MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 47/2012
Incorpóranse cargos del Instituto
Nacional de Asociativismo y Economía Social a la Planilla Anexa de la
Decisión Administrativa Nº 477/98, relacionada con el otorgamiento de
Unidades Retributivas.
Bs. As., 14/2/2012
VISTO el Expediente Nº 4078/2011 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL y los Decretos Nº 420 del 15 de abril
de 1996 y sus modificatorios y Nº 721 del 25 de agosto de 2000, y la
Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de setiembre de 1998 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la economía social tiene como pilares fundamentales la acción de
las cooperativas y mutuales, cuya promoción y desarrollo desde el
Estado Nacional es dirigida por el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO
Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, creado por el Decreto Nº 420/96 y sus
modificatorios.
Que por el Decreto Nº 721/00 se aprobó la estructura organizativa de
primeras aperturas del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA
SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que por el artículo 3º del Decreto Nº 306/08 se establece que el
Presidente del Directorio del mencionado Instituto, tendrá rango y
jerarquía de Secretario, y los Vocales del Directorio, rango y
jerarquía de Subsecretario.
Que en atención a la diversidad de tareas que se asigna a dicha
dependencia y a la complejidad que conlleva la territorialidad de sus
acciones, debe dotarse de un Gabinete al Presidente y Vocales del
Directorio del mencionado Instituto, incorporándolo a la nómina de
funcionarios a que se refieren los artículos 1º, 2º y 3º, así como a
los incisos b) y c), respectivamente, de la Planilla Anexa al artículo
1º de la Decisión Administrativa Nº 477/98 y sus modificatorias.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1º y 2º de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Incorpórase con
carácter de excepción, a partir del dictado de la presente, el cargo de
Presidente del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, en los artículos 1º, 2º y 3º, así como en el
inciso b) de la Planilla Anexa al artículo 1º de la Decisión
Administrativa Nº 477/98 y sus modificatorias.
Art. 2º — Incorpóranse con
carácter de excepción, a partir del dictado de la presente, los cargos
de Vocales del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, en los artículos 1º, 2º y 3º, así como en el
inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1º de la Decisión
Administrativa Nº 477/98 y sus modificatorias.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a la
partida específica del Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Alicia M. Kirchner.