia de ello, apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS ($ 2.552.600), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II que integran la presente medida.

Art. 4º — Estímanse en la suma de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 9.600.000) los recursos de capital y fíjase en la suma de PESOS CIENTO SETENTA MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS ($ 170.426.500) los gastos de capital y, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2012 en PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS ($ 158.273.900), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II que integran la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar